Complementos Cláusulas de Ejemplo

Complementos. 1. El complemento por méritos docentes y por actividad investigadora se percibirá conforme a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del convenio colectivo.
Complementos. Carenados laterales en acero inoxidable y con recubrimiento con material fonoabsorbente para aislamiento acústico de los habitáculos donde se encuentran instalados equipos de bomba de alta presión y depresor. Instalación de puertas abatibles en dichos carenados, para acceso a equipos para su control y mantenimiento. Dichas puertas abatibles deberán disponer de un sistema de seguridad que realice el paro automático de todos los equipos en caso de que se produzca la apertura de una de ellas estando en equipo en funcionamiento. El material fonoabsorbente deberá ser resistente a la climatología ambiental exterior. - Cajones laterales en toda su longitud carrozable (máxima longitud posible) y a ambos lados del camión, en acero inoxidable con puertas abatibles: Uno de ellos dispondrá de habitáculo superior en acero inoxidable para almacenaje de mangueras y útiles y el otro tendrá una altura mayor para el almacenaje de elementos de mayor altura tales como señales xx xxxxx de tráfico, conos, etc. (a definir por AIGÜES D’ELX y el Adjudicatario durante proceso de fabricación). - Foco halógeno para trabajos nocturnos colocado en el carrete principal. - Pilotos de gálibo posteriores. - Pilotos de posición laterales. - Rotativos luminosos, color ámbar, en zona superior trasera y zona superior delantera cabina. Ambos rotativos dispondrán del interruptor de encendido en interior de cabina. - Aletas de polietileno y faldillas en ruedas posteriores. - Bandeja posterior en acero inoxidable con torno para trabajos de manipulación de útiles. - Extintor 3 Kg clase polvo ABC (interior cabina) - Extintor 9 Kg clase polvo ABC con armario en PVC (parte posterior) - Antiempotramientos laterales abatibles de aluminio exigibles por normativa - Señalización de seguridad en todos los componentes de los vehículos (riesgo eléctrico, setas emergencias, zonas calientes por contacto, zonas de peligro de atrapamiento, niveles de depósitos etc.). - Habitáculo trasero para ubicación de capazo de plástico para depósito manual de sólidos de limpieza (piedras, trapos, etc). - Material de trabajo: o 100 m de manguera de alta presión xx xxxxx textil de 1” de diámetro de presión mínima de rotura: 500 bar y presión mínima de trabajo: 000xxx. x 00 x xx xxxxxxxx xx xxxx presión xx xxxxx textil de ½” de diámetro de presión mínima de rotura: 500 bar y presión mínima de trabajo: 200bar. o Racor y tapón galvanizados modelo UMT en válvulas 4” de aspiración y vaciado. o 1 tramo de 6 metros de manguera de diá...
Complementos. Son complementos salariales las retribuciones que se adicionan al salario base cuando concurren los requisitos y circunstancias que dan derecho a su percepción. Su pago se efectuará mensualmente. El pago de complementos se hará en función del sistema retributivo establecido para el salario base, de acuerdo con las siguientes normas: Nivel cuya letra inicial sea A o B.: Valor 1. Nivel cuya letra inicial sea C o D y esté clasificado dentro del Grupo I – Subgrupo I: Valor 2. cve: BOE-A-2020-16744 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Nivel cuya letra inicial sea C o D y esté clasificado dentro del Grupo I – Subgrupo II: Valor 3. Nivel cuya letra inicial sea E o F: Valor 4. Los valores de los distintos complementos según esta clasificación se acompañan en el anexo 1, y sus compatibilidades se encuentran recogidas en el anexo 2. Los complementos se clasifican en:
Complementos. BOCM-20181101-1 En el caso de IT por accidente laboral o enfermedad profesional se abonarán el 100 por 100 de los conceptos retributivos, desde el primer día. B.O.C.M. Núm. 261 JUEVES 1 DE NOVIEMBRE DE 2018 En el caso de IT por enfermedad común y accidente no laboral, se establece un complemento en metálico desde el décimo sexto día en adelante, hasta completar el 100 por 100 de todos los conceptos salariales. Estos complementos se respetarán siempre que las prestaciones de la Seguridad Social se mantengan en los porcentajes actuales, en cuyo caso será revisado por la comisión mixta paritaria. En las situaciones de IT no se producirá el descuento en las pagas extras.
