Tiempo de respuesta Cláusulas de Ejemplo
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Tiempo de respuesta. El tiempo de respuesta por incidencia o avería no podrá exceder de cuatro horas, entendiendo por tal el tiempo que transcurre entre el aviso o comunicación y la puesta a disposición del organismo contratante de un especialista que pueda proceder a la resolución de la incidencia. En caso de emergencia, el rescate de pasajeros que hayan quedado atrapados en la cabina del ascensor deberá realizarse con carácter urgente y siempre en menos de una hora.
Tiempo de respuesta. Para garantizar tiempos y condiciones de respuesta adecuados, el proveedor deberá garantizar los siguientes tiempos de respuesta máximos: Servicio Normal: 24 horas Servicio Urgente: 4 horas Servicio Contingencia (▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇ y festivos y lunes a viernes de 18:00 a 08:00 hrs): 4 horas. El plazo se inicia una vez declarada la incidencia vía correo electrónico desde el Ministerio de Desarrollo Social y Familia hacia el Proveedor, teniendo como destinatario de correo, los definidos en kick-off de servicio.
Tiempo de respuesta. El tiempo de respuesta máximo a la solicitud de intervención de avería se determinará por los siguientes parámetros y de acuerdo con las prioridades que se determinen por la Dirección del Contrato:
a) Avería urgente: Se entiende por urgente, aquella avería que en caso de no ser reparada de forma inmediata podría crear un riesgo potencial a las personas (insuficiente seguridad) o un perjuicio económico real a las instalaciones del edificio superior al coste de materiales, piezas de recambio y otros posibles costes de actuaciones específicas para su resolución. Es decir, aquella que en el caso de no actuar de forma inmediata y resolver el problema o avería, el daño real o potencial puede ser muy superior al coste de reparación, tales como salideros de agua, interrupción del suministro eléctrico, caídas de aplacados, azulejos, cerraduras bloqueadas, etc. Deberá ser atendida en el plazo máximo de 2 horas desde la comunicación del aviso.
b) Avería no urgente: Se entiende aquella que permite una planificación anticipada, no siendo precisa la actuación inmediata para su resolución. Deberá ser atendida antes de las 48 horas siguientes desde la comunicación del aviso, salvo que la Dirección del Contrato establezca un plazo inferior. En ambos casos el plazo se computa teniendo en cuenta los ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇ y festivos.
Tiempo de respuesta. El tiempo transcurrido desde la solicitud del servicio hasta el inicio del mismo no será nunca superior a 4 días hábiles. Así mismo deberán presentar un compromiso de inicio de los trabajos en un tiempo no superior a 4 días desde la comunicación por parte de Ineco.
Tiempo de respuesta. Para este trabajo, se contempla por parte de INECO un tiempo máximo para realizar la visita de replanteo de CINCO (5) días hábiles a partir de la comunicación de adjudicación por parte de INECO del comienzo de los trabajos, junto a la entrega de los planos con la situación de la campaña de investigaciones. Una vez finalizada la visita de replanteo, se contempla un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) días hábiles para el comienzo de la ejecución de los trabajos de campo. En estos diez días hábiles se tendrá que obtener los permisos, la detección de los servicios afectados, la contratación de los medios auxiliares y la tramitación de la documentación administrativa requerida tanto por Ineco como por los organismos oficiales.
Tiempo de respuesta. Para una asignación de trabajo adicional que comienza dentro de las tres (3) horas posteriores a la disponibilidad de la asignación (incluidos, entre otros, avería del autobús, enfermedad inesperada del conductor del autobús en el trabajo), cuando se le pide al conductor del autobús que realice ese trabajo adicional. asignación de trabajo, el conductor del autobús deberá responda inmediatamente para aceptar o rechazar la asignación. Si el conductor del autobús no acepta inmediatamente la asignación, se considera que el conductor del autobús rechaza la asignación y el conductor del autobús debe completar un formulario de rechazo. Para una asignación de trabajo adicional que comienza dentro de las veinticuatro (24) horas desde que la asignación está disponible, cuando se le pide a un conductor de autobús que realice esa asignación de trabajo adicional, el conductor del autobús responderá para aceptar o rechazar la asignación dentro de los treinta (30) ) minutos desde que se realizó la solicitud. Si el conductor del autobús no responde dentro de los treinta (30) minutos, se considera que el conductor del autobús rechaza la asignación y debe completar un formulario de rechazo. Para la asignación de trabajo adicional que comienza más de veinticuatro (24) horas después de que la asignación esté disponible, cuando se le pide a un conductor de autobús que realice esa asignación de trabajo adicional, el conductor del autobús deberá tratar de responder para aceptar o rechazar la asignación dentro de los treinta (30) minutos desde que se hizo la solicitud, pero debe responder a más tardar dos (2) horas desde que se hizo la solicitud. Si el conductor del autobús no responde dentro de dos (2) horas, se considera que el conductor del autobús rechaza la asignación y el conductor del autobús debe completar un formulario de rechazo.
Tiempo de respuesta. Una vez comunicado el siniestro por Acuamed a la empresa adjudicataria, la compañía adjudicataria deberá atender el mismo, desplazando al lugar del siniestro los técnicos necesarios, en menos de 48h. En caso de que se trate de una urgencia, deberá atenderla y resolverla en un plazo máximo de 6 horas. La prioridad del siniestro la establecerá la compañía aseguradora en función de la gravedad del mismo.
Tiempo de respuesta. Con independencia de los horarios establecidos del personal en cada uno de los centros, clausula quinta, la empresa adjudicataria deberá prestar un Servicio de Atención – Acuda las 24 horas del día durante toda la duración del contrato, para actuaciones en averías o incidencias en los Centros cuyo mantenimiento es objeto del Contrato. La empresa deberá tener un Servicio propio de atención-acuda 24 horas con personal y dotación propios de la empresa. Se fijan los siguientes PLAZOS para la atención en avisos de avería y/o urgencia:
1) Las averías o avisos URGENTES fuera del horario de trabajo normal se atenderán con el servicio de acuda con carácter inmediato y siempre en un plazo inferior a 3 horas. Una vez dictaminada la avería o actuación se indicará la reparación a realizar y el plazo de reparación.
2) Las averías o avisos NO URGENTES fuera del horario de trabajo normal se atenderán con el servicio de acuda en un plazo inferior a 12 horas. Una vez dictaminada la avería o actuación se indicará la reparación a realizar y el plazo de reparación.
3) Los avisos URGENTES O NO URGENTES dentro del horario normal de trabajo de lunes a viernes se atenderán de forma inmediata (en el plazo máximo de 1 hora) por el personal en el centro. Una vez dictaminada la avería o actuación se indicará la reparación a realizar y el plazo de reparación. La empresa adjudicataria no podrá modificar los criterios de acuda y de tiempo de respuesta fijados en el presente pliego. Solo podrá marcar, una vez conocida la incidencia (por el procedimiento determinado al principio de la ejecución del contrato junto con la Administración), si el aviso corresponde a una avería URGENTE O NO URGENTE, debiendo indicar a la SGBA el criterio fijado para la avería y su calificación, siempre bajo su responsabilidad.
Tiempo de respuesta. El tiempo transcurrido desde la solicitud del servicio hasta el inicio del mismo no será nunca superior a 6 días hábiles. Así mismo deberán presentar un compromiso de inicio de los trabajos en un tiempo no superior a 6 días hábiles desde la comunicación por parte de Ineco.
Tiempo de respuesta. En el caso de que surja alguna necesidad urgente (incidencia u otras) por parte de la empresa, se valorará favorablemente que el socio adscrito al proyecto pueda personarse en las instalaciones de BIDEGI en Zarauz en un plazo máximo de treinta minutos con la finalidad de coordinar su resolución.
