Planos finales Cláusulas de Ejemplo

Planos finales. Instruir al Operador para que sobre la marcha vaya preparando los planos finales de planta y perfil que muestren todas las partes del proyecto, tal como hayan sido construidas o “As Built”, dentro de un plazo no mayor de treinta (30) días después de haber concluido la parte de obra que se haya modificado respecto al proyecto y el conjunto de planos y documentos finales (30) días después de haber recibido el Contratante las entregas parciales o finales de las obras, en número de cinco (5) copias y un (1) original.
Planos finales. Al concluir la obra y como requisito previo para su recepción, el Contratista deberá entregar a la Supervisión, un Disco Compacto que contenga el juego completo de planos reproducibles, incluyendo las modificaciones, ampliaciones y anotaciones que se hubiesen hecho en el transcurso de la ejecución; esto es aplicable absolutamente a todas las áreas de construcción involucradas en el proyecto. Estos planos servirán de base a la Supervisión para hacer la inspección final, luego de lo cual se remitirán a la Unidad respectiva de INFOM, para ser archivados correspondientemente. Por ningún motivo se permitirá la alteración de cualquiera de los componentes del Catálogo de Renglones y Cantidades de Trabajo, por parte del Contratista; sean estos códigos, descripción de renglones, cantidades, unidades u otros.
Planos finales. El Contratista deberá presentar dos (2) copias en papel y dos (2) en digital de todos los planos finales y detalle de la obra construida, “Conforme a Obra” con anterioridad al inicio de la Etapa de Operación y Mantenimiento.-
Planos finales. 27.1. Los Planos finales (en adelante, planos as-built), correspondientes a cada parte de la Obra, así como los de su totalidad, deberán ser aprobados por ACUAMED como condición para la firma de la Recepción de las Obras, total o parcial, para lo cual el CONTRATISTA deberá haberlos entregado con al menos un mes de antelación a dicha aprobación.
Planos finales. Se mantendrá durante todo el proceso de la construcción, un registro completo y exacto de los cambios efectuados al diseño original. Estos registros deberán mostrar en planta y perfil la profundidad o altura de cada sistema instalado bajo tierra (invert), su alineamiento, distancia a ejes xx xxxxx o columnas etc., diámetros, pendiente, y material de la tubería. Localización de válvula y cualquier otra información adicional que a juicio de El Supervisor sea necesario consignar en los planos para su futuro mantenimiento. El Supervisor anotará en los planos, todos los cambios aprobados por él durante el transcurso de la obra. Cuando todos los cambios se hayan registrados en los planos, el Contratista deberá presentarla Al Supervisor para su revisión y aprobación final. Una vez revisados y aprobados, se entregarán a la Autoridad Contratante los originales y una copia adicional.
Planos finales. Los PLANOS FINALES que elaborará el Contratista deberán estar sellados y firmados por los responsables y los cuales deben estar registrados ante la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura de la República de Panamá. Cuando se requiera realizar verificaciones de los cálculos por parte de profesionales independientes, estas verificaciones también deberán estar selladas y firmadas por los responsables, los cuales deben estar registrados ante la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura de la República de Panamá. Ver Capitulo III Especificaciones Tecnicas de este pliego de cargos.
Planos finales. 53.1. Como requisito el Contratista estará obligado a entregar a la MUNICIPALIDAD DE SANTA XXXX DE COPAN un juego de planos impreso original y dos copias en la misma escala de diseño y una digital, mostrando todos los detalles en planta y perfil de la obra como construida y toda la información sobre modificaciones que se hayan introducido. El Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC.

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  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • PRESTACIONES DEL ASEGURADOR 1. La existencia y funcionamiento en días laborables y horario de oficina, de una centralita telefónica a través de la cual el Asegurado pueda solicitar la prestación del servicio garantizado, mediante llamada al número 000 000 000.

