Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente Cláusulas de Ejemplo

Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. El contrato no se encuentra sujeto a regulación armonizada como así se hace constar en el apartado 3 del Cuadro de Características del Contrato, de conformidad con lo señalado en los artículos 22 y 19 de la LCSP 2017. El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto simplificado conforme al artículo 159 de la LCSP 2017, y se tramitará de acuerdo con lo señalado en el citado apartado 3, de modo que, cuando la tramitación sea de urgencia, se aplicarán las especialidades y plazos previstos en el artículo 119 de la LCSP 2017 salvo la reducción de plazos a la que se refiere la letra b) del apartado 2 del artículo 119 de la LCSP 2017. Cuando conforme al apartado 10 del Cuadro de Características del Contrato se admita la presentación de variantes, porque en la adjudicación se tengan en cuenta criterios distintos del precio, éstas se deberán acomodar a los requisitos mínimos, modalidades, características, elementos, condiciones en las que queda autorizada su presentación señaladas en dicho apartado, teniendo en cuenta que las precisiones de las variantes que se puedan admitir podrán hacer referencia a las funcionalidades y/o las necesidades que en él se concretan, como señala el artículo 142 de la LCSP 2017.
Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. Para la adjudicación de la presente contratación se aplicará el procedimiento abierto conforme lo dispuesto en los artículos 141 a 145, de la LCSP. La tramitación del expediente de contratación adoptará la forma indicada en el apartado 10 del anexo de especificaciones
Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. El contrato no se encuentra sujeto a regulación armonizada como así se hace constar en el apartado 3 del Cuadro de Características del Contrato, de conformidad con lo señalado en los artículos 22 y 19 de la LCSP 2017. El contrato se adjudicará mediante procedimiento negociado sin publicidad conforme a los artículos 166, 168, 169, 170 y 171 de la LCSP, y se tramitará de acuerdo con lo señalado en el citado apartado 3, de modo que, cuando la tramitación sea de urgencia, como es el caso se aplicarán las especialidades y plazos previstos en el artículo 119 del LCSP. Cuando conforme al apartado 10 del Cuadro de Características del Contrato se admita la presentación de variantes, porque en la adjudicación se tengan en cuenta criterios distintos del precio, éstas se deberán acomodar a los requisitos mínimos, modalidades, características, elementos, y condiciones en las que queda autorizada su presentación señaladas en dicho apartado, teniendo en cuenta que las precisiones de las variantes que se puedan admitir podrán hacer referencia a las funcionalidades y/o las necesidades que en él se concretan, como señala el artículo 142 de la LCSP 2017. Si bien, se establece en la norma que la adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras negociar las condiciones del contrato con uno o varios candidatos, conforme a lo señalado en el apartado 9 del Cuadro de Características del Contrato, en el presente caso, a tenor de haberse justificado la exclusividad por la Gerencia, las condiciones del contrato habrán de ser negociadas con el único licitador capaz de ejecutar el mismo. La articulación del procedimiento que se seguirá para la negociación, teniendo en cuenta que en ningún caso pueden ser objeto de negociación ni los requisitos mínimos de los servicios objeto del contrato , ni los criterios de adjudicación, se señala en el apartado 9 del Cuadro de Características del Contrato. El órgano de contratación, publicará un anuncio de licitación, siendo de aplicación a la tramitación del procedimiento, las normas contenidas en el apartado 1 del artículo 160 de la LCSP 2017, y en los artículos 161, 162, 163 y 164.1 de la LCSP 2017, relativos al procedimiento restringido. El número máximo y mínimo de empresas a las que se invitará a negociar, será el que señala el apartado 11 del Cuadro de Características del Contrato, invitándose, a tenor de la exclusividad referida, a un único contratista. Por lo tanto, ya que el número de candid...
Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. 1. Para la adjudicación del contrato se aplicará el procedimiento abierto conforme a lo dispuesto en los artículos 131 y 156 de la LCSP.
Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto simplificado conforme al artículo 159 de la LCSP 2017.
Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. 1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.1 de la LCSP, el contrato se adjudicará por PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, mediante el cual todo empresario interesado podrá́ presentar una proposición, quedando excluido toda negociación de los términos del contrato con los licitadores. La adjudicación del contrato se realizará utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio de conformidad con lo que se establece en la cláusula 20.
Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. 1. El contrato no se encuentra sujeto a regulación armonizada como así se hace constar en el apartado 3 del Cuadro de Características del Contrato, de conformidad con lo señalado en los artículos 22 y 19 de la LCSP 2017.
Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. 1.3.1. Para la adjudicación de la presente contratación se aplicará el procedimiento abierto, según lo dispuesto en los artículos 138.2 y 157 a 161 del TRLCSP.
Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. El contrato se adjudicará mediante PROCEDIMIENTO ORDINARIO y se tramitará de acuerdo con lo señalado en el citado apartado 3 del Cuadro de Características del Contrato (en adelante CCC), de modo que, cuando la tramitación sea de urgencia, se aplicará la reducción de los plazos a la mitad de lo estipulado, lo cual habrá quedado reflejado en el expediente e indicado en el anuncio de licitación. Igualmente, cuando por cualquier motivo justificado quede desierto el presente procedimiento de contratación, el Órgano de contratación podrá́ adjudicar directamente el contrato de que se trate sin publicidad previa. Cuando conforme al apartado 10 del CCC se admita la presentación de variantes, porque en la adjudicación se tengan en cuenta criterios distintos del precio, éstas se deberán acomodar a los requisitos mínimos, modalidades, características, elementos, condiciones en las que queda autorizada su presentación señaladas en dicho apartado, teniendo en cuenta que las precisiones de las variantes que se puedan admitir podrán hacer referencia a las funcionalidades y/o las necesidades que en él se concretan. En tal caso, cada licitadora en la proposición que presente deberá incluir obligatoriamente la solución al proyecto base.
Procedimiento de adjudicación y forma de tramitación del expediente. El contrato se tramitará mediante procedimiento abierto conforme al artículo 156 la LCSP.