EQUIDAD DE GÉNERO Cláusulas de Ejemplo

EQUIDAD DE GÉNERO. Deberá considerarse además toda otra circunstancia que, no específicamente citada en el listado anterior, surja del Estudio de Impacto Ambiental y Social (EIAS) La constancia de aprobación del EIAS (certificado de aptitud ambiental o similar), expedida por la autoridad de la Jurisdicción con competencia, será condición necesaria para habilitar el inicio de las tareas. Los trámites para las habilitaciones y/o permisos ambientales que, en cumplimiento de la normativa de la Jurisdicción, hubieran sido iniciados por el comitente previamente a la adjudicación, deberán ser continuados por el contratista una vez dictado el acto administrativo de adjudicación. En el supuesto caso que luego de la adjudicación surgiera la necesidad de obtener otro permiso ambiental, será responsabilidad de la contratista la realización de todos los trámites necesarios para lograr su obtención en tiempo y forma. La contratista deberá presentar con posterioridad a la firma del contrato y previo a la firma del Acta de Inicio Ambiental y Social, un Plan de Gestión Ambiental y Social (PGAS). Dicho PGAS estará sometido a evaluación y aprobación por parte del área que determine la jurisdicción, y puesto a consideración de la GEP. El contratista designará una persona física, profesional con título habilitante, como Responsable Ambiental y Social (RAS) que tendrá a su cargo el cumplimiento de los requerimientos ambientales y sociales durante la totalidad de las etapas de la Obra. Este profesional será el responsable de la elaboración de informes mensuales de avance del PGAS, en función al cronograma de trabajos aprobado. Los informes deberán ser presentados para su consideración y seguimiento ante quien el comitente hubiera designado. A los efectos de abonar las tareas de seguimiento de la ejecución del PGAS, por el profesional designado (RAS), el comitente incluirá en el presupuesto oficial de la obra, un ítem para que cada proponente pueda incorporar en su oferta, con su correspondiente análisis de precios, el costo que estima le demandará la tarea. Cuando la viabilidad de prestación del servicio público esté sujeta a la ejecución de alguna obra, su ejecución deberá estar incorporada en el proyecto. La presente especificación establece las normas a seguir para cumplir con las Medidas de Prevención, Mitigación y Plan de Gestión Ambiental y Social previstos para el desarrollo de las obras correspondientes al cada Proyecto hasta su recepción definitiva, con el objeto de prevenir y mitigar los...
EQUIDAD DE GÉNERO. “El licitante, deberá presentar documentación que acredite haber aplicado políticas y prácticas de igualdad de género, conforme a la certificación o carta correspondiente emitida por las autoridades y organismos facultados para tal efecto, en términos de lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.” 0.24 No se otorgarán puntos al licitante que no entregue la documentación o que ésta no cumpla con lo requerido.
EQUIDAD DE GÉNERO. Las partes acuerdan exhortar al cumplimiento de las siguientes leyes de género: Ley 16045 de no discriminación por sexo; Ley 17514 sobre violencia doméstica y Ley 17817 referente a xenofobia, racismo y toda forma de discriminación. Así mismo reafirman el principio de igualdad de oportunidades, trato y equidad en el trabajo, sin distinción o exclusión por motivos de sexo, raza, orientación sexual, credo u otras formas de discriminación, de conformidad con las disposiciones legales vigentes (CIT 100, 111, 156; ley 16045 y Declaración Sociolaboral del MERCOSUR).
EQUIDAD DE GÉNERO. T10 (EQUIDAD DE GÉNERO) EL Licitante deberá presentar un certificado vigente de cumplimiento de la Norma Mexicana NMXR-025-SCFI-2015 para la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres, debidamente firmado por un organismo certificador acreditado por la Entidad Mexicana de Acreditación (art. 14, segundo párrafo de la LAASSP). 2.2.2.6.- EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DE LICITANTE
EQUIDAD DE GÉNERO. El licitante deberá presentar certificado vigente emitido por las autoridades y organismos facultados para tal efecto, en el que conste que en su empresa se han aplicado políticas y prácticas de igualdad de género, y en caso de ser así demostrar su cumplimiento. 6.16 MANIFESTACIÓN DEL TAMAÑO DE LA EMPRESA 6.7. PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA Anexo 1 Anexo A Razón social de la empresa participante: __________________________________ Nota: Este formato será requisitado durante el proceso de evaluación por personal de NAFIN, no será llenado por los licitantes participantes.
EQUIDAD DE GÉNERO. Las partes acuerdan exhortar al cumplimiento de las siguientes leyes de género: Ley 16045 de no discriminación por sexo; Ley 17514 sobre violencia doméstica y Ley 17817 referente a xenofobia, racismo y toda forma de discriminación. Asímismo reafirman el principio de igualdad de oportunidades, trato y equidad en el trabajo, sin distinción o exclusión por motivos de sexo, raza, orientación sexual, credo u otras formas de discriminación, de conformidad con las disposiciones legales vigentes (CIT 100, 111, 156); ley 16045 y Declaración Sociolaboral del MERCOSUR. Las empresas promoverán la equidad de género en toda la relación laboral, comprometiéndose, a tales efectos, a respetar el principio de no discriminación a la hora de fijar remuneraciones, promover ascensos o adjudicar tareas.
EQUIDAD DE GÉNERO. (Certificado correspondiente, emitido por Autoridades y Organismos facultados para tal efecto).
EQUIDAD DE GÉNERO. En el diseño, planificación, y ejecución de las actividades y o acciones que comprenda el presente Convenio y sus Acuerdos Complementarios; las partes se comprometen a:
EQUIDAD DE GÉNERO. Presentar certificación emitida por autoridades y organismos facultados para ello donde se evidencie que han aplicado políticas y prácticas de igualdad de género documento ET-PP-07. Al presentar certificación se otorgara el porcentaje máximo en caso de no presentarlo se asignaran Ceros Puntos. El Licitante acreditará ser empresa MIPYME mediante escrito bajo protesta de decir verdad y presentar documento expedido por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), la producción de bienes con innovación tecnológica relacionados con el servicio solicitado. Según el tipo de empresa se asignaran los puntos de acuerdo a lo siguiente Descripción Presenta documentación acreditada ante el IMPI No presenta documentación acreditada ante el IMPI Puntos 0.20 0.00

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.