Cláusulas Generales Cláusulas de Ejemplo

Cláusulas Generales. El término “contrato” abarca una orden de compra, un contrato, o cualesquiera modificaciones o enmiendas al mismo, incluidos todos los documentos, apéndices y anexos a que se haga referencia en el mismo, a los que son de aplicación las presentes Cláusulas generales. Por “Contratista” se entiende la parte con la que la FAO contrata el suministro de bienes o servicios y que responderá en exclusiva y plenamente del cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente contrato. Por “FAO” se entiende la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura. El término “bienes” incluye los bienes de equipo, repuestos, productos básicos, plantas y animales vivos, semillas, materias primas, componentes, productos intermedios o productos especificados en el contrato. Por “servicios” se entiende el tiempo, el esfuerzo o la pericia del Contratista especificados en el contrato.
Cláusulas Generales. 1. Vigencia
Cláusulas Generales. TRIGÉSIMA TERCERA. El Beneficiario se obliga a:
Cláusulas Generales. 9.1. La invalidez o inejecutabilidad total o parcial de cualquiera de las disposiciones de la presente no afectará la validez o exigibilidad de dichas disposiciones para cualquier otras cuestion, ni afectará a las disposiciones restantes.
Cláusulas Generales. 1.1. EL/LOS CLIENTE(S) Y SU(S) FIADOR(ES) declaran bajo juramento que los datos suministrados en la solicitud, contrato y demás documentos de crédito, son verídicos y autoriza(n) a LA CAJA a verificarlos. EL/LOS CLIENTE(S) Y SU(S) FIADOR(ES) se obliga a comunicar en forma inmediata a LA CAJA cualquier cambio en los datos consignados en la solicitud y asumirá las posibles consecuencias de su falta de actualización.
Cláusulas Generales. DECIMA NOVENA. El Beneficiario se obliga a:
Cláusulas Generales. PRIMERA.- Objeto.- El presente contrato tiene por objeto establecer los lineamientos para el manejo administrativo y financiero de la(s) cantidad(es) de dinero que entrega EL AHORRADOR MENOR y que podrá realizar en una o varias operaciones de depósito bajo el instrumento de “Creciendo”, mismas que serán recibidas por LA CAJA, en calidad de depósito. Las entregas de efectivo o transferencias internas que realice EL REPRESENTANTE serán depositadas en la cuenta que maneja LA CAJA para el ahorrador menor. Las entregas que se hagan por medio de documentos mercantiles en adelante “Cheques” y serán recibidos “salvo buen cobro” y su importe se abonará a la cuenta en firme a más tardar el cuarto día hábil de que fue entregado a LA CAJA, se exceptúa de lo anterior los cheques no negociables y los que sean devueltos por el banco librador, los cuales serán devueltos a EL REPRESENTANTE previa notificación telefónica o por escrito en su caso, procediendo a la cancelación de la operación. El plazo se establece porque en la localidad no se encuentra una institución bancaria en la cual podamos depositar los cheques mencionados por lo que se establecen ciertos días para su depósito y por ende puedan quedar en firme en las cuentas de LA CAJA. Adicionalmente podrán efectuar depósitos en instituciones financieras o transferencias electrónicas en la cuenta que maneje LA CAJA, para dicha operación EL REPRESENTANTE deberá solicitar el número de cuenta en el área contable, debiendo presentar en ventanilla el comprobante que ampare la operación para su verificación y registro.
Cláusulas Generales. Las cláusulas que se listan a continuación no aplican para la cobertura de Pérdida de Ingresos por Fallecimiento o Invalidez Total y Permanente:
Cláusulas Generales. 3.1. Vigencia
Cláusulas Generales. 5.1. Arbitraje