Definición de Incidente de Seguridad

Incidente de Seguridad significa la pérdida, adquisición, divulgación, acceso, uso u otra forma de compromiso conocido o razonablemente sospechado, accidental o no autorizado, de los Datos de Accenture. El Proveedor implementará y mantendrá medidas de seguridad físicas, técnicas y organizacionales comercialmente razonables y apropiadas, incluidas aquellas establecidas en la Cláusula 15 siguiente para proteger los Datos de Accenture frente a un Incidente de Seguridad y todas las demás formas no autorizadas o ilícitas de procesamiento. El Proveedor (i) notificará por escrito a su punto de contacto sin demora indebida, dentro de las 48 horas de haber descubierto el Incidente de Seguridad; e (ii) investigará el Incidente de Seguridad, tomando todos los recaudos necesarios para eliminar o contener el Incidente de Seguridad, cooperando con los esfuerzos de reparación de Accenture, mitigando cualquier daño y desarrollando y ejecutando un plan, sujeto a la aprobación de Accenture, que reduzca inmediatamente la posibilidad de recurrencia de dicho Incidente de Seguridad.
Incidente de Seguridad significa la pérdida, adquisición, divulgación, acceso, uso u otra forma de compromiso conocido o razonablemente sospechado, accidental o no autorizado, de los Datos de Accenture.
Incidente de Seguridad significa una violación confirmada en la seguridad que conduce a la destrucción (ya sea accidental o ilegal), pérdida, alteración, divulgación no autorizada o acceso a Datos Personales del Cliente transmitidos, almacenados o procesados por SmartFocus o sus Subencargados de los que SmartFocus tenga conocimiento;

Examples of Incidente de Seguridad in a sentence

  • El Proveedor evaluará si dichos componentes tienen algún defecto o vulnerabilidad de seguridad que pudieran causar un Incidente de Seguridad.

  • El Responsable del Tratamiento que haya sufrido dicho Incidente de Seguridad deberá llevar a cabo la notificación que, en su caso, resulte preceptivo realizar tanto a la Autoridad de Control en materia de Protección de Datos como a los Participantes del Ensayo, en su caso, conforme a lo establecido en la normativa en materia de Protección de Datos y las Guías publicadas por la Autoridad de Control.

  • El Banco notificará al Cliente de cualquier Incidente de Seguridad tan pronto como sea razonablemente posible luego de que el Banco tome conocimiento de un Incidente de Seguridad, a menos que el Banco esté sujeto a una limitación legal o regulatoria, o si comprometiera la investigación del Banco.

  • Ni el Banco ni el Cliente harán declaraciones ni comentarios a la prensa ni a los medios de comunicación con relación al Incidente de Seguridad que nombren a la otra parte a menos que haya obtenido el previo consentimiento escrito de la otra parte.

  • Si el Banco tomara conocimiento de un Incidente de Seguridad, el Banco investigará y remediará los efectos del Incidente de Seguridad de conformidad con sus políticas y procedimientos internos y los requisitos de la legislación y reglamentaciones aplicables.

  • Las partes acuerdan que cuando el Banco no tenga relación contractual directa con Sujetos de Datos cuyos datos hayan sido comprometidos en un Incidente de Seguridad, el Cliente será responsable de hacer cualesquiera notificaciones a los reguladores y personas que se requiera bajo la legislación o reglamentaciones aplicables de protección de datos.

  • La obligación del proveedor de notificar o responder a un Incidente de Seguridad según lo previsto en esta sección no constituye reconocimiento por parte del proveedor en cuanto a incumplimiento o responsabilidad alguna con respecto al Incidente de Seguridad.

  • El Cliente es el único responsable de cumplir con sus obligaciones bajo las leyes de notificación de incidentes aplicables al Cliente y de cumplir con las obligaciones de notificación de terceros relacionadas con cualquier Incidente de Seguridad.

  • La obligación de Microsoft de notificar o responder a un Incidente de Seguridad según lo previsto en esta sección no constituye reconocimiento por parte de Microsoft en cuanto a incumplimiento o responsabilidad alguna con respecto al Incidente de Seguridad.

  • Para cada infracción de seguridad que sea un Incidente de Seguridad, Microsoft proporcionará una notificación (como se describe en la sección "Notificación de Incidentes de Seguridad" anterior) sin dilación indebida y, en cualquier caso, en un plazo de setenta y dos (72) horas.


More Definitions of Incidente de Seguridad

Incidente de Seguridad significa un incidente por el cual la confidencialidad de los Datos Personales de la Parte Divulgadora dentro de la custodia o control de la Parte Receptora se ha visto sustancialmente comprometida de manera de presentar una probabilidad razonable de daño a los Sujetos de Datos involucrados; “Tercero Proveedor de Servicios” significa un tercero razonablemente seleccionado por la Parte Receptora o su Afiliada para proporcionar servicios a la misma o para el beneficio de la Parte Receptora que no es un Proveedor de Infraestructura de Pago. Los ejemplos de Terceros Proveedores de Servicios incluyen proveedores de servicios de tecnología, proveedores de servicios de tercerización de procesos comerciales y proveedores de servicios de “call centres” /centros de llamadas/; y
Incidente de Seguridad corresponde a cualquier destrucción, pérdida, alteración o divulgación accidental, no autorizada o ilegal de los Datos Personales del Cliente, o el acceso a los mismos.
Incidente de Seguridad hace referencia al acceso ilegal a los Datos personales almacenados en los equipos o las instalaciones de MobileIron, así como al acceso no autorizado a dichos equipos o instalaciones que genere la pérdida, divulgación o alteración de los Datos personales.
Incidente de Seguridad significa una distribución accidental o ilegal o pérdida accidental, o la alteración o comunicación o acceso no autorizado de los Datos del CLIENTE por INNOQUANT, o cualquier tercero, siempre que ese incidente no haya sido causado directa o indirectamente por acciones u omisiones del CLIENTE o los Usuarios.

Related to Incidente de Seguridad

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Unidad Unidad (U.).

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Publicidad Con respeto a las normas de Protección de Datos, todo el procedimiento de arrendamiento será publicado por los medios más adecuados y que cuenten con la seguridad suficiente para obtener su máxima difusión dentro del ámbito profesional que se trate en cada caso.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • PARAGRAFO SEGUNDO En el evento de que el presunto incumplimiento se evidencie con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución, se suspenderán los plazos para su liquidación hasta tanto se agote el procedimiento previsto en la cláusula décima sexta del presente contrato.

  • Autoridad Gubernamental significa cualquier gobierno, funcionario, departamento, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal o estatal, con jurisdicción sobre el presente Contrato o cualquier Documento del Financiamiento.

  • Fuente Ley Nº 18.620, Artículo Primero, Artículo 76.

  • Estado Estado Dominicano.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Indicador de desempeño Porcentaje de Avance Físico financiero de las obras y/o servicios. En general, al cierre del ejercicio 2016 el monto total contratado fue de 214 millones de pesos, de los cuales se facturaron, 109 millones de pesos, lo cual representa un avance del 16 por ciento de la meta modificada. El comportamiento del avance físico financiero de los contratos celebrados de obras y servicios con terceros, se incrementara sustancialmente en el primer trimestre de 2017, lo anterior, debido a que los contratos de servicios de mantenimiento se facturan a mes vencido por lo que falta facturar los trabajos realizados en el mes de diciembre. Ejercicio 2017 Indicador de Desempeño: Porcentaje de ingresos de obra y/o servicios. El monto de ingresos por concepto de obra y/o servicios al cierre del ejercicio 2017, ascendieron a 102.2 millones de pesos, cabe señalar que este monto corresponde a los trabajos facturados de los contratos que estuvieron en proceso de ejecución por obra y servicios, el ingreso con respecto a la meta anula proyectada en el PEF 2017, representa el 27.5 por ciento. Es importante señalar que esto obedece a los acuerdos del Comité Técnico de Fonatur y del Consejo de Administración de Fonatur Constructora, S.A. de C.V., en los que se estableció la terminación anticipada de todos los contratos a más tardar al 15 de septiembre de 2017.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Seguro X Marque si NO SE APLICA

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW. 8543.70.15 Amplificadores de bajo ruido, reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de recepción de microondas vía satélite. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1. 8543.70.16 Amplificadores de microondas. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • Vehículo Asegurado Es la unidad automotriz descrita en la carátula de esta póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante entrega originalmente para cada modelo y tipo específico que presenta al mercado. Cualquier otra parte, accesorio, rótulo, conversión, adaptación o modificación a la estructura, instalada a petición del comprador o propietario o por las agencias, distribuidoras, auto instalados o por terceros, no se considerará equipo entregado por el fabricante, por tanto, requerirá de cobertura especial y ser especificada en la carátula de esta póliza. Solo podrán ser objeto de este contrato, vehículos residentes. Se considera como camión de carga al vehículo automóvil grande y potente, que está constituido por una cabina en la que va el conductor y una gran caja o depósito y que está destinado al transporte de carga pesada. Se considera un camión de pasajeros al vehículo con capacidad para gran número de viajeros, destinados al transporte de personas.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.