MANEJO DE LA CUENTA Cláusulas de Ejemplo

MANEJO DE LA CUENTA. En la celebración del presente CONTRATO, el CLIENTE podrá elegir entre un manejo mancomunado y/o un manejo indistinto para la utilización de los medios de disposición proporcionados por el BANCO al CLIENTE y/o terceros autorizados en términos del presente CONTRATO, salvo por lo dispuesto en el numeral 3.2 del presente CONTRATO que es aplicable para la disposición de los fondos depositados por el CLIENTE a través de la Tarjeta y/o tarjetas adicionales, conforme indique el CLIENTE en la solicitud de este CONTRATO. Para los efectos del presente CONTRATO por manejo mancomunado se entiende que todas las instrucciones al BANCO y la disposición de recursos debe ser realizada y/o venir firmada por el CLIENTE y los terceros autorizados de manera conjunta, salvo por lo señalado en el numeral 3.2 y en el apartado L de estas Disposiciones Generales Aplicables del presente CONTRATO; y por manejo indistinto se entenderá que las instrucciones al BANCO y/o la disposición de recursos podrán ser realizadas por el CLIENTE y/o cualquier tercero autorizado, salvo por lo señalado en el apartado L del capítulo de Disposiciones Generales Aplicables del presente CONTRATO.
MANEJO DE LA CUENTA. La apertura de la cuenta será realizada: a) con el depósito inicial de acuerdo a la finalidad y tipo de cuenta, el cual se indicará en el momento
MANEJO DE LA CUENTA. El Banco y el Cliente acuerdan que el régimen de la Cuenta podrá manejarse conforme a lo siguiente: (i). Individual: A nombre de la persona física que será el titular de la cuenta, con la posibilidad de disponer de todos los recursos; (ii). Mancomunada: A nombre de dos o más personas físicas, es decir, se necesita de la firma de todos los cotitulares, para realizar, retiros, cancelaciones o cualquier modificación al Contrato, y (iii). Solidaria: A nombre de dos o más personas físicas, en este caso, el importe de los depósitos podrá ser dispuesto indistintamente por cualquiera de los titulares (iv) Colectiva: A la cuenta con más de un Titular, pudiendo ser Solidaria o Mancomunada.
MANEJO DE LA CUENTA. Al momento de la celebración de un contrato de depósito en Cuenta de Ahorros, Bancoomeva le suministrará al Cliente una libreta de Ahorros o una Tarjeta Débito, para que a través de la utilización de estos medios efectúe las operaciones inherentes a la misma. Cuando se utilicen todos los comprobantes de la libreta, a solicitud del Cliente, Bancoomeva le suministrará otra Libreta de Ahorros. El costo de las libretas será debitado del saldo de la respectiva cuenta y la administración de la tarjeta débito será cargado en el correspondiente Estado de Cuenta. El Cliente deberá emplear adecuadamente las libretas, comprobantes de la misma, así como también la tarjeta débito, y deberá atender las recomendaciones de uso y/o seguridad que le imparta Bancoomeva.
MANEJO DE LA CUENTA. El Banco al momento de la apertura de la cuenta de ahorros, suministrará al cuentahabiente una libreta de ahorros y/o tarjeta débito, para que a través de la utilización de estos medios, efectúe las operaciones propias para el manejo de la cuenta de ahorros. Cuando se utilicen todos los comprobantes de la libreta, a solicitud del cuentahabiente y previa presentación de la misma, el Banco le suministrará otra libreta de ahorros. El cuentahabiente se compromete a guardar y conservar en buen estado la libreta de ahorros y/o tarjeta débito. El costo de las libretas y/o tarjetas débito será debitado del saldo de la cuenta de ahorros.
MANEJO DE LA CUENTA. El cuentahabiente y las personas autorizadas son responsables de forma mancomunada y solidaria, para el manejo de la cuenta, quienes deben observar lo siguiente:
MANEJO DE LA CUENTA. La apertura de la cuenta será realizada:
MANEJO DE LA CUENTA a) El procedimiento para manejo de la cuenta será mediante Tarjeta de Débito o cualquier otro procedimiento o sistema que a futuro se considere más conveniente para su control y manejo. b) EL BANCO no asume ninguna responsabilidad por el uso incorrecto que el depositante o terceras personas puedan dar a la Tarjeta de Débito, siendo esta responsabilidad de EL CLIENTE. c) EL BANCO únicamente se responsabiliza de las transacciones conforme a lo dispuesto en el presente contrato en las cláusulas relacionadas a la Tarjeta de Débito, el cual deberá ser aceptado por EL CLIENTE para la entrega de la misma. d) EL CLIENTE podrá enviar y recibir depósitos y transferencias de otras cuentas, observando y cumpliendo con las políticas internas de EL BANCO. QUINTO.
MANEJO DE LA CUENTA a) Cuenta disponible para personas naturales y Comerciantes Individuales. b) En las cuentas mancomunadas, todas las personas relacionadas llenarán el formato de solicitud de apertura de cuenta y se creará un perfil individual de las mismas. En caso de que la cuenta tenga firmas autorizadas no se creará perfil individual. c) En la apertura de esta cuenta se entregará a cada cliente su Tarjeta de Débito de uso nacional e internacional y libreta diferenciada. d) EL BANCO podrá hacer la debida diligencia, cuando EL CLIENTE realice depósitos y transferencias entre cuentas. e) En esta cuenta se podrá enviar y recibir depósitos y transferencias de otras cuentas, haciendo la debida diligencia.
MANEJO DE LA CUENTA