PROGRAMA DE TRABAJOS Cláusulas de Ejemplo

PROGRAMA DE TRABAJOS. VI.1.- Como Anexo nº 8 del presente contrato, y con el mismo carácter contractual, se acompaña a éste la programación a la que se habrá de sujetar la evolución de las obras, y que da como resultado el plazo total establecido en la Cláusula Tercera. El citado anexo, ha sido elaborado teniendo en cuenta los rendimientos aplicables a cada unidad de obra, el cumplimiento de los cuales, será en cualquier caso responsabilidad plena y exclusiva del Contratista. En el programa de trabajos del citado Anexo nº 8, se reflejan además los datos de inicio y final de las diversas actividades en que se descompone la obra, así como las obras elementales sujetas a plazos parciales de finalización.
PROGRAMA DE TRABAJOS. Una vez adjudicado el servicio, el contratista presentará un calendario de ejecución de los trabajos de forma que el mismo se ajuste a las fechas de iniciación y plazo de ejecución inicial o posteriormente señalados, pudiendo imponer BOS, por medio del Responsable del contrato, la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. En el cronograma deberá incluir, en su caso, por el contratista se deberán incluir los siguientes datos:
PROGRAMA DE TRABAJOS. 8.1 Como Anejo IV del Contrato, se adjunta un Programa de trabajos que será coherente con la propuesta contenida en la oferta del Contratista, en caso de que se hubiera exigido su inclusión en la misma.
PROGRAMA DE TRABAJOS. Procede su presentación por el contratista SÍ X NO
PROGRAMA DE TRABAJOS. Cuando por la envergadura de la prestación de los servicios se haya solicitado en la oferta técnica el plan de programación de la ejecución de los trabajos, y dicho plan forme parte de la documentación contractual, el contratista redactará el correspondiente programa de trabajos, que someterá a la aprobación del director de los trabajos, dentro del improrrogable plazo de los diez días siguientes al inicio de la ejecución del contrato. El programa de trabajos deberá incluir, como mínimo, los datos siguientes:
PROGRAMA DE TRABAJOS. El Consultor desarrollará, de forma justificada, las actividades previstas para la ejecución de los trabajos objeto de este contrato en los plazos comprometidos. El plazo máximo de ejecución del presente contrato será el formulado por el Consultor Adjudicatario en su oferta (nunca superior al que figura en la Carátula del P.C.P), debiendo indicar el Consultor en el programa de trabajos los plazos parciales de entrega de los diferentes documentos.
PROGRAMA DE TRABAJOS. Dentro de los quince (15) días siguientes a la suscripción del Contrato, el Contratista deberá presentar a consideración del Supervisor, un programa detallado de suministro de equipos y materiales y del montaje ajustado a las fechas calendario de iniciación y terminación contractual de la obra en el que se muestre el orden en que se ha de proceder a la ejecución de los diferentes trabajos de la obra, guardando equivalencia con relación al programa presentado con su propuesta. Este programa de trabajos deberá ser elaborado utilizando el Método del Camino Crítico (CPM), el Método PERT o cualquier otro sistema similar que sea satisfactorio al Supervisor. El diagrama de xxxxxx xx XXXXX no se considerará suficiente para cumplir el requisito establecido en este numeral. De igual manera, dentro de los quince (15) días siguientes a la suscripción del Contrato, el Contratista deberá presentar a consideración del Supervisor, un programa detallado elaboración del Expediente Técnico ajustado a las fechas calendario de iniciación y terminación contractual del Estudio en el que se muestre el orden en que se ha de proceder a la ejecución de los diferentes trabajos de dicho Expediente Técnico, guardando equivalencia con relación al programa presentado con su propuesta. Al actualizar su programa de montaje, el Contratista deberá tomar en cuenta las restricciones originadas por el período normal de lluvias en la zona del proyecto. El Contratista estará obligado a presentar la reprogramación de sus trabajos toda vez que le sea aprobada una prórroga justificada del plazo de ejecución de la obra o cuando el Supervisor lo requiera como consecuencia del atraso en el cumplimiento del cronograma vigente, estando el nuevo programa de trabajos sujeto a la revisión y aprobación del Supervisor. La presentación del programa de trabajos y su aprobación por el Supervisor, no eximirán al Contratista de ninguna de las obligaciones y responsabilidades emergentes del Contrato.
PROGRAMA DE TRABAJOS. Una vez adjudicada la obra, la persona contratista presentará un calendario de ejecución de los trabajos en forma que el mismo se ajuste a las fechas de iniciación y plazo de ejecución inicial o posteriormente señalados, pudiendo imponer el Ayuntamiento xx Xxxxxx, por medio de la persona Responsable del contrato, la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. En el cronograma deberá incluir, los siguientes datos: • Ordenación en partes o clases de obra de las unidades que integran el proyecto y anexo, con expresión de sus mediciones. • Determinación de los medios necesarios, tales como personal, instalaciones, equipo y materiales, con expresión de sus rendimientos medios. • Estimación en días de los plazos de ejecución de las diversas obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y de los de ejecución de las diversas partes o unidades de obra. • Valoración mensual y acumulada de la obra programada, sobre la base de las obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y partes o unidades de obra a precios unitarios. A su vez y durante la ejecución de los trabajos se exigirá un reestudio del plan mensual en el que se recogerán los ajustes que se vayan produciendo.
PROGRAMA DE TRABAJOS. 1º) Cuando la ejecución de las obras esté prevista en más de una anualidad, una vez formalizado el contrato, el contratista presentará un calendario de ejecución de los trabajos de forma que el mismo se ajuste a las fechas de iniciación y plazo de ejecución inicial o posteriormente señalados, pudiendo imponer el CIEGC, por medio del Director Facultativo, la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. En el cronograma deberá incluir, en su caso, por el contratista se deberán incluir los siguientes datos:
PROGRAMA DE TRABAJOS. Dentro de los treinta días siguientes a la formalización del contrato el adjudicatario presentará, para su aprobación expresa o tácita (si no se opone en el plazo de dos semanas) por el IME, el programa de trabajo de las instalaciones ubicadas en los edificios integrados en el Anexo 1, así como un Manual de Procedimientos, en el que queden claramente definidos los Procesos a ejecutar en los que como mínimo se expongan: ▪ Responsable de la ejecución. ▪ Objetivo del procedimiento. ▪ Medios humanos y técnicos en la ejecución. ▪ Definición del procedimiento. ▪ Medidas de prevención y seguridad a aplicar. En este programa se detallarán, para cada instalación y elementos constitutivos de la misma, las operaciones de mantenimiento que les correspondan y la frecuencia de las mismas. En todo caso, se deberán respetar las operaciones y frecuencias mínimas definidas en las fichas de mantenimiento de este Pliego (Anexo 3), o las que realmente correspondan legalmente y a nivel normativo en cada momento. También se encargará la empresa de controlar y supervisar la efectiva y adecuada realización de dichas operaciones. Será de especial importancia, el Plan de prevención de la Legionela que se deberá incluir en el programa, adjuntándose los procedimientos asociados. El contratista no podrá modificar estos programas sin la aprobación expresa del IME.