Cláusulas Generales Cláusulas de Ejemplo
Cláusulas Generales. El Beneficiario se obliga a:
Cláusulas Generales. 1. Vigencia
Cláusulas Generales. El término “contrato” abarca una orden de compra, un contrato, o cualesquiera modificaciones o enmiendas al mismo, incluidos todos los documentos, apéndices y anexos a que se haga referencia en el mismo, a los que son de aplicación las presentes Cláusulas generales. Por “Contratista” se entiende la parte con la que la FAO contrata el suministro de bienes o servicios y que responderá en exclusiva y plenamente del cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente contrato. Por “FAO” se entiende la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura. El término “bienes” incluye los bienes de equipo, repuestos, productos básicos, plantas y animales vivos, semillas, materias primas, componentes, productos intermedios o productos especificados en el contrato. Por “servicios” se entiende el tiempo, el esfuerzo o la pericia del Contratista especificados en el contrato.
Cláusulas Generales. 9.1. La invalidez o inejecutabilidad total o parcial de cualquiera de las disposiciones de la presente no afectará la validez o exigibilidad de dichas disposiciones para cualquier otras cuestion, ni afectará a las disposiciones restantes.
9.2. Una Orden de Compra o Contrato y/o cualquier parte del mismo, no podrán ser cedidos total o parcialmente por el Proveedor sin el consentimiento previo por escrito del Comprador. Si el Proveedor cede una Orden de Compra o Contrato y/o cualquier parte del mismo, sin el consentimiento del Comprador, el Proveedor continuará siendo personalmente responsable ante el Comprador y terceros. El Comprador podrá ceder una Orden de Compra o Contrato o cualquier parte del mismo, a cualquier persona, empresa o compañía.
Cláusulas Generales a) Las notificaciones que exija o permita una de las partes a la otra en virtud de las presentes CGV se efectuarán por escrito y se dirigirán al domicilio social o principal de la otra parte o a la dirección que se notifique oportunamente a la parte que realiza la notificación de acuerdo con esta estipulación.
b) La renuncia ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ al cumplimiento específico de alguna de las cláusulas del Contrato por parte del Cliente no se interpretará como renuncia al cumplimiento posterior de la misma ni de alguna otra estipulación. Cualquier renuncia propuesta por ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ será nula e ineficaz a menos que se realice por escrito y esté firmada por un representante adecuadamente autorizado ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇.
c) Si alguna de las estipulaciones de las presentes CGV es o deviene ineficaz total o parcialmente, no se verán afectadas por ello las ▇▇▇▇▇ estipulaciones de las CGV. Lo que antecede será de aplicación también si se encuentra una omisión involuntaria en el Contrato. La estipulación ineficaz total o parcialmente se sustituirá, o la omisión no intencionada en las CGV se completará, por una estipulación adecuada que se aproxime lo más posible, en la medida en que sea posible legalmente, a la intención inicial de las partes contractuales o a lo que habrían pretendido según el significado y el propósito de las presentes CGV si hubieran tenido conocimiento de la ineficacia u omisión de la estipulación o estipulaciones en cuestión.
Cláusulas Generales. 1.1. EL/LOS CLIENTE(S) Y SU(S) FIADOR(ES) declaran bajo juramento que los datos suministrados en la solicitud, contrato y demás documentos de crédito, son verídicos y autoriza(n) a LA CAJA a verificarlos. EL/LOS CLIENTE(S) Y SU(S) FIADOR(ES) se obliga a comunicar en forma inmediata a LA CAJA cualquier cambio en los datos consignados en la solicitud y asumirá las posibles consecuencias de su falta de actualización.
1.2. OTORGAMIENTO DEL CRÉDITO: LA CAJA otorgará a EL/LOS CLIENTE(S), sujeto a la evaluación y calificación crediticia que realice de éste, el crédito solicitado por EL/LOS CLIENTE(S), por el importe y en la moneda determinados por LA CAJA. EL/LOS CLIENTE(S) acepta que el crédito concedido devengará intereses compensatorios y moratorios. Para operaciones de crédito de consumo, créditos de consumo de bajo costo, las tasas de interés se determinan libremente, dentro del límite establecido por el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP). Los intereses no se capitalizan en caso de incumplimiento o atraso en el pago del crédito.
1.3. EL/LOS CLIENTE(S) declara conocer que las condiciones particulares aplicables al crédito que se le otorgue bajo el marco del presente contrato, como son: el monto del crédito, las tasas de interés compensatoria, moratoria, la tasa de costo efectiva anual, el plazo y otras condiciones, estarán contenidas en la hoja resumen y en el cronograma de pagos, que forman parte del presente contrato. En tal sentido, en cada oportunidad que se otorgue un crédito, EL/LOS CLIENTE(S), suscribirá únicamente la Hoja Resumen y cronograma de pagos, documentos que junto a la(s) solicitud(es) de crédito(s) forman parte integrante del presente contrato.
Cláusulas Generales. Primera.-Naturaleza del contrato. El presente contrato de arrendamiento financiero se formaliza en el marco establecido por ▇▇▇ y demás disposi- ciones complementarias. Las partes otorgan su consentimiento a las estipulaciones del presente contrato, que en ningún caso se conside- rará contrato de venta a plazo. En orden a su interpretación, deberá atenderse a la voluntad expresa de las partes, conforme a lo previsto. Segunda.-Objeto del contrato. El material objeto de este contrato ha sido adquirido por "Leasing, S. A." en cumplimiento de expresas instruccio- nes recibidas por el arrendatario, quien ha elegido el bien del proveedor bajo su única y exclusiva responsabili- dad, habiendo determinado a tal efecto la clase, marca, especificaciones técnicas y demás condiciones del mis- mo. En consecuencia, el arrendatario libera a "Leasing, S. A." de toda responsabilidad por la idoneidad, rendimiento, adecuación a la explotación a que va destinado, posibles vicios de fabricación o funcionamiento, o por cualquier otra circunstancia predicable de los bienes cedidos en arrendamiento financiero. Por ello, el arrendatario no podrá pretender disminución alguna en el precio, ni indemnización, ni resolver el contrato por no poder utilizar el mate- rial, sea cualquiera la causa a que tal falta de uso obedezca. Por su parte, "Leasing, S. A." cede al arrendatario, los derechos y acciones que le corresponden frente al fabri- cante o proveedor por razón del material contratado, quedando subrogado, desde la firma de este contrato, en la posición jurídica de "Leasing, S. A." Para hacer efectivos los derechos derivados de la garantía de la asistencia técnica o, en general, de los servicios posventa. Tercera.-Propiedad. El material objeto de este contrato es propiedad exclusiva de "Leasing, S. A.", por título de compraventa, no otorgando al arrendatario otros derechos que los derivados de las condiciones del presente contrato. En reconocimiento de la propiedad frente a terceros, el arrendatario se obliga a proclamar y adoptar cuantas me- didas sean necesarias y, entre otras: A no constituir una carga o gravamen sobre el material, tales como hipoteca, prenda o cualquier otra posi- ble en Derecho. En el caso de que el arrendatario establezca una carga o gravamen sobre dichos bienes, deberá manifestar que el material objeto de este contrato es de exclusiva propiedad de "Leasing, S. A.". A manifestar a todo tercero que pretenda trabar o embargar el material, que éste es de la exclus...
Cláusulas Generales. Las siguientes cláusulas son de aplicación general para todas las secciones que integran esta póliza.
Cláusulas Generales. Comunicaciones / Nexo
Cláusulas Generales. 12.1. Este Contrato, sus anexos y los acuerdos a los que se refiere específicamente constituyen todos los acuerdos cerrados hasta el día ▇▇ ▇▇▇ entre las PARTES que intervienen, y sustituyen y derogan expresamente todos los acuerdos y compromisos entre las PARTES…
12.2. El contenido de este Contrato, como también cualquier información o dato referentes a éste, se mantendrá con carácter confidencial y no será difundido por las PARTES salvo que:
a. No se cumpla una obligación legal o una orden administrativa o judicial.
