Validez del Contrato Cláusulas de Ejemplo

Validez del Contrato. El Contrato será válido cuando se realice conforme al ordenamiento jurídico y cuando el acto definitivo de Adjudicación y la constitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato sean cumplidos.
Validez del Contrato. El Contrato será válido cuando se realice conforme al ordenamiento jurídico y cuando el acto definitivo de Adjudicación y la constitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato sean cumplidos. La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato corresponderá a Garantía Bancaria o Póliza de Fianza. La vigencia de la garantía será de (treinta) 30 días, contados a partir de la constitución de la misma hasta el fiel cumplimiento del contrato.
Validez del Contrato. El Contrato será válido cuando se realice conforme al ordenamiento jurídico y cuando el acto definitivo de Adjudicación y la constitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato sean cumplidos. La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato corresponderá a Garantía Bancaria o Póliza de Fianza (Ver numeral 9.3 sobre Documentos Estándar Editables No. SNCC.D.038). La Garantía de buen uso del anticipo corresponderá a un veinte por ciento (20%), el cual deberá ser presentado en forma de Garantía Bancaria o Póliza de Fianza.
Validez del Contrato. El Contrato será válido cuando se realice conforme al ordenamiento jurídico y cuando el acto definitivo de Adjudicación y la constitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato sean cumplidos. La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato corresponderá a Garantía Bancaria o póliza de Seguro. La vigencia de la garantía será contada a partir de la constitución de la misma hasta el fiel cumplimiento del contrato.
Validez del Contrato. Las Condiciones de Prestación de los Servicios Objeto del presente Contrato podrán ser modificadas de conformidad con la legislación vigente y previa notificación escrita al Cliente con un plazo de preaviso de un (1) mes. Transcurrido dicho plazo sin que EL PROVEEDOR haya recibido comunicación alguna, se entenderá que el Cliente acepta las modificaciones. En caso de que las modificaciones supongan una mejora de las condiciones contractuales o respondan a cambios regulatorios, no será de aplicación lo establecido en el Art. 9.3 del RD 899/2009, de 22 xx xxxx. En caso de incompatibilidad entre las Condiciones Generales y las Condiciones Específicas aplicables a cada uno de los Servicios contratados por el Cliente, prevalecerán las específicas sobre las Generales. Si por causas tecnológicas EL PROVEEDOR no pudiese prestar el Servicio al Cliente en los términos pactados, EL PROVEEDOR se compromete a comunicar al Cliente esta circunstancia de forma inmediata. El Cliente podrá optar en este caso por contratar otro Servicio o por resolver el Contrato. Si la imposibilidad fuera debida al Cliente EL PROVEEDOR facturará en todo caso aquellos costes que para la provisión del Servicio se hayan generado. El Cliente para la prestación de los Servicios, otorga a EL PROVEEDOR mediante la suscripción del presente Contrato las facultades necesarias para la gestión y tramitación de dichos Servicios frente a las entidades correspondientes.
Validez del Contrato. La nulidad parcial del Contrato y/o los Convenios, siempre y cuando dicha nulidad no afecte los elementos esenciales de dichos documentos y puedan por ello permanecer en vigor, no afectará la validez de cualquier otra disposición contenida en ellos.
Validez del Contrato. La nulidad, parcial o total, de cualesquiera de las disposiciones del presente Contrato no afectará la validez de ninguna de las demás disposiciones en éste, se entenderá y prevalecerá la figura jurídica que en esencia representa la elaboración de este instrumento y velará por los intereses para el cumplimiento de su objeto.
Validez del Contrato. 11.1 Cualquier modificación de las cláusulas y condiciones del presente contrato deberá constar expresamente por escrito, sin lo cual quedara nula y sin efecto.
Validez del Contrato. Las Partes declaran que este Contrato es legalmente vinculante y renuncian expresamente a interponer una acción con el fin de invalidar su contenido por el solo hecho de usarse el “Intercambio Electrónico de Datos” (firma electrónica) en cumplimiento de la ley 527 de 1999 y el Decreto 2364 de 2.012.
Validez del Contrato. El Contrato de Juego está compuesto por todas las cláusulas y anexos descritos en este documento. Si por cualquier circunstancia se constatara la invalidez de alguna estipulación del presente contrato o se considerara inejecutable, dicha estipulación no tendría efecto y sería excluida del contrato, en el que permanecerían válidas las restantes estipulaciones del mismo. En estos casos, EL OPERADOR se compromete a sustituir la estipulación excluida por otra estipulación que resulte válida y cuyo efecto fuera semejante al que se pretendía con la estipulación excluida.