Formación del personal Cláusulas de Ejemplo

Formación del personal. Todo el personal con independencia de su vinculación jurídico-laboral y a cargo del concesionario recibirá formación en materia de seguridad alimentaria, prevención de riesgos laborales, primeros auxilios y en materia dietético-nutricional. La formación del personal en materia de seguridad alimentaría será de forma continua y por cuenta del concesionario, siempre siguiendo lo establecido en la legislación vigente. El concesionario será responsable de implantar y mantener actualizado un Plan de Formación de Manipuladores, documentado y con los registros correspondientes, en cada uno de los locales, como parte del Sistema de Autocontrol. Los concesionarios deberán ejecutar el plan de formación específico presentado en su programa de trabajo, en el que aparecerá (con el detalle concreto para cada trabajador) el contenido de las unidades didácticas, calendarios previstos de impartición, especificando duración, materias, destinatarios, metodologías, etc. Con independencia del anterior, el concesionario deberá ejecutar un plan de Formación que incluya, en todo caso, formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales y Primeros Auxilios. La formación en materia Dietético-Nutricional del personal que participa en la prestación del servicio público, irá dirigida a la detección y prevención de posibles problemas de salud, inmediatos y a largo plazo, ligados a la nutrición, alimentación equilibrada y promoción de hábitos alimentarios saludables. El comedor escolar es entendido como un aula más de enseñanza, donde además de ofrecer menús equilibrados se debe inculcar al alumnado hábitos de vida saludable y por tanto se hace necesario sensibilizar a los cuidadores en los conocimientos relacionados con la salud, alimentación equilibrada, producción y alimentación ecológica, sostenibilidad, medio ambiente, etc., así como en actividades relacionadas con el ocio y tiempo libre. Para ello, las empresas licitadoras pondrán en práctica un programa didáctico y formativo en el que se impartan estos conceptos. En todo caso, deberán haber recibido la formación correspondiente de manipulador de alimentos y en higiene alimentaria de conformidad con el Plan de Formación de manipuladores. Esta formación deberá acreditarse mediante la presentación del diploma o certificado de participación en programas formativos encuadrados dentro de la iniciativa de formación programada en empresas contemplada en el artículo 9 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Siste...
Formación del personal. La empresa adjudicataria, en la fecha de inicio del contrato del servicio, deberá garantizar que el personal de Operación se encuentra formado para trabajar mediante los protocolos de actuación que se hayan validado por el C.T.C.M. En todo caso deberá haber recibido formación en las materias que se citan a continuación: • Gestión de llamadas en Emisión. El trato al ciudadano. • Conocimiento de la estructura y organización del C.T.C.M. • Conocimiento exhaustivo de la herramienta de gestión de llamadas diseñada para el servicio por el adjudicatario. La empresa adjudicataria se compromete a: Proporcionar al personal una formación continuada mediante cursillos, charlas, documentación, etc. Especialmente el adjudicatario deberá proporcionar, al menos, un curso de formación en las técnicas de gestión telefónica de llamadas a su personal dedicado al servicio contratado por la Administración. Dada la naturaleza del servicio que se contrata, la firma adjudicataria garantizará siempre el servicio contratado frente a cualquier tipo de incidencia relacionada con el personal, incluyendo las situaciones de conflicto laboral. La empresa adjudicataria mantendrá el suficiente personal contratado y formado, para posibles sustituciones o aumento de las necesidades ordinarias o extraordinarias del servicio. El cuadrante de turnos de operación deberá satisfacer los siguientes requisitos: • Repartir de forma ecuánime, entre el personal afectado, los días festivos o vacacionales, así como las modalidades de turnos existentes. • Establecer turnos de gestión de llamadas que compatibilicen una prestación óptima del servicio con la mayor calidad posible de horarios para el personal trabajador. • Respetar los tiempos de descanso y libranza contemplados en la normativa laboral vigente. La empresa que resulte adjudicataria del presente concurso, se comprometerá por escrito que a la finalización del contrato, facilitará el adecuado relevo en la prestación del servicio de explotación operativa con la hipotética nueva empresa adjudicataria que pudiera resultar en un nuevo concurso público.