Complementos. Cuando la incapacidad se derive de accidente de trabajo la empresa abonará desde el primer día de baja y hasta el año, en cada caso concreto el complemento necesario para que juntamente con la percepción económica del régimen general de la Seguridad Social o del Seguro de Accidentes el trabajador perciba el total de su salario real. La duración de las prestaciones mencionadas en el párrafo anterior en caso de trabajadores xx xxxxxxx o eventuales, quedará limitada a la duración de su contrato.
Complementos. Los complementos retribuirán las condiciones específicas de cada uno de los puestos de trabajo, para ello se abo- narán los complementos que a continuación se detallan, no obstante la Comisión Paritaria, debido a la naturaleza o singularidad de algún puesto de trabajo podrá crear complementos distintos a los relacionados:
Complementos. Pluses" _De "Vinculación" Los trabajadores cuyo contrato se concierte con una duración equivalente a la temporada de Parque abierto al público, establecida en el Calendario anual correspondiente, una vez finalizado el mismo y por cumplimiento de este, percibirán en su liquidación un "Plus de vinculación" por una sola vez, con una cuantía bruta anual que para el año 2006 se establece en 300 euros, o la p.p. en función de la duración de su contrato, si este se hubiese firmado con posterioridad al inicio del período señalado. _De "Mejora del Parque" Para fomentar la participación de los trabajadores en la identificación de áreas de mejora continua, tanto del producto y servicio como de la gestión, se establece un fondo económico dotado con 35 euros mensuales por trabajador. El procedimiento de reparto de dicho fondo económico será establecido de común acuerdo entre la representación de la Empresa y el Comité _De "Responsabilidad" La Empresa, con la colaboración del Comité, determinará aquellos días y Secciones en donde sea necesario la designación de un "Responsable de día", que sea el encargado de coordinar al resto de trabajadores de igual o inferior categoría, en ausencia del responsable de Sección. Los trabajadores así designados que desempeñen ocasionalmente esa función percibirán un Plus de Responsabilidad por cada uno de los días efectivamente trabajados con dicha responsabilidad. El salario que se percibirá por este concepto se calculará en base a los porcentajes (sobre el salario base) que se establecen en el Anexo 3 de este acuerdo y no será consolidable.
Complementos a) Complemento personal: Se establece un complemento personal para todas las categorías en concepto de antigüedad consistente en: Un 3% sobre la retribución mínima por cada cuatrienio efectivo de servicio en la empresa, con un máximo de 6 cuatrienios por trabajador, esto es 24 años de antigüedad. CVE-Núm. de registre: 062017000352
Complementos a) Complemento de antigüedad. Se abonará un complemento personal de antigüedad, consistente en un máximo de 5 quinquenios, siendo los porcentajes para cada quinquenio los establecidos a continuación: – 0.xx quinquenio: 3%. – 2.º quinquenio: 3%. – 0.xx quinquenio: 4%. – 4.º quinquenio: 4%. – 5.º quinquenio: 5%. cve: BOE-A-2011-11818 Los citados porcentajes se aplicarán sobre el total resultante de sumar salario base, mejora voluntaria, complemento de antigüedad ya existente y plus de transporte.
Complementos. Los complementos siguientes deberán de estar disponibles diariamente a elección del comensal: requerimientos que marque la Secretaría de Salud para este tipo de productos (etiqueta de contenido, etiqueta de fecha de caducidad, envasado, tapa, entre otros). En relación con los complementos de los puntos arriba descritos, estos deberán entregarse en la línea de servicio.