Garantías adicionales Cláusulas de Ejemplo

Garantías adicionales. Las partes acuerdan no aportar garantías adicionales a la fianza legal mencionada en la estipulación anterior.
Garantías adicionales. Sin perjuicio de la obligación del depósito de la fianza regulado en la presente Ley y en la legislación de arrendamientos urbanos, el arrendatario y el arrendador pueden establecer otras garantías adicionales, incluida la suscripción de una póliza de seguro, para garantizar que la vivienda arrendada sea devuelta en su estado original.
Garantías adicionales. De igual forma quedan incluidas las Garantías Adicionales que a continuación se indican:
Garantías adicionales. En los casos en que, de acuerdo a la política de créditos de EL BANCO, EL CLIENTE se encuentre obligado a otorgar garantías adicionales, lo referente a las mismas se encontrará detallado en el contrato de constitución de garantía que se obliga a suscribir.
Garantías adicionales. El LICENCIATARIO, por cuenta propia, deberá hacer, o ejecutar o procurar que se hagan o ejecuten todos los actos, procedimientos, documentos y cualquier cosa que esté razonablemente a su alcance para cumplir este acuerdo, tal como decida solicitarlo el LICENCIANTE.
Garantías adicionales. Las partes harán todo lo que esté en sus manos por que las terceras partes cumplan con sus obligaciones según lo previsto al objeto de dar cumplimiento efectivo al presente Contrato.
Garantías adicionales. (a) En el supuesto de que el Acreditado otorgue a favor de cualquier tercero cualquier tipo de Garantía Real o garantía de cualquier otro tipo a los efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de cualquier instrumento de Deuda Externa u otorgue cualquier tipo de preferencia o prioridad en relación con el cumplimiento de las mismas/los mismos, el Acreditado deberá informar al Banco de eso y, previo requerimiento del Banco a tales efectos, deberá otorgar Garantía Real o garantías equivalentes a favor del Banco a los efectos de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones bajo el presente Contrato o deberá otorgar a favor del Banco un tipo equivalente de preferencia o prioridad. Esta disposición es igualmente aplicable en aquellos supuestos en los que un préstamo, crédito, empréstito u otro tipo de Deuda Externa otorgado al Acreditado, o a otra entidad con garantía del Acreditado, por un prestamista o proveedor de fondos cualquiera, sea afianzado o garantizado por una garantía personal o Garantía Real de un tercero en beneficio de dicho prestamista o proveedor de fondos.
Garantías adicionales. Las partes acuerdan no aportar garantías adicionales a la fianza legal mencionada en la estipulación anterior (EN CASO CONTRARIO ESTABLECER EN ESTA CLÁUSULA LA GARANTÍA ESTABLECIDA).
Garantías adicionales. Excepcionalmente, por razones de interés público y sin perjuicio de la concurrencia de alguna de las causas que dan lugar a la resolución del contrato, cuando, durante la ejecución del contrato, se evidencien dificultades técnicas u organizativas de la empresa contratista que afecten al correcto desarrollo de la prestación, el adjudicatario podrá aportar garantías adicio- nales para asegurar el interés público que motivó la necesidad de contratar. Se considerarán garantías adicionales:
Garantías adicionales. Si estuviera contratado y así constase en las Condiciones Particulares de la póliza, el Conductor y ocupantes del vehículo Asegurado, tendrán derecho, además, a las siguientes garantías adicionales: deberán: