Common use of Contrato de Exploración y Producción Clause in Contracts

Contrato de Exploración y Producción. DE HIDROCARBUROS No. [***] Página 101 de 157 Moneda de denominación y pago de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales La póliza de cumplimiento de obligaciones laborales deberá estar denominada y será pagadera en pesos colombianos. Asegurados y beneficiarios de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales Deberán designarse como tomador afianzado al Contratista, como asegurado de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales a la ANH y como beneficiario a la ANH. Causales de ejecución de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales La ANH tendrá derecho a ejecutar la póliza (i) cuando el Contratista incumpla cualquiera de las obligaciones laborales, de seguridad social, y seguridad y salud en el trabajo del Contratistas, derivadas de la contratación del personal utilizado (empleados y contratistas del Contratista así como contratistas de estos últimos) para la ejecución del objeto del Contrato y/o el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Contratistas en virtud del presente Contrato, y (ii) como consecuencia de dicho incumplimiento la ANH resulte obligada a pagar o indemnizar a cualquier empleado y/o contratista del Contratista y/o contratistas de estos últimos (“Causales de Ejecución Obligaciones Laborales”). Procedimiento de ejecución de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales Ante la ocurrencia de cualquiera de las Causales de Ejecución Obligaciones Laborales, dando plena aplicación al principio de debido proceso y a los demás principios aplicables a las actuaciones administrativas, con plena garantía al Contratista de los derechos de representación, defensa y contradicción, la ANH proferirá un acto administrativo mediante el cual declarará la ocurrencia de las causales de ejecución, y cuando ello proceda, hará efectivas la cláusula penal pecuniaria y multas, cuantificará los perjuicios, ordenará los pagos a que haya lugar por todos los conceptos al Contratista y a los garantes, y señalará con precisión y claridad los hechos y las disposiciones legales y contractuales en que fundamenta sus decisiones. Para el efecto, la ANH deberá surtir el procedimiento previsto en la Cláusula 17.2 del presente Contrato. El acto administrativo, junto con el Contrato y los documentos en que consta la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales, constituye título ejecutivo y prestará mérito ejecutivo para su cobro coactivo y mediante proceso ejecutivo, y por si sólo constituye prueba de la ocurrencia del siniestro amparado por la póliza y título suficiente para su ejecución frente al garante en los términos del acto administrativo correspondiente.

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Contrato de Exploración y Producción. DE HIDROCARBUROS No. [***] Página 101 102 de 157 Moneda Ejecución de denominación la póliza por falta de renovación oportuna Las Partes reconocen que la no renovación y pago entrega de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales La póliza dentro del término establecido en la Cláusula 15.2.3 constituye un incumplimiento grave del Contrato que facultará a la ANH para ejecutar la garantía de cumplimiento vigente, si el incumplimiento no ha sido subsanado faltando tres (3) Días Hábiles para la fecha en que termine vigencia de obligaciones laborales deberá estar denominada la póliza vigente. Cuando se ejecute la póliza en los términos de la Cláusula 15.2.11.1 anterior, el valor objeto de la misma sólo podrá imputarse por la ANH en los términos del acto administrativo ejecutoriado en los términos de la Cláusula 17.2 del presente Contrato. No limitación de responsabilidad y será pagadera en pesos colombianos. Asegurados y beneficiarios derecho a indemnización plena La ejecución total o parcial de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales Deberán designarse como tomador afianzado al Contratistaconstituyen una limitación de responsabilidad ni podrán interpretarse en ese sentido, como asegurado de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales y deben entenderse sin perjuicio del derecho que asiste a la ANH a reclamar al Contratista la indemnización completa por todas las pérdidas, daños y como beneficiario a perjuicios ocasionados por causas imputables al Contratista. Adicionalmente, la ANH. Causales de ejecución de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales La por parte de la ANH tendrá derecho a ejecutar la póliza (i) cuando el no exonera al Contratista incumpla cualquiera del cumplimiento de las todas sus obligaciones laborales, de seguridad social, y seguridad y salud en el trabajo del Contratistas, derivadas de la contratación del personal utilizado (empleados y contratistas del Contratista así como contratistas de estos últimos) para