Instalaciones Cláusulas de Ejemplo

Instalaciones. El Contratista estará obligado a realizar todas las actividades de construcción, instalación, reparación y reacondicionamiento de los Pozos, Instalaciones de Recolección y cualesquiera otras instalaciones necesarias para las actividades de producción de conformidad con el Sistema de Administración. El Contratista mantendrá todos los Materiales utilizados en las Actividades Petroleras en buen estado de funcionamiento de acuerdo con el Sistema de Administración, las Mejores Prácticas de la Industria y las recomendaciones de los fabricantes de los Materiales.
Instalaciones. Como propietario, arrendatario o usufructuario de las instalaciones comprendidas en los terrenos, edificios o locales mencionados, como:
Instalaciones. Todas las instalaciones y elementos necesarios para el desarrollo de las obras serán por cuenta del Contratista, debiendo proveer en la obra y a su cargo, las instalaciones precisas para el desarrollo de los trabajos de la Dirección Facultativa y de la Propiedad o de su representante dotándoles en caso necesario de una oficina debidamente instalada y equipada, de acuerdo a las necesidades concretas.
Instalaciones. En caso el CONTRATADO realice la contratación de subcontratistas para llevar a cabo determinadas funciones asociadas a la implementación, el CONTRATADO es responsable de la implementación de la RED DE TRANSPORTE. El FITEL se reserva el derecho de solicitar información pertinente a fin de cumplir funciones de sus competencias. Todos los sitios, cuenten o no con personal, que están equipados con instalaciones de energía de respaldo deben contar con la capacidad de monitoreo remoto del estado del suministro de energía eléctrica (por ejemplo, alimentación de red eléctrica activo / no activo; generador activo / no activo; UPS activo / no activo). Generadores de respaldo en tales sitios deben estar sujetos a pruebas de funcionamiento completas (activación del generador / transición y de la operación del generador / desactivación del generador), tales pruebas debe poder llevarse a cabo y ser monitoreadas a distancia, sin la necesidad de intervención humana, aunque se pueden llevar a cabo manualmente en sitios que cuentan con personal.
Instalaciones. La CONCESIONARIA se obliga a que las instala- ciones de su propiedad llenen cabalmente las necesidades de la demanda, cu- briendo tanto los aspectos técnicos como estéticos.
Instalaciones. El Centro de Conservación será la base principal desde la que se llevará la gestión de la ejecución de los trabajos, tanto en lo que se refiere a personal como a maquinaria y almacén del utillaje y de los materiales. Será necesario que dicho centro tenga y pueda transmitir toda la información relevante sobre el estado y funcionamiento de las carreteras, y sobre las causas exteriores a la carretera que puedan influir en dicho estado o funcionamiento. Esta información, junto con los programas de trabajo preparados, servirá de base para establecer las órdenes de trabajos a realizar cada día. Debido a su condición de centro de comunicaciones, desde este centro se ha de asegurar la posibilidad de que, en cualquier momento, terceras personas puedan comunicar con personal responsable de la conservación y con otros servicios vinculados a la carretera, y viceversa. Se habrá de dejar constancia de las llamadas recibidas y realizadas en relación con el estado y funcionamiento de las carreteras, así como la información recibida o transmitida en relación con las carreteras. El Centro de Conservación deberá estar situado estratégicamente con respecto a la red de carreteras o tramos de éstas cuya conservación dependan del mismo. Se ubicará en lo posible de forma que los tiempos de desplazamiento para atención en la carretera sean los mínimos teniendo en cuenta las cargas de tráfico de cada tramo, mejorando con ello la atención al usuario y el rendimiento de las operaciones. Con objeto de facilitar la consecución de los objetivos anteriores puede ser conveniente estudiar la posibilidad de contar con Subcentros que disminuyan esos tiempos de acceso y atención. En cualquier caso, dichos Subcentros no supondrán un coste adicional para la Administración y únicamente serán tenidos en cuenta cuando su implantación suponga una mejora en los tiempos de atención y no una necesidad para el cumplimiento de los tiempos máximos de respuesta establecidos en el presente Pliego. Tanto el Centro de Conservación como, en su caso, los subcentros establecidos deberán quedar perfectamente identificados mediante la correspondiente cartelería colocada en el exterior de los mismos. Las instalaciones del Centro de Conservación deben integrarse en lo posible en el entorno, ser funcionales y confortables, y reunir todas las condiciones exigibles en materia de seguridad y salud en el trabajo. En todo caso, tanto el Centro de Conservación como los subcentros establecidos, contarán con su correspondie...
Instalaciones. EL VENDEDOR manifiesta que previo al suministro de G.L.P., ha verificado que las instalaciones físicas de EL COMPRADOR cumplen con las normas regulatorias para la instalación de los equipos que se entregan en Comodato. EL COMPRADOR se obliga a no alterar, manipular, modificar, cambiar el sitio de ubicación de dichos elementos. De igual manera, las partes han levantado un plano, el cual se adjunta como Anexo D, en el cual se detalla la ubicación física de los equipos en comodato y las instalaciones más próximas de propiedad el comprador ó sobre las cuales este tiene título de poseedor o tenedor; las instalaciones cumplen con los retiros y aislamientos exigidos por las normas técnicas y legales correspondientes. En virtud de lo anterior EL COMPRADOR se obliga a notificar a EL VENDEDOR cualquier variación, alteración o modificación que pretenda hacer de las instalaciones indicadas en el plano antes mencionado, para que éste último verifique el cumplimiento de las normas aplicables y las condiciones de seguridad para el suministro del G.L.P. Si EL COMPRADOR no da cumplimiento a las recomendaciones relativas a las normas técnicas y de seguridad, que por escrito le indique EL VENDEDOR, este último podrá dar por terminado el contrato, circunstancia que se tendrá como incumplimiento de EL COMPRADOR dará lugar a la aplicación de las multas contenidas en la cláusula séptima del presente contrato, sin perjuicio de las obligaciones que se encuentren pendientes por parte del comprador y de las indemnizaciones a que haya a lugar. Para el adecuado cumplimiento del objeto del presente contrato, EL VENDEDOR entregará a EL COMPRADOR los bienes de su propiedad relacionados en el contrato de comodato, y EL COMPRADOR los recibirá de manos de EL VENDEDOR al mismo título, en los términos del contrato de comodato que hace parte integral del presente contrato. PARÁGRAFO PRIMERO. EL VENDEDOR, en su condición de propietario de los equipos en comodato efectuará la instalación a través de personal idóneo, para garantizar el adecuado suministro de G.L.P. PARÁGRAFO CUARTO: En caso de terminación del presente contrato y por ende de terminación del contrato de comodato a que se refiere esta cláusula, EL COMPRADOR contará con un plazo de treinta (30) días calendario para restituir a EL VENDEDOR los equipos entregados en comodato. Dicha restitución se efectuará en las instalaciones de EL COMPRADOR de forma tal que EL VENDEDOR pueda ejecutar las actividades de desmonte correspondientes. Una ...
Instalaciones. 4.1. Documento de conformidad a la instalación.
Instalaciones. El Autorizado deberá disponer, bien en propiedad, alquiler, cesión, convenio o cualquier otra figura que garantice dicha disponibilidad, de las instalaciones complementarias necesarias para la correcta prestación del servicio, especialmente las relativas a talleres, estaciones de servicio, lavaderos, aparcamiento, etc., destinadas al mantenimiento y conservación de los trenes, así como para el suministro de combustible o su almacenaje o depósito para cuando se encuentren prestando el servicio. Dichas instalaciones estarán dimensionadas adecuadamente según las necesidades de los vehículos y contarán con los equipos necesarios para realizar las funciones previstas, por lo menos, en los plazos exigidos en este Pliego. El Autorizado deberá facilitar la información de dichas instalaciones y su tipo de disponibilidad al Ayuntamiento de Benidorm, acreditándolo con los documentos que sean precisos. Así mismo, podrá ubicar en el entorno de cada itinerario una caseta de información y turismo con un máximo de 3 caras de atención al público, y que no supere un área de 3 m2, ajustándose a las indicaciones del departamento de vía pública. El Autorizado vendrá obligado a poner a disposición del Ayuntamiento dicha instalación, para la difusión y publicidad de las campañas que estime oportuno. Asimismo, el Autorizado podrá efectuar campañas de publicidad ordinarias o extraordinarias de los servicios por los medios que considere adecuados, previa tramitación y autorización por parte del Ayuntamiento. Los trenes podrán, eventualmente, ser utilizados como soporte publicitario, en cuyo caso deberá adecuarse a la normativa reguladora y fiscal que pudiera serle de aplicación. No obstante, el Ayuntamiento se reserva el derecho de veto sobre determinadas campañas publicitarias que contravengan la legislación, o que a su juicio, sean contrarias a los intereses turísticos de Benidorm, resulten indecorosas, ofensivas o inapropiadas para el interés general o de algún colectivo, por lo que el Autorizado deberá solicitar al Ayuntamiento la autorización de la campaña publicitaria que pretenda realizar.
Instalaciones. Complementos necesarios para el debido funcionamiento de las maquinarias, así como aquellos permanentes, móviles o no, que se han adicionado internamente a las edificaciones para el desarrollo de la actividad del Asegurado.