OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS PARTES Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS PARTES. Son obligaciones especiales de las PARTES: Desarrollar el Proyecto de acuerdo con los planos y especificaciones contenidos en el Contrato y sus Anexos, en cumplimento de las normas técnicas y mejores prácticas aplicables; Asignar al Proyecto mano de obra calificada, así como subcontratistas y proveedores especializados, bajo la supervisión directa de un ingeniero calificado y competente; Utilizar herramientas, Equipos, señalizaciones y materiales que propicien seguridad individual y colectiva a terceros y a las personas que hagan uso o estén trabajando dentro de la zonificación del lugar de trabajo, objeto de este Contrato, de conformidad con las políticas de seguridad industrial del CONTRATANTE, que hacen parte de este Contrato como Anexo 5; Informar al CONTRATANTE sobre los permisos y autorizaciones requeridos para la instalación de los Equipos del Proyecto y prestar su colaboración, incluyendo el suministro de toda la información que sea requerida y que se encuentre en su poder para tal fin. Constituir las pólizas de seguro y sus amparos según se indica en la Cláusula Novena. Entregar información veraz, completa y oportuna en todo momento. La realización de las Actividades por parte del CONTRATISTA deberá realizarse de conformidad con el Anexo 2 “Cronograma para la Implementación del Proyecto”, y dentro de los plazos establecidos en éste. El CONTRATISTA se obliga a desarrollar el Proyecto en el marco del Contrato y conforme a la ley vigente y aplicable en Colombia, y a los estándares de la industria en Colombia que sean aplicables a este tipo de proyectos. El CONTRATISTA será responsable de la buena calidad de los Servicios, de la correcta ejecución de los trabajos de ingeniería, construcción, instalación, montaje, mantenimiento y buen funcionamiento de los Equipos incorporados al Proyecto. Para efectos de lo indicado en la Cláusula Primera, el CONTRATANTE se obliga a entregar al CONTRATISTA toda la información que sea necesaria y que el CONTRATISTA le solicite, que tenga relación con el objeto del Contrato. Proporcionar información veraz, completa y oportuna que permita la elaboración del Diagnóstico Energético del Proyecto, así como la evaluación adecuada de los Ahorros Energéticos Garantizados; Proveer los espacios físicos adecuados, así como los recursos internos necesarios, para que el CONTRATISTA pueda hacer las instalaciones provisionales necesarias para acometer las obras a su cargo; Permitir la entrada de herramientas, Equipos y personas acredi...
OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS PARTES. Por ser este contrato de servicio de restaurante, tendiente al cumplimiento del fin común consistente en la sana alimentación de medio día, suministrada al estudiante, son obligaciones especiales de las partes, sin perjuicio de que se cumplan las que emanen del presente contrato:
OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS PARTES. Son obligaciones especiales de las PARTES: Realizar el Proyecto de acuerdo con los planos y especificaciones contenidos en el Contrato y sus Anexos, en cumplimento de las normas legales, normas técnicas y mejores prácticas aplicables. Asignar al Proyecto mano de obra calificada, así como subcontratistas y proveedores especializados, bajo la supervisión directa de un ingeniero calificado y competente. Utilizar herramientas, equipos, señalizaciones y materiales que propicien seguridad individual y colectiva a terceros y a las personas que hagan uso o estén trabajando dentro de la zonificación del lugar de trabajo, objeto de este Contrato, de conformidad con las políticas de seguridad industrial de EL CONTRATANTE, que hacen parte de este Contrato como Anexo 5. Informar a EL CONTRATANTE sobre los permisos y autorizaciones requeridos para la instalación de los Equipos en el Establecimiento y prestar su colaboración, incluyendo el suministro de toda la información que sea requerida y que se encuentre en su poder para tal fin. Constituir la póliza de seguro que se indica en la Cláusula Décimo Quinta de este Contrato. Entregar información veraz, completa y oportuna en todo momento.
OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS PARTES. Son obligaciones especiales de LAS PARTES: Del CONTRATISTA: Realizar el Proyecto de acuerdo con los planos y especificaciones contenidas en el Contrato y sus Anexos, en cumplimento de las normas técnicas y mejores prácticas aplicables; Asignar al Proyecto mano de obra calificada, así como subcontratistas y proveedores especializados, bajo la supervisión directa de un ingeniero calificado y competente; Utilizar herramientas, equipos, señalizaciones y materiales que propicien seguridad individual y colectiva a terceros y a las personas que hagan uso o estén trabajando dentro de la zonificación del lugar de trabajo, objeto de este Contrato, de conformidad con las políticas de seguridad industrial del CONTRATANTE, que hacen parte de este Contrato como Anexo 7; Constituir las pólizas de seguro que se indican en la Cláusula Décima Tercera.
OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS PARTES. Además de las obligaciones generales de las partes, contempladas en la ley para esta clase de contrato y que las mismas se comprometen a cumplir, se establecen las siguientes: EL ARRENDADOR: EL ARRENDATARIO:
OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS PARTES. 4.1 Son obligaciones de Surco Seguros todas las que surgen de esta Póliza y especialmente las siguientes:
OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS PARTES a) De el(los) arrendador(es): 1. El(Los) arrendador(es) hará(n) entrega material del inmueble a el(los) arrendatario(s) el día del mes de del año , en buen estado de servicio, seguridad y sanidad, y pondrá(n) a su disposición los servicios, cosas y usos conexos convenidos en el presente contrato, mediante inventario, del cual hará(n) entrega a el(los) arrendatario(s), así como copia del contrato con firmas originales. En caso de que el(los) arrendador(es) no suministre(n) a el(los) arrendatario(s) copia del contrato con firmas originales, será(n) sancionado(s) por la autoridad competente con multas equivalentes a tres (3) mensualidades de arrendamiento. 2. Mantener en el inmueble los servicios, las cosas y los usos conexos y adicionales en buen estado de servir para el cumplimiento del objeto del contrato. 3. Librará(n) a el(los) arrendatario(s) de toda turbación en el goce del inmueble. 4. Hacer las reparaciones necesarias del bien objeto del arriendo, y las locativas, pero sólo cuando estas provinieren de fuerza mayor o caso fortuito, o de la mala calidad de la cosa arrendada. Parágrafo. Cuando sea procedente, por tratarse de viviendas sometidas al régimen de propiedad horizontal el(los) arrendador(es) hará(n) entrega a el(los) arrendatario(s) de una copia del
OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS PARTES. A). del concedente. Permitir la prestación del servicio xx xxxxxx escolar en las condiciones pactadas. B). del concesionario. Acatar las directrices impartidas por la Rectoría para la prestación del servicio xx xxxxxx escolar y la utilización de los bienes entregados en concesión. Abstenerse de realizar mejoras, arreglos o modificaciones a los bienes entregados sin previa autorización escrita del rector. No expender productos que puedan afectar la salud mental o física de la comunidad educativa. Cancelar oportunamente la remuneración pactada. CLÁUSULA TERCERA. A título de remuneración pagará mensualmente por el derecho al uso y goce de los bienes entregados en concesión la suma de ____________, pago que se realizará dentro de los cinco primeros días de cada mensualidad. Cuando por circunstancias propias de la dinámica educativa no se realiza jornada escolar, el pago mensual será proporcional a los días efectivos de clase. CLÁUSULA CUARTA. –
OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS PARTES a) NIVEL DE SERVICIO: XXXXXXX procurará mantener una disponibilidad del software empleado en la ejecución del presente contrato, que en promedio no esté por debajo del 98,5% mensual, así como garantizar en ese mismo porcentaje la disponibilidad del personal durante la ejecución del contrato. LAS PARTES declaran y reconocen que la información que sobre los clientes, terceros y operaciones de otra parte que llegue a conocer con motivo del presente contrato, es de carácter confidencial y se encuentra sujeta a reserva, por ende, se abstendrá de revelarla a terceros, e instruirá a sus empleados, dependientes y/o terceros autorizados para mantener la confidencialidad sobre toda la información. Dentro de la información confidencial se entiende incluida también, aquella información de clientes de EL SUSCRIPTOR. LAS PARTES se abstendrán de reproducir, revelar, divulgar o utilizar en cualquier forma para su beneficio o el de terceros, en todo o en parte la información que en el desarrollo del presente contrato. XXXXXXX utilizará la información de que tenga conocimiento con ocasión de éste contrato, para llevar a cabo exclusivamente las tareas inherentes al mismo haciendo uso de todos los medios a su alcance de forma oportuna para evitar que esta información sea conocida, copiada utilizada por terceros durante la vigencia del contrato o aún después de su terminación, así como adoptar los controles físicos y lógicos necesarios, evitando el acceso no autorizado a los sistemas o información, el ingreso de dispositivos no autorizados que permitan a XXXXXXX o copiar la información, la navegación en Internet y el envío o recepción de correos electrónicos, mensajería instantánea o intercambio de información. La falta al deber de Confidencialidad por parte xx XXXXXXX con EL SUSCRIPTOR se constituirá en justa causa de terminación unilateral del contrato de prestación de servicios, sin perjuicio de las demás acciones que pueda promover EL SUSCRIPTOR. PARÁGRAFO: EXCEPCIÓN A LA CONFIDENCIALIDAD: La obligación de no revelar la información confidencial y las restricciones para su utilización a que se hace referencia en esta Cláusula, no existirá o cesará cuando: a) Una parte conozca la información del caso, antes de que le sea revelada por la otra, siempre que la hubiere obtenido legítimamente y libre de cualquier restricción. b) Se reciba lícitamente de un tercero que tenga derecho a proporcionarla, siempre que la reciba libre de cualquier restricción, c) Se haya convertido en in...
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