Definición de Obligado Solidario

Obligado Solidario. Es la persona cuyos datos aparecen en “LA SOLICITUD”, y en el “ANEXO 1”, la cual en términos del artículo 4 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, el cual señala que en las operaciones de crédito reglamentadas por dicha Ley, se presume que los codeudores se obligan solidariamente con “EL CLIENTE” como titular del presente Contrato de Crédito Simple. Cualquier referencia a “EL CLIENTE” en el presente Contrato se entenderá también al Obligado Solidario, salvo que se especifique lo contrario. Adicionalmente, se podrá hacer referencia de forma específica a “EL CLIENTE” y al “OBLIGADO SOLIDARIO”.
Obligado Solidario. Es la persona física o moral, que se compromete a cubrir al 100% la deuda que adquirio por el Contratante o Tomador del seguro, frente a la Aseguradora, a cumplir las obligaciones contraídas por el mismo ante ésta, en caso de que el Contratantate o Tomador del seguro no cumpla.
Obligado Solidario. Es la persona física que firma el presente Contrato en su calidad de garante y que se obliga a los términos y condiciones de este Contrato. OTP o TOKEN. Dispositivo residente en un equipo externo generador de contraseñas dinámicas de un solo uso.

Examples of Obligado Solidario in a sentence

  • El Acreditado deberá manifestar su consentimiento para el aumento propuesto al momento de recibir la comunicación por cualquiera de los medios antes señalados, en cuyo caso deberá suscribir un pagaré junto con el Obligado Solidario por el aumento de línea correspondiente.

  • El Obligado Solidario se obliga solidaria e ilimitadamente en favor del Banco, por todas y cada una de las obligaciones a cargo del Cliente asumidas en este Contrato, conviniendo desde ahora expresamente en no invocar por ninguna causa ni motivo la división de la deuda, renunciando al efecto en cuanto pudiere favorecerle lo dispuesto en el Artículo 1989 del Código Civil Federal, aplicable supletoriamente.

  • EL CLIENTE" pagará a "FINANMADRID" el saldo insoluto de "EL CRÉDITO" mediante amortizaciones sucesivas, precisamente en cada un de las fechas de pago, las cuales se describen en la tabla de amortizaciones que se agrega a este instrumento como “Anexo 2”, misma que deberá estar debidamente firmada por “EL CLIENTE” y el Obligado Solidario (en su caso) y forma parte integrante del presente contrato.

  • El Cliente Persona Moral y el Obligado Solidario o el Cliente Persona Física con Actividad Empresarial, otorgan su consentimiento y autorizan expresamente al Banco para que éste pueda contratar las veces que sean necesarias un seguro de vida, sin costo para el Cliente y con la institución de seguros que el Banco elija, bajo las condiciones descritas en los párrafos anteriores de la presenta cláusula, siempre y cuando el seguro correspondiente haya sido previamente cancelado.

  • Asimismo, las obligaciones solidarias asumidas en el presente Contrato no implican ni implicarán una extinción, disminución, liberación, modificación o transmisión de las obligaciones establecidas a cargo del Acreditado en el presente contrato, ni tampoco un orden para exigir el cumplimiento de dichas obligaciones o una excusión de bienes para que el Acreditado o el Obligado Solidario respondan por las mismas.


More Definitions of Obligado Solidario

Obligado Solidario. Significa, conforme al contexto lo requiera, cualesquiera de los Fideicomisos de Pago.
Obligado Solidario. Persona física o persona moral, mayor de edad capaz de obligarse en los términos del presente Contrato y cuyos datos de identificación aparecen en la Solicitud de Tarjeta de Crédito
Obligado Solidario. Significa el Fideicomiso de Pago, quien se
Obligado Solidario. Es la persona física o moral, que se compromete a cubrir al 100% la d euda que adquirio por el Contratante o Tomador del seguro, frente a la Aseguradora, a cumplir las obligaciones contraíd as por el mismo ante ésta, en caso de que el Contratantate o Tomador del seguro no cumpla.
Obligado Solidario tiene el significado que se le atribuye a dicho término en el inciso II) de la Cláusula Décima Primera del presente Contrato.
Obligado Solidario. Es la persona física o moral que se responsabiliza a cumplir la obligación contraída por el fiado ante la afianzadora, en caso de que este último no cumpla.
Obligado Solidario. Persona que asume ese carácter mediante la suscripción del formato que para tales efectos proporciona “BANREGIO” y que se encuentra debidamente inscrito en el Registro de Contratos de Adhesión de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros. En ningún caso podrá coincidir la calidad de Obligado Solidario con la de Tarjetahabiente Adicional. Pago mínimo mensual.- La cantidad que, respecto de cada periodo mensual, se determinará de acuerdo con la cláusula denominada CÁLCULO DEL PAGO MÍNIMO MENSUAL de este contrato. Parcialidad del saldo insoluto promocional con interés.- Es la parte del importe de una Promoción con intereses o pago diferido que se considera en un periodo mensual para los efectos de la determinación del pago mínimo mensual aplicable o del pago total. Parcialidad del saldo insoluto promocional sin interés.- Es la parte del importe de una promoción sin interés o especial que se considera en un periodo mensual para los efectos de la determinación del pago mínimo mensual aplicable.