Ámbitos de cooperación Cláusulas de Ejemplo

Ámbitos de cooperación. La cooperación en virtud del presente Acuerdo podrá llevarse a cabo en áreas como:
Ámbitos de cooperación. Las Partes podrán cooperar en todos los aspectos de la propiedad intelectual, entre otras cosas, mediante:
Ámbitos de cooperación. Las Partes, reconociendo la importancia de la PI en la región de la OECO, podrán cooperar en todos los ámbitos de la PI, entre otros, en los siguientes:
Ámbitos de cooperación. La cooperación y asistencia podrán abarcar cualquier ámbito identificado conjuntamente por las Partes que pudiese servir para fomentar la capacidad de Túnez de beneficiarse con el aumento del comercio y la inversión internacionales incluyendo, en particular:
Ámbitos de cooperación. 3.1. Los ámbitos de cooperación en el marco del presente acuerdo son los necesarios para la aplicación del Cielo Único Europeo, lo que incluye SESaR y otras políticas conexas de la UE, en particular el medio ambiente, in- cluido el cambio climático, y las políticas de investigación y desarrollo en relación con la gestión del tránsito aéreo.
Ámbitos de cooperación. En la siguiente lista no exhaustiva se incluyen los ámbitos que engloba la cooperación, en el contexto que se establece en el Artículo I, y que completarán ulteriormente las Secretarías de la OMPI y la CESPAP: Fortalecimiento de capacidades en el uso estratégico de la propiedad intelectual como herramienta para el desarrollo económico, social, cultural y tecnológico; Elaboración y consolidación de estrategias nacionales de P.I. e innovación para satisfacer los objetivos nacionales de política y económicos; Elaboración xx xxxxxx regulatorios apropiados y creación de la infraestructura necesaria para aprovechar el potencial de la P.I. en aras del crecimiento y el desarrollo económicos; Fomento del acceso a la información tecnológica y científica así como su utilización, incluida la información contenida en los documentos de patente, haciendo especial hincapié en favorecer a los países en desarrollo a fin de propiciar y promover la obtención de resultados en la esfera del desarrollo.
Ámbitos de cooperación. Las Partes podrán cooperar en todos los aspectos de la propiedad intelectual, entre otras cosas, mediante: la creación de programas destinados a los sectores público y privado, por medio de los cuales se dará asistencia a los nacionales de la Comunidad del Caribe para generar las actitudes y adquirir las competencias necesarias para gestionar con eficacia la propiedad intelectual; la creación y el fortalecimiento de programas educativos y de formación en propiedad intelectual, impartidos de manera formal e informal, o valiéndose de la alternativa de la enseñanza a distancia; la elaboración de políticas, estrategias y medidas nacionales y regionales destinadas a alentar la innovación y la difusión de tecnologías, así como la explotación de las industrias del ámbito del derecho de autor; la prestación de asistencia técnica en la redacción xx xxxxx, reglamentos, guías y manuales sobre propiedad intelectual de alcance nacional y regional para dar asistencia a la Comunidad del Caribe en la armonización de esas normas y procedimientos de trabajo; los debates que lleven a la creación de sistemas nacionales y regionales para la conservación, mediante protección jurídica, de las expresiones del folclore, otros conocimientos tradicionales y el patrimonio nacional, en particular, de las poblaciones indígenas de la Comunidad del Caribe; la participación por la Comunidad del Caribe en reuniones internacionales para la protección de los derechos de propiedad intelectual; la promoción de las últimas tendencias relativas a la evolución de la propiedad intelectual, lo que incluye las leyes y los tratados relativos a la propiedad intelectual; el intercambio de información sobre actividades relacionadas con la propiedad intelectual llevadas a cabo por cualquiera de las Partes con cualquier Miembro de la CARICOM, así como el apoyo a la representación de ambas Partes en dichas actividades; y cualquier otra esfera de cooperación decidida conjuntamente por la CARICOM y la OMPI en las reuniones de ministros encargados de la propiedad intelectual de la CARICOM.
Ámbitos de cooperación. Las Partes, reconociendo la importancia de la PI en la región de la OECO, podrán cooperar en todos los ámbitos de la PI, entre otros, en los siguientes: la elaboración de políticas y estrategias para la subregión de la OECO; el suministro de asistencia técnica para la formulación y actualización xx xxxxx y reglamentos de PI, mediante el intercambio recíproco de datos; el desarrollo de un sistema subregional, o más de uno, destinado a armonizar la administración de la PI, mejorando su eficiencia, entre otras cosas, mediante el establecimiento de un sistema subregional de patentes; la organización de actividades para respaldar el fortalecimiento de capacidades en la protección y la gestión de la PI, entre otras cosas, dando asistencia a los países de la OECO mediante el suministro de las soluciones de tecnologías de la información de la OMPI para la administración de los derechos de PI; el trabajo conjunto para organizar simposios, talleres, seminarios y demás programas de formación destinados a respaldar el fortalecimiento de capacidades en el uso de la PI en la subregión; el suministro de apoyo para el uso de los servicios mundiales de la OMPI; y el suministro de asistencia técnica para el fortalecimiento del sistema de PI en la OECO.
Ámbitos de cooperación. Los Participantes podrán explorar la posibilidad de cooperar en las siguientes áreas de actividad:
Ámbitos de cooperación. Para desarrollar las actividades de investigación, reconocimiento y formación, las Partes, en el marco de este convenio, continuarán promoviendo: - el desarrollo de colaboraciones científicas en el ámbito de las ciencias sociales y humanidades, - el intercambio de información y documentación científica y técnica, - la prestación de recursos documentales y archivos, - la organización de coloquios, conferencias y seminarios que contribuyan a la difusión e intercambio de conocimientos en el ámbito de las ciencias sociales y humanidades, - la organización de proyectos de formación en el ámbito de las ciencias sociales y humanidades, - la producción de publicaciones conjuntas o de cualquier otra acción de reconocimiento, - la acogida de profesores-investigadores, de personal científico, de investigadores, de doctorandos o de estudiantes, - o cualquier otra actividad acordada por las Partes. Las Partes subscriben un acuerdo para impulsar la búsqueda común de financiación nacional o internacional para llevar a cabo las actividades de colaboración. La gestión de dicha financiación complementaria podrá ser objeto de modalidades particulares. Las Partes se encargarán de emprender actividades de colaboración con los socios mediterráneos que estén interesados.