Mantenimiento preventivo de las instalaciones Cláusulas de Ejemplo

Mantenimiento preventivo de las instalaciones. El mantenimiento preventivo sobre todas las instalaciones objeto del contrato, comprenderá a la totalidad de sus elementos, componentes o partes de los mismos, de acuerdo con las operaciones de mantenimiento técnico legal que se desarrolla en el siguiente apartado. De acuerdo con las Reglamentaciones Oficiales vigentes, que les sean de aplicación a las instalaciones objeto de este contrato, la empresa adjudicataria vendrá obligada a llevar a cabo el mantenimiento técnico-legal de acuerdo con los preceptos contenidos en dichos Reglamentos que estén en vigor, o los que pudieran promulgarse durante el tiempo de ejecución del contrato, tanto si aquellos son de carácter nacional, autonómico o local. Dichas actuaciones comprenderán las operaciones de tipo preventivo y las revisiones periódicas establecidas en los Reglamentos aplicables, y serán realizados por la empresa adjudicataria o empresa autorizada, siempre por cuenta de aquella, debiendo presentar al departamento de Servicios Técnicos del Distrito, la documentación acreditativa con los certificados o visados oficiales obligatorios y con carácter general los siguientes: ▪ Documentos, tasas y trámites ante la Delegación de Industria de la Comunidad de Madrid, incluso la prestación de la asistencia necesaria a sus entidades colaboradoras en las visitas ordinarias o especiales a las instalaciones conservadas. ▪ Los registros y anotaciones de las fechas de visita, el resultado de las inspecciones, los elementos sustituidos y las incidencias que se consideren dignas de mención en el Libro de Registro de Revisiones, que deberá estar en poder del Encargado o Jefe del Edificio. ▪ Inspección e informe de los Organismos de Control Autorizados (OCA). ▪ Certificado de conformidad CE, tanto para el equipo completo de ascensor como a partes sueltas del mismo, así como el de compatibilidad electromagnética.
Mantenimiento preventivo de las instalaciones. El mantenimiento preventivo, objeto del contrato, se realizará sobre los elementos constructivos e instalaciones de los edificios, de acuerdo con las frecuencias que las Reglamentaciones en vigor obligan para el control y mantenimiento de los elementos e instalaciones y demás elementos para lo que irán acompañados de un Organismo de Control Autorizado (OCA) externo contratado por Xxxxxxx. Aquellas actuaciones en las que se especifica periodo o frecuencia se consideran mantenimiento preventivo. La empresa adjudicataria presentará al personal responsable designado por Xxxxxxx como máximo, al segundo mes de haber iniciada la prestación del servicio un plan de trabajo de mantenimiento preventivo indicando los plazos de visita y frecuencias para los distintos elementos y de trabajo para el mantenimiento correctivo en base a las frecuencias especificadas en el presente pliego. Se realizará una revisión de las oficinas con el fin de detectar posibles deficiencias y poder efectuar las reparaciones, mediante visitas programadas a las oficinas, con la siguiente periodicidad: • SSCC de Lanbide y oficinas de más de 35 trabajadores/as. Total 7 oficinas quincenalmente • Oficinas con más de 20 trabajadores/as hasta 35 trabajadores/as. Total 24 oficinas mensualmente • Oficinas con menos de 20 trabajadores/as. Total: 22 oficinas bimensualmente Fruto de estas revisiones periódicas, la empresa adjudicataria realizará si es posible el mismo día de la revisión la oportuna reparación utilizando los materiales fungibles más básicos a reponer que deberán ser suministrados por la adjudicataria sin coste añadido. Otros repuestos, trabajos y materiales de índole mayor, necesarios para las reparaciones serán suministrados por la empresa adjudicataria en base a sus presupuestos.
