Formación y perfeccionamiento Cláusulas de Ejemplo

Formación y perfeccionamiento. Artículo 32. Se facilitará al personal afectado por este convenio la realización de estudios para la obtención de la formación necesaria para el perfeccionamiento profesional e integral de la persona.
Formación y perfeccionamiento. 1. Se facilitará al personal laboral afectado por el presente Convenio la realización de estudios para la obtención de la formación necesaria y para el perfeccionamiento profesional de la persona.
Formación y perfeccionamiento. Considerando que la formación es un instrumento fundamental para la profesionalización del personal y la mejora de los servicios, los trabajadores podrán asistir, con el fin de actualizar o perfeccionar sus conocimientos profesionales, a cursos de formación profesional y promoción, de conformidad con lo que se establezca en el Acuerdo entre la Junta de Extremadura y las Organizaciones Sindicales sobre formación y perfeccionamiento de los empleados públicos que esté vigente. La Administración procurará el acceso de los trabajadores con régimen a turnos a las acciones formativas que convoque la Consejería de Presidencia a través de la Escuela de Administración Pública. A tal efecto, los centros de trabajo realizarán, en la medida de lo posible, las oportunas adecuaciones para facilitar la participación de los trabajadores en las acciones formativas. En todo caso, la autorización para laasistencia a las acciones formativas que coincidan con la jornada laboral del trabajador estará supeditada a las necesidades del servicio.
Formación y perfeccionamiento. Por la participación como alumno en cursos, seminarios, congresos o jornadas de formación o perfeccionamiento superados sobre materias directamente relacionadas con las funciones encomendadas a la vacante convocada, con un máximo de 2.00 puntos, siempre y cuando se trate de acciones formativas organizadas por una Administración Pública a los efectos de la Ley 30/1992, de 26-11, una institución sindical o corporativa de Derecho Público, una Universidad o cualquier otra institución privada, en éste último caso con la colaboración u homologación de la referida acción formativa por una Administración o institución de Derecho Público, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas: Las acciones formativas para las que no se exprese duración alguna serán valoradas con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.
Formación y perfeccionamiento. 16.1.- Para poder optar al disfrute de los permisos previstos en el arto 23 del Estatuto de los Trabajadores, será preciso que el trabajador: - Esté matriculado oficialmente. - Comunique la matrícula en el momento de realizarla o en los siguientes cinco días laborables, con el fin de efectuar las previsiones correspondientes. - Los permisos se referirán exclusivamente a los exámenes o pruebas finales.
Formación y perfeccionamiento. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 23 del E.T., con el fin de facilitar la formación y promoción profesional, el personal acogido al presente convenio tendrá derecho a ver facilitada la realización de estudios académicos o profesionales, la realización del curso de perfeccionamiento profesional, y el acceso a cursos de reconversión y capacitación profesional, organizados por la empresa o por la organizaciones sindicales en el marco de acuerdos, todo ello con la participación de los representantes de los trabajadores. Los trabajadores que cursen estudios académicos y de formación o perfeccionamiento profesional, tendrán preferencia para elegir turno de trabajo, así como la adaptación de la jornada diaria de trabajo para la asistencia a los mismos, si las necesidades del servicio lo permiten. Tendrá permiso para concurrir a exámenes finales o eliminatorios.
Formación y perfeccionamiento. 1) La Empresa a través del Departamento de Relaciones Laborales, promoverá la realización de cursos y acciones diversas de formación dirigidas a todos/as los/as trabajadores/as de la EMVS, para lo que destinará el 1% de la masa salarial del año anterior. El Plan determinará la naturaleza de la actividad formativa distinguiendo entre aquellas acciones formativas cuyo contenido sea imprescindible para el correcto desempeño del puesto de trabajo o cuando las necesidades del servicio así lo determinen, y aquellas dirigidas a la promoción interna.
Formación y perfeccionamiento. Art. 24.
Formación y perfeccionamiento l. El personal afectado por el presente Convenio tendrá derecho a que le sea facilitada la realización de estudios para la obtención de títulos académicos y profesionales, la realización de cursos de perfecciona- miento profesional, y el acceso a cursos de reconversión y capacitación profesional.
Formación y perfeccionamiento. Formación planificada: — El plan de formación será negociado con la RLT. — Los criterios de selección serán negociados con la RLT. — La RLT estará presente en la selección en calidad de observadores. Formación específica: — La RLT tendrá conocimiento previo de la acción formativa y del número de participantes. — La RLT tendrá conocimiento previo de los criterios de selección. — La RLT estará presente en la selección en calidad de observadores.