la ejecución del objeto del Contrato y/o el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Contratistas en virtud del presente Contrato, y (ii) como consecuencia de dicho incumplimiento la ANH resulte obligada a pagar o indemnizar a cualquier empleado y/o contratista del Contratista y/o contratistas de estos últimos (“Causales de Ejecución Obligaciones Laborales”)trabajo. Procedimiento de ejecución de Costos asociados con la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales Ante la ocurrencia y gastos de cualquiera de las Causales de Ejecución Obligaciones Laborales, dando plena aplicación al principio de debido proceso y a los demás principios aplicables a las actuaciones administrativas, con plena garantía al Contratista ejecución La totalidad de los derechos de representación, defensa gastos y contradicción, la ANH proferirá un acto administrativo mediante el cual declarará la ocurrencia de las causales de ejecución, y cuando ello proceda, hará efectivas la cláusula penal pecuniaria y multas, cuantificará los perjuicios, ordenará los pagos a que haya lugar por todos los conceptos al Contratista y a los garantes, y señalará costos asociados con precisión y claridad los hechos y las disposiciones legales y contractuales en que fundamenta sus decisiones. Para el efecto, la ANH deberá surtir el procedimiento previsto en la Cláusula 17.2 del presente Contrato. El acto administrativo, junto con el Contrato y los documentos en que consta la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales, constituye título ejecutivo y prestará mérito ejecutivo incluyendo los necesarios para su cobro coactivo emisión, mantenimiento, renovación, prórroga y mediante proceso ejecutivomodificaciones, así como comisiones, precios, primas y honorarios, serán asumidos en su totalidad, sin excepción y exclusivamente por si sólo constituye prueba el Contratista. El Contratista estará obligado también a asumir, cubrir y pagar, en su totalidad, sin excepción y exclusivamente, todos y cada uno de la ocurrencia del siniestro amparado los deducibles a que haya lugar. Reglas adicionales por la ser una póliza y título suficiente para su ejecución frente al garante Por tratarse de una póliza de seguros, se aplicarán las reglas previstas en los términos artículos 2.2.1.2.3.2.1 a 2.2.1.2.3.2.7 del acto administrativo correspondienteDecreto Único Reglamentario 1082 de 2015 o las disposiciones que los modifiquen, complementen o sustituyan, en aquello que no esté expresamente regulado en el presente Contrato.

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Contrato de Exploración y Producción. DE HIDROCARBUROS No. [***] Página 101 140 de 157 Moneda Se exceptúan de denominación lo dispuesto en la Cláusula 24.1.2.1, las hipótesis a que se refieren las Cláusulas 24.1.2.1.2 y pago 24.1.2.1.3 precedentes, es decir, de obtener autorización previa, expresa y escrita de la póliza ANH, pero no de cumplimiento de obligaciones laborales La póliza de cumplimiento de obligaciones laborales deberá estar denominada y será pagadera en pesos colombianos. Asegurados y beneficiarios de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales Deberán designarse como tomador afianzado al Contratista, como asegurado de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales informar a la ANH con quince (15) días hábiles de anticipación al perfeccionamiento de la transacción de que se trate, las transacciones de sociedades abiertas o las que se lleven a cabo en bolsas de valores y aquellas en las cuales el monto total de la Inversión Exploratoria correspondiente al o a los Contratos celebrados con la ANH, incluidas tanto la Mínima obligatoria como beneficiario la Adicional ofrecida y pactada, y/o los activos derivados de la Etapa de Producción de tales Contratos, respectivamente, no superen el veinte por ciento (20%) de los activos totales del Contratista Individual, el Operador y quien o quienes hubieran acreditado la Capacidad Económico Financiera en casos de Contratistas Plurales. También, si la transacción es entre personas jurídicas del mismo grupo empresarial, que tienen la misma Matriz o Controlante que otorgó Garantía Solidaria, basta con que se informe a la ANH. Causales de ejecución Procedimiento Para tramitar la correspondiente autorización, el Contratista debe radicar solicitud formal ante la ANH, con indicación de la póliza naturaleza, objeto y demás elementos de cumplimiento la transacción propuesta; la minuta del Contrato por celebrar, y la determinación precisa de obligaciones laborales todas las condiciones de Capacidad de la persona o personas jurídicas en quienes recaería la cesión proyectada, debidamente acreditadas con todos los documentos exigidos en el Reglamento de Contratación de la ANH y en los Términos de Referencia del certamen que dio lugar al Contrato que proyecta cederse total o parcialmente, o cuyo