Mantenimiento preventivo de las instalaciones. El contratista queda obligado desde la fecha de inicio del contrato, al mantenimiento preventivo de todas las instalaciones de control del tráfico que existen en el término municipal xx Xxxx, relacionadas en el inventario xxx xxxxxx, en las condiciones que tengan en esa fecha todos y cada uno de los elementos que las componen, y de todas aquellas nuevas instalaciones objeto del contrato que finalicen su periodo de garantía durante la vigencia del mismo, y que le sean expresamente encomendadas por el Xxxxxxxx xx Xxxx. El mantenimiento preventivo se realizará con las características y periodicidad que se detallan a continuación: ▪ Limpieza interior y ajuste, efectuando todos los chequeos y test necesarios para comprobar su perfecto funcionamiento. ▪ Verificación del software del sistema operativo y sistema de aplicación.
Mantenimiento preventivo de las instalaciones. De acuerdo con la reglamentación del Ministerio de Industria y Energía, se entenderá por Mantenimiento Preventivo el conjunto de operaciones necesarias para asegurar el funcionamiento de las instalaciones de manera continua, con el óptimo rendimiento energético posible, conservando permanentemente la seguridad del edificio y garantizado el de las personas, así como la defensa del medio ambiente. El mantenimiento objeto del contrato será realizado sobre la totalidad de los aparatos elevadores y ascensores del Lote 1 y del Lote 2. La empresa adjudicataria de cada Lote elaborará un Documento Técnico, en el que se recogerán todas las actuaciones de prevención a llevar a cabo, sobre los equipos e instalaciones objeto del contrato (independiente para cada unidad). Dicho documento, deberá contener como mínimo los siguientes apartados, siendo aprobado por SFM, S.A:
Mantenimiento preventivo de las instalaciones. El mantenimiento preventivo sobre todas las instalaciones objeto del contrato, comprenderá para todos sus elementos: las Operaciones de Mantenimiento Técnico Legal y el Programa de Inspecciones de Mantenimiento Preventivo, en los términos que se establecen en los apartados A) y B) de esta cláusula. De acuerdo con las Reglamentaciones Oficiales vigentes, que les sean de aplicación a las instalaciones objeto de este contrato, la Empresa Adjudicataria vendrá obligada a llevar a cabo el mantenimiento técnico-legal de acuerdo con los preceptos contenidos en dichos Reglamentos que estén en vigor, o los que pudieran promulgarse durante el tiempo de ejecución del contrato, tanto si aquellos son de carácter nacional, autonómico o local. Dichas actuaciones comprenderán las operaciones de tipo preventivo y las revisiones periódicas establecidas en los Reglamentos aplicables, y serán realizados por la Empresa Adjudicataria o Empresa autorizada, siempre por cuenta de aquella, debiendo presentar a la Secretaría General Técnica, la documentación acreditativa con los certificados o visados oficiales obligatorios y con carácter general los siguientes: • Documentos, tasas y trámites ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, incluso la prestación de la asistencia necesaria a sus entidades colaboradoras en las visitas ordinarias o especiales a las instalaciones conservadas. • Inspección e informe de los Organismos de Control Autorizados (OCA). • Certificado de conformidad CE, tanto para el equipo completo de ascensor como a partes sueltas del mismo, así como el de compatibilidad electromagnética. Las instalaciones a conservar según el presente artículo, son los ascensores de todo tipo (eléctricos, hidráulicos, sin cuarto de máquina, interiores o panorámicos, ordinarios o de diseño, actuales o histórico/artísticos…), cualquiera que sea su velocidad, número de paradas, capacidad de carga y número de personas que puedan transportar. Asimismo, se incluyen los montacargas de cualquier tipo que admitan personas junto a la carga que transportan. De igual forma queda contenido en este artículo la instalación eléctrica y los elementos constructivos que conformen los ascensores y montacargas. Visita cliente E/H Mensual Componentes cabina (posicional, mandador, alumbrado..) E/H Mensual Alarma, stop y abrir puertas E/H Mensual Arranque, confort de viaje, parada y nivelación E/H Mensual Detector electrónico/fotocélula E/H Mensual Limpieza de foso E...
Mantenimiento preventivo de las instalaciones. El mantenimiento preventivo sobre todas las instalaciones objeto del contrato, comprenderá para todos sus elementos: las operaciones de mantenimiento técnico legal y el programa de inspecciones de mantenimiento preventivo, en los términos que se establecen en los apartados A) y B) de esta cláusula.
Mantenimiento preventivo de las instalaciones. Se entenderá por mantenimiento preventivo el conjunto de operaciones necesarias para asegurar el funcionamiento de las instalaciones de manera constante, con el mejor rendimiento energético posible, conservando permanentemente la seguridad del edificio, de las personas y la defensa del medio ambiente. El mantenimiento preventivo, objeto del contrato, se realizará sobre la totalidad de los elementos constructivos e instalaciones del edificio, de acuerdo con las frecuencias exigidas en las Reglamentaciones vigentes para el control y mantenimiento de los elementos e instalaciones, así como sobre el plan básico de actuaciones y frecuencias que se expongan en el desarrollo de este Pliego. La empresa adjudicataria elaborará un documento técnico en el que se contemplen todas las actuaciones de prevención a llevar a cabo sobre los equipos e instalaciones objeto del contrato. Dicho documento deberá contener, como mínimo, los siguientes apartados: • Inventario de equipos e instalaciones (haciendo constar el estado de las instalaciones y señalando las deficiencias observadas). • Protocolo de inspecciones del Mantenimiento Preventivo. • Programa de frecuencias de las inspecciones del Mantenimiento Preventivo.
Mantenimiento preventivo de las instalaciones. El Mantenimiento Preventivo contempla las operaciones necesarias para asegurar el funcionamiento de las instalaciones con el mejor rendimiento energético garantizando la seguridad de personas y bienes y la defensa y protección del medio ambiente. El Mantenimiento Preventivo se desarrollará conforme al cuadro de actuaciones y frecuencias que en éste se detallan. Se procederá al mantenimiento preventivo e inspección técnica periódica de todos los elementos equipos que componen las instalaciones, con la finalidad de conseguir la máxima tasa de disponibilidad posible, compatible con la fiabilidad intrínseca de los equipos y con un coste económico adecuado. Las intervenciones se realizarán con la periodicidad que, con carácter mínimo, se definen para cada grupo de equipos y elementos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y cuya programación se concretará en el calendario de trabajos, facilitado por el adjudicatario del contrato. Cuando el ritmo de los trabajos presente demoras no justificadas se impondrán las sanciones pertinentes. El Mantenimiento Correctivo incluye las operaciones que deban realizarse como consecuencia de avisos por avería en las instalaciones y equipos comprendiendo todas las intervenciones precisas para lograr el idóneo funcionamiento previsto en el Mantenimiento preventivo, comprendiendo la reparación por avería o rotura imprevista y no provocada de cualquier máquina, equipo o instalación de la Sede. La relación de prestaciones dentro del concepto de mantenimiento correctivo y controles de funcionamiento, es la que se define en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, la reparación de las averías que se produzcan es una de las principales prioridades de la Contrata, por lo que deberá efectuarse en forma rápida y eficiente, cualquiera que sea su causa. Asimismo, la empresa adjudicataria estará obligada a desarrollar en sus operaciones un mantenimiento proactivo encaminado al diagnóstico de la avería y a la utilización de los medios para que ésta no vuelva a suceder. Se considera que todos los equipos y sistemas se hallan incluidos dentro de la contrata de conservación o mantenimiento correctivo, a menos, que se hallen afectados por el período de garantía, por lo que cualquier duda que pueda plantearse no será motivo para posponer el mantenimiento preciso. Se exceptuará de su conservación o mantenimiento correctivo el sistema de control del edificio que se encarga de la gestión de las áreas de producción, distribución de agua fria/c...
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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.