Definición de Enfermedad Profesional

Enfermedad Profesional es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
Enfermedad Profesional. Es todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña o del medio en que se ha visto obligado a trabajar el asegurado y que haya sido calificada como enfermedad profesional por el gobierno nacional.
Enfermedad Profesional. El EPR tendrá que seguir los mismos procedimientos señalados para un accidente de trabajo o trayecto, pero en este caso con el formulario XXXX (Denuncia Individual de Enfermedad Profesional), posteriormente la Mutual de Seguridad enviará a CORESAM un experto para analizar el puesto de trabajo y observar el desarrollo de sus funciones, para determinar si es una enfermedad profesional o común. Recuperación de los Subsidios: El Depto. de RR.HH. será la responsable de la recuperación de los subsidios por licencias médicas rechazadas de la Mutual de Seguridad. En cuanto al descuento de los subsidios percibidos indebidamente por el trabajador, se harán con los mismos procedimientos establecidos para las licencias médicas de Isapres o Fonasa. Flujograma Licencias Médicas ENTRADAS ACTIVDADES RESULTADOS /NOTAS RESPONSABLE Licencia Médica INICIO Recepción de Licencia Médica Revisión en el Sistema Informático Ingreso en el sistema informático y llenado de licencia Tramitación de la licencia médica SÍ ¿Se Aprueba la licencia médica? NO No hay descuentos al trabajador 1 La Secretaria xxx Xxxxx. de RR.HH. recepciona dentro de tres días hábiles, contados desde la fecha de emisión de ésta. La Secretaria xxx Xxxxx. de RR.HH. revisa la situación del trabajador en el sistema informático, como por ejemplo si tiene contrato vigente, si es una licencia continua o discontinua. La Secretaria deberá registrar la licencia médica en el sistema informático y completar con todos los antecedentes faltantes. Se tramita la licencia médica dentro de tres días hábiles siguientes a la recepción de ésta, ante la Isapre correspondiente o Caja de Compensación. Secretaria Depto. RR.HH. Secretaria Depto. RR.HH. Secretaria Depto. RR.HH. Secretaria Depto. RR.HH. Flujograma Licencias Médicas (continuación)

Examples of Enfermedad Profesional in a sentence

  • Queda no obstante excluida cualquier prestación que deba ser objeto del Seguro Obligatorio de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional o de la Seguridad Social.

  • Artículo 36.Prestación complementaria en caso de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional.

  • En tal carácter, el adjudicatario comparecerá ante las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional, Entidades Gestoras de la Seguridad Social y Jurisdicción de lo Social.

  • En los términos de la presente póliza, LA COMPAÑIA pagará las prestaciones que se detallan en el presente artículo, siempre que la causa directa del siniestro fuera un Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional, tal como se definen en el artículo 2 del presente Condicionado General y que su ocurrencia sea dentro del territorio nacional.

  • El personal afectado por el presente Convenio que se encuentre en situación de Incapacidad Temporal derivada de Acci- dente de Trabajo o Enfermedad Profesional percibirá desde el primer día de la baja el 100% de su retribución.


More Definitions of Enfermedad Profesional

Enfermedad Profesional la causada de manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice un trabajador (a) que produzca incapacidad o muerte. Equipo de protección personal: todo equipo, aparato o dispositivo destinado a preservar el cuerpo de riesgos de accidentes del trabajo y/o enfermedades profesionales.
Enfermedad Profesional aquella que tuvo origen en la actividad cumplida en determinados sitios en los cuales se acostumbra manipular sustancias tóxicas o a exponer al organismo humano en forma continua, a ambientes malsanos e insalubres. • Responsabilidad civil y penal del empleador: porque no contrató el seguro o porque lo hizo pero actuó con xxxx o culpa grave en el cumplimiento de las normas de salud, seguridad e higiene. • Responden solidariamente con el empleador (Ley 18.172 de 31/08/07): a) los dueños, socios, administradores, directores o sus representantes legales, por la contratación del seguro y b) los dueños, socios o administradores, por el incumplimiento de las normas de seguridad y prevención.
Enfermedad Profesional. Es todo estado patológico permanente o temporal que sobreviene al trabajador como consecuencia directa de la clase de trabajo que desempeña o del medio en el que se ha visto obligado a trabajar. Es reconocida por el Ministerio de Salud.
Enfermedad Profesional se entiende por enferme- dad profesional, todo estado patológico que sobre- venga como consecuencia obligada de la clase de trabajo que desempeñe el trabajador o del medio en el que trabaja, bien sea determinado por agentes físicos, químicos o biológicos.
Enfermedad Profesional. Estado patológico que sobreviene como consecuencia de la clase de trabajo que desempeña el empleado o del medio en que se ha visto precisado a trabajar, bien sea determinada por agentes físicos o biológicos.
Enfermedad Profesional. La causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte. - ORGANISMO ADMINISTRADOR DEL SEGURO: La institución de previsión o mutual de seguridad a que este afiliada la empresa. En el caso de la Corpora- ción, es la Mutual de Seguridad. . - PRIMEROS AUXILIOS: Las atenciones preliminares que recibe el trabajador lesionado o enfermo, para evitar que se agrave o fallezca en tanto se disponga de asistencia médica. - COMITÉ PARITARIO: el órgano compuesto por tres representantes de la empresa y tres representantes de trabajadores, destinado a preocuparse de los problemas de seguridad e higiene industrial, en conformidad con el Decreto N° 54 del Ministerio del Trabajo, modificado por el Decreto N° 186 del mismo Minis- terio, de fechas 11 xx xxxxx y 30 xx xxxxxx de 1979, y Decreto N° 30 del 13/08/88, respectivamente, y cuya actuación está reglamentaria en este docu- mento. - PROGRAMAS DE SEGURIDAD: Conjunto de actividades técnicas especí- ficas desarrolladas dentro de ciertos plazos para cumplir determinadas metas de un problema dado.
Enfermedad Profesional. Todo estado patológico que ocasione incapacidad permanente o temporal que sobreviene al trabajador como consecuencia directa de la clase de trabajo que desempeña o del medio en que se ha visto obligado a trabajar.