  • Vicios o defectos durante el plazo de garantía Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, la Administración tendrá derecho a reclamar al contratista que reponga los bienes inadecuados o a exigir su reparación si ésta resultase suficiente. En todo caso durante el plazo de garantía el contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre la aplicación dada a los bienes objeto del suministro. En el supuesto de que el órgano de contratación estimase durante el plazo de garantía que los bienes entregados no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos, siempre que estos vicios o defectos fuesen imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de los bienes no serán suficientes para lograr aquel fin, podrá antes de finalizar el plazo de garantía rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista, quedando la Administración exenta de la obligación del pago o, si éste se hubiese efectuado, tendrá derecho a la recuperación del precio satisfecho.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo diferente. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta. Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

  • Aplicación de las Normas Generales Estas Normas Generales se aplican a los Contratos xx Xxxxxxxx que el Banco Interamericano de Desarrollo acuerde con sus Prestatarios y, por lo tanto, sus disposiciones constituyen parte integrante de este Contrato.

  • CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad Pública no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

  • Ofertas con valores anormales o desproporcionados 19.1. Cuando para la adjudicación deba considerarse más de un criterio de valoración, podrá expresarse en los pliegos los parámetros objetivos en función de los cuales se apreciará, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados.

  • OBJETO DE LA COBERTURA Por el seguro contra robo el Asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en esta Póliza, a indemnizar al Asegurado en caso de sustracción ilegítima del vehículo asegurado por parte de terceros.

  • GASTOS Los honorarios de cada árbitro serán cubiertos por la parte que lo hubiere designado y los honorarios del Dirimente serán cubiertos por ambas partes en igual proporción. Antes de constituirse el Tribunal, las partes acordarán los honorarios de las demás personas que, de mutuo acuerdo, convengan que deban intervenir en el procedimiento de arbitraje. Si el acuerdo no se produjere oportunamente, el propio Tribunal fijará la compensación que sea razonable para dichas personas, tomando en cuenta las circunstancias. Cada parte sufragará sus costos en el procedimiento de arbitraje, pero los gastos del Tribunal serán sufragados por las partes en igual proporción. Toda duda en relación con la división de los gastos o con la forma en que deban pagarse será resuelta sin ulterior recurso por el Tribunal.

  • Servicios Complementarios Se deberá ofrecer como mínimo un (1) establecimiento para un servicio adicional o complementario para beneficio de los servidores, que efectivamente sea distinto o complementario a los servicios anteriormente mencionados, como por ejemplo el de restaurantes. El PROPONENTE deberá diligenciar y allegar con su propuesta el siguiente cuadro: Valor a cargar anualmente en las tarjetas canjeables $ Porcentaje de comisión (*): %_ Valor de la comisión $ IVA sobre la comisión $ (*) Deberá expresarse solamente con dos (2) decimales. La propuesta económica deberá presentarse en pesos colombianos y el valor total no podrá superar el valor total señalado en el anterior cuadro y que corresponde al valor estimado anual de la contratación sin el gravamen a los movimientos financieros, establecidos para esta propuesta en el numeral 1.7 xxx xxxxxx de condiciones. [Lugar y fecha] Señores [Nombre del representante legal o de la persona natural Proponente], identificado como aparece al pie de mi firma, [obrando en mi propio nombre o en mi calidad de representante legal de] [nombre del Proponente], manifiesto que: En constancia de lo anterior firmo este documento a los [XX] días del mes de [XX] de 2017. CONTRATO No. de 2017, DE NEGOCIACIÓN GLOBAL Entre los suscritos, mayores de edad y residentes en Bogotá D.C., a saber: XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX identificado con Cédula de Ciudadanía No. 14.228.341 expedida en Ibagué (Tolima), en su calidad de Gerente Nacional Financiero y Administrativo, quien por delegación conferida en el numeral 4° del artículo 13 del Manual de Convenios y Contratos, adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014, está facultado para la celebración de contratos en nombre de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, identificada con NIT 899.999.063-3, ente universitario autónomo del orden nacional, vinculado al Ministerio de Educación Nacional, con régimen especial, con personería jurídica reconocida mediante Decreto 1210 del 28 xx xxxxx de 1993 expedido por el Gobierno Nacional, quien para efectos de este contrato se llamará LA UNIVERSIDAD, de una parte; y por la otra, , identificado con cédula de ciudadanía de , quien en su condición de , actúa en nombre y representación legal de________________ con NIT _, sociedad constituida mediante escritura pública/resolución No. expedida por y quien en adelante para efectos de este contrato se denominará EL CONTRATISTA, se ha convenido celebrar el presente contrato, previas las siguientes