Permuta Cláusulas de Ejemplo
Permuta. Los trabajadores con destino en localidades distintas pertenecientes a la misma empresa o grupo de empresa, podrán solicitar la permuta de sus respectivos puestos, a reserva de lo que aquella decida en cada caso, teniendo en cuenta las necesidades del servicio, y la aptitud de ambos permutantes para el nuevo destino, siendo las condiciones de la permuta las que se acuerden por escrito entre las partes afectadas.
Permuta. El personal empleado, con destino en una misma localidad o en localidades distintas y pertenecientes a la misma empresa y grupo profesional, podrán concertar la permuta de sus respectivos puestos, a reserva de lo que aquélla decida, en cada caso, teniendo en cuenta las necesidades del servicio, la aptitud de los permutantes para el nuevo destino y demás circunstancias que deban ser consideradas. Además de las permutas voluntarias, contempladas en el párrafo anterior, pueden existir casos de permutas obligatorias, como el previsto en el artículo 6.3.1.
Permuta. Podrán permutarse bienes muebles o semovientes siempre que se demuestre que la operación resulta ventajosa a los intereses del Estado. La valuación deberá establecerse por un técnico competente, siempre que la naturaleza del bien que se trate lo amerite. Asimismo deberá pronunciarse con respecto a la calidad y características de los bienes a permutar. La entrega a cuenta de precio de bienes muebles o semovientes, en operaciones de compra y venta simultánea, será reglada por el Poder Ejecutivo.
Permuta. Es el intercambio de puestos de trabajo de igual categoría entre dos servidores públicos que cuentan con nombramiento definitivo y con la autorización por escrito de sus respectivos titulares.
Permuta. Depósito: Contrato de depósito irregular Donación: Contrato de donación.
Permuta. Se podrán articular permutas entre empleados/as de un mismo régimen (funcionarial o laboral) de la Corporación y de otras Administraciones Públicas, previo acuerdo entre los/as trabajadores/as interesados/as, y, siempre que sea aceptada la correspondiente permuta por las Administraciones u Organismos Públicos implicados mediante informe favorable, siendo requisito esencial informe médico preceptivo del Departamento de Prevención y Salud Laboral, sobre aptitud e idoneidad al puesto. En cualquier caso se estará a lo dispuesto en la legislación vigente en esta materia. El/la trabajador/a que se incorpore a esta Corporación municipal se le respetará la cantidad que percibiera en concepto de antigüedad en su puesto de procedencia, como complemento personal y comenzará a generar derechos respecto de la antigüedad de este Convenio Colectivo desde el momento en que se incorpore al Excmo. Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇.
Permuta. En caso de acuerdo entre los trabajadores, siempre y cuando la función desempeñada sea equivalente, los mismos podrán solicitar a la empresa la permuta de sus puestos de trabajo, quedando a decisión de la empresa, una vez analizadas las condiciones, la concesión de la citada permuta y siempre que se respete un periodo mínimo de 6 meses para los casos de nueva adjudicación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. Asimismo, para el personal de estructura se facilitará el cambio de centro de trabajo cuando su cónyuge también preste servicios en la Empresa y lo haga en un centro de trabajo distinto del solicitante, siempre que el cambio permita seguir ejerciendo las funciones que venía realizando.
Permuta. 1. Sin perjuicio de los sistemas de movilidad y de provisión de vacantes, en el ámbito del presente Convenio, la Administración podrá autorizar la permuta que se realice voluntariamente entre trabajadores fijos en activo siempre que los puestos de trabajo sean del mismo grupo profesional, área funcional y régimen de contratación y, especialidad y titulación, en su caso.
2. En el plazo de cinco años a partir de la concesión de una permuta, no podrá autorizarse otra a cualquiera de los interesados.
3. No podrá autorizarse la permuta cuando alguno de los trabajadores interesados les falte menos de cinco años para cumplir la edad de jubilación forzosa.
4. Serán anuladas las permutas si en los dos años siguientes a la fecha en que tengan lugar se produce la jubilación voluntaria de alguno de los permutantes.
5. Para la concesión de las permutas se exigirá informe previo favorable de los servicios u organismos afectados y de las correspondientes Subcomisiones Delegadas, en el supuesto de ser interdepartamental.
6. Los traslados por permuta no darán derecho a indemnización alguna.
Permuta. Cuando una parte se obliga a transferir la propiedad de una cosa, a cambio de otra ( trueque ). Es cuando una de las partes se obliga a entregar el uso – locador - y goce de una cosa por un tiempo determinado, y la otra – locatario - a pagar por ello un precio en dinero.- – a realizar una obra material o intelectual, o proveer un servicio mediante una retribución.- Hay depósito cuando una persona se obliga a guardar una cosa, custodiándola y devolviéndola al término del mismo.- Es el contrato mediante el cual una persona entrega a otra en propiedad una cantidad de cosas fungibles ( reemplazables por otras de igual naturaleza ) y la otra al término del mismo, debe restituirlas con otras de iguales características.- Préstamo de uso, por el cual una persona presta a otra una cosa mueble o inmueble para que pueda usarla en forma gratuita, debiendo devolverse la misma cosa que se recibiera.- Es aquel contrato por el cual una persona se obliga accesoriamente por otra a satisfacer una prestación en caso de incumplimiento.- Hay donación cuando una persona se obliga a transferir gratuitamente a otra la propiedad de una cosa, siendo aceptada.- Es el contrato entre una persona denominada consumidor, y una física o jurídica denominada proveedor, que actúa ocasional o habitualmente en la provisión de bienes o servicios pública o privada, que consiste en la adquisición, uso y goce de esos bienes o servicios por parte del consumidor, ya sea para uso personal, familiar o social.-
Permuta. En caso de acuerdo entre los trabajadores, siempre y cuando la función desempeñada sea equivalente, los mismos podrán solicitar a la empresa la permuta de sus puestos de trabajo, quedando a decisión de la empresa, una vez analizadas las condiciones, la concesión de la citada permuta.