Formación del personal. El adjudicatario estará obligado a proporcionar al personal que se adscriba a la prestación del servicio los cursos de formación y actualización necesarios para la prestación del servicio, sin que ello afecte a la prestación contratada.
Formación del personal. 1.- SOTUR consciente de la importancia de la Formación Profesional del personal, realizará en colaboración con los Representantes de los trabajadores, un Plan de Formación Profesional que se presentará durante el primer trimestre de cada año.
Formación del personal. Las partes consideran que la formación del personal es un instrumento esencial para atender las necesidades formativas de los empleados y para transmitir los valores corporativos de la empresa y mantener un alto grado de cualificación profesional en el personal. El conjunto de aspectos que forman parte de la formación se recoge en el vigente Plan General de Formación para el conjunto de los empleados de la empresa, negociado y acordado con los representantes de los trabajadores el 29 xx xxxx de 2018 y que regula: – Los objetivos de la formación. – Los derechos y deberes de los empleados. – La organización de la formación. – La tipología de la formación. – Los cauces para la detección de necesidades formativas. – La gestión de la formación. – Las condiciones para la realización de las actividades formativas. – El seguimiento y control de la formación. – El sistema de evaluación de la formación. – Las ayudas para la formación continua a través de la Fundación Tripartita. Las modificaciones al Plan General de Formación se realizarán en el seno de la Comisión Intercentros de formación.
Formación del personal. El Contratista se obliga a prestar a su personal los cursos de formación necesarios a efectos de que obtengan el grado de conocimiento suficiente sobre el funcionamiento, prestaciones y rendimiento de las instalaciones del Edificio de las modificaciones o mejoras introducidas en el mismo, así como para mantener actualizados sus conocimientos en lo necesario para la correcta ejecución de los Servicios, según lo ofertado y lo establecido en el Pliego de prescripciones técnicas.
Formación del personal. —De conformidad con lo pre­ visto en el artículo 23 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y para facilitar la promoción y formación profesio­ nal en el trabajo, el personal afectado por el presente convenio ten­ drá los siguientes derechos y beneficios, según las clases de forma­ ción que se indican a continuación:
Formación del personal. La Empresa elaborará anualmente el Plan de Formación, que será entregado a los Delegados de Personal, conteniendo los contenidos formativos para el año en cuestión, independientemente, por iniciativa de la Empresa o a propuesta de los trabajadores, la Dirección podrá organizar otros cursillos o seminarios tendentes a mejorar los conocimientos profesionales del personal para el desarrollo de su trabajo. Asimismo, será parte de la responsabilidad del puesto de trabajo de cada trabajador, realizar cursillos para estar al corriente de las nuevas técnicas que ayuden al ejercicio de sus funciones. La asistencia de cursillos de formación profesional, serán tenidos en cuenta en la valoración del historial del trabajador para caso de promociones.
Formación del personal. La empresa adjudicataria se compromete a formar debidamente al personal a su cargo, especialmente en materia de riesgos laborales, manipulación de alimentos, atención al cliente, medidas higiénico - sanitarias y medioambientales. Las empresas licitadoras presentarán su plan de formación en los términos establecidos en la cláusula 10ª, SOBRE 2, apartado 1 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas, requiriendo como mínimo las siguientes temáticas:
Formación del personal. Formación in situ en las reparaciones básicas, en el CIBA, para el personal de mantenimiento de la UBU, que puede incluir una jornada en fábrica o centro encargado de las reparaciones y mantenimientos del mobiliario en la casa suministradora hasta 2 Puntos En los subapartados 2 y 3 de este criterio, la Mesa otorgará la máxima puntuación a la mejor oferta. El resto de ofertas se valorarán de forma proporcional.