Contrato de Exploración y Producción Cláusulas de Ejemplo

Contrato de Exploración y Producción. DE HIDROCARBUROS No. [***] Página 24 de 157
Contrato de Exploración y Producción. DE HIDROCARBUROS No. [***] Página 44 de 157 Operador Concepto Para todos los efectos, el Operador asume la representación del Contratista ante la ANH. El Operador es el Contratista o la persona jurídica integrante del Contratista Plural, responsable de conducir las actividades de Exploración, Evaluación, Desarrollo y Producción de Xxxxxxxxxxxxx y de asumir el liderazgo y la representación de aquel o aquellos, así como de dirigir la ejecución contractual y las relaciones con la ANH. Individualmente debe contar con y mantener todos los requisitos de Capacidad Técnica y Operacional, Medioambiental y en materia de Responsabilidad Social Empresarial, de conformidad con el Reglamento de Contratación para Exploración y Explotación de Hidrocarburos de la ANH y los Términos de Referencia. En todo caso, el Operador seleccionado debe contar con la aprobación de la ANH. Operador en Contratistas Plurales Siempre que la Parte Contratista esté integrada por número plural de personas jurídicas, debe establecerse claramente cuál de ellas, que reúna los requisitos de Capacidad Técnica y Operacional, ha sido seleccionada para actuar en condición de Operador, previa aprobación expresa y escrita de la ANH. Operador Delegado No obstante la Cláusula 7.2.2 anterior, si la Parte Contratista está conformada por un Contratista Plural, entre los cuales al menos uno de sus integrantes distinto del Operador, figura directamente o a través de su Matriz o Controlante en la última publicación de “The Energy Intelligence Top 100: Ranking the World´s Top Oil Companies” de la firma “Energy Intelligence”, como empresas de tipo integrado o “Upstream” y/o de la última publicación de “The Platts Top 250 Global Energy Company Rankings” de “S&P Global Xxxxxx” en las categorías: “Oil & Gas Exploration and Production” o “Integrated Oil & Gas” y el Contratista considera que se requieren dos (2) Operadores diferentes a un mismo tiempo durante la vigencia de este Contrato, con el propósito de llevar a cabo operaciones específicas en el Área Asignada en Exploración, en Evaluación y/o en Producción, el Contratista podrá solicitar por escrito a la ANH su autorización para designar al integrante de la asociación que satisface la condición anteriormente mencionada, para que actúe como Operador Delegado respecto de tales operaciones específicas en la respectiva porción del Área Asignada. Esta solicitud debe incluir las argumentaciones que soportan la CONTRATO DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN DE HIDROCARBUROS No. ...
Contrato de Exploración y Producción. DE HIDROCARBUROS No. [***] Página 101 de 157 Moneda de denominación y pago de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales La póliza de cumplimiento de obligaciones laborales deberá estar denominada y será pagadera en pesos colombianos. Asegurados y beneficiarios de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales Deberán designarse como tomador afianzado al Contratista, como asegurado de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales a la ANH y como beneficiario a la ANH. Causales de ejecución de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales La ANH tendrá derecho a ejecutar la póliza (i) cuando el Contratista incumpla cualquiera de las obligaciones laborales, de seguridad social, y seguridad y salud en el trabajo del Contratistas, derivadas de la contratación del personal utilizado (empleados y contratistas del Contratista así como contratistas de estos últimos) para la ejecución del objeto del Contrato y/o el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Contratistas en virtud del presente Contrato, y (ii) como consecuencia de dicho incumplimiento la ANH resulte obligada a pagar o indemnizar a cualquier empleado y/o contratista del Contratista y/o contratistas de estos últimos (“Causales de Ejecución Obligaciones Laborales”). Procedimiento de ejecución de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales Ante la ocurrencia de cualquiera de las Causales de Ejecución Obligaciones Laborales, dando plena aplicación al principio de debido proceso y a los demás principios aplicables a las actuaciones administrativas, con plena garantía al Contratista de los derechos de representación, defensa y contradicción, la ANH proferirá un acto administrativo mediante el cual declarará la ocurrencia de las causales de ejecución, y cuando ello proceda, hará efectivas la cláusula penal pecuniaria y multas, cuantificará los perjuicios, ordenará los pagos a que haya lugar por todos los conceptos al Contratista y a los garantes, y señalará con precisión y claridad los hechos y las disposiciones legales y contractuales en que fundamenta sus decisiones. Para el efecto, la ANH deberá surtir el procedimiento previsto en la Cláusula 17.2 del presente Contrato. El acto administrativo, junto con el Contrato y los documentos en que consta la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales, constituye título ejecutivo y prestará mérito ejecutivo para su cobro coactivo y mediante proceso ejecutivo, y por si sólo constituye prueba de la ocurrencia del sinies...
