EXIGENCIA DE GARANTÍAS Cláusulas de Ejemplo

EXIGENCIA DE GARANTÍAS. Previamente a la adjudicación definitiva, el/los ofertante/s seleccionado/s en la propuesta de adjudicación provisional constituirán garantía definitiva por valor del 5% referido al importe anual del contrato excluido IVA, bien mediante aval ejecutable a primer requerimiento de GIAHSA, bien mediante la presentación de un documento facultando a GIAHSA a retener del importe de las facturas el valor de dicha garantía.
EXIGENCIA DE GARANTÍAS. El análisis de garantías deberá realizarse de conformidad con lo establecido en los decretos reglamentarios aplicables. - Clases de garantías Las garantías que los oferentes o contratistas pueden otorgar para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones son:
EXIGENCIA DE GARANTÍAS. Las garantías contractuales se constituyen como un respaldo exigido obligatoriamente por la Ley en la mayoría de los Contratos Estatales y cuyo propósito es salvaguardar el interés público y proteger patrimonialmente a la administración frente a los eventuales incumplimientos del contrato imputables al contratista; constituyéndose la exigencia de tales amparos, en una obligación de la entidad contratante que se encuentra en la esfera del principio de responsabilidad, propio de la contratación estatal. Es por lo anterior y teniendo en cuenta la naturaleza del objeto del contrato, que se hace necesaria (según el caso) la exigencia de las garantías que amparen los riesgos a los que se encuentra expuesta la Entidad pública contratante, por la responsabilidad de las actuaciones, hechos u omisiones de los contratistas y subcontratistas, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015. En consecuencia, a lo anteriormente expuesto, el Contratista deberá constituir a favor del Área Metropolitana xxx Xxxxx de Aburrá una garantía a su elección, en cualquiera de las modalidades que describe el artículo 7 inciso 2 de la Ley 1150 de 2007 y artículo 2.2.1.2.3.1.2. del Decreto 1082 de 2015 (esto es Contrato de seguro contenido en una póliza, patrimonio autónomo, y garantía bancaria). Para ello el AMVA solicitara las siguientes pólizas según el caso:
EXIGENCIA DE GARANTÍAS. Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones aquí contraídas, el contratista se compromete a constituir y otorgar a favor de la EFZ, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al perfeccionamiento de éste contrato, una garantía que ampare los siguientes riesgos:
EXIGENCIA DE GARANTÍAS. Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones aquí contraídas, el contratista se compromete a constituir y otorgar a favor de la EFZ, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al perfeccionamiento de éste contrato, una garantía que ampare los siguientes riesgos: (4) meses más; Página 14/18 La EMPRESA FRIGORÍFICO Y PLAZA DE FERIAS DE ZIPAQUIRÁ “EFZ” debe evaluar las ofertas de los proponentes que xxxxx acreditado los requisitos habilitantes, la falta de alguno de ellos inhabilitará la oferta y no será objeto de calificación. En la evaluación de las ofertas la EMPRESA FRIGORÍFICO Y PLAZA DE FERIAS DE ZIPAQUIRÁ “EFZ” realizará ponderación de los factores de acuerdo con los porcentajes indicados en la siguiente Tabla. Puntaje por criterios de evaluación Factor Económico 100 Puntos Total 100 puntos El oferente deberá indicar el costo de su propuesta teniendo en cuenta todos los costos involucrados en el contrato. Recibirá el mayor puntaje quien ofrezca el menor precio total y las demás ofertas obtendrán un puntaje inversamente proporcional descendente, aplicando una regla de tres inversa. En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la EMPRESA FRIGORÍFICO Y PLAZA DE FERIAS DE ZIPAQUIRÁ “EFZ” escogerá el oferente que tenga la mayor experiencia; si persiste el empate, se escogerá al oferente que tenga el mayor capital de trabajo; si persiste el empate, se escogerá al oferente que tenga el mayor patrimonio; si persiste el empate, se escogerá al oferente que tenga la mayor liquidez; si persiste el empate, se escogerá al oferente que tenga el menor endeudamiento; si persiste el empate, se acudirá a las reglas consagradas en el decreto 1510 de 2013, en su artículo 85, numeral 6. Para constancia se firma a los (27) días del mes xx Xxxxx de 2017. COMPONENTE FUNCIONARIO O CONTRATISTA NOMBRE Y CARGO FIRMA FECHA TÉCNICO Xxxxxx y Aprobó: Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx- Subgeternte Operativo 27/06/2017 Revisó y Aprobó: JURÍDICO Proyectó: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx– Asesor Jurídico Externo 27/06/2017 Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes. Así mismo, la información contenida en él, es precisa, correcta, veraz y completa, y por lo tanto, lo presentamos para la firma del Ordenador del Gasto. Página 15/18
