RENOVACIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

RENOVACIÓN DEL CONTRATO. El contrato podrá renovarse conforme desempeño del consultor a solicitud del Director de Salud Animal y autorización de la máxima autoridad del IPSA, previa verificación presupuestaria, de acuerdo a lo establecido en la Ley 737 Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público y su Reglamento Decreto 75-2010.
RENOVACIÓN DEL CONTRATO. El contrato de seguro se renueva automáticamente, en las mismas condiciones vigentes en el período anterior, siempre que el condicionado general contenga la cláusula de renovación automática. Cuando el asegurador considere incorporar modificaciones en la renovación del contrato deberá cursar aviso por escrito al contratante detallando las modificaciones en caracteres destacados, con una anticipación no menor de cuarenta y cinco (45) días previos al vencimiento del contrato. El contratante tiene un plazo no menor de treinta (30) días previos al vencimiento del contrato para manifestar su rechazo en la propuesta. En caso contrario se entienden aceptadas las nuevas condiciones propuestas por el asegurador. En este último caso, el asegurador debe emitir la póliza consignando en caracteres destacados las modificaciones.
RENOVACIÓN DEL CONTRATO. Cláusula 12: Este contrato es renovable anualmente a partir de la fecha indicada en las Condiciones Particulares. En cada renovación, se aplicarán las primas en vigor del Asegurador, en dicha fecha, de acuerdo a la edad alcanzada por el conjunto de los deudores asegurados.
RENOVACIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución del contrato podrá ser renovado hasta por 4 meses, previo informe fundado de la Unidad Técnica emitido con a lo menos 15 días corridos de anticipación a la fecha de término del mismo, en que sugiera la necesidad de la renovación, la que deberá basarse en el beneficio económico en base a un comparativo xx xxxxxxx a la fecha de renovación y en uno o más de los siguientes criterios:
RENOVACIÓN DEL CONTRATO. 11.1. Para la renovación del presente contrato, el representante deberá solicitarlo en forma expresa, por escrito.
RENOVACIÓN DEL CONTRATO. Cláusula 13
RENOVACIÓN DEL CONTRATO. LAS PARTES” acuerdan que, en caso de que “EL AYUNTAMIENTO” requiera por más tiempo los servicios de guardería infantil, materia de este contrato, se podrán reunir durante el mes xx Xxxxxx del año 2018, para pactar los términos y condiciones para la elaboración y celebración de un nuevo contrato, mismo que no podrá exceder de 12 (doce) meses. En caso de no efectuarse la renovación del contrato durante el mes xx Xxxxxx de 2018, se estará a lo dispuesto por la CLÁUSULA TERCERA del presente contrato.
RENOVACIÓN DEL CONTRATO. El contrato podrá renovarse conforme desempeño del consultor a solicitud del Responsable de la Oficina de Adquisiciones y autorización de la máxima autoridad del IPSA, previa verificación presupuestaria, de acuerdo a lo establecido en la Ley 737 Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público y su Reglamento Decreto 75-2010.
RENOVACIÓN DEL CONTRATO. De conformidad a lo ordenado en el art. 201 de la Ley 115/94 y la sentencia SU 624/99 de la Corte Constitucional, condicionará la renovación del contrato de matrícula en los casos siguientes: Primero: Incumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato. Segundo: Incumplimiento de las normas y demás estipulaciones consagradas en el reglamento o manual de convivencia, por razones de comportamiento, rendimiento académico o de capacidades que requieran tratamiento especial Tercero: Por no estar x xxx y salvo por todo concepto con el colegio al momento de suscribir el contrato de matrícula o cooperación educativa para el año siguiente. Cuarto: No renovar el contrato de matrícula en la fecha establecida por el Colegio. (Sentencia 323/94 Corte Constitucional), Quinto: Por xxxx, insolvencia, y no pago de sus obligaciones contraídas.
RENOVACIÓN DEL CONTRATO. Solo en el caso de seguros con temporalidad de un año, el presente seguro se renovará en forma automática por periodos anuales y sucesivos, de acuerdo con las siguientes condiciones: • Las edades máximas de renovación serán las indicadas para cada cobertura en el numeral 8. “Edades de aceptación” de la sección III. “Cláusulas generales”. En el caso de la cobertura básica por fallecimiento la edad máxima de renovación será 99 años. • No se solicitarán requisitos de asegurabilidad adicionales siempre y cuando la Suma Asegurada, Xxxxxxxxxx amparadas y condiciones de riesgo del Asegurado al inicio de cada renovación coincidan con las vigentes en el periodo anterior, salvo que el Contratante solicite por escrito su modificación al inicio de la renovación automática. En caso de solicitar un incremento de Suma Asegurada, contratación de nuevas Coberturas, o cambien las condiciones de riesgo del Asegurado, este deberá notificar los cambios que modifiquen lo declarado en la Solicitud de seguro, sujeto a la aprobación de Allianz cumpliendo con los requisitos de asegurabilidad correspondientes y sin compromiso por parte de Allianz de aceptación. • La renovación estará sujeta al pago de la prima para la nueva vigencia, la cual se calculará en cada renovación de acuerdo con la edad y sexo del asegurado, la Extraprima si esta aplicara, la Suma asegurada de cada cobertura contratada y las tarifas vigentes que Allianz tenga registradas ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas en la fecha de inicio de vigencia de cada renovación. • Allianz informará al asegurado con al menos 30 (treinta) días hábiles de anticipación a la fecha de renovación de la póliza, los valores de la prima, aplicable a la misma. La renovación no implica que el seguro se prorrogue en cuanto a su vigencia, es decir, Allianz podrá modificar las condiciones de aseguramiento, de acuerdo con lo registrado y autorizado por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas garantizando que las edades máximas de renovación, así como los periodos de espera no podrán ser modificadas por Allianz en perjuicio del asegurado. La renovación se realizará en condiciones de aseguramiento congruentes con las originalmente contratadas y debidamente registradas y autorizadas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Para cualquier otra temporalidad no existe renovación de contrato. En caso de que el asegurado quiera extender la protección deberá contratar una nueva póliza siguiendo los procesos de contratación estableci...