RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO SARLAFT Cláusulas de Ejemplo

RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO SARLAFT. El CONTRATISTA declara que a la fecha de suscripción del presente Contrato, conoce lo dispuesto en el numeral 5) del capítulo X de la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia de Sociedades y declara que de encontrarse en alguno de los supuestos de que tratan los literales A) al H) del mencionado numeral 5) y particularmente en el literal G) esto es, que el valor de sus ingresos totales a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, sean iguales o superiores a Ciento Sesenta Mil (160.000) salarios mínimos mensuales, ha realizado el análisis de su exposición al riesgo de LA/FT y ha establecido su propio sistema de autogestión de este riesgo, de conformidad con lo previsto en el numeral 4° de la citada Circular Básica Jurídica. En caso de no encontrarse en los supuestos de que trata el numeral 5) el CONTRATISTA declara que ha tenido en cuenta la recomendación prevista en el último párrafo del numeral 6° de la citada Circular. De esta manera, el CONTRATISTA responderá a FIDUCOLDEX como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo PROCOLOMBIA, indemnizándole por cualquier multa o perjuicio que se le cause originado en el incumplimiento de los compromisos antes expresados. El CONTRATISTA manifiesta que se conoce el Sistema de Prevención xxx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo de FIDUCOLDEX (denominado SARLAFT), como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo PROCOLOMBIA, cuyas políticas se encuentran publicadas en la página web de FIDUCOLDEX, y a las modificaciones que allí se incorporen. En consecuencia, cuando se presente cualquiera de las causales que se enumeran a continuación, FIDUCOLDEX como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo PROCOLOMBIA, mediante comunicación motivada dirigida al CONTRATISTA a su última dirección registrada, estará facultada para dar por terminado y liquidar unilateralmente el presente contrato, procediendo de igual forma a dar por vencidas todas las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, por la sola ocurrencia de la respectiva causal. Así mismo, estará facultada para suspender todos o algunos de los pagos si a ello hay lugar. Las causales que podrán generar la terminación y/o liquidación del presente contrato serán:
RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO SARLAFT. EL CONTRATISTA declara que a la fecha de suscripción del presente Contrato, conoce lo dispuesto en el numeral 5) del capítulo X de la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia de Sociedades y declara que de encontrarse en alguno de los supuestos de que tratan los literales A) al H) del mencionado numeral 5) y particularmente en el literal G) esto es, que el valor de sus ingresos totales a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, sean iguales o superiores a Ciento Sesenta Mil (160.000) salarios mínimos mensuales, ha realizado el análisis de su exposición al riesgo de LA/FT y ha establecido su propio sistema de autogestión de este riesgo, de conformidad con lo previsto en el numeral 4° de la citada Circular Básica Jurídica. En caso de no encontrarse en los supuestos de que trata el numeral 5) EL CONTRATISTA declara que ha tenido en cuenta la recomendación prevista en el último párrafo del numeral 6° de la citada Circular. De esta manera EL CONTRATISTA responderá al PATRIMONIO AUTONOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ PA-FCP, indemnizándole por cualquier multa o perjuicio que se le cause originado en el incumplimiento de los compromisos antes expresados. EL CONTRATISTA manifiesta que conoce el Sistema de Prevención xxx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo del PATRIMONIO AUTONOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ PA-FCP (denominado SARLAFT),
RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO SARLAFT. El CONTRATISTA declara que sus recursos no provienen de ninguna actividad ilícita establecida como tal en la legislación colombiana. De igual manera manifiesta que se somete en su relación con el FIDEICOMISO al Sistema de Prevención al Lavado de Activos y Financiación al Terrorismo de FIDUCOLDEX (denominado SARLAFT) cuyas políticas se encuentran publicadas en la página web de FIDUCOLDEX, y a las modificaciones que allí se incorporen. En consecuencia, cuando se presente cualquiera de las causales que se enumeran a continuación, FIDUCOLDEX como vocera y administradora del FIDEICOMISO, mediante comunicación motivada dirigida al CONTRATISTA a su última dirección registrada, estará facultada para dar por terminado y liquidar unilateralmente el presente contrato, procediendo de igual forma a dar vencidas todas las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, por la sola ocurrencia de la respectiva causal. Así mismo, FIDUCOLDEX como vocera y administradora del FIDEICOMISO estará facultada para suspender todos o algunos de los pagos si a ello hay lugar. Las causales que podrán generar la terminación del presente contrato serán:
RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO SARLAFT. Las Partes declaran que tiene la obligación de prevenir y controlar el Lavado de Activos y la Financiación al Terrorismo y que tomarán las medidas de prevención y control correspondientes en la relación que surge con la suscripción del presente Convenio. LA ENTIDAD manifiesta que se somete en su relación con INNPULSA COLOMBIA, al Sistema de Prevención al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo de FIDUCOLDEX, vocera y administradora del Patrimonio Autónomo, cuyas políticas se encuentran publicadas en la página web de FIDUCOLDEX.
RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO SARLAFT. EL CONTRATISTA manifiesta que la información aportada verbalmente y por escrito, relacionada con el sistema para la administración del riesgo xxx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo – SARLAFT, es veraz y verificable, y se obliga de acuerdo con las circulares externas No. 22 y 061 de 2007 de la Superintendencia Financiera de Colombia a:
RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO SARLAFT. EL CONTRATISTA declara que a la fecha de suscripción del presente Contrato, conoce lo dispuesto en el numeral 5) del capítulo X de la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia de Sociedades y declara que de encontrarse en alguno de los supuestos de que tratan los literales A) al H) del mencionado numeral 5) y particularmente en el literal G) esto es, que el valor de sus ingresos totales a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, sean iguales o superiores a Ciento Sesenta Mil (160.000) salarios mínimos mensuales, ha realizado el análisis de su exposición al riesgo de LA/FT y ha establecido su propio sistema de autogestión de este riesgo, de conformidad con lo previsto en el numeral 4° de la citada Circular Básica Jurídica. En caso de no encontrarse en los supuestos de que trata el numeral 5) EL CONTRATISTA declara que ha tenido en cuenta la recomendación prevista en el último párrafo del numeral 6° de la citada Circular. De esta manera, EL CONTRATISTA responderá al - FCP, indemnizándole por cualquier multa o perjuicio que se le cause originado en el incumplimiento de los
RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO SARLAFT. Se entiende por riesgo de LA/FT la posibilidad de pérdida o daño que puede sufrir una entidad vigilada por su propensión a ser utilizada directamente o a través de sus operaciones como instrumento para el lavado de activos y/o canalización de recursos hacia la realización de actividades terroristas, o cuando se pretenda el ocultamiento de activos provenientes de dichas actividades. El riesgo de LA/FT se materializa a través de los riesgos asociados, estos son: el legal, reputacional, operativo y de contagio, a los que se expone la entidad, con el consecuente efecto económico negativo que ello puede representar para su estabilidad financiera cuando es utilizada para tales actividades. La Sociedad Administradora cuenta con los sistemas para el control de este riesgo, y velará el custodio y demás empresas contratados para prestar los servicios complementarios de que trata el capítulo IV del reglamento de la Familia de Fondos Itaú Asset Management Familia de Fondos cuenten con modelos para mitigar, controlar, medir, analizar y administrar este riesgo.
RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO SARLAFT. EL CONTRATISTA manifiesta que la información aportada verbalmente y por escrito, relacionada con el sistema para la administración del riesgo xxx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo – SARLAFT, es veraz y verificable, y se obliga de acuerdo con las circulares externas No. 22 y 061 de 2007 de la Superintendencia Financiera de Colombia a: Actualizar la documentación e información aportada que exige FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. para el conocimiento del cliente, dando cumplimiento a las disposiciones contenidas tanto en el Manual SARLAFT de LA FIDUCIARIA y las Circulares de la Superintendencia Financiera de Colombia expedidas con posterioridad a la entrada en vigor del referido Manual; así como, todos los demás documentos e información que LA FIDUCIARIA estime pertinentes.
RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO SARLAFT. 63 6.15 ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN. 65
RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO SARLAFT. 55 5.17. ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN. 56 5.18. AUTORIZACIÓN, REPORTE Y CONSULTA A LA CIFIN, AUTORIZACIÓN EXPRESA PARA REPORTAR, CONSULTAR Y COMPARTIR INFORMACIÓN CONTENIDA EN LAS BASES DE DATOS FINANCIERA, CREDITICIA, COMERCIAL, DE SERVICIOS Y LA PROVENIENTE DE OTROS PAÍSES 57 5.19. ANEXOS 57 CAPÍTULO 1 CONDICIONES GENERALES