Contratista Plural se plantea modificar, y, en este último caso, la minuta de reforma al convenio correspondiente (Consorcio o Unión Temporal) o de cesión de derechos societarios (Sociedad Prometida), según aplique. La ANH tendrá derecho a ejecutar la póliza dispone de noventa (i90) cuando el Contratista incumpla cualquiera de las obligaciones laboralesDías Calendario, de seguridad social, y seguridad y salud en el trabajo del Contratistas, derivadas siguientes al recibo de la contratación del personal utilizado (empleados solicitud presentada en forma completa, para estudiar la información suministrada y contratistas del Contratista así como contratistas pronunciarse sobre la misma. De requerirse documentos no acompañados, modificación de estos últimos) para la ejecución del objeto del Contrato los sometidos y/o información no suministrada, la ANH pedirá al introducir los ajustes y realizar las aportaciones pertinentes. En estos eventos, el plazo para resolver comenzará a contarse desde la radicación de todos los requisitos exigidos. Ante la falta de respuesta oportuna de la ANH, es decir dentro del término mencionado en la Cláusula 24.1.3.2, el Contratista podrá solicitar una reunión a la Vicepresidencia de Contratos de Hidrocarburos y/o Vicepresidencia Técnica de la ANH, que esta otorgará dentro de los cinco (5) Días Hábiles siguientes a la solicitud, con el propósito de que éste emita una respuesta debidamente CONTRATO DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN DE HIDROCARBUROS No. [***] Página 141 de 157 justificada. Si la solicitud se refiere al otorgamiento de un plazo, y la ANH no responde la solicitud en el plazo fijado en el presente Contrato, se entenderá que el término cuyo plazo se solicita no vencerá hasta tanto la ANH no emita una decisión o respuesta de fondo respecto de la solicitud. La improbación expresa o tácita de la solicitud no se considera desacuerdo o controversia sometida a arbitraje. Fuerza Mayor y Hechos Exclusivos de Terceros Concepto y Efectos Fuerza Mayor o Caso Fortuito es el imprevisto al que no es posible resistir, y, Xxxxx Exclusivo de Terceros, es el evento también irresistible, jurídicamente ajeno a la Parte que lo alega y que no puede ser imputado a su responsabilidad y diligencia. Tanto la Fuerza Mayor, Caso Fortuito y los Hechos Exclusivos de Terceros se consideran eximentes de responsabilidad patrimonial y dan lugar a la suspensión de los términos para el cumplimiento de las obligaciones contraídas no financieras directa y totalmente afectadas por el Contratistas en virtud estas circunstancias, siempre que estén fuera del presente Contrato, y (ii) como consecuencia de dicho incumplimiento la ANH resulte obligada a pagar o indemnizar a cualquier empleado control y/o contratista del Contratista de la previsión razonable de la Parte afectada y que -puestos oportunamente en conocimiento de la otra-, no se controvierta su imprevisibilidad, irresistibilidad y el carácter de impedimento para la satisfacción de las obligaciones contractuales. La suspensión de plazos operará durante el tiempo en que se mantengan las causas que dieron lugar a ella. La presencia de Fuerza Mayor, Caso Fortuito y/o contratistas de estos últimos (“Causales Hechos Exclusivos de Ejecución Obligaciones Laborales”)Terceros se reconocerá como se describe en la Clausulas 24.2.2 siguiente. Procedimiento de ejecución de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales Ante la ocurrencia de Aviso Cuando cualquiera de las Causales de Ejecución Obligaciones Laborales, dando plena aplicación al principio de debido proceso y a los demás principios aplicables a las actuaciones administrativas, con plena garantía al Contratista de los derechos de representación, defensa y contradicción, la ANH proferirá un acto administrativo mediante el cual declarará la ocurrencia Partes se vea afectada por alguna circunstancia de las causales de ejecución, y cuando ello proceda, hará efectivas la cláusula penal pecuniaria y multas, cuantificará los perjuicios, ordenará los pagos a que haya lugar por todos los conceptos al Contratista y a los garantes, y señalará con precisión y claridad los hechos y las disposiciones legales y contractuales en que fundamenta sus decisiones. Para el efecto, la ANH deberá surtir el procedimiento previsto previstas en la Cláusula 17.2 del presente Contrato. El acto administrativo, junto con el Contrato y los documentos en que consta la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales, constituye título ejecutivo y prestará mérito ejecutivo para su cobro coactivo y mediante proceso ejecutivo, y por si sólo constituye prueba de la ocurrencia del siniestro amparado por la póliza y título suficiente para su ejecución frente al garante en los términos del acto administrativo correspondiente.Cláusula

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Contrato de Exploración y Producción. DE HIDROCARBUROS No. [***] Página 101 108 de 157 Moneda El Contratista podrá presentar seguros de denominación responsabilidad civil extracontractual independientes para cada fase del Contrato, los cuales deberán estar vigentes y pago producir plenos efectos, de manera ininterrumpida, mínimo durante la fase respectiva del Contrato. Antes de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales La póliza de cumplimiento de obligaciones laborales deberá estar denominada y será pagadera en pesos colombianos. Asegurados y beneficiarios terminación de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales Deberán designarse como tomador afianzado vigencia y aplicando al Contratista, como asegurado de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales a la ANH y como beneficiario a la ANH. Causales de ejecución de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales La ANH tendrá derecho a ejecutar la póliza (i) cuando el Contratista incumpla cualquiera de las obligaciones laborales, de seguridad social, y seguridad y salud en el trabajo del Contratistas, derivadas de la contratación del personal utilizado (empleados y contratistas del Contratista así como contratistas de estos últimos) para la ejecución del objeto del Contrato y/o el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Contratistas en virtud del presente Contrato, y (ii) como consecuencia de dicho incumplimiento la ANH resulte obligada a pagar o indemnizar a cualquier empleado y/o contratista del Contratista y/o contratistas de estos últimos (“Causales de Ejecución Obligaciones Laborales”). Procedimiento de ejecución de la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales Ante la ocurrencia de cualquiera de las Causales de Ejecución Obligaciones Laborales, dando plena aplicación al principio de debido proceso y a los demás principios aplicables a las actuaciones administrativas, con plena garantía al Contratista de los derechos de representación, defensa y contradicción, la ANH proferirá un acto administrativo mediante el cual declarará la ocurrencia de las causales de ejecución, y cuando ello proceda, hará efectivas la cláusula penal pecuniaria y multas, cuantificará los perjuicios, ordenará los pagos a que haya lugar por todos los conceptos al Contratista y a los garantes, y señalará con precisión y claridad los hechos y las disposiciones legales y contractuales en que fundamenta sus decisiones. Para el efecto, la ANH deberá surtir efecto el procedimiento previsto en la Cláusula 17.2 15.3.4 del presente Contrato. El acto administrativo, junto con el Contrato y los documentos en que consta la póliza Contratista está obligado a obtener nuevos seguros de cumplimiento de obligaciones laborales, constituye título ejecutivo y prestará mérito ejecutivo para su cobro coactivo y mediante proceso ejecutivo, y por si sólo constituye prueba de la ocurrencia del siniestro amparado por la póliza y título suficiente para su ejecución frente al garante responsabilidad civil extracontractual en los términos del acto administrativo presente Contrato, garantizando que siempre haya seguros de responsabilidad civil extracontractual vigentes que produzcan plenos efectos, de manera ininterrumpida, durante todo el Periodo Cubierto Responsabilidad Extracontractual. En todo evento de extensión o prórroga del plazo de ejecución de la fase o periodo cubiertos, o por razón de restituciones de tiempos durante alguna fase o periodo, el Contratista deberá ampliar el término de vigencia de los seguros de responsabilidad civil extracontractual, para que los mismos estén vigentes y produzcan plenos efectos, de manera ininterrumpida, durante todo el plazo de la fase o periodo respectivos, incluyendo las extensiones o prórrogas. Los seguros de responsabilidad civil extracontractual deberán otorgarse bajo la modalidad de ocurrencia pura por lo que el daño que sufra la víctima debe ocurrir durante la vigencia de la póliza, aunque la reclamación sea posterior, siempre que no haya ocurrido la prescripción. En consecuencia, los seguros de responsabilidad civil extracontractual no podrán establecer términos para presentar la reclamación, inferiores a los términos de prescripción previstos en la ley para la acción de responsabilidad correspondiente.. La aseguradora deberá obligarse en el sentido de informar al asegurado y a la ANH su intención de revocar o no renovar el seguro con una antelación no menor a sesenta (60) Días Hábiles. Límite asegurado de los seguros de responsabilidad civil extracontractual El límite asegurado de los seguros de responsabilidad civil extracontractual, respecto del presente Contrato, variará dependiendo de la profundidad del Área Asignada y de la naturaleza de los descubrimientos así: Profundidad entre nivel del mar y lecho xxxxxx es menor a

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