Contrato de Exploración y Producción. E&P: Tiene por objeto otorgar al Contratista derecho exclusivo para acometer y desarrollar actividades exploratorias en un Área determinada y para producir los Hidrocarburos propiedad del Estado que se descubran dentro de la misma, a sus únicos costo y riesgo y con arreglo a programas específicos, a cambio de retribuciones consistentes en el pago de Regalías y Derechos Económicos. La exclusividad que se otorga en razón de estos Contratos se circunscribe también al Tipo de Yacimiento para cuya Exploración y Producción se hayan celebrado, de manera que no impide que la ANH desarrolle directamente labores destinadas a obtener información técnica adicional en el Área, o que la asigne a otro interesado, cuando las condiciones de Capacidad no permitan al Contratista extender sus actividades a otro Tipo Yacimiento y este no se asocie para alcanzarla, y para este preciso efecto.
Contrato de Exploración y Producción. DE HIDROCARBUROS No. [***] Página 65 de 157 El acto administrativo, junto con el Contrato y los documentos en que constan la Garantía Fondo de Abandono, constituye título ejecutivo y prestará mérito ejecutivo para su cobro coactivo y mediante proceso ejecutivo, y por si sólo constituye prueba de la ocurrencia del siniestro amparado por la garantía y título suficiente para su ejecución frente al garante en los términos del acto administrativo correspondiente. No limitación de responsabilidad y derecho a indemnización plena La ejecución total o parcial de la Garantía Fondo de Abandono no constituye una limitación de responsabilidad ni podrá interpretarse en ese sentido, y debe entenderse sin perjuicio del derecho que asiste a la ANH a reclamar la indemnización completa por todas las pérdidas, daños y perjuicios ocasionados por causas imputables al Contratista. Adicionalmente, la ejecución de la Garantía Fondo de Abandono por parte de la ANH no exonera al Contratista del cumplimiento de todas sus obligaciones. Costos asociados con la Garantía Fondo de Abandono y gastos de ejecución La totalidad de los gastos y costos asociados con la Garantía Fondo de Abandono, incluyendo los necesarios para su emisión, mantenimiento, renovación, prórroga y modificaciones, así como comisiones, precios, primas y honorarios, serán asumidos en su totalidad, sin excepción y exclusivamente por el Contratista. El Contratista estará obligado también a asumir, cubrir y pagar, en su totalidad, sin excepción y exclusivamente, todos y cada uno de los deducibles a que haya lugar. Reglas adicionales especiales cuando la garantía sea una póliza de seguros Cuando el tipo de garantía seleccionado sea una póliza de seguros, se aplicarán las reglas previstas en los artículos 2.2.1.2.3.2.1 a 2.2.1.2.3.2.7 del Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015 o las disposiciones que los modifiquen, complementen o sustituyan, en aquello que no esté expresamente regulado en el presente Contrato.
Contrato de Exploración y Producción. DE HIDROCARBUROS No. [***] Página 7 de 157 Interpretación Salvo que el contexto del presente Contrato lo requiera de manera diferente, las siguientes reglas serán utilizadas para interpretar el Contrato:
Contrato de Exploración y Producción. DE HIDROCARBUROS No. [***] Página 13 de 157 Prórroga del plazo de duración de la Fase Preliminar
Contrato de Exploración y Producción. DE HIDROCARBUROS No. [***] Página 15 de 157 Aplicación de las reglas del presente capítulo cuando se certifique o se confirme la presencia de grupos étnicos en la Zona de Influencia en periodos distintos a la Fase Preliminar Cuando se certifique o se confirme la presencia de grupos étnicos en la Zona de Influencia en periodos distintos a la Fase Preliminar, las Partes darán aplicación a las reglas establecidas en el presente
Contrato de Exploración y Producción. DE HIDROCARBUROS No. [***] Página 18 de 157 Actividad Exploratoria Remanente Concepto Actividades Exploratorias Remanentes Corresponden a aquellas actividades a cargo del Contratista, que conforman tanto el Programa Mínimo como el Adicional, si se trata del Programa Exploratorio, al igual que las correspondientes al Programa Exploratorio Posterior, de haberlo, que no han sido efectiva y satisfactoriamente ejecutadas al vencimiento del correspondiente Período o Programa (“Actividades Exploratorias Remanentes”).
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