Áreas de actividad Cláusulas de Ejemplo

Áreas de actividad. 1. Se establecen seis áreas de actividad que contienen la agrupación de categorías en relación a su correspondencia en ramas homogéneas: - Área A: Administración. - Área B: Mantenimiento, Oficios y Servicios Técnicos. - Área C: Servicios Generales. - Área D: Sanitario-Asistencial. - Área E: Educativo-Cultural. - Área F: Artes Gráficas. La definición de estas áreas de actividad se recoge en el Anexo II del presente convenio.
Áreas de actividad. 1. Las áreas de actividad agrupan dentro de cada uno de los grupos profesionales, de manera homogénea, el conjunto de contenidos y tareas que por su naturaleza se encuentran dentro de un mismo ámbito funcional o sector de actividad profesional, sin perjuicio de la estructura organizativa en cada momento existente.
Áreas de actividad. Se establecen las siguientes Áreas funcionales u orgánicas en relación a su correspondencia en ramas homogéneas. En todo caso, la movilidad funcional se producirá dentro del grupo, con el límite de la idoneidad y aptitud necesaria para el desempeño de las tareas que se encomienden al trabajador en cada puesto de trabajo, previa realización, si ello fuera necesario, de procesos simples de formación y adaptación, y dentro de los límites previstos por el artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores. Comprensiva del conjunto de actividades propias que demanda el normal funcionamiento de la empresa para su administración en todos los ámbitos y niveles, y configurada como la rama de gestión. Engloba desde las funciones propias de la dirección y organización de la actividad más complejas y para las que se exija estar en posesión de titulación y conocimientos específicos, máxima responsabilidad y alto grado de autonomía, hasta aquellas otras de carácter auxiliar para los que sólo se exigen conocimientos elementales y responsabilidad e iniciativa restringida y aquellos que no requieran destreza o habilidad específica alguna. Comprensiva del conjunto de actividades directamente relacionadas con la ejecución directa de los trabajos requeridos por el cliente. Abarcando desde las que requieren mayor experiencia y conlleven un mayor grado de responsabilidad y autonomía, hasta aquellas de carácter auxiliar para las que solo se exija cualificación profesional elemental o similar.
Áreas de actividad. —Se establecen las siguientes áreas:
Áreas de actividad. Se establecen las siguientes áreas funcionales u orgánicas en relación a su correspondencia en ramas homogéneas. En todo caso, la movilidad funcional se producirá dentro del grupo, con el límite de la idoneidad y aptitud necesaria para el desempeño de las tareas que se encomienden al trabajador en cada puesto de trabajo, previa realización, si ello fuera necesario, de procesos simples de for- mación y adaptación, y dentro de los límites previstos por el ar- tículo 39 del Estatuto de los Trabajadores. Comprensiva del conjunto de actividades propias de la admi- nistración en todos ámbitos y niveles, y configurada como la rama de gestión de centros y servicios, siendo éstos a título de ejemplo, la gestión de personal, labores de documentación, biblioteca y secretaría, control y contabilidad de suministros, relación con pro- veedores, administración de bienes, procesos informáticos y comu- nicación, y en general con aquellas otras que configuran el aparato de gestión del servicio o centro respectivo, comunicación interna y externa de los servicios y centros, custodia, reparto y distribución de bienes y correspondencia. Asimismo, se incluyen en esta área el conjunto de actividades o tareas relacionadas directamente con la información y recepción de personas y bienes, desde las que implican máxima autonomía y responsabilidad, propias de la direc- ción y organización de la actividad, y que requieren estar en pose- sión de titulación y conocimientos específicos, hasta aquellos otros de carácter auxiliar para los que sólo se exigen conocimientos elementales y responsabilidad e iniciativa restringida. Comprensiva del conjunto de actividades directamente relacio- nadas con la salud y la asistencia a los enfermos incluidas aquellas que tengan un carácter meramente auxiliar o complementario, y abarcando desde las que requieren el más alto grado de espe- cialización y conocimientos tecnificados y conlleven el mayor grado de responsabilidad y autonomía, hasta aquellas de carácter auxiliar para las que sólo se exija cualificación profesional elemental en unos casos e inferior en otros. Comprensiva de aquellas actividades no encuadradas en las ante- riores áreas de actividad y que abarcan todos aquellos servicios que demanda el normal funcionamiento de los centros, tanto si se corresponden como si no, a un oficio determinado y englobando desde las más complejas organizativa y técnicamente para las que se exija estar en posesión de titulación y conocimientos específicos, má...
Áreas de actividad. Se establecen las siguientes áreas funcionales u orgánicas en relación a su correspondencia en ramas homogéneas. En todo caso, la movilidad funcional se producirá dentro del grupo, con el límite de la idoneidad y aptitud necesaria para el desempeño de las tareas que se encomienden al trabajador en cada puesto de trabajo, previa realización, si ello fuera necesario, de procesos simples de formación y adaptación, y dentro de los límites previstos por el art. 39 del Estatuto de los Trabajadores. Área A: Área de Administración Comprensiva del conjunto de actividades propias de la administración en todos ámbitos y niveles, y configurada como la rama de gestión de centros y servicios, siendo estos a título de ejemplo, la gestión de personal, labores de documentación, biblioteca y secretaría, control y contabilidad de suministros, relación con proveedores, administración de bienes, procesos informáticos y comunicación y, en general, con aquellas otras que configuran el aparato de gestión del servicio o centro respectivo, comunicación interna y externa de los servicios y centros, custodia, reparto y distribución de bienes y correspondencia. Asimismo, se incluyen en esta área el conjunto de actividades o tareas relacionadas directamente con la información y recepción de personas y bienes, desde las que implican máxima autonomía y responsabilidad, propias de la dirección y organización de la actividad, y que requieren estar en posesión de titulación y conocimientos específicos, hasta aquellos otros de carácter auxiliar para los que solo se exigen conocimientos elementales y responsabilidad e iniciativa restringida. Área B: Área Sanitaria-Asistencial Comprensiva del conjunto de actividades directamente relacionadas con la salud y la asistencia a los enfermos, incluidas aquellas que tengan un carácter meramente auxiliar o complementario, y abarcando desde las que requieren el más alto grado de especialización y conocimientos tecnificados y conlleven el mayor grado de responsabilidad y autonomía, hasta aquellas de carácter auxiliar para las que solo se exija cualificación profesional elemental en unos casos e inferior en otros. Área C: Área de Servicios Generales Comprensiva de aquellas actividades no encuadradas en las anteriores áreas de actividad y que abarcan todos aquellos servicios que demanda el normal funcionamiento de los centros, tanto si se corresponden como si no, a un oficio determinado y englobando desde las más complejas organizativa y técnicamente para ...
Áreas de actividad. Entendemos por áreas de actividad a las agrupaciones organizativas existentes, en concreto: logística, en sus diferentes negocios de características y exigencias laborales diferenciadas (plataformas, almacenes y cash & carry), y administración y servicios, de exigencia igualmente dispar según el negocio del que se trate, teniendo en cuenta, tanto el contenido de los puestos que las componen como los objetivos esenciales que las definen. Xxxxxxxxx, asimismo, la trayectoria natural de una carrera profesional, y son las habituales en el funcionamiento de la cooperativa por lo que el convenio, especialmente este artículo, no altera el sistema organizativo y funcional existente. En la disposición transitoria se recoge el cuadro de equivalencias en donde se encuadran las funciones correspondientes a cada área, que, en algunos casos, son indistintas. Los trabajadores, a la vista de los criterios anteriores, se encuadrarán en alguno de los siguientes grupos: Grupo A. Profesionales nivel I.–Criterios generales: Los trabajos consisten en operaciones realizadas siguiendo un método de trabajo y se ejecutan bajo instrucciones específicas, con un alto grado de dependencia jerárquica y funcional. Pueden requerir esfuerzo físico y, en todo caso, necesitan conocer los requerimientos del puesto de trabajo al que este adscrito. Formación: profesional, enseñanza obligatoria o equivalente y conocimientos elementales relacionados con la tarea que se desempeña. Tareas.–En este grupo profesional se incluyen las actividades que, por analogía, son asimilables a los siguientes ejemplos: Mozos de plataforma y almacén. Reponedor- dependiente de cash&carry mixto y/o de cash&carry; especialista de máquina elevadora (toro); verificador. Auxiliar administrativo, recepcionista/telefonista. Limpiador. Ayudante. Grupo B. Profesionales nivel II: Criterios generales.–Los trabajos son de ejecución autónoma que exigen, habitualmente, iniciativa y razonamiento. Las funciones comportan, bajo supervisión, la responsabilidad de las mismas, pudiendo ser ayudado por otros trabajadores. Puede realizar varias tareas heterogéneas dentro de su área funcional. Formación: profesional, enseñanza obligatoria o equivalente adquirida en su puesto de trabajo. Tareas.–En este grupo profesional se incluyen las actividades que, por analogía, son asimilables a los siguientes ejemplos: oficial administrativo; cajero. Vendedor. Televendedor. Delegado. Preparador de plataforma y almacén; maquinista de plataforma y alma...
Áreas de actividad. 1. Dentro de la estructura técnico-operativa se establecen cinco áreas de actividad con sus correspondientes puestos de trabajo:
Áreas de actividad. A Asistencial-sanitaria
Áreas de actividad. Entendemos por áreas de actividad a las agrupaciones organizativas exis- tentes, teniendo en cuenta tanto el contenido de los puestos que las compo- nen como los objetivos esenciales que las definen. Xxxxxxxxx, asimismo, la trayectoria natural de una carrera profesional, y son las siguientes: