Inspección Final Cláusulas de Ejemplo

Inspección Final. Cuando la obra esté terminada y EL CONTRATISTA haya entregado los planos finales corregidos y modificados, a satisfacción de EL INFOM, EL CONTRATISTA deberá dar aviso por escrito al Supervisor, quien hará la inspección final dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes a la fecha en que reciba el aviso. El Supervisor notificará por escrito a EL CONTRATISTA sobre las partes defectuosas de la obra y sobre aquellas que no se ajusten a los planos y especificaciones de construcción con el fin de que éste proceda a corregirlas. Si estos reclamos no fueran satisfechos por EL CONTRATISTA, se aplicará lo estipulado en la Cláusula Novena, literal b) de este Contrato. Si los trabajos estuvieran efectuados satisfactoriamente y ejecutados de acuerdo con los planos finales, el Contrato y las especificaciones, y si se hubiera corregido los defectos señalados, el Supervisor rendirá informe pormenorizado al Gerente de EL INFOM con el Visto Bueno del Coordinador del Programa INFOM. III) RECEPCIÓN DEFINITIVA: Dentro del plazo de cinco (5) días siguientes a la recepción del informe citado en el numeral anterior, el Gerente de EL INFOM nombrará la Comisión Receptora y Liquidadora, la cual estará integrada por tres (3) miembros, con la cual colaborará el Supervisor, LA MUNICIPALIDAD y EL CONTRATISTA o su representante. Según la magnitud de la obra, la Comisión deberá hacer la inspección y recepción definitiva de la misma dentro de un plazo de treinta y cinco (35) días siguientes a la fecha de notificación de su nombramiento, debiendo levantar el acta correspondiente si la obra está ejecutada satisfactoriamente; en caso contrario, hará constar en acta lo siguiente: a) Las correcciones o trabajos extras que debe efectuar EL CONTRATISTA; b) El tiempo a emplearse; y c) Si el tiempo para ejecutar los trabajos se incluye dentro del plazo contractual o si procede conceder tiempo adicional para ejecutarlo. Al recibirse el aviso por escrito de EL CONTRATISTA de encontrarse satisfechos los requerimientos de la Comisión Receptora y Liquidadora, ésta dentro del plazo de cinco (5) días procederá a efectuar nueva inspección, levantando el acta correspondiente. La fecha de recepción definitiva de la obra será la del cierre de la última acta. No se tomará en cuenta para el cómputo del plazo de terminación de la obra, el o los períodos comprendidos entre la fecha de recepción del aviso por escrito de EL CONTRATISTA de que la obra está terminada y la fecha en que éste reciba el pliego...
Inspección Final. La escalera no deberá presentar defectos superficiales y verificará que esté provista de los elementos:
Inspección Final. Recepción Final: El Contratista deberá dar aviso por escrito cuando la obra esté terminada a la Gerencia Técnica del Fondo Vial y a la Supervisión, éstos deberán hacer la inspección de la misma dentro del término de quince (15) días calendario siguientes a la fecha en que se reciba el aviso y si los trabajos estuvieran ejecutados a satisfacción del Fondo Vial, la Supervisión rendirá un dictamen a la Gerencia Técnica del Fondo Vial dentro de los tres (3) días después de la inspección final. La Gerencia Técnica emitirá el Acta de Recepción Final tomando en cuenta las actas de recepción parciales que se hayan emitido por los responsables y la inspección final realizada por el Coordinador del Fondo Vial en un plazo de treinta (30) días hábiles.
