ESTADO DE CUENTA Cláusulas de Ejemplo

ESTADO DE CUENTA. En cualquier momento, EL SOCIO DINERS podrá informarse del monto asignado como línea de crédito, del saldo disponible y/o utilizado, del monto de la próxima cuota que debe pagar, así como de cualquier aspecto relacionado a su Cuenta Tarjeta y/o a la Tarjeta de Crédito, en las oficinas de EL EMISOR DINERS y en los demás medios que EL EMISOR DINERS tenga establecidos para tal propósito. EL EMISOR DINERS remitirá mensualmente un Estado de Cuenta a nombre de EL SOCIO DINERS con el detalle, por cada período de facturación, de los cargos, comisiones, gastos, penalidades y abonos en la Cuenta Tarjeta; el saldo de la deuda, el importe a pagar y las operaciones de pago, la fecha de vencimiento y la demás información según la ley aplicable, no teniendo obligación de acompañar copia de los comprobantes relativos a los consumos autorizados. En caso EL SOCIO DINERS requiera copia de ellos asumirá por su cuenta todos los gastos que ello demande. El Estado de Cuenta se enviará de manera impresa al domicilio de EL SOCIO DINERS que éste haya consignado para tal efecto, a menos que EL SOCIO DINERS haya solicitado el envío del Estado de Cuenta por medio electrónico, con la exoneración de la comisión correspondiente. Si EL SOCIO DINERS no recibiera este estado de cuenta dentro de los diez (10) días calendario siguientes al cierre del periodo de liquidación que se tenga establecido y que declara conocer, podrá solicitarlo por escrito a EL EMISOR DINERS. No obstante ello, la no recepción del estado de cuenta por EL SOCIO DINERS, no lo exime de sus obligaciones de pago, toda vez que en tales supuestos deberá informarse en EL EMISOR DINERS sobre el importe de su próxima cuota, a través de los medios indicados en el primer párrafo de la presente cláusula. Si EL SOCIO DINERS dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la recepción de dicho estado de cuenta, no formula observaciones o lo hace en términos generales o sin especificar, detallar y sustentar los conceptos que observa, se considerará que lo acepta y reconoce como conforme, sin perjuicio de los derechos y acciones que EL SOCIO DINERS pueda ejercer ante las entidades correspondientes. EL SOCIO DINERS y EL EMISOR DINERS acuerdan que en caso exista incumplimiento de pago por parte de EL SOCIO DINERS durante 2 meses consecutivos, la obligación de remitir el Estado de Cuenta no será exigible. Asimismo, se establece que en caso no exista saldo deudor en la Línea de Crédito y no se hayan efectuado movimientos o transa...
ESTADO DE CUENTA. Es el reporte que el BANCO remitirá mensualmente al CLIENTE, por correo electrónico o cualquier otro medio que el BANCO considere apropiado a la dirección registrada del CLIENTE en el BANCO, un estado del movimiento de la CUENTA. La disponibilidad del Estado de Cuenta constituye un requerimiento del BANCO para que el CLIENTE dé su conformidad al mismo. Los estados de cuenta, cheques u órdenes de pago emitidas por el CLIENTE y listados en dicho estado de cuenta podrán ser verificados por el CLIENTE por medio del sistema electrónico de banca en línea del BANCO al que tendrá acceso y está disponible para el CLIENTE a través de la página web del BANCO y Kioscos. En el caso que el CLIENTE le solicite reimpresa, el BANCO se obliga a mantener en sus oficinas esos estados de cuenta con los respectivos cheques u órdenes de pago emitidas por el CLIENTE y listado en dicho estado de cuenta por un período de tres (3) meses con la finalidad que el cliente los retire de las oficinas del banco. Se presume que todos los cheques u órdenes de pago mencionados en el estado han sido enviados por el BANCO y recibidos por el CLIENTE. el BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los estados de cuenta y documentos anexos al mismo enviados por correo postal, electrónicos o afines, una vez haya sido enviado a la dirección que haya sido registrada por el CLIENTE en el BANCO. Por prestar el servicio extraordinario de envío o despacho de estados de cuenta en otras fechas que no fueran las regulares en que se entregan mensualmente dichos estados de cuenta, el BANCO se reserva el derecho de cobrar un cargo mensual estipulado por el BANCO que será debitado de la cuenta del CLIENTE.
ESTADO DE CUENTA. OCTAVA.- “LAS PARTES” convienen que “EL BANCO” pondrá a disposición del cliente su estado de cuenta de manera mensual dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx que corresponda, a través de alguno de los medios electrónicos, automatizados o no, ópticos o de cualquier otra tecnología presente o futura con la que dispone o disponga “EL BANCO”, tales como correo electrónico, Internet, Servicios de Banca Electrónica xxx.xxxx.xx, o a través del medio electrónico previamente pactado, el cual se señala en la carátula que forma parte integrante del presente contrato. Asimismo, “EL BANCO” pondrá a disposición y entregará a “EL CLIENTE”, cuando así lo requiera, su estado de cuenta en el domicilio de la sucursal donde aperturó este contrato, en el entendido que el primero será sin costo y por los posteriores, “EL CLIENTE” pagará a “EL BANCO” la comisión que se señala en el Anexo de Comisiones del presente Contrato. En cualquier momento “EL CLIENTE” podrá solicitar el cambio de la modalidad de envío convenida a través de cualquier medio que “EL BANCO” haya habilitado para tal efecto. En el estado de cuenta se especificarán las cantidades abonadas o cargadas durante el período comprendido del último corte a la fecha inclusive. Asimismo, en dicho estado de cuenta se harán constar e identificarán las operaciones realizadas al amparo de los servicios convenidos materia de este contrato. “EL BANCO” prevendrá por cualquiera de los medios pactados en el presente contrato a “EL CLIENTE”, de la fecha xxx xxxxx, la que no podrá variar sin previo aviso, comunicando por lo menos con un mes de anticipación. Dichos estados de cuenta estarán disponibles para consulta de “EL CLIENTE” dentro de los cinco días hábiles siguientes al corte de “LA CUENTA DE DEPÓSITO” en sucursal. En su caso, “EL CLIENTE” podrá objetar por escrito su estado de cuenta con las observaciones que considere procedentes, dentro de los 90 (noventa) días naturales siguientes al corte de “LA CUENTA DE DEPÓSITO”, debiendo “EL CLIENTE”, en caso xx xxxxx de los medios electrónicos y que por dicho motivo no le sea posible la consulta de su estado de cuenta por dicha vía, durante un plazo ininterrumpido de 10 (diez) días naturales que sigan al corte, solicitar a “EL BANCO” su estado de cuenta mensual en el domicilio de la sucursal de apertura de este contrato, presumiéndose que tuvo acceso por medios electrónicos a su estado de cuenta si no lo reclamare y objeta por escrito antes de los 90 (no...
ESTADO DE CUENTA. DÉCIMA TERCERA.- Las partes convienen que “EL BANCO” pondrá a disposición de “EL CLIENTE” su estado de cuenta de manera mensual, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx que corresponda, a través de alguno de los medios electrónicos automatizados o no, ópticos o de cualquier otra tecnología presente o futura con la que dispone o disponga “EL BANCO”, tales como correo electrónico, internet, Servicio de banca electrónica xxxx.xx, o a través del medio electrónico previamente pactado, el cual se señala en la Carátula que forma parte integrante del presente contrato.
ESTADO DE CUENTA. El Banco mensualmente le enviará a Usted el Estado de Cuenta de su Tarjeta y/o Tarjetas Adicionales, en el cual se registran las Operaciones realizadas en un periodo mensual (“Periodo”), el monto de las mismas, los pagos efectuados por Usted, el monto de la deuda que debe pagar o amortizar según el caso, la fecha de pago y el monto total de la deuda y la demás información xx xxx. El Estado de Cuenta se podrá enviar a su domicilio consignado en el Contrato y/o el que tenga registra- do (mensajería), lo que podría generarle un costo, vía correo electrónico o ponerlo a su disposición vía Banca por Internet. Usted podrá elegir el medio de envío. A falta de elección, Usted tendrá a su disposición su(s) Estado(s) de Cuenta a través de Banca por Internet o Banca Móvil, sin costo alguno. El Banco considerará que Xxxxx ha recibido sin inconvenientes los Estados de Cuenta si dentro de los diez (10) días ca- lendarios siguientes a la fecha de término del Período correspondiente, Usted no manifiesta al Banco no haberlos recibido. Si Usted no ha realizado Operaciones en un Periodo y no tiene deudas pendientes, el Banco queda autorizado a no enviarle el Estado de Cuenta.
ESTADO DE CUENTA.  Todos los meses EL BANCO remitirá por correo al Cliente, a la dirección registrada en EL BANCO, un Estado de Cuenta o EL CLIENTE podrá visualizarlo en la Banca en Línea si así lo estima conveniente. Si EL CLIENTE no objetare dicho Estado de Cuenta transcurridos 10 días desde la fecha xx xxxxx, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envió del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envió del Estado de Cuenta. A tales efectos EL BANCO enviará el Estado de Cuenta:
ESTADO DE CUENTA. BANCOMER" emitirá
ESTADO DE CUENTA. Los montos a pagar por el Tarjetahabiente, serán determinados por el Emisor por medio de informes mensuales –denominados estados de cuenta- los cuales serán enviados a la dirección de correo electrónico, suministrada por el Tarjetahabiente. El estado de cuenta que se remita al Tarjetahabiente contendrá la fecha xx xxxxx, las transacciones del mes, el monto principal adeudado, los cargos por el servicio, la tasa de interés corriente y moratoria, el cargo por suscripción del programa de compras a cuotas cero interés (CCI), los intereses corrientes generados y la tasa vigente para el periodo que se informa, el monto de los intereses moratorios, y comisiones, el monto del seguro para los casos que aplique, el monto de pago a efectuar, ya sea de contado o el pago mínimo, y la fecha y hora límite para efectuar dichos pagos de contado o la fecha límite para los pagos. Asimismo, deberá indicar el saldo anterior de intereses y del principal, los pagos efectuados y cualquier débito o crédito aplicado a la cuenta, así como un detalle separado de los cargos administrativos por gestión de cobranza en los casos de atraso y xxxx, cuando corresponda.
ESTADO DE CUENTA. CIBANCO" elaborará un estado de cuenta mensual, el cual será enviado gratuitamente dentro de los 10 (diez) días siguientes a la fecha xx xxxxx (la fecha xx xxxxx se establecerá en la Carátula del Contrato) que corresponda al domicilio señalado por “EL CLIENTE” en “LA SOLICITUD” y en el “ANEXO 1”, el cual reflejará la aplicación de las cantidades recibidas de éste y el monto a pagar que incluirá intereses, impuestos, otros accesorios y capital en su caso, así como la fecha de su próximo pago.
ESTADO DE CUENTA. La Cooperativa enviará al Depositante un estado de cuenta mensual reflejando la cantidad de su Cuenta durante el periodo cubierto por el estado. El estado de cuenta reflejará el balance anterior, los depósitos y retiros, una reproducción electrónica de los cheques cancelados, los cargos efectuados a la Cuenta, los intereses devengados, si algunos, el balance actual y cualquier otra información que la Cooperativa considere pertinente durante el período cubierto por el estado.