EXIGENCIA DE GARANTÍAS. Se exigirá Póliza de Buen Manejo por anticipo. CRONOGRAMA ACTIVIDAD FECHA Publicación convocatoria pública, estudios previos, condiciones del contrato y demás documentos El 02 de noviembre de 2010 Plazo para la presentación de propuesta Del 04 al 05 de noviembre de 2010 Plazo para Evaluación y verificación de los requisitos habilitantes Del 08 al 09 de noviembre de 2010 Plazo para subsanar El 10 de noviembre de 2010 Adjudicación El 11 de noviembre de 2010 550801 Actividades de Conservación 03 Mercados Verdes 01 Mercados Verdes La supervisión del contrato se ejercerá por la Subdirectora de Planeación, quien deberá certificar la correcta ejecución del contrato y los resultados esperados. 22.32.15 SERVICIO LOGISTICA INTEGRAL XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX CORPUS XXXX XXXXXXX XXXX
EXIGENCIA DE GARANTÍAS. El contratista se obliga a ampliar a favor del Centro Industrial de Mantenimiento Integral xxx XXXX Regional Santander las garantías establecidas la orden de compra No 55320 de 2020, de acuerdo con el valor y plazo establecidos en esta adicción.
EXIGENCIA DE GARANTÍAS. El análisis que sustenta la exigencia de garantías destinadas a amparar los perjuicios de naturaleza contractual o extracontractual, derivados del incumplimiento del ofrecimiento o del contrato según el caso, así como la pertinencia de la división de las mismas. La Ley 1150 de 2007 dispone la facultad de que los proponentes ofrezcan pólizas de seguro, garantías bancarias y las demás autorizadas para tal efecto. El monto, vigencia y amparos o coberturas de las garantías se determinarán teniendo en cuenta el objeto, la naturaleza y las características de cada contrato, los riesgos que deban cubrir y las condiciones del Decreto 4828 de 2008, modificado por los Decretos 931, 490 y 2493 de 2009. El mecanismo de cobertura de riesgo es por regla general indivisible y solo podrá ser dividido en etapas contractuales en los casos contemplados en el artículo 9 del Decreto 4828 de 2008, como es en los contratos de obra, concesión, operación o en aquellos contratos que su objeto contractual se desarrolle por etapas.
EXIGENCIA DE GARANTÍAS. Página 13/ Dadas las características de la contratación de este servicio se exigirán por parte de LA EMPRESA FRIGORÍFICO Y PLAZA DE FERIAS DE ZIPAQUIRÁ “EFZ”, las siguientes garantías, las cuales buscan asegurar a la empresa respecto de los posibles perjuicios que se puedan ocasionar. El contratista deberá constituir a favor de la EMPRESA FRIGORÍFICO Y PLAZA DE FERIAS DE ZIPAQUIRÁ “EFZ”, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato que se origine, garantía única a través de póliza expedida por compañía de seguros, cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Financiera de Colombia, la cual ampare los siguientes riesgos: Surgidas del Contrato incluyendo en ellas el pago de multas y la Cláusula Penal Pecuniaria, cuando se hayan pactado en el Contrato. El amparo de cumplimiento del Contrato cubrirá a LA EMPRESA de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del Contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al CONTRATISTA garantizado. El valor de esta garantía será xxx xxxx por ciento (10%) del valor total del Contrato, con una vigencia igual al termino de ejecución del Contrato garantizado y cuatro (4) meses más.
EXIGENCIA DE GARANTÍAS. La exigencia de garantías para los contratos de prestación de servicios no es obligatoria, según lo establece el artículo 2.2.1.2.1.4.5. del Decreto 1082 de 2015, que xxxx: “No obligatoriedad de garantías. En la contratación directa la exigencia de garantías establecidas en la Sección 3, que comprende los artículos 2.2.1.2.3.1.1 al 2.2.1.2.3.5.1.del presente decreto no es obligatoria y la justificación para exigirlas o no debe estar en los estudios y documentos previos”. Si la entidad decide solicitar o no las garantías, deberá justificar técnicamente en los estudios previos la razón por la cual exigió o no las garantías al contratista.