OBLIGACIONES ADICIONALES Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES ADICIONALES. 16.1 Sin perjuicio de las demás obligaciones legales y convencionales a su cargo, las Partes se obligan a actuar verazmente frente al público, proporcionando una información clara, suficiente y no discriminatoria, evitando términos u omisiones capaces de inducirlo a error sobre cualquier aspecto de la modalidad de llamadas CPP o sobre la diferente actividad y responsabilidad inherente a cada una de las Partes.
OBLIGACIONES ADICIONALES. 31 Cláusula 14.1. Obligaciones Adicionales 31 SECCIÓN XV. ACUERDO TOTAL 31
OBLIGACIONES ADICIONALES. Cada parte y sus respectivos funcionarios, empleados y agentes deberán celebrar cualesquier escrituras, documentos, instrumentos y actos que sean razonablemente necesarios dar cumplimiento y efecto al presente Contrato.
OBLIGACIONES ADICIONALES. Usted deberá pagarnos cuando lo solicitemos; • Cualquier sanción y costas judiciales de infracciones de aparcamiento, carril bus, multas y peajes, infracciones viarias o cualquier otro delito relacionado con el Vehículo que podamos recibir de los que usted o cualquier otro conductor o cualquier otra persona a la que usted haya permitido usar el Vehículo sea responsable hasta que se devuelva el Vehículo, a menos que esté provocado por nuestra propia responsabilidad. • Un cargo adminitrativo por tramitar cualquier multa o delito contra el Vehículo, por nuestra parte de los que usted o cualquier otro conductor o cualquier otra persona a la que usted haya permitido usar el Vehículo durante el Periodo de Xxxxxxxx, a menos que esté provocado por nuestra propia responsabilidad. • Nuestros costes, incluidas las costas legales cuando la ley así lo permita, en los que incurramos al reclamar pagos adeudados bajo este Acuerdo a través de los tribunales y en el caso de la emisión de una sentencia a nuestro favor; • Un cargo de recogida para los costes de abandono si el Vehículo no se devuelve en la oficina de alquiler original indicada en el Resumen Contrato Alquiler; • Un cargo de limpieza si no llega a devolver el Vehículo en un buen estado, como se indica en nuestra lista de cargos de reparaciones menores; • Un cargo de repostaje de combustible (Cargo De Combustible) se incluirá en el Resumen Contrato Alquiler del Acuerdo si no nos devuelve el Vehículo con el mismo nivel de combustible que tenía al inicio del Periodo de Alquiler (este nivel es el que se indica en el Resumen Contrato Alquiler) a menos que se haya adquirido al inicio del Periodo de Alquiler un producto de combustible opcional (Prepago Combustible) para quedar exento de este cargo. • Costes de recuperación en los que incurramos debido a un daño o fallo en el Vehículo resultante de un fallo humano y que no esté cubierto por el programa de averías del fabricante;
OBLIGACIONES ADICIONALES. Para el debido cumplimiento de este contrato, en relación a lo expresado en la Cláusula Primera precedente, EL PRESTADOR, se obliga a que los servicios prestados al amparo del presente contrato consisten en: Observar y cumplir estrictamente con las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, tramitando por su cuenta las licencias o permisos que se requieran, pagando los derechos e impuestos correspondientes y, en caso de que por algún incumplimiento se impusiere alguna multa o sanción a EL FIDUCIARIO, EL PRESTADOR, además, estará obligado a realizar, por su cuenta y de inmediato, los trámites y pagos necesarios, a fin de regularizar dicha situación. A que en caso de violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo del PRESTADOR. Dedicar el tiempo que sea necesario para prestar los servicios objeto de este contrato, conforme a los procedimientos más adecuados que la técnica aconseje y en las mejores condiciones, de manera que sean cumplidas las obligaciones con oportunidad, eficiencia eficacia y seguridad a fin de que los intereses de EL FIDUCIARIO se encuentren debidamente protegidos, debiendo, en todo caso, ajustarse a las medidas de seguridad que EL FIDUCIARIO le dé a conocer. Informar inmediatamente a EL FIDUCIARIO, de cualquier anomalía, siniestro o accidente, que se llegare a presentar durante el cumplimiento del contrato o cuando ello pudiera traducirse en un daño o perjuicio a sus intereses. Proporcionar cualquier información, opiniones o documentación que EL FIDUCIARIO le solicite, en relación a la materia de este contrato, atendiendo puntual y diligentemente las indicaciones que al respecto le dé.
OBLIGACIONES ADICIONALES. EL DEUDOR (A)/ LOS DEUDORES y EL (LA) FIADOR(A) SOLIDARIO (A) e INDIVISIBLE se compromete (n) además a: Dar aviso inmediato por correo certificado a EL ACREEDOR de cualquier daño material que por fuego u otro accidente sufra el inmueble dado en garantía hipotecaria; Cuidar dicho inmueble como lo haría un buen padre de familia, y a no permitir que se lleve a cabo ningún acto de deterioro en el mismo; No constituir ningún otro gravamen sobre el mismo sin el consentimiento previo y por escrito de EL ACREEDOR; No vender, donar, arrendar, ni de ninguna otra forma ceder o traspasar el inmueble dado en garantía a persona alguna sin haber obtenido el consentimiento previo y por escrito de EL ACREEDOR.
OBLIGACIONES ADICIONALES. La Empresa, se compromete frente a El Banco, en forma a adicional, a lo siguiente:
OBLIGACIONES ADICIONALES. El Obligado Solidario deberá, a solicitud de “La Afianzadora”, firmar y entregar todos aquellos documentos adicionales y realizar todos aquellos actos que “La Afianzadora” le requiera razonablemente para cumplir con el objeto de este Contrato de Garantía de Recuperación y de cualquier otro Documento de la Fianza, incluyendo, pero sin limitarse, a la corrección de cualquier error u omisión.
OBLIGACIONES ADICIONALES. De acuerdo con lo previsto por los Artículos 58 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes y Artículo 124 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes, "EL CONTRATISTA" se obliga a cubrir las siguientes aportaciones:
OBLIGACIONES ADICIONALES. En adición a las obligaciones previstas en el presente Contrato de Fideicomiso, el Fiduciante y Administrador tendrá, según corresponda, las siguientes obligaciones: