CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR Cláusulas de Ejemplo

CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR. HASTA 20 PUNTOS
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR. La puntuación de este criterio tendrá un máximo de 32 puntos y se hará de acuerdo con lo reflejado en la Propuesta Técnica presentada por los licitadores, prestándose especial atención a la arquitectura de la solución técnica e integración de los diferentes servicios. A lo largo de este documento se han indicado los aspectos a tener en cuenta para esta valoración, así pues, podemos desglosar estos criterios atendiendo a los siguientes conceptos: Criterio Descripción Puntuación máxima Plan de numeración privado. Extensiones en telefonía fija y móvil Se valorará que la solución ofertada permita realizar llamadas, mediante marcación abreviada, tanto a cualquier extensión de la red fija corporativa como a cualquier teléfono móvil corporativo. Asimismo, que desde cualquier teléfono móvil corporativo, sea posible llamar mediante la marcación abreviada, a cualquier otro móvil corporativo o fijo de la Red Corporativa 4 puntos Conexión a la Red Corporativa desde la red móvil Se valorará el diseño de un proyecto de conexión a la Red Corporativa de la FVMP vía accesos móviles para aquellos usuarios que lo necesiten. Este acceso deberá basarse en el uso de un enlace de datos dimensionado de forma adecuada por el operador y cursará exclusivamente tráfico sobre el servicio de datos que constituye la Red Corporativa de la FVMP. Se valorará positivamente que la integración de estos accesos sea total y funcione como una única red de datos. 3 puntos Escalabilidad de la solución de acceso a Internet en el CPD. Asimismo, la red deberá ser suficientemente escalable, y con facilidad para abordar los posibles incrementos de ancho xx xxxxx y número de conexiones. Para ello el adjudicatario deberá tener en cuenta una previsión de crecimiento de al menos un 50% en el CPD a lo largo de la duración del contrato, acorde con las posibles demandas 6 puntos de la red de la FVMP. Esta documentación se utilizará para la valoración de la escalabilidad Redundancia de la solución propuesta. Sistemas de redundancia a nivel de voz y datos. 5 puntos Solución técnica. Arquitectura global de la solución. Adecuación de las infraestructuras de telecomunicaciones de la FVMP para cumplir los requisitos en Telefonía fija, Móvil y acceso a Internet. 6 puntos Niveles de Atención al Cliente y Facturación. 3 puntos Cumplimiento Esquema Nacional de Seguridad 5 puntos Aclaración a la valoración: La valoración de cada oferta se ceñirá a la documentación normalizada, según la documentación estructurada exigida...
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR. Hasta 10 puntos.  Memoria de organización del servicio. Hasta un máximo de 10 puntos. Este criterio se subdividirá a su vez en apartados, los cuales se relacionan a continuación en función de su importancia a la hora de seleccionar la oferta que mejor se adecue a las necesidades a satisfacer con la contratación de este servicio. Los aspectos a valorar dentro de este apartado serán los siguientes: a) Programación secuencial de un día de trabajo, que se exige como contenido obligatorio de la Memoria. Se valorará su disposición adecuada con la finalidad que se pretende conseguir con la presente contratación, así como la adecuada relación que se establecerá entre el personal que asigne la empresa adjudicataria a la ejecución del contrato con el personal de la Universidad implicado en los mantenimientos. Hasta un máximo de 3 puntos. b) Propuesta justificada de distribución de los medios técnicos y humanos necesarios para la realización de las prestaciones comprendidas en el contrato, (en el anexo 2 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas están los datos de los avisos de trabajo de un año), la cual debe ser acorde con la planificación y control de la actividad así como de la carga de trabajo estimada. Se tendrán en cuenta los medios técnicos y humanos que se han establecido como mínimo y en su caso los adicionales ofertados por las empresas licitadoras; también se valorará la realización de un cronograma, primando que el desarrollo de los trabajos a ejecutar se realice en el mayor periodo de tiempo de apertura diaria de las instalaciones universitarias de 8:00-21:00. Hasta un máximo de 3 puntos. c) Medios técnicos y humanos adicionales ofertados por las empresas licitadoras, siempre que se justifique adecuadamente la forma en que este aspecto repercutirá en la mejora de la prestación del servicio. Hasta un máximo de 2 puntos. Firmante: VICERRECTOR DE ECONOMIA SOSTENIBILIDAD Y CIENCIAS DE LA SALUD - UNIVERSIDAD XX XXXXXX; Fecha-hora: 12/04/2016 12:02:30; Emisor del certificado: C=ES,O=ACCV,OU=PKIACCV,CN=ACCVCA-120; Código seguro de verificación: RVhQMGqX-pylbToO1-wyI9JHrF-Fza26UBO Página 22 de 42
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR. (Total 25 puntos) A.1. Calidad y adecuación metodológica de la programación: máximo 20 puntos. La programación de cada una de las acciones formativas de este lote debe desarrollarse en base a los requisitos mínimos indicados en el PPT. La metodología propuesta debe ser eminentemente comunicativa, dinámica y proactiva, realizando actividades y ejercicios relacionados con el ámbito profesional del alumnado. Para la valoración se tendrán en cuenta los siguientes criterios: A.1.1. Adecuación de los objetivos a la finalidad y duración del curso y a las características del alumnado. Máximo 5 puntos. A.1.2. Adecuación de los contenidos propuestos respecto a las competencias a adquirir. Máximo 5 puntos. A.1.3.