Inspección Final. UNA VEZ TERMINADA LA INSTALACIÓN DE LA TUBERÍA (CURADA EN SITO), DEBERÁN DE INSPECCIONARSE NUEVAMENTE TODAS LAS TUBERÍAS REHABILITADAS CON EL FIN DE VERIFICAR EN QUE CONDICIONES QUEDARON LAS TUBERÍAS. (SE DEBERÁN DE ENTREGAR LOS VIDEOS EN VHS DE ANTES Y DESPUÉS DE LA INSTALACIÓN DE LA TUBERÍA. CONSIDERACIONES GENERALES EL LICITANTE PRESENTARA UN PROGRAMA DE TRABAJOS, EL PLAN DE CALIDAD, Y COPIA DE LOS PROCEDIMIENTOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS, EN FORMA CONGRUENTE, PARA ASEGURAR QUE PUEDE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DE ÉSTE CONTRATO. EL LICITANTE DEBERÁ TENER EN CUENTA TODAS LAS CIRCUNSTANCIAS PREVISIBLES EN FORMA GENERAL, QUE PUEDAN INFLUIR EN EL COSTO Y EN EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE ÉSTA OBRA DE ACUERDO A LAS CONDICIONES PARTICULARES DEL LUGAR, DONDE SE EJECUTARÁN LOS TRABAJOS, YA QUE NO SE ADMITIRÁ RECONSIDERACIÓN DE LOS PRECIOS PROPUESTOS NI PRÓRROGAS, POR MOTIVOS DE LLUVIAS, MAL TIEMPO, ETC., QUE PUDIERA OCASIONAR AUMENTO DE COSTO Y/O RETRASO EN LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS, A MENOS QUE CONSTITUYAN “CAUSAS DE FUERZA MAYOR” EN LOS TÉRMINOS DEL CONTRATO. EL LICITANTE SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Y DEBERÁ SUJETARSE A TODOS LOS REGLAMENTOS Y ORDENAMIENTOS DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES EN MATERIA DE CONSTRUCCIÓN, SEGURIDAD, USO DE LA VÍA PÚBLICA, PROTECCIÓN ECOLÓGICA Y DEL MEDIO AMBIENTE QUE RIJAN EN EL ÁMBITO FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL, ASÍ COMO A LAS INSTRUCCIONES QUE AL EFECTO LE SEÑALE PEMEX-REFINACIÓN EN ESTAS BASES DE LICITACIÓN. LAS RESPONSABILIDADES Y LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE RESULTAREN POR SU INOBSERVANCIA SERÁN A CARGO DEL LICITANTE. SE TENDRÁ QUE CONSIDERAR TODOS LOS ALCANCES ESTIPULADOS EN CADA PARTIDA DEL ANEXO C DE ACUERDO A LO ESPECIFICADO Y SOLICITADO POR EL RESIDENTE DE OBRA DE PEMEX. SE DEBERÁ MANTENER LIMPIA EL ÁREA DURANTE LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS, AL FINALIZAR ESTOS SE DEJARA LIBRE EL ÁREA DE CUALQUIER MATERIAL EMPLEADO EN LA EJECUCIÓN DE LOS MISMOS, RETIRANDO LOS MATERIALES SOBRANTES AL SITIO INDICADO POR LA SUPERVISIÓN. PARA CUBRIR LAS EXCAVACIONES, DEBERÁ DE SOLICITAR LA INSPECCIÓN DE LA SUPERVISIÓN DE OBRA DE PEMEX-REFINACIÓN ANTES DE CONTINUAR CON EL CUBRIMIENTO DE LAS AÉREAS CON LAS SIGUIENTES CAPAS. EL LICITANTE DEBERÁ DE TOMAR FOTOGRAFÍAS DE LOS TRABAJOS A EJECUTAR ANTES, DURANTE Y DESPUÉS DE LOS TRABAJOS PARA ACOMPAÑAR CON UNA IMPRESIÓN A LOS GENERADORES DE OBRA DE LAS ESTIMACIONES Y PARA FORMAR EL LIBRO DE CALIDAD DEL SERVICIO. LAS FOTOGRAFÍAS DEBERÁN DE SER TOMADAS CON CÁ...
Inspección Final. Cuando el trabajo estuviese concluido completamente, el Contratista deberá dar aviso por escrito al Supervisor quién procederá a la inspección final del mismo de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, y hasta encontrar satisfactoriamente ejecutados los trabajos rendirá, a la autoridad administrativa superior dentro del término de cinco (5) días, un informe pormenorizado de la construcción de la obra.
Inspección Final. Para más información, consulte A.R.S. § 33-1321(C).
Inspección Final. Cuando la instalación esté terminada el contratista dará aviso por escrito a la empresa o dependencia que corresponda, a efecto de dar por interrumpido el plazo de ejecución provisionalmente, siempre y cuando a criterio del INDE la obra esté totalmente terminada, caso contrario no se interrumpirá el plazo de ejecución y de haber atraso en la obra se impondrá la multa respectiva, sin perjuicio de aplicar la sanción a que se refiere el Artículo 83 del Reglamento. La Gerencia presentará en un plazo xx xxxx (10) días el informe que corresponda a la Gerencia General, la que nombrará una Comisión Receptora y Liquidadora integrada por tres (3) miembros, que hará la verificación e inspección final de la instalación y el suministro y en su caso, procederá a su recepción y liquidación. Si la instalación no estuviese ejecutada conforme el contrato suscrito, la Comisión rendirá informe tanto del plano en diez días a la autoridad que corresponda, la que notificará al contratista para que proceda a corregir las deficiencias detectadas dentro del plazo que se señale. En este caso el plazo del contrato seguirá corriendo a partir de la fecha de notificación. Cuando la Comisión establezca que la obra se encuentra conforme al contrato celebrado, suscribirá el Acta de Recepción Definitiva y Orden de Compra y Pago

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  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuíto de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción de la motocicleta asegurada, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS Previo a la entrega de los Bienes o a la terminación de la prestación de los Servicios WeWork podrá recalendarizar los Servicios, cambiar el destino de entrega de los Bienes cubiertos en cualquier Orden, cambiar los Servicios cubiertos de conformidad a cualquier Orden, o cancelar cualquier Orden, así como cambiar las especificaciones de dichos B&S, siempre y cuando se notifique al Proveedor por escrito (las “Órdenes de Cambio”), en cualquier caso, sin costo alguno para WeWork, salvo que los cambios solicitados por WeWork incrementen o disminuyan materialmente los costos para la entrega de los Bienes o para la prestación de los Servicios a WeWork, como requerir Servicios o materiales adicionales, las partes deberán negociar y ajustar de manera adecuada las obligaciones contenidas en la Orden, de conformidad con esta cláusula, antes que el Proveedor inicie con los trabajos en relación a dicha Orden de Cambio. El Proveedor aceptará cualquier cambio y deberá, si un cambio incrementa o disminuye los costos o tiempos requeridos para su cumplimiento, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes contados a partir de haber recibido dicha Orden de Cambio, entregar a WeWork una propuesta firme reflejando cualquier incremento o disminución causada en consecuencia de dicha Orden de Cambio. En caso que WeWork acepte dicha propuesta, el Proveedor deberá proceder con los cambios en los servicios objeto de la propuesta de costos y bajo los términos y condiciones del presente Contrato. En el caso que WeWork no acepte los cambios propuestos podrá cancelar la orden respectiva. El Proveedor deberá notificar a WeWork, con a lo menos 2 (dos) días hábiles de anticipación a llevar a cabo cualquier cambio material o intencional, a los B&S, incluyendo sin limitar, cambios en la composición, especificaciones de calidad, procesos de manufacturación, etiquetado, funcionalidad, seguridad, ubicación de manufactura, y del uso de cualquier proveedor o subcontratista. Una vez notificado el cambio iniciado por el Proveedor, WeWork podrá cancelar dicha Orden. Cualquier revisión llevada a cabo por el Proveedor a una Orden, en relación al precio u otro elemento, deberá ser notificado por escrito y estar aprobado por WeWork. El Proveedor no podrá, en ningún caso, retener o retrasar el acuerdo de algún cambio de Orden solicitada por WeWork de manera irrazonable.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en tres sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar y en el segundo la documentación relativa a la oferta técnica y en el tercero la relativa a los criterios de adjudicación sujetos a valoración automática (precio y plazos de entrega). Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Director del Departamento de Compras. Contratación del suministro de ropa de trabajo para el personal de la Imprenta de Billetes, S.A. (IMBISA) SOLPED1794 Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias debidamente compulsadas. Todos los documentos se presentarán en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. En caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con IMBISA, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán exentos de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2 de esta cláusula, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por IMBISA, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, IMBISA podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a IMBISA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación de IMBISA, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: