PREVENCION DE RIESGOS LABORALES Cláusulas de Ejemplo

PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. Dada la importancia que tiene para Xxxxx xx Xxxxxxxx el cumplimiento de la legislación vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales, una vez, adjudicado el contrato, el adjudicatario, además de la documentación anterior y de cumplir con todas las disposiciones legales aplicables en materia de Prevención de Riesgos Laborales, deberá elaborar y entregar a Xxxxx xx Xxxxxxxx la siguiente documentación:  Protocolo prevención riesgos laborales.  Procedimiento de coordinación de actividades empresariales. La entrega de dicha documentación será condición necesaria para poder trabajar en Xxxxx xx Xxxxxxxx. A estos efectos, Xxxxx entregará los modelos a cumplimentar, así como, la Política de Prevención de Xxxxx xx Xxxxxxxx y las Normas Generales de Seguridad de Xxxxx xx Xxxxxxxx.
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. El Proveedor cumplirá y hará cumplir estrictamente a su personal la normativa de prevención de riesgos general; la suya específica; la general y particular desarrollada por el Cliente para sus centros de trabajo; y aquella derivada de la coordinación de actividades en materia de prevención, en la que se tendrá en cuenta además la de los demás empresarios que concurran en el mismo centro de trabajo. Antes de iniciar los trabajos, el Proveedor se pondrá en contacto con el Servicio de Prevención del Cliente a los efectos de coordinar las actividades así como para llevar a cabo la evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva de los trabajos a desarrollar, en la que tendrá en cuenta la propia del Cliente, que declara haber recibido, y la de las demás empresas que concurran en el mismo centro de trabajo, informando y formando al respecto a los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro de trabajo, y adoptando todos los medios y protecciones ordinarias y/o extraordinarias de seguridad necesarios. El Proveedor designará a un Responsable de Seguridad de los trabajos en el Centro de Trabajo del Cliente, quien asumirá las funciones de Recursos Preventivos, conforme se establece en el Real Decreto 604/2006, de 19 xx xxxx.
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. Los adjudicatarios quedan obligados, con respecto al personal adscrito al contrato, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral y social y en particular a la prevención de riesgos laborales (Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales), así como cualesquiera otras de general observancia. Para el cumplimiento del artículo 24 de la Ley 31/95 y del RD. 171/2004 en materia de coordinación de actividades empresariales, la empresa aportará la documentación que se indica a continuación: □ Certificado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales: o Modalidad organizativa o Información y formación de riesgos facilitada a los trabajadores o Vigilancia de la salud Granada, a 19 xx xxxxx de 2016 DIRECTORA GENERAL DE DEPORTES El plazo de duración inicial del contrato será de DOS AÑOS, si bien podrá prorrogarse, una vez ponderadas todas las circunstancias que concurran, antes de la finalización de dicho plazo inicial, teniendo en cuenta que la duración total del contrato incluidas las prórrogas no podrá exceder de CUATRO AÑOS. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, sin que pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes (artículo 23 TRLCSP).
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. En el proceso de licitación, contratación y ejecución de los trabajos, se cumplirá lo establecido en el Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales del S.A.S., en particular en el procedimiento PRO0002 “Contratas y Coordinación de Actividades Empresariales”, disponible para su consulta en la página web del SAS: xxx.xxx.xxxxx-xxxxxxxxx.xx. La Empresa Adjudicataria con carácter previo al inicio de sus actividades, realizara junto al personal de Prevención de Riesgos Laborales del Área, análisis y evaluación de los riesgos derivados de la prestación del servicio contratado en el entorno específico de su desarrollo.
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. La Empresa Adjudicataria realizará los trabajos bajo su total dirección y prevención de riesgos laborales de acuerdo con la legislación vigente sobre la materia, siendo por tanto responsable de cualquier incidencia que pueda producirse durante el desarrollo de los mismos. Deberá cumplir lo especificado en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, así como el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, y cualquier otra disposición, de ámbito nacional, autonómico o local, aplicable a este respecto. Serán por cuenta de la Empresa Adjudicataria la señalización, el balizamiento y el orden y la limpieza de las áreas de trabajo, así como la instalación y conservación de los elementos de seguridad necesarios para desarrollar los trabajos de conservación, reparación, inspecciones técnicas, etc. Deberá avisar al Jefe de Mantenimiento del comienzo de los trabajos a los efectos que correspondan. Será por cuenta de la Empresa adjudicataria el completo equipamiento individual del personal, tanto en herramientas, instrumental, medios auxiliares, equipos de protección individual y vestuario normalizado con el distintivo de la Empresa adjudicataria. La Empresa Adjudicataria dotará a su personal de todos los elementos de protección necesarios para la realización de los trabajos. La Empresa Adjudicataria presentará a la Propiedad para su aprobación y pondrá en marcha un Plan de Prevención y Salud para la ejecución de los servicios.
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. En lo referente a Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales, se estará a lo previsto en la Ley 31/95 de 8 de noviembre y R/D 39/97 sobre la Prevención de Riesgos Laborales y demás normativa que la desarrolle o sustituya.
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. En el proceso de licitación, contratación y ejecución de los trabajos, se cumplirá lo establecido en el Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales del S.A.S., en particular en el procedimiento PRO0002 “Contratas y Coordinación de Actividades Empresariales”, disponible para su consulta en la página web del SAS: www.sas.junta- xxxxxxxxx.xx. La Empresa Adjudicataria con carácter previo al inicio de sus actividades, realizara junto al personal de Prevención de Riesgos Laborales del Hospital, análisis y evaluación de los riesgos derivados de la prestación del servicio contratado en el entorno específico de su desarrollo. El licitador podrá ofrecer como mejora, la dedicación de un montante económico anual, calculado como porcentaje sobre el presupuesto base de licitación del contrato, durante la vigencia del mismo, para la implementación de medidas de eficiencia energética, directamente relacionadas con el objeto del contrato, incluyéndose entre ellas y con carácter no exhaustivo las siguientes: la instalación de vinilos en las ventanas, detectores de movimiento para encendido y apagado automático, iluminación de bajo consumo, etc Para la ejecución de estas mejoras se tomará como precio de referencia los precios establecidos en la Base de Precios de la Junta de Andalucía de 2010, o cualquier otra Base de Precios de la Junta de Andalucía que la sustituyera o completase durante la vigencia del contrato. Si para alguna partida no estuviese recogido el importe en la citada Base de Precios, se tomará como valor de referencia la media aritmética de tres presupuestos distintos solicitados por el órgano de contratación a empresas del sector.
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. Los adjudicatarios quedan obligados, con respecto al personal adscrito al contrato, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral y social y en particular a la prevención de riesgos laborales (Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales), así como cualesquiera otras de general observancia. Para el cumplimiento del artículo 24 de la Ley 31/95 y del RD. 171/2004 en materia de coordinación de actividades empresariales, la empresa aportará la documentación que se indica a continuación: □ Certificado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales: o Modalidad organizativa o Información y formación de riesgos facilitada a los trabajadores o Vigilancia de la salud La duración del contrato, será de un año prorrogable hasta un máximo de cuatro y la vigencia del mismo será a partir del día en que se firme el contrato y se comience la prestación del servicio.
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. Ley 31/ 1995. Objetivo, ámbito de aplicación y definiciones. Derechos y obligaciones. Servicios de Prevención.– Reglamento de los servicios de prevención (Rd. 39/1997). Integración de la actividad preventiva en la empresa. Plan de prevención de riesgos laborales. Evaluación de riesgos y planificación preventiva. Organización de recursos para las actividades preventivas. Adaptación de la normativa de prevención a la Administración General del Estado (Real Decreto 67/2010). INSTITUTO DE ASTROFÍSICA DE CANARIAS. Xxxxx Xxx Xxxxxx x/x, 00000 Xx Xxxxxx, Xxxxxxxx (X/X xx Xxxxxxxx- Xxxxxx). Teléfono: 000 000 000 (Centralita). Fax: 000 000 000. Correo electrónico: xxxx@xxx.xx HORARIO DEL REGISTRO GENERAL:
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. Primera.- El adjudicatario se compromete a cumplir las obligaciones que impone al empresario la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, así como toda la reglamentación y normativa, en el ámbito de la Prevención, que sea de aplicación.