REQUISITOS DE SALUD Cláusulas de Ejemplo

REQUISITOS DE SALUD. La CONTRATISTA tiene la obligación del cumplimiento de las políticas de YPFB Chaco S.A., entre las cuales la Política de Alcohol y Drogas. Los trabajadores deberán realizar las pruebas de alcohotest al ingresar al área operativa y al iniciar sus actividades diarias, obligatoriamente los conductores de vehículos livianos y pesados y aleatoriamente al personal general de acuerdo a lo establecido en el Documento Puente y/o Objetivos y Metas. YPFB Chaco S.A se guarda el derecho de realizar pruebas en caso de sospecha o denuncia, tanto de consumo de alcohol como de consumo de drogas. El contratista deberá contar con un programa de Salud Ocupacional que contemple distintas actividades tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en su lugar de trabajo implementando estilos de vida saludable. La contratista deberá cumplir con los requisitos de salud para habilitar a su personal como ser: Por YPFB CHACO: • Exámenes médicos de ingreso /Pre-ocupacionales e intraocupacionales, teniendo una validez de un ano, según criterios de YPFB Chaco S.A • Evaluación oftalmológica y audiometría a todos los conductores. • Evaluación cardiológica para personal que es portador de la enfermedad xx Xxxxxx.
REQUISITOS DE SALUD. Los requisitos de salud necesarios para cada Asegurable en función de su edad y Capital asegurable a contratar se encuentran detallados en el ítem “Requisitos de Asegurabilidad” de las condiciones particulares de la póliza. En caso de que la persona por su edad o Capital Asegurado no requiera declaración de salud, tendrá un período de carencia de 90 días contado desde la Fecha de Vigencia indicada en el frente del Certificado para que proceda el pago del beneficio por parte de la Compañía en caso de fallecimiento del Asegurado por causas naturales. Por el contrario, el fallecimiento del Asegurado por riesgos accidentales estará cubierto desde la Fecha de Vigencia indicada en el frente del Certificado. Personas no asegurables. Los incapaces absolutos y los menores de 18 años de edad no son asegurables. Entrada en vigor de cada seguro individual. El seguro comenzará a las cero (0) horas del día fijado como fecha de incorporación en este Certificado Individual. Capitales Individuales Asegurados. El Capital Asegurado es el indicado en el anverso del presente Certificado. A partir del día primero del mes siguiente a aquel en que el Asegurado cumpla los sesenta y cinco (65) años de edad, dicho capital asegurado se reducirá al cincuenta por ciento (50%)
REQUISITOS DE SALUD. Por YPFB CHACO: La CONTRATISTA tiene la obligación del cumplimiento de las políticas de YPFB Chaco S.A., entre las cuales la Política de Alcohol y Drogas. Los trabajadores deberán realizar las pruebas de alcohotest al ingresar al área operativa y al iniciar sus actividades diarias, obligatoriamente los conductores de vehículos livianos y pesados y aleatoriamente al personal general de acuerdo a lo establecido en el Documento Puente y/o Objetivos y Metas. YPFB Chaco S.A se guarda el derecho de realizar pruebas en caso de sospecha o denuncia, tanto de consumo de alcohol como de consumo de drogas. El contratista deberá contar con un programa de Salud Ocupacional que contemple distintas actividades tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en su lugar de trabajo implementando estilos de vida saludable. La contratista deberá cumplir con los requisitos de salud para habilitar a su personal como ser: • Exámenes médicos de ingreso /Pre-ocupacionales e intraocupacionales, teniendo una validez de un año, según criterios de YPFB Chaco S.A • Evaluación oftalmológica y audiometría a todos los conductores. • Evaluación cardiológica para personal que es portador de la enfermedad xx Xxxxxx. El CONTRATISTA reportará a YPFB CHACO S.A. cualquier peligro potencial, condición insegura y/o acto inseguro, a través de la Tarjeta de Observación de SSA de YPFB CHACO S.A o del sistema similar de reporte del CONTRATISTA. Por CONTRATISTA: En caso de un incidente en cualquiera de sus operaciones, el CONTRATISTA deberá reportarlo a la supervisión de YPFB CHACO S.A, dentro de las 24 horas que hubiese ocurrido, a través del formato digital de Reporte de 24 horas. Por YPFB CHACO: YPFB CHACO S.A. ante cualquier incidente de Seguridad, Salud, Medio Ambiente y Social, se reserva el derecho de formar un equipo de investigación, a fin de determinar las causas que originaron el incidente y las acciones a seguir para evitar su repetición, según lo considere necesario y de acuerdo a los criterios detallados en el procedimiento correspondiente. La CONTRATISTA deberá participar activamente de cualquier investigación de incidente cuando sea requerido por YPFB CHACO S.A. Asimismo, el CONTRATISTA deberá implementar cualquier medida correctiva requerida por YPFB CHACO S.A. como resultado de cualquier investigación.
REQUISITOS DE SALUD. YPFB Chaco S.A se guarda el derecho de realizar pruebas en caso de sospecha o denuncia, tanto de consumo de alcohol como de consumo de drogas. EL CONTRATISTA deberá cumplir con los requisitos de salud detallados en el anexo de habilitación de personal para poder ingresar a áreas operativas, cuando sea aplicable.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.