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR. Hasta un total de 40 PUNTOS distribuidos de la siguiente manera: Servicios de Mantenimiento: 12 Gestión Técnica del Portal: 12 Servicios de traducción: 3 Lectura automática de Contenidos: 4
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR hasta 50 puntos
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR. (23 Puntos)
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR. Alega la recurrente que “los coeficientes de ponderación establecidos en la cláusula 1.8.2 del PCAP, a aplicar a los diversos subcriterios de valoración establecen una disparidad excesiva entre lo que implica una oferta “completa” y “satisfactoria”, a la que se aplicaría 0,65, y lo que es una oferta “óptima”, a la que se aplicaría un coeficiente de 1. Esta diferencia porcentual, de 0,35, tiene como consecuencia que ofertas con semejante calidad técnica serán puntuadas de manera muy dispar, lo que resulta discriminatorio”. La cláusula 8.1.2 del PCAP establece lo siguiente: El órgano de contratación, respecto a esta cuestión sostiene que “El recurrente parte del supuesto de que toda la oferta se valora de forma global y que por lo tanto un licitador tendrá 45 puntos y el siguiente 29,25. Sin embargo, los criterios evaluables mediante juicios de valor se dividen en 30 apartados con su puntuación y valoración independiente, donde cada uno de ellos será valorado con un 1, 0,65, 0,30 y 0 que se multiplicará por los puntos del apartado existiendo cientos de puntuaciones posibles y pudiendo obtener varios licitadores la misma puntuación en todos o varios de los puntos a valorar”. La ponderación de los subcriterios recogida en la cláusula 1.8.2 del PCAP establece cuatro tramos de valoración, cuya puntuación va del 0 al 1. Entre el primer tramo y el segundo la diferencia es de 30 décimas, entre el segundo y el tercero de 35 y entre el tercero y el cuarto de 35 décimas. La proporción en principio es lógica y razonable y es en consecuencia aceptable. Ahora bien, alega igualmente la recurrente que los criterios establecidos tienen en cuenta elementos insuficientemente precisos argumentando que “Estos criterios “amplitud de los elementos tratados”, “grado de detalle del estudio realizado”, “concreción de las soluciones adoptadas” y “exhaustividad de la documentación técnica aportada”, son conceptos excesivamente vagos que van a determinar la aplicación de los coeficientes de ponderación a cada uno de los subcriterios, lo que implica que no se puedan elaborar adecuadamente las ofertas por parte de los licitadores para poder centrar sus esfuerzos en los concretos aspectos de sus ofertas que van a ser más puntuados por el órgano de contratación”. El órgano de contratación en el informe sostiene que “el hecho de que el sistema de puntuación no agrade al recurrente no es motivo suficiente para que se Este Tribunal ya se ha pronunciado en diversas ocasiones sobre los requisit...
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR a) Servicios COMPLEMENTARIOS para la mejora de la oferta: hasta 30 puntos. Se valorarán los siguientes: • Monitor/es acompañante/s para esquí libre fuera del horario de las clases – 15 puntos • Actividades sustitutivas en caso de mal tiempo o no apertura – 10 puntos • Local en Borreguiles para atención directa a los participantes – 5 puntos La adjudicación recaerá en la empresa licitadora que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios de adjudicación y valoración expuestos en el presente Pliego. En caso de haberse resuelto un empate entre dos o más proposiciones, la propuesta de adjudicación se hará a favor de la empresa que haya realizado la oferta económica con precio más bajo. Si persiste el empate se atenderá a la puntuación de cada uno de los restantes criterios por el orden enunciado en la cláusula 9 de este Pliego y, finalmente, de acuerdo con la disposición adicional cuarta del TRLCSP, la propuesta de adjudicación se hará a favor de la empresa que tenga en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2%. Si varias empresas de las que hubieran empatado, en cuanto a la proposición más ventajosa, acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2%, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla (se habrá de acreditar documentalmente). Asimismo, gozarán de preferencia en la adjudicación de los contratos las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica o profesional, cumplan con los principios de igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres en el mercado de trabajo, conforme a lo establecido en la LO 3/2007, siempre que estas proposiciones igualen en sus términos a la más ventajosa desde el punto de vista de los criterios de adjudicación (se habrá de acreditar documentalmente). Si aún persiste el empate, la adjudicación se decidirá mediante sorteo.
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR. Se establece una puntación máxima de 20 puntos para los criterios evaluables mediante juicio de valor distribuyendo los mismos de la siguiente forma: Máximo 5 puntos. Se valorará la descripción de las tareas identificadas para la consecución de los objetivos, planificación y metodología aplicada. Máximo 15 puntos. Se valorarán todas aquellas propuestas e iniciativas de los licitadores que, sin constituir requisito explícito de las condiciones de este pliego y ser objeto de valoración en otros criterios, planteen ampliaciones que supongan elementos objetivos de calidad en el desarrollo del proyecto. Ponferrada, 3 xx xxxxx de 2010 Fdo. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx