Procedimientos administrativos Cláusulas de Ejemplo

Procedimientos administrativos. En la medida en que puedan ordenarse remedios civiles derivados de procedimientos administrativos referentes al fondo de un caso, esos procedimientos se atendrán a principios sustancialmente equivalentes a los enunciados en los Artículos 15-38 al 15-44.
Procedimientos administrativos. En aquellos casos en que corresponda a la Comisión expedir actos administrativos, la Comisión se sujetará al procedimiento contemplado en el Capitulo II, del Titulo VII, de la Ley 142 de 1994. Artículo 1.3.25.10Recursos contra los Actos de la Comisión. Contra los actos de la Comisión de carácter particular, sólo procede el Recurso de Reposición que se interpondrá y decidirá en los términos previstos en el Código Contencioso Administrativo y en las normas concordantes. Artículo 1.3.25.11Procedimiento para la designación de peritos. En los eventos determinados por la Ley 142 de 1994, cuando la Comisión deba nombrar peritos, se sujetará a lo establecido en el Capítulo V, del Titulo XIII, del Código de Procedimiento Civil. Artículo 1.3.25.12Procedimiento para el trámite de peticiones y solicitudes. El trámite de las peticiones y solicitudes formuladas a la Comisión será el establecido en el Código Contencioso Administrativo, en las normas concordantes, y en las resoluciones internas que para tal fin rija en el Ministerio de Desarrollo Económico . Toda petición o solicitud después de radicada, será remitida a la Coordinación Ejecutiva para que proceda a su trámite.
Procedimientos administrativos. De conformidad con lo previsto en el inciso 2o. del artículo 36 de la Ley 35 de 1993, el procedimiento administrativo ordinario aplicable a la Superintendencia Bancaria se sujetará a las normas especiales contenidas en los numerales siguientes:
Procedimientos administrativos. El Contratista será el completo responsable de realizar las coordinaciones y gestiones para que durante el desarrollo de las obras no haya escasez de materiales ni mano de obra; también de la presentación y remisión de la documentación contractual que se requiera. Todo deberá estar de acuerdo al Programa de Ejecución aprobado y se deberá cumplir con las fechas programadas para ello. A menos que se indique de otra manera, La Contratista deberá proveer a su costo todos los materiales, mano de obra, equipo, herramientas, transporte y servicios, incluyendo el costo de conexión de acometidas provisionales y permanentes para la ejecución y finalización de la obra.
Procedimientos administrativos. Las partes, en el plazo más breve posible, colaborarán en la elaboración de un Convenio Es- pecífico, donde se determinen las modalidades en las que Correos puede participar en algunos procedimientos administrativos de competencia de la Junta de Extremadura, con la finalidad de acercar la Administración a la ciudadanía. Correos colaborará en la tramitación de los procedimientos a través de la recepción y remisión de la documentación a la Junta de Extremadura; pudiendo proporcionar, asimismo, un siste- ma de verificación de integridad y autenticidad de documentos. Asimismo, en aquellos procedimientos que se determine, Correos podrá poner sus medios a disposición de la Junta de Extremadura para facilitar la identificación del ciudadano, mediante documento identificativo fehaciente, válido y en vigor. Todos los datos quedarán registrados en los sistemas informáticos de Correos. Correos participará en la extensión de los métodos de identificación y firma digital en el xxxxx- xxxxx de la Comunidad Autónoma de Extremadura de acuerdo con las tecnologías existentes en cada momento. De manera concreta las oficinas de Correos en la Comunidad Autónoma de Extremadura se constituirán en oficinas de acreditación de clave permanente y los empleados de Correos serán formados y obtendrán las acreditaciones necesarias para que puedan expe- dir certificados de clave permanente a la ciudadanía. Igualmente se ofrecerá proactivamente información a la ciudadanía sobre clave permanente como mecanismo de identificación y firma electrónica. Las partes analizarán las soluciones electrónicas de que dispone Correos y que pudieran servir como vehículo de comunicación institucional entre la Junta de Extremadura y su ciudadanía.
Procedimientos administrativos. Se efectuará una reunión previa a la iniciación de la construcción en el lugar y fecha convenidos por el Fiscalizador y el Contratista. Deberá participar el personal directivo y técnico de la entidad contratante que tendrá que ver con la obra. En esta reunión se establecerán las relaciones de trabajo, los mecanismos de comunicación entre las partes, las actividades que merezcan una atención especial, los mecanismos de evaluación y control de avance, y el tipo de documentos que se deberán preparar durante la realización del trabajo, tales como planillas, libro de obra, planos de construcción, cronogramas e informes de avance y otros considerados necesarios hasta la culminación total del proyecto. De esta reunión se levantará un acta. Los trámites para la obtención de datos de campo, tales como permisos de construcción, definición de sitios para botaderos, etc., serán de responsabilidad del contratista y deberán ser realizados anticipadamente por el Constructor. Los costos que demanden estas actividades se consideran que se encuentran incluidos en los costos indirectos de la obra.
Procedimientos administrativos. En la medida en que puedan interponerse recursos civiles como resultado de procedimientos administrativos referentes al fondo de un caso, esos procedimientos se atendrán a principios sustancialmente equivalentes a los enunciados en esta sección.
Procedimientos administrativos. En aquellos casos en que corresponda a la Comisión expedir actos administrativos, la Comisión se sujetará al procedimiento contemplado en el Capitulo II, del Titulo VII, de la Ley 142 de 1994. Artículo 1.3.25.10Recursos contra los Actos de la Comisión. Contra los actos de la Comisión de carácter particular, sólo procede el Recurso de Reposición que se interpondrá y decidirá en los términos previstos en el Código Contencioso Administrativo y en las normas concordantes. Artículo 1.3.25.11Procedimiento para la designación de peritos. En los eventos determinados por la Ley 142 de 1994, cuando la Comisión deba nombrar peritos, se sujetará a lo establecido en el Capítulo V, del Titulo XIII, del Código de Procedimiento Civil.
Procedimientos administrativos. Los principios contenidos en esta sección se aplicarán, en cuanto corresponda, si cualquiera de las Partes contempla en su legislación procedimientos administrativos para la protección de los derechos reconocidos en este capítulo.
Procedimientos administrativos. 5 DESMONTAJES Y DEMOLICIONES.........................................................................................................