Common use of INTRODUCCIÓN Clause in Contracts

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx de 2022, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato de Fideicomiso Financiero, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del crédito.

Appears in 3 contracts

Samples: Contrato Suplementario De Fideicomiso Financiero, Contrato Suplementario De Fideicomiso Financiero, www.bancopatagonia.com.ar

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx de 2022, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato de Fideicomiso Financiero, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/Créditos, es decir, los derechos de cobro a generarse con anterioridad o posterioridad a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financierola Fecha xx Xxxxx bajo los Contratos con las Procesadoras de Sistemas de TC, provenientes de la liquidación de las Ventas Elegibles, los cuales se otorgan depositarán en un formato 100% digital a través la Cuenta de MercadoLibre, cedidos bajo el presente Contrato de Fideicomiso (a) contra First Data Cono Sur S.R.L. y Prisma Medio de Pagos S.A, como administradoras del sistema de tarjetas de crédito Mastercard y Visa, que se procesen bajo los números de comercios, cuyo depósito se realiza en el Banco Pagador; u otro comercio que notifique por escrito el Fiduciante al Fiduciario de conformidad con lo previsto en el Contrato de Fideicomiso; y eventualmente (b) contra cualquier otra de las Procesadoras de Sistemas de TC, debiendo el Fiduciario prestar su conformidad para ambos supuestos. Los derechos de cobro mencionados serán por hasta montos mensuales equivalentes al Monto Máximo Cedido durante la Plataforma de los Préstamos vigencia del FiducianteFideicomiso, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estoscuya sumatoria será equivalente al Monto Máximo Cedido Total; y (ii) las sumas de dinero provenientes proveniente de la Cobranza de los CréditosCréditos por hasta los montos indicados. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos El esquema de originación y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas procesamiento de transacciones que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de generan los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso es el Usuario Tomador podrásiguiente: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se Se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios criterios de Elegibilidad elegibilidad: (según cada uno a) (i) son de estos términos propiedad del Fiduciante y libremente disponibles por el mismo; y (ii) están originados en Ventas Elegibles y cumplen con los criterios de elegiblidad para calificar como tal, (b) Los Créditos existen y son legítimos; y (c) Los fondos / bienes objeto del presente Fideicomiso tienen su origen en actividades lícitas, comprometiéndose el Fiduciante a suministrar toda información requerida para dar cumplimiento a las normas del BCRA y demás entes de contralor aplicables, así como también aquellas relacionadas con la Prevención xxx Xxxxxx de Activos y Financiamiento del Terrorismo (Ley N° 25.246 y sus modificatorias y complementarias). Las Procesadoras de Sistemas de TC se define encuentran sujetas a la Ley Nº 25.065 y a sus modificaciones (“Ley de Tarjetas de Créditos”) y están obligadas a cumplir con todas sus disposiciones. También están sujetas a las regulaciones del Banco Central de la República Argentina, las que serán descriptas más adelante. En el marco regulatorio de la Ley de Tarjetas de Créditos se regulan principalmente, entre otros: las tarjetas de crédito, el contrato de emisión y las partes involucradas, las autoridades de aplicación de la ley, la aplicación de la misma a las tarjetas de crédito y a las tarjetas de débito y compra exclusivas cuando su operatoria esté relacionada con la operatoria de una tarjeta de crédito, el modo de preparación de la vía ejecutiva y el carácter de orden público de las disposiciones comprendidas en el Contrato mismo. Entre las principales disposiciones de Fideicomiso): 1) todas la Ley de Tarjetas de Crédito y del Banco Central de la República Argentina, se destacan las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del crédito.siguientes:

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato Suplementario De Fideicomiso Financiero, Contrato Suplementario De Fideicomiso Financiero

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx de 2022, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato de Fideicomiso Financiero, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del crédito.

Appears in 2 contracts

Samples: www.bancopatagonia.com.ar, www.bancopatagonia.com.ar

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx 28 de septiembre de 2022, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato de Fideicomiso Financiero, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas y personas jurídicas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son ofrecidos y aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o capital de trabajo. Los Usuarios Tomadores utilizan los servicios dentro xx Xxxxxxx Pago para la gestión y procesamiento de sus cobranzas digitales derivadas de la Plataforma venta de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes productos o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofreceofrece y, y en su caso caso, se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Los Deudores de los Créditos se encuentran bancarizados (entendiéndose como tal bajo el presente, a aquellos que cuentan con una “Clave Bancaria Uniforme – CBU” o con una “Clave Virtual Uniforme – CVU” de su titularidad). Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el artículo 1.4. del Contrato de Fideicomiso): 1) Usuarios Tomadores cuya antigüedad mínima sea de seis (6) meses desde su fecha de registro en la Plataforma de MercadoLibre; 2) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 23) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas los Créditos no posean más de 10 (diez) días de atraso; 34) corresponden a Usuarios Tomadores que están activos y que el Fiduciante no haya recibido denuncias por fraude de los Usuarios Tomadores; 5) a la Fecha de Determinación, que no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del crédito.refinanciaciones;

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Suplementario De Fideicomiso Financiero

INTRODUCCIÓN. La Fundación Pluralismo y Convivencia es una fundación que pertenece al sector público estatal, que desarrolla sus actividades al amparo de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, creada por Acuerdo de Consejo de Ministros de 15 de octubre de 2004, a propuesta del Ministerio de Justicia, siendo su fecha de constitución el 25 de enero de 2005. Los fines fundacionales, establecidos en el artículo 7 de sus Estatutos, consisten en contribuir a la ejecución de programas y proyectos de carácter cultural, educativo y de integración social de las confesiones no católicas con Acuerdo de cooperación con el Estado español o con "notorio arraigo" en España. El marco regulador de su régimen de contratación con terceros se encuadra en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que somete esta entidad a la legislación de contratos del sector público. El citado Real Decreto Legislativo (en adelante, RDLeg) regula los procedimientos de contratación de aquellas entidades que, como la Fundación Pluralismo y Convivencia (en adelante la Fundación), forman parte del sector público, en función de la naturaleza jurídica de las mismas y de los contratos que celebren. De acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 3.3.b) del citado Real Decreto Legislativo, la Fundación tiene la consideración de poder adjudicador, lo que viene a determinar el marco jurídico aplicable a sus procedimientos de contratación, así como la necesidad de dotarse de unas instrucciones internas de contratación de acuerdo con lo previsto en el artículo 191 del Real Decreto Legislativo 3/2011. Con fecha 27 xx xxxxx la finalidad de 2022cumplir con dicha exigencia, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato Patronato de Fideicomiso Financierola Fundación ha procedido a aprobar las presentes instrucciones internas de contratación de los contratos no sujetos a regulación armonizada, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De de conformidad con este Contrato lo previsto en el Real Decreto Legislativo 3/2011. Estas Instrucciones garantizan la efectividad de Fideicomiso Financierolos principios de publicidad, Banco Patagonia S.A.concurrencia, exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso transparencia, confidencialidad, igualdad y no a título personaldiscriminación, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria enunciados en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (artículo 191 letra a) del RDLeg, así como que el pago contrato se adjudique al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa. Además, tratándose de los bienes o serviciosuna entidad perteneciente al sector público estatal, (b) envíos de dinero, (c) transferencias han sido informadas por la Abogacía del Estado con carácter previo a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Naciónaprobación. Asimismo, se destaca que entenderán cumplidas las exigencias derivadas del principio de publicidad con la inserción de la información relativa a la licitación de los Créditos cumplen con contratos cuyo importe supere los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define 50.000 euros en el Contrato perfil del contratante de Fideicomiso): 1) todas la entidad, sin perjuicio de que las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha instrucciones internas de Determinacióncontratación puedan arbitrar otras modalidades, dichas Cuentas no posean más alternativas o adicionales, de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditodifusión.

Appears in 1 contract

Samples: www.pluralismoyconvivencia.es

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 20 xx xxxxx xxxx de 2022, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato de Fideicomiso Financiero, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del crédito.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Suplementario De Fideicomiso Financiero

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 Colombia Compra Eficiente como ente rector del sistema de compras y contratación pública desarrolla diferentes mecanismos de apoyo para sus partícipes. Su propósito también es difundir las normas, reglas, procedimientos, medios tecnológicos y mejores prácticas para el sistema. En desarrollo de tales funciones emite la presente guía del contrato xx xxxxx xxxxxxx para el manejo de 2022, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato de Fideicomiso Financiero, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con anticipos que tiene como objetivo establecer lineamientos sobre este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” tipo contractual y junto con el documento estándar, definir los Valores documentos que las Entidades Estatales utilizan para este tipo de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria contrato. Las expresiones utilizadas en el Fideicomiso Financiero presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1510 de 2013 y se emplean en singular o plural según lo exija el contexto. Los términos no definidos deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio. Un patrimonio autónomo es un conjunto de bienes o recursos cuyo vocero es una sociedad fiduciaria; los bienes o recursos y sus rendimientos son autónomos. En el caso de la fiducia para el manejo de anticipos, el patrimonio autónomo está integrado por los recursos del anticipo previsto por la Entidad Estatal para la ejecución del contrato estatal. Cuando la Entidad Estatal gira los recursos del anticipo a la Fecha xx Xxxxxsociedad fiduciaria para integrar el patrimonio autónomo, tales recursos y sus rendimientos ya no son de propiedad de la Entidad Estatal, ni de la fiduciaria, ni del contratista o fideicomitente, puesto que son autónomos. Los Bienes Fideicomitidos son La sociedad fiduciaria administra los recursos de manera separada de sus recursos propios, así como de los demás recursos de sus clientes. El patrimonio autónomo para manejo de anticipos tiene como finalidad: (i) los Créditos cedidos la correcta y adecuada inversión y administración del anticipo y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza el reintegro de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento recursos del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden anticipo a la Cartera Normal; 2) Entidad Estatal cuando declara la caducidad, incumplimiento o terminación del contrato estatal o cuando se presenta la nulidad del contrato estatal. Para constituir un patrimonio autónomo el contratista suscribe con una sociedad fiduciaria un contrato xx xxxxxxx mercantil irrevocable1. La Entidad Estatal gira los recursos del anticipo a la Fecha de Determinaciónsociedad fiduciaria, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) quien como vocero del fideicomiso se compromete a administrar esos recursos para cumplir la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditofinalidad prevista.

Appears in 1 contract

Samples: www.colombiacompra.gov.co

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 El presente prospecto de colocación contiene la información relacionada con la emisión de los TÍTULOS DE CONTENIDO CREDITICIO denominados TÍTULOS FIDEICOMISO CONSTRUCLÍNICAS, que llevará a cabo, en desarrollo de un proceso de titularización, el FIDEICOMISO CONSTRUCLÍNICAS de acuerdo con lo dispuesto en el CONTRATO XX XXXXXXX. El FIDEICOMITENTE cedió a este FIDEICOMISO, mediante la celebración del CONTRATO XX XXXXXXX, la posición contractual de PROMITENTE VENDEDOR que tenía en los CONTRATOS DE PROMESA. Tales contratos confieren derechos de crédito a favor del PROMITENTE VENDEDOR, en la medida en que le otorgan el derecho a recibir, durante su vigencia, el pago del precio pactado en los mismos, el cual comenzó a pagarse el día primero (1°) de enero de 2006 para la Clínica Saludcoop Bogotá, el veinte (20) de enero de 2006 para la Clínica Saludcoop Neiva y el primero (1°) xx xxxxx de 20222006 para la Clínica Xxxxxxxxx Xxxxx. Por lo tanto, el Fiduciante y activo subyacente del proceso de titularización a que se refiere este prospecto, corresponde a unos documentos de crédito (los CONTRATOS DE PROMESA), que le confieren al FIDEICOMISO CONSTRUCLÍNICAS, entre otros, el Fiduciario celebraron derecho a recibir en el Contrato futuro las sumas que mensualmente deberían pagarle las PROMITENTES COMPRADORAS por concepto del precio pactado. La EMISIÓN se hará por un valor de Fideicomiso Financiero, sesenta mil millones de pesos colombianos ($60.000´000.000,oo). El FIDEICOMISO con cargo al cual se emitirán los valores a que se refiere este prospecto se constituyó en virtud del cual se creó el Fideicomiso CONTRATO XX XXXXXXX suscrito entre la FIDUCIARIA y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al FiduciarioFIDEICOMITENTE. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados El FIDEICOMISO CONSTRUCLÍNICAS estará constituido por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del crédito.bienes:

Appears in 1 contract

Samples: www.bvc.com.co

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx 28 de septiembre de 2022, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato de Fideicomiso Financiero, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del crédito.

Appears in 1 contract

Samples: www.bancopatagonia.com.ar

INTRODUCCIÓN. Con Xx Xxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxx a través del Gobierno Regional La Libertad (el Concedente), suscribió con fecha 27 xx xxxxx ___de 2022_______ del 2014, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato de Fideicomiso FinancieroConcesión para el diseño, construcción y operación y mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic (en virtud del cual se creó adelante el Fideicomiso y Contrato de Concesión) con la empresa ____________________________________ (el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al FiduciarioConcesionario). De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto acuerdo con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define lineamientos contenidos en el Contrato de Fideicomiso): 1Concesión, ha quedado establecido que durante la vigencia de la Concesión, el Concesionario será responsable del diseño y construcción de las Obras Nuevas y la operación y mantenimiento de las Obras Nuevas y de las Obras Existentes, así como de la prestación del Servicio a los Usuarios del Servicio y de la entrega de agua en bloque al Proyecto Especial Chavimochic para su distribución a las Juntas de Usuarios de los xxxxxx xx Xxxx, Virú, Moche y Chicama; asimismo, que el Proyecto Especial Chavimochic, en su condición de entidad técnica especializada dependiente del Gobierno Regional de La Libertad (XXXX), será el Supervisor de las obligaciones asumidas por el Concesionario en dicho contrato. Las Obras contempladas en el Contrato de Concesión, están conformadas por las obras de la Primera y Segunda Etapa del Proyecto Chavimochic y por las Obras Nuevas de la Tercera Etapa distribuidas en la Primera Fase y en la Segunda Fase, cuya ejecución es simultánea de acuerdo con el Contrato de Concesión y cuyos alcances, en el marco de las características que se definan como resultado de la elaboración de los Expedientes Técnicos, son los siguientes: Primera Fase: Diseño y construcción de las Obras Nuevas de la Primera Fase conformadas por la Presa Palo Redondo y sus obras auxiliares, y del primer tramo del Canal Madre Tramo Moche-Chicama-Urricape. Las inversiones en las obras de la Primera Fase se financian íntegramente con el Cofinanciamiento del Estado. En el Periodo de Operación, comprende las actividades de operación y mantenimiento de las indicadas Obras Nuevas de la Primera Fase. Segunda Fase: Diseño y construcción de las Obras Nuevas de la Segunda Fase conformadas por: i) todas la Tercera línea xx xxxxx del Río Virú; ii) el tramo principal de las Cuentas corresponden obras de la prolongación del Canal Madre Tramo Moche-Chicama-Urricape, que incluye la construcción del sistema xx xxxxx de este tramo; iii) el sistema de conducción lateral para el sector Urricape por debajo del Canal Madre; iv) la remodelación integral del sistema xx xxxxx del Canal Madre tramo Chao-Virú-Moche; y v) la instalación del sistema de control, medición y automatización con cobertura integral para toda la infraestructura hidráulica mayor del Proyecto Chavimochic. Las inversiones en las obras de la Segunda Fase serán financiadas íntegramente con el aporte del Concesionario. En el Periodo de Operación, comprende las actividades de operación y mantenimiento de las indicadas Obras Nuevas de la Segunda Fase. En la Cláusula 25 del Contrato de Concesión se establecen las facultades del Supervisor y los lineamientos generales de las relaciones entre el Supervisor y el Concesionario; asimismo se establece que el Supervisor delegará dichas facultades a uno o más Supervisores Especializados, los cuales serán entidades especializadas a ser contratadas por el Concedente, y que actuarán únicamente por cuenta y en representación del Supervisor. Se ha previsto la Cartera Normal; 2) selección de un Supervisor Especializado de Obras para los Periodos Inicial y de Construcción y de un Supervisor Especializado de Operación y Mantenimiento. Esta entidad especializada será seleccionada como resultado del concurso correspondiente y será contratada para llevar a cabo la Fecha fiscalización de Determinaciónlas obligaciones técnicas y económicas del Concesionario, dichas Cuentas no posean más en la forma y oportunidad que se establezca en el respectivo Contrato de 10 (diez) días Supervisión Especializada. Para dichos efectos, en lo sucesivo, las actividades de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean fiscalización y control que serán objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones delegación y 4) cumplen cuyos alcances se detallan en los presentes Términos de Referencia. Asimismo, la entidad especializada que se seleccione mediante el presente concurso se denominará indistintamente “la Supervisión Especializada de Obras” o “el Supervisor Especializado de Obras” o “El Supervisor Especializado”. El seguimiento de la actuación del Supervisor Especializado de Obras, así como las actividades de supervisión que no hayan sido delegadas a éste, serán ejercidas por el Proyecto Especial Chavimochic, conservando éste su calidad de última instancia en las actividades de supervisión y de representación del Concedente en todos los casos donde éste le delegue facultades. Para estos efectos el Proyecto Especial Chavimochic constituirá su propio equipo de control, seguimiento y de residencia en las obras, cuya actuación en lo que respecta a las facultades de supervisión delegadas, se efectivizará de manera indirecta sin interferir en las relaciones del Supervisor Especializado con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditoConcesionario.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Concesión

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx En este informe se ha realizado una auditoría ciu- dadana de 2022los contratos adjudicados por la Con- sejería de Sanidad a empresas privadas en el año 2017 publicados en el Boletín Oficial de la Comu- nidad de Madrid (BOCM), en cinco de las modali- dades de contratación: suministros, servicios, gestión de servicios públicos, obras y administra- tivos especiales. Investigamos el número de con- tratos, su importe y las empresas a las que se les ha adjudicado. Además, por su especial relevan- cia, se incluye un epígrafe específicamente dedi- cado a los llamados contratos menores, aquellos que la Consejería de Sanidad adjudica y cuyo pre- cio, sin IVA, es inferior a 50.000 euros en caso del contrato de obras o a 18.000 euros en el resto de los contratos. UN INFORME ABIERTO PARA QUE PARTICIPEMOS TODOS Este informe de contratación pública de la Consejería de Sanidad pretende invitar a todos a la: • Comprensión • Participación • Opinión • Lucha ciudadana • Control y • Supervisión abierta La transparencia y la supervisión ciu- dadana de la contratación es funda- mental para la gestión pública co- rrecta y concorde con las preferencias de todas las personas. Como se trata de una información compleja, invitamos a todas las perso- nas interesadas a que nos hagan lle- gar la información que les parezca de interés sobre lo adecuado y correcto de las licitaciones, los precios justos y la imparcialidad de estos gastos El Grupo de Trabajo Auditoría Ciudadana de la Deuda en Sanidad, autor de estas páginas, conti- núa con el proceso ya iniciado en el mes de octu- bre de 2014 con la publicación del Informe SANI- TAS BUPA y seguido por sucesivos informes acerca de la contratación pública de la Consejería de Sa- nidad, sendos informes sobre el papel de los lob- bies y la corrupción en relación con ella, el Fiduciante pro- yecto de Presupuestos de la Consejería de Sanidad en 2017 y 2018, o el Fiduciario celebraron reciente informe sobre “La Prevención del Cáncer de Mama en la Comunidad de Madrid”. Contribuye así al proceso de realizar auditorías ciudadanas de la privatización de la sanidad pública española, así como las empresas implicadas en el Contrato de Fideicomiso Financieromismo, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder a sus consecuencias en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través aumento de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditodeuda pública.

Appears in 1 contract

Samples: aavvcarabanchelalto.files.wordpress.com

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx El Servicio Móvil de 2022Tuenti es un servicio que TUENTI ofrece a los usuarios que están registrados en su red social. Sin perjuicio de lo dispuesto en la estipulación 1.1 anterior, el Fiduciante Servicio Móvil de Tuenti no podrá ser objeto de contratación, por aquellos terceros que no formen parte de la red social de TUENTI. Ambos servicios (la red social Tuenti y el Fiduciario celebraron Servicio Móvil de Tuenti) están íntimamente ligados. En este sentido, la pertenencia a la red social Tuenti es condición necesaria para ser Cliente del Servicio Móvil de Tuenti. Sin perjuicio de ello, TUENTI podrá excepcionalmente permitir, cuando condiciones de operatividad así lo requieran, el Contrato acceso al Servicio Móvil de Fideicomiso FinancieroTuenti a terceros no registrados en la red social. Para la contratación del Servicio Móvil de Tuenti el Cliente deberá haber recibido una invitación, o cualquier otro sistema habilitado al efecto, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria términos señalados en el Fideicomiso Financiero apartado 1.2 precedente, con el fin de activar el área Móvil en el perfil personal del Cliente. La contratación del Servicio Móvil de Tuenti se llevará a cabo a través de dicha área Móvil en la Fecha xx Xxxxxque se incluye toda la información referida al procedimiento de contratación, tarifas, promociones, servicios de datos, roaming, Móviles Tuenti disponibles de acuerdo con estas Condiciones Generales, así como cualquier otra información precisa para conocer el funcionamiento del Servicio Móvil de Tuenti y su utilización. Los Bienes Fideicomitidos son (i) Asimismo, la mencionada área Móvil incluye las Condiciones Generales, las CPSPrepago, las CPSContrato, y los Créditos cedidos Detalles del Servicio. Le informamos de que al tratarse de un servicio para usuarios registrados en la red social Tuenti, la baja de un usuario en la mencionada red social conllevará la imposibilidad para TUENTI de prestar a dicho usuario y Cliente el Servicio Móvil de Tuenti, y en consecuencia, la suspensión y/o a ser cedidos por la baja de dicho Cliente en el Fiduciante al Fideicomiso FinancieroServicio Móvil de Tuenti, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto conformidad con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre CPSPrepago o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibrelas CPSContrato, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte función del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditoservicio contratado.

Appears in 1 contract

Samples: www.berchusmovil.es

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx 26 de julio de 2022, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato de Fideicomiso Financiero, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del crédito.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Suplementario De Fideicomiso Financiero

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 El pasado día 16 xx xxxxx de 20222014, fue publicada en el Fiduciante Boletín Oficial la ley 26.939, que dispone la aprobación del Digesto Jurídico Argentino, consolidado al 31 xx xxxxx de 2013. La ley, sancionada por el Congreso con fecha 21 xx xxxx de 2014, consta de veintiocho artículos y tres anexos, en los que queda reflejada la totalidad del derecho vigente –y no vigente- dictado en la esfera nacional de nuestro país. Sin perjuicio de destacar el esfuerzo encomiable de quienes participaron en la ciclópea tarea de ordenar y consolidar la totalidad de la legislación argentina vigente, la que se culmina después de más de quince años de derrotero legislativo y trabajo mancomunado de juristas y funcionarios y que no conoce precedentes de tal magnitud en el derecho comparado1, una lectura pormenorizada de la normativa vigente correspondiente al Digesto en materia contractual, pone de manifiesto una serie de consecuencias jurídicas disvaliosas y problemas de índole normativa de distinta importancia. Si bien algunos de los inconvenientes que destacaremos a continuación son simples errores materiales, otros en cambio traerán importantes conflictos de interpretación normativa, que corresponde evitar antes de la publicación definitiva del texto del Digesto. Encontrándose en curso actualmente el plazo extraordinario de 180 días prescripto por el art. 20 de la ley Nº 26.939 para que la Comisión Bicameral Permanente del Digesto Jurídico Argentino reciba observaciones fundadas al texto consolidado previo a la publicación de su versión definitiva en el Boletín Oficial, nos proponemos exponer en este trabajo las distintas inconsistencias que presentan los textos ordenados, con la firme convicción de que deben modificarse. Si bien existe en nuestra historia algún otro intento de ordenación legislativa de carácter nacional2, no quedan dudas de que el antecedente directo del Digesto Jurídico Argentino recientemente sancionado, es la ley 24.967 de fecha 20 xx xxxx de 1998. Esta norma, encargada de tutelar y regular el ordenamiento de las leyes generales vigentes y su reglamentación, tuvo como objetivo, según su artículo segundo, fijar los principios y el Fiduciario celebraron el Contrato procedimiento para contar con un régimen de Fideicomiso Financieroconsolidación de las leyes nacionales generales vigentes y su reglamentación, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma elaboración y aprobación del Digesto Jurídico Argentino. Se estableció que el Poder Ejecutivo sería el encargado de su confección, no pudiendo el mismo introducir modificaciones que alteraran ni la letra ni el espíritu de las leyes vigentes (art. 9 ley 24.967). A los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes efectos de la Cobranza elaboración del Digesto, el Poder Ejecutivo debía designar a una Comisión de los CréditosJuristas, integrada por personas de 1 A este respecto, véase Xxxxxxx, Xxxxxxx X., El Digesto Jurídico Argentino: una obra jurídica monumental, pag. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores1, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro publicado en al página web de la Plataforma Academia Nacional de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los PréstamosDerecho y Ciencias Sociales xx Xxxxxxx, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del crédito.xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxx.‌

Appears in 1 contract

Samples: www.acaderc.org.ar

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx Todos los servicios cubiertos deben ser médicamente necesarios. El Miembro tiene acceso directo a la atención primaria y especializada. Un Proveedor Dentro de 2022la Red es un Proveedor que está en la red administrada para este plan específico u otra red especializada atentamente administrada, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato de Fideicomiso Financiero, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados o que tiene un contrato de participación (con Nosotros. Para los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos Servicios Cubiertos realizados por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados Proveedor dentro de la Plataforma Red, la cantidad permitida para este plan es la tarifa que el Proveedor ha acordado con Alliant aceptar como reembolso por los Servicios Cubiertos. Los Médicos y los Hospitales que participan en Nuestras Redes son compensados mediante una serie de MercadoLibre o dentro acuerdos de pago, que incluyen, entre otros, la capitación, las tarifas por servicio, por día, los honorarios con descuento y el reembolso global. Para obtener una lista de Proveedores y centros Dentro de la Plataforma Red, visite XxxxxxxXxxxx.xxx o llame a Servicio al Cliente al (000) 000-0000. ORGANIZACIÓN DE PROVEEDORES REFERIDA Su plan de los Préstamosseguro médico es un plan de beneficios integral llamado Organización de Proveedores Preferidos. Esto significa que Usted puede elegir cuando Usted utilice a un Médico, según correspondahospital u otro proveedor de atención médica. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total El contrato se divide en dos grupos de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro beneficios: Dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera Red y Fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización Red. La atención Fuera de la herramienta Red puede pagarse de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias forma diferente a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo atención Dentro de la Cuenta Mercado PagoRed. Revise su Resumen de Beneficios y Xxxxxxxxx para obtener más detalles. Cada vez que Usted visite a un Proveedor, y/Usted tendrá que hacer esa elección. Cuando Usted elige un Proveedor preferido, tendrá acceso a la atención Dentro de la Red. Visitando XxxxxxxXxxxx.xxx Usted puede elegir un proveedor o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga profesional de Nuestra red. También puede comunicarse con el Servicio al Cliente xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas al (000) 000-0000 y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial representante le ayudará a Usted a encontrar un Proveedor Dentro de la NaciónRed. AsimismoDespués de seleccionar un Proveedor, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen Usted puede comunicarse directamente con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento consultorio del créditoproveedor para programar una cita.

Appears in 1 contract

Samples: alliantplans.com

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 El Ayuntamiento xx xxxxx Xxxxx ha venido suscribiendo acuerdos de 2022concertación social con los principales agentes sociales y empresariales xx Xxxxx, con los que se ha querido diseñar los instrumentos claves de planificación para la posterior programación de las políticas locales de empleo y promoción económica, siendo el último gran acuerdo de concertación social, el Fiduciante denominado Gijón-más, 2012-2015: Acuerdo para el Impulso de la Actividad Económica, la Creación de Empleo y el Fiduciario celebraron Desarrollo Sostenible” comprensivo de un amplio conjunto de programas, proyectos y medidas con el Contrato propósito de Fideicomiso Financieroque puedan contribuir a una mejora de la situación socioeconómica en la que nos encontramos. Con el fin de materializar los objetivos previstos en el referido acuerdo, se han puesto en virtud del cual se creó marcha sucesivas convoca- torias de planes de empleo, partiendo de una previa diversificación en ocupaciones con un alto nivel de empleabilidad, con el Fideicomiso objeto de posibilitar el acceso a un empleo temporal de un importante volumen de trabajadores/as y de imple- mentar sus niveles de inserción laboral. Por otro lado, el apoyo y el Fiduciante acordó ceder fomento de la cultura emprendedora, y el desarrollo de proyectos empresariales, se consi- dera prioritario como cauce para la reactivación económica, por lo que, desde el Ayuntamiento xx Xxxxx, se ha trabajado en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso distintos programas y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto proyectos con los Valores que se pretende inculcar desde las más tempranas etapas educativas, la cul- tura empresarial como generadora de Deuda Fiduciaria Inicialesempleo y riqueza, los “Valores Fiduciarios Iniciales”)así como, los cuales representan mediante la total participación beneficiaria en prestación de servicios que se encarguen de facilitar a los/as emprendedores/as la creación de nuevas empresas, el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financieroinicio efectivo de su actividad y su desarrollo, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma prestación de los Préstamos del Fiducianteservicios de información, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios tramitación de documentación, asesoramiento, formación y punitorios u otros conceptos pendientes apoyo a la financiación empresarial. En esta orientación, el Ayuntamiento xx Xxxxx ha puesto en marcha la oficina Te-CREA de pago bajo estos; atención integral en asesoramiento y (ii) las sumas de dinero provenientes soporte a cualquier persona, física o jurídica, que pretenda iniciar una actividad económica en el con- xxxx xx Xxxxx y se están desarrollando distintos programas y acciones formativas orientadas al fomento de la Cobranza cultura emprendedora. Siendo conscientes que la financiación es la principal traba para la puesta en marcha de los Créditoscualquier actividad empre- sarial, con la presente convocatoria se pretende contribuir a mitigar una de las principales dificultades con la que se encuentra la figura del emprendedor. Los Créditos En este sentido, en el ámbito estatal son varias las reformas que, ante la persistencia de la crisis se caracterizan por ser préstamos ofrecidos dirigen al fomento o a la creación de empleo, y otorgados que apoyan la iniciativa empresarial de distintas formas, leyes como la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, o la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los Usuarios Tomadoresemprendedores y su internacionalización, quienes son que incluyen reducciones y bonificaciones a la seguridad social de trabajadores autónomos y apoyos fiscales diversos. Es necesario el establecimiento de un entorno que promueva la cultura emprendedora, así como la creación y de- sarrollo de proyectos empresariales generadores de empleo y de valor añadido y, desde las Administraciones Públicas, es preciso potenciar y facilitar la iniciativa empresarial, especialmente en la coyuntura económica actual y en especial medida, a aquellos colectivos de trabajadores que tienen unas mayores dificultades de acceso a un puesto de trabajo. Habiéndose gestionado en el año 2014 la primera convocatoria, se considera pertinente ofertar una nueva convo- catoria de ayudas, ampliando el ámbito subjetivo de aplicación y dirigiéndose por tanto, a personas humanas que califican crediticiamente para recibir que, habiendo sido beneficiarias de un plan de empleo o formación en el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibreAyuntamiento xx Xxxxx, o fuera que hayan concluido otro programa de la Plataforma fo- mento y búsqueda activa de MercadoLibreempleo municipal, en otros sitios materialicen su proyecto de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; ejercer una actividad profesional o bien (ii) para fines personalesempresa- rial, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en como una salida a su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos inserción en el fondo común de dinero Mercado Fondomercado laboral, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan además reactiva la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte actividad económica del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditomunicipio.

Appears in 1 contract

Samples: sede.asturias.es

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx La Unidad Administrativa Especial Dirección de 2022Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, en adelante LA DIAN, pone a disposición de los interesados el Pliego de Condiciones para la selección del contratista para la: “COMPRA DEL SISTEMA DE OFICINA ABIERTA Y SILLAS, INCLUIDA SU INSTALACIÓN, JUNTO CON LA COMPRA E INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE CABLEADO ESTRUCTURADO PARA LAS DIFERENTES SEDES DE LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES A NIVEL NACIONAL.” Los Estudios y documentos previos que incluyen el análisis del sector, el Fiduciante proyecto xx xxxxxx de condiciones y el Fiduciario celebraron pliego de condiciones definitivo, así como cualquiera de sus anexos, están a disposición del público a través del SECOP II. Los interesados pueden presentar observaciones al presente documento en la oportunidad establecida para el Contrato efecto en el Cronograma. La Selección del contratista se realiza a través de Fideicomiso FinancieroSELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA A TRAVÉS DEL SECOP II. El SECOP II muestra el pliego de condiciones del Proceso de Contratación con la información general del Proceso, el cronograma (revise con cuidado las fechas límite para presentación de observaciones y oferta), las garantías solicitadas, la información presupuestal y los documentos complementarios al pliego (en virtud esta sección podrá encontrar, entre otros, los estudios previos y los anexos técnicos del cual Proceso). La SECCIÓN CUESTIONARIO contiene los REQUISITOS HABILITANTES y la información técnica y económica que la DIAN solicita para la presentación de la OFERTA. El OFERENTE deberá hacer clic en “Suscribirme” para poder participar en el Proceso de Contratación. Luego, debe confirmar su suscripción. SECOP II lo llevará al área de trabajo del Proceso de Contratación. SECOP II le mostrará un área de trabajo con diferentes opciones para participar en el Proceso y consultar su avance. Para crear una observación, se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los debe utilizar sección Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados InicialesOBSERVACIONES A LOS DOCUMENTOS DEL PROCESO” y junto haga clic en “CREAR”. El cronómetro en cuenta regresiva del área de trabajo indica el tiempo que queda para que se venza la fecha límite de presentación de observaciones. Cuando llegue a cero los oferentes no podrán enviar más observaciones a la DIAN. Los OFERENTES deben revisar con los Valores cuidado las fechas límite del cronograma del Proceso. Antes de Deuda Fiduciaria Inicialespresentar la oferta, el OFERENTE debe consultar en la página de COLOMBIA COMPRA EFICIENTE, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son siguientes documentos: (i) Manual de uso del SECOP II; (ii) Guía para realizar el registro en el SECOP II; (iii) Guía para presentar observaciones en el SECOP II; (iv) Guía para presentar Ofertas en el SECOP II; (v) Guía de creación de proponente plural en el SECOP II; (vi) Gestión Contractual; (vii) Guía para participar en Subasta en el SECOP II; (viii) Guía de competencia para Compras Públicas del SECOP II, entre otras. Así mismo, se recomienda consultar los Créditos cedidos y/o videos publicados del SECOP II. Así mismo, el OFERENTE antes de presentar la oferta, debe conocer el pliego de condiciones, con sus adendas y anexos, y solicitar las aclaraciones que considere necesarias dentro del término establecido en el CRONOGRAMA del Proceso de Contratación. La presentación de la OFERTA implica la aceptación por parte del OFERENTE del cumplimiento de la FICHA TÉCNICA y de las condiciones de ejecución y alcance de los contratos establecidos en el PLIEGO DE CONDICIONES, ADENDAS y ANEXOS, incluyendo la distribución de Riesgos efectuada en la MATRÍZ DE RIESGOS del Proceso de Contratación. Así, la OFERTA constituye un proyecto de negocio que se mantiene vigente durante el periodo de TRES (3) MESES contados a ser cedidos partir de su presentación, condicionado a su aceptación por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital parte de la DIAN a través de la Plataforma adjudicación del contrato. Durante este periodo, el OFERENTE no puede retirar, menoscabar o derogar los efectos de su OFERTA. El OFERENTE al que le sea adjudicado el contrato, será responsable por haber ocultado inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa (Art.26.7, L.80/93). Así mismo, responderá por la buena calidad del objeto contratado (Art.26.8, L.80/93) y por formular propuestas con condiciones económicas y de contratación artificialmente bajas con el propósito de obtener la adjudicación del contrato (Art.26.6. L.80/93). Por lo anterior, se reitera a los Préstamos del Fiducianteinteresados en participar en el Proceso de Contratación, junto con todos los pagos que antes de presentar su OFERTA deben: (i) Leer cuidadosamente el pliego de condiciones, sus adendas, anexos y respuesta a observaciones o solicitudes de aclaración publicadas por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estosla DIAN; y (ii) las sumas Verificar si cumple los requisitos de dinero provenientes capacidad jurídica, financiera, organizacional y de experiencia mínima exigidos para participar en el Proceso de Contratación, y presentar a través del SECOP II la Cobranza de documentación que los Créditos. Los Créditos acredite; (iii) Revisar los anexos y diligenciar totalmente los formatos (para el efecto se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados recomienda a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas Oferentes verificar que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros formatos que procesan sus pagos mediante la integración va a diligenciar y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en presentar con su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo propuesta a través de redes SECOP II sean los definitivos -finales-, porque es posible que los formatos que inicialmente sean publicados junto con el proyecto xx xxxxxx de cobranzas extrabancarias habilitadas condiciones, puedan ser modificados como consecuencia de las observaciones presentadas a dicho proyecto o comercios habilitados al pliego de condiciones definitivo); (iv) Presentar las solicitudes de aclaración a través del SECOP II, de conformidad con Guía para presentar observaciones en el SECOP II y abstenerse de efectuar consultas de manera personal o telefónica; (v) Analizar el alcance de cada una de las obligaciones y riesgos previsibles que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos para el contratista se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito derivan del contrato que se ofrecepretende adjudicar, y tener en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de cuenta la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro totalidad de los 10 días desde costos directos e indirectos en los que debe incurrir para cumplir dichas obligaciones y asumir los riesgos previsibles; (vi) Analizar las condiciones de ejecución del contrato que la fecha de otorgamiento del créditoDIAN se propone adjudicar.

Appears in 1 contract

Samples: community.secop.gov.co

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 El Servicio Nacional de Contratación Pública – SERCOP es la entidad rectora del Sistema Nacional de Contratación Pública - SNCP, responsable de desarrollar y administrar el Sistema Oficial de Contratación Pública del Ecuador - SOCE y de establecer las políticas y condiciones de la contratación pública a nivel nacional; ha enfocado su gestión sobre la base de los ejes de transparencia, calidad, eficiencia, eficacia y ahorro para el Estado, y garantiza el cumplimiento de sus principios, valores y política integrada de calidad y anti-soborno en los procesos de contratación pública. Xx Xxxxxxxx 000 xx xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx xxx Xxxxxxx determina: “Las compras públicas cumplirán con criterios de 2022eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. Se priorizarán los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas”. Un logro significativo para el SERCOP, fue la creación del Sistema Nacional de Contratación Pública - SNCP, a través del cual, se da inicio a la administración del Registro Único de Proveedores – RUP, sistema público de información y habilitación de las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, con capacidad para ser contratadas por el Estado Ecuatoriano según lo establecido en la LOSNCP. Asimismo, el Fiduciante SERCOP, promociona la calidad en la compra pública como una manera de optimizar los recursos del Estado, es por esto que el 2018 marcó un hito relevante para la institución, al certificarse con la norma internacional ISO 9001:2015, basada en Sistemas de Gestión de la Calidad, en pos de garantizar un mejor servicio a los usuarios del SNCP. Consecuentemente, en el año 2019, el SERCOP, vuelve a marcar un hito importante en la lucha contra la corrupción, al ser la primera institución del país en certificar su Sistema de Gestión Anti- soborno bajo la norma internacional ISO 37001: 2016 en todos sus procesos a nivel nacional; y la primera a nivel regional, relacionada con contratación pública. Actualmente, los esfuerzos del SERCOP se concentran en contar con una contratación pública en la que prime la transparencia y calidad; que exista un enfoque hacia la participación de los actores de la contratación pública en términos de inclusión, con un Sistema Oficial de Contratación del Estado – SOCE, efectivo y moderno. Este acápite contiene de manera detallada los principales hitos del 2019 en relación a las cifras de los procesos de contratación y compra pública entre las instituciones y proveedores del Estado, mismos que se evidencian a lo largo del desarrollo del capítulo en mención: En el año 2019* la contratación pública representó el 17,07% del Presupuesto General del Estado (PGE) y el Fiduciario celebraron 5,56 % del Producto Interno Bruto (PIB). La contratación pública alcanzó los 6.066,0 millones de dólares, durante el Contrato año 2019*. Este valor comparado con el año de Fideicomiso Financiero2018 significó un decrecimiento de 13,3%. Las entidades del Gobierno Central y sus empresas públicas adjudicaron 3.490,2 millones de dólares que equivale al 57,5% del total adjudicado del año 2019*; mientras los GADs y sus empresas públicas adjudicaron 2.269,6 millones de dólares, que representó el 37,4% del total adjudicado en virtud del cual se creó el Fideicomiso año 2019*. Las Empresas Públicas de la Función Ejecutiva fueron el sector que tuvo mayor incremento en sus montos adjudicados en el año 2019* respecto al año 2018*. Las Empresas Públicas de la Función Ejecutiva pasaron de adjudicar 1.065,9 a 1.194,2 millones de dólares entre el año 2018* y el Fiduciante acordó ceder año 2019*, es decir un incremento del 12,0%. Los mayores montos adjudicados por el Gobierno Central en forma periódica Créditos el 2019* correspondieron a los sectores de recursos naturales, bienestar social y salud. El sector de recursos naturales adjudicó 1.011,8 millones de dólares, lo que representa el 29,0% de todo lo adquirido por este sector de gobierno en propiedad fiduciaria el año 2019*. Consecuentemente, los sectoriales con mayor crecimiento en el año 2019*, fueron los de Recursos Naturales, Administrativo y Bienestar Social. El primero corresponde también al Fiduciariosectorial con mayor monto de adjudicación. Año Contratación Pública [CP] (Millones De conformidad Dólares) Presupuesto General del Estado [PGE – Inicial] (Millones De Dólares) Producto Interno Bruto [PIB-Nominal] (Millones De Dólares) 2010 7.053,2 21.282,1 69.555,4 2011 9.857,4 23.950,2 79.276,7 2012 9.887,5 26.109,3 87.924,5 2013 10.842,8 32.366,8 95.129,7 2014 8.197,6 34.300,6 101.726,3 2015 7.412,5 36.317,1 99.290,4 2016 6.916,4 29.835,1 98.614,0 2017* 5.849,4 36.818,1 104.296,0 2018* 7.000,6 34.853,4 109.454,3 Tabla 1: Evolución de la Contratación Pública, el PIB y el PGE. Página 8 de 66 8,06% 7,47% 7,01% 5,61% 6,40% 5,56% 45% 40% 35% 30% 25% 20% 15% 10% 5% 0% 41,16% 37,87% 33,14% 33,50% 23,90% 23,18% 20,41% 20,09% 15,89% 17,07% 12,43% 10,14% 11,25% 11,40% CP / PGE CP / PIB Gráfico 1: Participación de la compra pública con este Contrato de Fideicomiso Financieroel PIB y PGE, 2019. Fuente: SERCOP - SOCE, Banco Patagonia S.A.Central del Ecuador y Ministerio de Finanzas. Durante el período 2009-2019*, exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital contratación pública a través de la Plataforma implementación de procesos eficientes, electrónicos y competitivos ha generado al Estado ecuatoriano un ahorro de $ 3.898,7 millones de dólares, con un promedio anual de ahorro de $ 354,4 millones de dólares. Durante el 2019* se generó un ahorro de $395,4 denotando un incremento sustancial en relación al promedio anual: 2019* $ 395,4 $ 3.898,7 2018* $ 347,3 $ 3.503,2 2017* $ 241,7 $ 3.155,9 2016 $ 290,5 $ 2.914,2 2015 $ 333,5 $ 2.623,7 2014 $ 313,0 $ 2.290,2 2013 $ 371,9 $ 1.977,1 AHORRO ACUAMULADO** AHORRO ANUAL** 2012 $ 572,8 $ 1.605,3 2011 $ 342,3 $ 1.032,4 2010 $ 481,7 2009 $ 208,4 $ 0 $ 1.000 $ 2.000 $ 3.000 $ 4.000 (**) Ahorro = presupuesto – adjudicado de los Préstamos procesos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios Régimen Común. No incluye catálogo electrónico y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podráferias inclusivas Gráfico 2: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo Ahorro generado a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pagocompra pública, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del crédito2019.

Appears in 1 contract

Samples: portal.compraspublicas.gob.ec

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx Desde y durante la evolución del hombre es tas diferentes formas de 2022relación fueron mutando, desde las convenciones absolutamente formalistas hasta los vínculos enfatizados en una realidad de subordinación y dependencia, actualmente conocidos como relación laboral o de trabajo. En un comienzo y hasta principios del siglo XX, se encontraron marcadas por un fuerte abuso de parte de quienes detentaban una situación aventajada respecto del otro, provocando una serie de disconformidades y movimientos sociales, fenómenos que llevaron a la corrección al menos parcial de las diferencias en pos de la equidad; claros ejemplos de estos abusos fueron aquellos producidos durante la época feudal y que se prolongaron hasta la revolución industrial, en la cual los trabajadores debían ocuparse en extensas jornadas de trabajo, recibiendo salarios mínimos y sin posibilidad de acceder a mejores condiciones, en especial ante la gran oferta de mano de obra proveniente de los abandonados feudos. Contra tales injusticias nace el Derecho del Trabajo, el Fiduciante cual busca prevenir, solucionar y mejorar la situación existente, introduciendo regulaciones a la relación de subordinación y dependencia, posicionando al trabajador en un mejor estatus para negociar, mediante el Fiduciario celebraron el Contrato establecimiento de Fideicomiso Financieroderechos mínimos garantizados e irrenunciables que le permitían tener una base asegurada; pero la falta del contrato de contrato de locación de servicios técnicos y profesionales, en virtud nuestro legislación laboral no considera este tipo de contrato; por tal razón he propuesto el tema intitulado LA LOCACIÓN DE SERVICIOS, DE CARÁCTER TÉCNICO PROFESIONAL, COMO FORMA DE CONTRACIÓN EXTRALABORAL, DEBERÍA SER INCORPORADA AL CODIGO DEL TRABAJO ECUATORIANO, CON EL FIN DE GARANTIZAR AL TRABAJADOR QUE REALIZA LABORES QUE NO COMPRENDEN El informe de la investigación se encuentra estructurado de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 144, del Reglamento de Régimen Académico de la Universidad Nacional xx Xxxx; y, se desglosa de la siguiente forma: Parte Preliminar consta de: Portada, Certificación del Director, Declaratoria de Autoría, Carta de Autorización, Dedicatoria, Agradecimiento y Tabla de Contenidos. Parte Introductoria, esta contiene: Título, resumen en castellano e inglés, Introducción Cuerpo del Informe: a) Revisión de Literatura, esta consigna; b) Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxxxxx; c) Xxxxx Xxxxxxxx, Legislación Comparada, en la cual se creó encuentra desarrollada toda la teoría que contempla el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciariotrabajo de investigación. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso FinancieroLa metodología, Banco Patagonia S.A.está compuesta por los materiales utilizados, exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales que se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto relaciona con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes elementos que son utilizados en todo el proceso para la elaboración de la Cobranza tesis; métodos, procedimientos y técnicas, constituye, se compone de cómo, cuándo y para que se investiga. Los resultados, están constituidos por la aplicación de las encuestas y entrevistas, comúnmente conocida como la investigación de campo, parte en la que se demuestra con cuadros, gráficos y el análisis de los Créditosresultados obtenidos en esta parte del proceso. Los Créditos La discusión, es la parte en donde se caracterizan por ser préstamos ofrecidos realiza la comprobación de los objetivos generales y otorgados a los Usuarios Tomadoresespecíficos, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro además la contratación de la Plataforma de MercadoLibre o dentro hipótesis y este sub título culmina con la fundamentación jurídica de la Plataforma propuesta de los Préstamosreforma legal que planteo. Por último tenemos las conclusiones, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan que son un resumen de todo el 100% contenido del total informe de los Créditos. En ese sentidoinvestigación, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros las conclusiones que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen relacionan con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde tema y las recomendaciones, a continuación esta la fecha de otorgamiento del créditopropuesta jurídica, la bibliografía, anexos y por último el índice.

Appears in 1 contract

Samples: dspace.unl.edu.ec

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 El Plan de Inversión de los Aeropuertos Internacional Xxxx Xxxxx Xxxxxxx xx xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx de 2022Medellín, los Garzones de Montería, el Fiduciante Xxxxxx de Quibdo, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx de Carepa y Las Brujas de Corozal, establece la relación de obras y suministros a ejecutar durante el Fiduciario celebraron período de la Concesión. El sistema de infraestructuras aeroportuarias, la parte quizás más importante de las instalaciones aeronáuticas, obliga al Concesionario, a conocer ampliamente estas instalaciones, su gestión y necesidades de conservación, como los requisitos materiales, tipología, características generales y mecánica de vuelo, parámetros condicionantes de un buen proyecto, de manera que los diseños que presentará el Contrato Concesionario, respondan clara y justificadamente a criterios de Fideicomiso Financieroeconomía, calidad, funcionalidad y seguridad, debiendo partir de la premisa que el transporte aéreo es una herramienta fundamental en virtud del cual se creó el Fideicomiso la evolución y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato modernización de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxxpaíses. Los Bienes Fideicomitidos son (i) requerimientos y la estructura del presente Apéndice, se basan en los Créditos cedidos y/o a ser cedidos criterios señalados precedentemente y constituyen una guía para el Concesionario. En una topografía complicada que configura gran parte de Colombia, estos criterios se ven reforzados por las ventajas que adquiere el Fiduciante transporte aéreo al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan permitir generar economías de tiempo de gran magnitud. El logro de buenos diseños en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiducianteproyecto aeroportuario, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir conlleva el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta conocimiento por parte del Usuario Tomador en un formato cien equipo planificador de todos los elementos que lo integran, tales como clasificación y condiciones de actuación de las pistas y de los aviones, calles de rodaje, plataformas, terminales de pasajeros y carga, ayudas a la navegación aérea, entre muchas otras disciplinas. El Plan de Inversión de los aeropuertos mencionados precedentemente, establece la relación de obras y suministros a ejecutar por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad el Concesionario durante el período de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con Concesión. El referido Plan determina las disposiciones del Código Civil y Comercial intervenciones que se realizarán durante el tiempo de la NaciónConcesión. Asimismo, Igualmente se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según establecen cada uno de estos términos se define los activadores del inicio de las inversiones y el alcance técnico de las mismas. El Concesionario, bajo su responsabilidad, está obligado a verificar en los aeropuertos la veracidad de la información suministrada y la precisión técnica de la misma. Se entiende que el Contrato Concesionario, al momento de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a presentar la Cartera Normal; 2) a propuesta, ha efectuado la Fecha revisión de Determinación, dichas Cuentas no posean más la información suministrada y realizado el levantamiento de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditoinformación necesaria para su presentación.

Appears in 1 contract

Samples: www.ani.gov.co

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx Relìv Inc. (en adelante denominada “Relìv” o “la Compañía”) ha establecido las siguientes reglas, reglamentos, políticas y procedimientos aplicables a todos los Distribuidores Relìv Independientes (“Distribuidores”) que hayan firmado una Solicitud/Contrato de 2022Distribución (“Contrato de Distribución”) con Relìv. El propósito de estás políticas y procedimientos es brindar estándares consistentes para todos los Distribuidores Relìv, mantener la integridad del plan de mercadotecnia y fomentar el cumplimiento de Relìv y todos los Distribuidores con todos los reglamentos federales, estatales y locales que gobiernan la mercadotecnia de redes. Cada una de las otras subsidiarias ope- radoras emite sus propias políticas y procedimientos en los países en los que operan. Es tu responsabilidad como Distribuidor el estudiar, comprender y seguir la versión más reciente de las Políticas y Procedimientos y otros documentos dirigidos a los Distribuidores, incluyendo el “Contrato de Distribución”. Favor de tomar en cuenta que Relìv se reserva el derecho de modificar estos reglamentos en cualquier momento y que dichas modificaciones serán efectivas al publicarse. Relìv podrá publicar las modificaciones a estas Políticas y Procedimientos a través de cualquiera de los siguientes medios, que incluyen pero no se limitan a, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato sitio en Internet de Fideicomiso Financierola Compañía, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financieropublicaciones periódicas dirigidas a los Distribuidores, Banco Patagonia S.A.mensajes por correo electrónico, exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o avisos de dichas modificaciones enviados por correo regular a ser cedidos por los Distribuidores, utilizando la dirección más reciente que aparezca en su expediente con la Compañía. Las inconsistencias y conflictos que surjan entre estas Políticas y Procedimientos y un Contrato de Distribución serán resueltos a favor de las Políticas y Procedimientos, con sus más recientes enmiendas. Al patrocinar a un nuevo Distribuidor, es tu responsabilidad entregarle la versión más actualiza- da del Contrato de Distribución y de las Políticas y Procedimientos, antes de que el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales solicitante se otorgan en un formato 100% digital afilie a través la Compañía. Puedes obtener copias adicionales de estas Políticas y Procedimientos solicitándolas de la Plataforma Compañía o puedes verlas en el sitio: xxx.xxxxx.xxx bajo la sección “Distribuidores”. Te recomendamos ampliamente que repases la información de esta sección de Políticas y Procedimientos regularmente, para asegurar que estés conduciendo tu negocio de la manera esperada. Al inscribirte como Distribuidor, tu firma indica que tienes conocimiento de estas Políticas y Procedimientos, que las has leído, entendido completamente y aceptado antes de convertirte en Distribuidor. En caso de que tengas alguna pregunta, comunícate con tu Master Xxxxxxxx, líder patrocinador o con el Centro de Servicio a Distribuidores Relìv. Seré honesto(a) y justo(a) en todos mis tratos cuando actúe como Distribuidor de los Préstamos del Fiducianteproductos Relìv. Llevaré a cabo todas mis actividades profesionales de una manera que mejore mi reputación y la reputación positiva establecida por Relìv. Seré cortés y respetuoso(a) con cada una de las personas contactadas durante el curso de mi negocio de productos Relìv. Cumpliré con mis responsabilidades de liderazgo como patrocinador, junto con todos incluyendo aquellas res- ponsabilidades de capacitación y de esa manera apoyaré a los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes Distribuidores de pago bajo estos; y (ii) las sumas mi organización de dinero provenientes de la Cobranza ventas. No haré malas representaciones de los Créditosproductos Relìv o del plan de compensación y tampoco llevaré a cabo actividades engañosas o ilegales. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados No haré afirmaciones acerca de los productos Relìv que no estén indicadas en la información oficial de Relìv. No haré afirmaciones de diagnóstico ni recetaré ninguno de los productos Relìv. Tampoco interpretaré mis experiencias personales respecto a los Usuarios Tomadoresproductos Relìv como algo indicativo de las experiencias que otras personas podrían esperar que les ocurrieran a ellas. Excepto cuando Relìv lo autorice específicamente por escrito, quienes son personas humanas no haré declaraciones en cuanto a los ingresos potenciales del plan de compensación de Relìv; tampoco haré declaraciones en cuanto al ingreso o las cantidades de ingreso específicas que califican crediticiamente para recibir un Distribuidor puede ganar. Comprendo y estoy de acuerdo en que yo soy exclusivamente responsable de todas las obligaciones financieras/legales incurridas por mí en el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro transcurso de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma mi negocio como Distribuidor de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma Relìv. No solicitaré las listas de MercadoLibre, genealogías propiedad privada de otras compañías de mercadotecnia de redes. No usaré materiales de venta o fuera asociaciones profesionales que pudieran considerarse como propiedad privada de la Plataforma otras compañías. Llevaré a cabo mi negocio de MercadoLibre, en otros sitios Distribuidor Relìv de terceros manera que procesan sus pagos mediante la integración respete los productos y la utilización el profesionalismo de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditoempresas.

Appears in 1 contract

Samples: reliv-content.s3-us-west-2.amazonaws.com

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 10 xx xxxxx de 2022, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato de Fideicomiso Financiero, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas y personas jurídicas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son ofrecidos y aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir capital de trabajo. Los Usuarios Tomadores utilizan los servicios xx Xxxxxxx Pago para la gestión y procesamiento de sus cobranzas digitales derivadas de la venta de sus productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Los Deudores de los Créditos se encuentran bancarizados (entendiéndose como tal bajo el presente, a aquellos que cuentan con una “Clave Bancaria Uniforme – CBU” o con una “Clave Virtual Uniforme – CVU” de su titularidad). Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el artículo 1.4. del Contrato de Fideicomiso): 1) Usuarios Tomadores cuya antigüedad mínima sea de seis (6) meses desde su fecha de registro en la Plataforma de MercadoLibre; 2) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 23) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas los Créditos no posean más de 10 (diez) días de atraso; 34) corresponden a Usuarios Tomadores que están activos y que el Fiduciante no haya recibido denuncias por fraude de los Usuarios Tomadores; 5) a la Fecha de Determinación, que no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del crédito.refinanciaciones;

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Suplementario De Fideicomiso Financiero

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx El derecho comercial internacional y el derecho económico internacional son áreas del derecho que no son oponibles una a la otra y es por esto que en el presente proyecto encontraremos cuál es la compatibilidad del Tratado de 2022libre comercio Colombia- Estados Unidos en la regulación de los contratos de compraventa internacional de mercaderías en Colombia, siendo el objetivo general determinar la compatibilidad del Tratado de libre comercio Colombia-Estados Unidos en la regulación de los contratos de compraventa internacional de mercaderías en Colombia, se justifica este proyecto porque tiene como fin analizar que paso con la ratificación del Tratado de libre comercio Colombia-Estados Unidos, en la regulación de la compraventa internacional de mercaderías en Colombia. Conforme al marco teórico, la metateoría utilizada es la globalización entendida por Rúa “que sin la globalización no habría sido posible la estructuración de discursos que legitimaran las prácticas de los organismos internacionales para que tuvieran un impacto regulativo realmente fuerte en todo el globo terráqueo.” (2013, Pág. 10). Igualmente entendida la globalización por Xxxxxxx Xxxxxx como un fenómeno “presente en los procesos comportamentales de la humanidad, generado por los actos propios de la naturaleza humana, como son: la ambición, el Fiduciante poder, el desarrollo de la curiosidad…” (2009, pág. 35). Por otro lado Xxxxx menciona que “El proceso de globalización emprendido en forma sistemática a partir de 1990 tuvo como objetivo aumentar el bienestar de la población mundial.” (2003, pág. 217). La teoría utilizada es el pluralismo jurídico, la cual contiene diversos conjuntos de normas jurídicas positivas en un mismo ámbito de tiempo y espacio, y dado que la globalización es un concepto plural nos lleva al pluralismo jurídico. Como experiencia de la investigación, fue el reto más grande de nuestra carrera, pensamos que era fácil, pero encontramos una serie de situaciones no imposibles pero difíciles y más aun cuando estábamos investigando sobre un tema lejano y desconocido en muchos aspectos para nosotros obligándonos a estudiar desde los conceptos más básicos del derecho comercial internacional y del derecho económico internacional, pero la gran satisfacción de realizarlo es que nos convertimos en mejores lectores, escritores e investigadores. Iniciamos el proyecto exponiendo que pasaba en Colombia en la regulación de los contratos de compraventa internacional de mercaderías antes de la Convención de Viena, el estado actual de los contratos de compraventa internacional de mercadería y el Fiduciario celebraron el Contrato análisis del porque se aprobó la Convención de Fideicomiso FinancieroViena, todo lo anterior en virtud Colombia, pasando luego al análisis del cual se creó el Fideicomiso Tratado de libre comercio Colombia-Estados Unidos iniciando con sus antecedentes, rondas de negociación y el Fiduciante acordó ceder análisis de las sentencias que lo aprobaron en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria Colombia mencionando las situaciones más importantes de ellas, al Fiduciariofinal determinamos la compatibilidad de los instrumentos mencionados, llegando a unas conclusiones satisfactorias. De conformidad El tipo de investigación desde el punto de vista científico es jurídico, porque están inmersas las normas jurídicas y desde el punto de vista metodológico, es hermenéutico al ser esta investigación del estudio de normas y teorías. El tipo de estudio es descriptivo porque la metodología aplicada es con este Contrato el fin de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad explicar todas las dimensiones. La técnica de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores recolección de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores información fue por medio de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados la revisión de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital doctrina a través de la Plataforma bases de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentidodatos, el destino Tratado de libre comercio Colombia-Estado Unidos, la Convención de Viena y sus sentencias aprobatorias. Las fuentes primarias fueron: La constitución Política de Colombia porque durante el proyecto se reconoce su jerarquía, la Sentencia C-750-08 porque declara exequible la ley 1143 de 2007 la cual aprueba el acuerdo comercial entre los fondos dos países, la Sentencia C-751-08 porque declara exequible la Ley 1166 de 2007 que aprueba el protocolo modificatorio del acuerdo comercial, la Convención de Viena porque es la fuente principal de cómo se regulan los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro contratos de la Plataforma compraventa internacional de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo mercaderías. Como fuentes secundarias tenemos artículos recolectados a través de redes bases de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan datos los cuales nos dieron los conocimientos suficientes para identificar la funcionalidad regulación de retiro los contratos de efectivo compraventa internacional de mercaderías antes y después de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas Convención de Viena y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad conceptos sobre el Tratado de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditolibre comercio Colombia- Estados Unidos.

Appears in 1 contract

Samples: bibliotecadigital.usb.edu.co

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 El presente proyecto llevará a cabo un plan de mejoramiento para la contratación de talleres de confección especializados en tejido de punto el objetivo es la fidelización de clientes de la empresa que permita potenciar a los clientes nuevos, logrando que siempre elijan a la compañía como primera opción cuando requieran los productos textiles ofertados. Para analizar esta problemática es necesario mencionar su principal causa: Las pequeñas empresas que apenas se encuentran posicionando su marca e incorporándose a un mercado cambiante requieren fidelizar los clientes para su expansión, crecimiento hacia la madurez xx xxxxx xxxxxxx. La metodología de 2022investigación precisada para estudiar y concebir la conducta actual xxx xxxxxxx objetivo ubicado en Santiago de Cali y demás aspectos involucrados en el presente proyecto, el Fiduciante cual está orientado en la ejecución de la unidad de negocio en desarrollo es la exploratoria, por medio de esta se pretende recoger datos concretos xxx xxxxxxx objetivo, estos son la base del análisis y son expuestos y resumidos de manera metódica para posteriormente ser analizados minuciosamente los resultados, a fin de extraer generalizaciones significativas que contribuyan al conocimiento, desarrollo y determinación de la gestión operativa en la contratación de talleres para la confección de camisetas t-shirt en la compañía DISTRIBUCIONES XXXXXX XXXXXX E. U. Estudio de gestión en la contratación de talleres para la confección de camisetas t- shirt en la compañía DISTRIBUCIONES XXXXXX XXXXXX E. U. Gestión Actualmente la compañía DISTRIBUCIONES XXXXXX XXXXXX X. U, no cuenta con un área encargada para la contratación de talleres de confección, que garanticen la producción de sus prendas. El sistema competitivo actual de la camiseta t-shirt cada vez es mayor por lo cual el Fiduciario celebraron el Contrato gerente de Fideicomiso Financiero, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en la compañía no puede dejar que su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de marca pierda participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero mercado, motivo por el cual decide contratar a un profesional en la parte administrativa que dé solución inmediata a la Fecha xx Xxxxxcontratación de los talleres de forma organizada y fija. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por Ante esta necesidad, el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales profesional administrativo se otorgan basa en un formato 100% digital a través el estudio de la Plataforma investigación, para determinar las falencias de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos talleres ante el cumplimiento de la producción semanal contratada. Arrojando como falencia principal la constancia en los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes la producción semanal fija. Con base a estos dos aspectos principales el profesional administrativo dará las soluciones pertinentes para que la contratación de pago bajo estos; y (ii) tales talleres brinde las sumas garantías necesarias. ¿Es viable el estudio de dinero provenientes gestión en la contratación de talleres para la confección de camisetas t-shirt en la compañía DISTRIBUCIONES XXXXXX XXXXXX X. U? • ¿Cómo realizar un diagnóstico situacional que permita la contratación de talleres de confección que satisfaga los requerimientos necesarios para la entrega de la Cobranza producción? • ¿Qué elementos se necesitan para facilitar la contratación de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados talleres con el fin de que estos cumplan con la producción semanal? • ¿Cómo realizar una propuesta de contratación que motive a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas talleres para cumplir con la producción a tiempo? Determinar si es viable el estudio de gestión en la contratación de talleres para la confección de camisetas t-shirt en la compañía DISTRIBUCIONES XXXXXX XXXXXX E. U. • Realizar un diagnóstico situacional que califican crediticiamente permita la contratación de talleres de confección que satisfaga los requerimientos necesarios para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro la entrega de la Plataforma producción. • Diseñar elementos se necesitan para facilitar la contratación de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen talleres con el plazo fin de no revocación dentro que estos cumplan con la producción semanal. • Realizar una propuesta de contratación que motive a los 10 días desde talleres para cumplir con la fecha de otorgamiento del créditoproducción a tiempo.

Appears in 1 contract

Samples: repository.unicatolica.edu.co

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx El Departamento del Quindío, con el propósito de 2022formular una política pública de tipo subregional o regional para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos – GIRS, para los doce (12) municipios del departamento, con énfasis en el componente de aprovechamiento, abrió a través del Concurso de Méritos 004 de 2018, el Fiduciante proceso de licitación pública que fue adjudicado a la empresa Consultoría y Dirección de Proyectos – CYDEP S.A.S. a través del contrato de consultoría No. 019 de 2018, cuyo objeto es la “Construcción y articulación de la política de producción, consumo sostenible y gestión integral de aseo”; cuya supervisión la realiza la Dirección de Aguas y Saneamiento quienes son los gestores del Programa de Aguas para la Xxxxxxxxxxx x Xxxx xx Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxx (XXX – XXX) xxx Xxxxxxx, dependencia adscrita a la Secretaría de Aguas e Infraestructura del Departamento y la interventoría es ejecutada por la empresa Zoluciona Ltda. Este proyecto nace con la expedición del CONPES 3874 de 2016, el cual establece la Política Nacional para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos no peligrosos, promoviendo el avance hacia la economía circular y dando lineamientos para avanzar en el aprovechamiento de residuos, cumpliendo con una labor de apoyo y articulación para la implementación de las políticas de aseo y el Fiduciario celebraron manejo de los residuos sólidos, con énfasis en el Contrato aprovechamiento, la formalización y organización de Fideicomiso Financierolos recicladores de oficio acorde con la normatividad vigente, alternativas de negocio frente a esta actividad complementaria, campañas de socialización y concientización a la comunidad en el marco de la cultura del manejo y de los residuos sólidos. El proyecto incluye la elaboración xx xxxx (10) productos el cual permitirá construir, organizar, analizar y obtener resultados en el marco del manejo integral de los residuos sólidos con énfasis en el aprovechamiento de manera regional, donde se incluyen los componentes: sociales, económicos, empresariales, ambientales y sanitarios, que contribuyan al fomento de la economía circular, al desarrollo sostenible de producción y consumo y cuyos resultados son de gran importancia e interés por parte de la Gobernación del Departamento del Quindío. Este informe, desarrolla el producto No. 7 correspondiente al “Análisis de alternativas para la ubicación de un sitio de disposición final de RCD sub o regional que articule el programa de Residuos Sólidos de la Construcción y Demolición RCD, en virtud el PGIRS 2G Sub o Regional”, de conformidad con la Resolución 472 de 2017 del cual Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. En el informe se creó incluye la ubicación georreferenciada de posibles sitios de disposición final para RCD en el Fideicomiso departamento y opciones de ubicación de puntos limpios en los municipios. Debido al deficiente manejo de los RCD, atribuido principalmente a que los sitios para su disposición final se encuentran saturados, es necesario encontrar alternativas para ubicación de predios que puedan ser usados para la correcta disposición final de este tipo de residuos en el Fiduciante acordó ceder Departamento del Quindío, promoviendo la separación, aprovechamiento y control en forma periódica Créditos puntos limpios y plantas de aprovechamiento, erradicando los botaderos clandestinos y previniendo la inadecuada disposición en propiedad fiduciaria al Fiduciariocalles y carreteras de los municipios (espacios públicos abiertos). De conformidad acuerdo con este Contrato lo anterior, la identificación de Fideicomiso Financieroestos requerimientos son la línea base para estructurar estrategias de Manejo Integral de RCD que se ajusten y adapten equitativamente de acuerdo con las necesidades encontradas, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad donde se permita visualizar el planteamiento de Fiduciario del Fideicomiso alternativas empresariales para el componente de aprovechamiento y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores la definición de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) estrategias y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria acciones que al estar articuladas en el Fideicomiso Financiero a PGIRS regional, brinden una mayor garantía en la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma gestión eficiente de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditoresiduos sólidos aprovechables.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Consultoría

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx La supervisión y control de 2022las obras e instalaciones incluye todas las actuaciones necesarias para asegurar la correcta ejecución del Contrato, de acuerdo con el Proyecto vigente, el Fiduciante Sistema de Gestión de Adif Alta Velocidad, el Manual de la Dirección de Obra y demás normativa vigente. Y, en general, cuantas actividades sean propias del control, supervisión y desarrollo de las obras definidas para este contrato. Todo ello, desde el comienzo de los trabajos hasta la puesta en servicio y entrega al mantenimiento de las instalaciones, según los planes y calendario establecido por los adjudicatarios de las obras. Para la realización de las actuaciones que más adelante se detallan, el Consultor deberá conocer en profundidad toda la documentación contractual de los contratos de obras (Pliegos, Ofertas, Proyectos constructivos, etc.), el preceptivo Plan de La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código seguro de verificación: KQEPSENV2JFMNVEWW821R29S3M Verificable en xxxxx://xxxx.xxxx.xxx.xx/xxx/xxxxxx.xxx Calidad (PC), Plan de Gestión Ambiental de la Obra (PGA) y Plan de Seguridad y Salud (PSS) del adjudicatario de las obras, aprobados por Adif Alta Velocidad, y vigilar y asegurar su correcto cumplimiento. Siguiendo lo especificado en la documentación del Sistema de Gestión de Adif Alta Velocidad aplicable, el adjudicatario deberá redactar, sobre la base del PC del Contratista antes indicado, uno propio que habrá de ser aprobado por el Área correspondiente de ADIF Alta Velocidad, ajustando su contenido al índice incluido en el Anejo 6 de este Pliego. Para realizar sus funciones, el Consultor organizará un equipo de trabajo estructurado según el esquema indicado en el Anejo 3 de este Pliego. Se exigirá Carta de compromiso de la empresa indicando que, en caso de ser adjudicatario de la oferta, el Jefe de Unidad y el Fiduciario celebraron el Contrato personal Técnico tendrán dedicación exclusiva al Contrato. Los trabajos y actividades principales que se llevarán a cabo dentro del contrato de Fideicomiso FinancieroConsultoría y Asistencia Técnica para la vigilancia de las obras, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero pueden clasificar en: - Trabajos que preceden a la Fecha xx Xxxxxejecución (parcial o global) de las obras. - Trabajos durante la ejecución de las obras (construcción, instalación y montaje). - Trabajos durante las pruebas y correspondientes validaciones para la puesta en servicio de las instalaciones ferroviarias (parciales y globales). - Trabajos documentales previos y posteriores a la recepción de las obras y entrega de las instalaciones ferroviarias a Mantenimiento. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por trabajos para el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través control de la Plataforma ejecución de los Préstamos las obras del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios apartado 10 del presente pliego y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos que se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados describen a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismocontinuación, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios realizarán de Elegibilidad (según manera individualizada e independiente para cada uno de estos términos se define en el Contrato los dos proyectos constructivos objeto del contrato, si bien los recursos personales, técnicos y materiales destinados para su realización serán compartidos, dadas las características espaciales y temporales asociadas a ambas obras, dando lugar a un registro y archivo de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro documentación generada diferenciado para cada uno de los 10 días desde la fecha proyectos. - “PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA INTEGRACIÓN DEL FERROCARRIL EN LA ZONA DE EL XXXXX (ALMERÍA)”. - “PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE PLATAFORMA XXX XXXXXXXX MEDITERRÁNEO DE ALTA VELOCIDAD MURCIA – ALMERÍA.TRAMO: RÍO ANDARAX - EL XXXXX”. La autenticidad de otorgamiento del crédito.este documento puede ser comprobada mediante el código seguro de verificación: KQEPSENV2JFMNVEWW821R29S3M Verificable en xxxxx://xxxx.xxxx.xxx.xx/xxx/xxxxxx.xxx

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Consultoría Y Asistencia Para El Control De Las Obras Del Proyecto De Construcción De La Integración

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx La transmisión de 2022los derechos del autor representa un problema cuyo estudio reviste gran importancia. Esta importancia se manifiesta en dos momentos sucesivos bien definidos. En un primer momento, cuando el autor pretende entregar la obra a su explotación y comunicarla al público. En un segundo momento, cuando se produce el deceso del autor. En el primer supuesto, el Fiduciante autor busca concluir contratos con profesionales dedicados a la explotación de las obras xxx xxxxxxxx. Este es el problema que se vincula a la transmisión de derechos por actos entre vivos. La conducta del autor en cuanto a la transmisión de sus derechos exclusivos, de su monopolio de explotación debe ser cuidadosamente guiada por el Derecho. La Propiedad Literaria y Artística busca que la cesión que realiza el Fiduciario celebraron autor sobre su creación no le proporcione una lesión a su patrimonio. De esta forma, el Contrato Derecho Común de Fideicomiso Financiero, los contratos se ve modificado por éste cuidado de garantizar el pleno goce de los derechos de aquel que se libra a la tarea creativa. Es en virtud del cual de esta filosofía que la legislación especial de Derecho de Autor se creó el Fideicomiso orienta, reconociendo la existencia de contratos de adhesión y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciariode cláusulas abusivas, sancionándolas con la nulidad. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso FinancieroFrente a esta realidad, Banco Patagonia S.A.esta disciplina concibe que los creadores sean protegidos, exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso consentimiento cuidadosamente sopesado y no a título personalsus derechos seriamente respetados, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero esta orientación responde directamente a la Fecha xx Xxxxxevolución histórica de la materia1 La principal razón que influye en la modificación del régimen general de contratación del Derecho Común ha sido el reconocimiento del casi imperial “derecho moral del autor”. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales Este cambio de reglas se otorgan en un formato 100% digital manifiesta a través de medidas tendientes a extender la Plataforma protección del autor, frecuentemente mal informado o descuidado de sus derechos, contra la habilidad práctica, y a veces excesiva, de ciertos explotantes.2 Una situación diferente se presenta en la segunda hipótesis, cuando la transmisión de derechos ocurre como consecuencia de la muerte del autor. La Ley 15 de 8 xx xxxxxx de 1994, en lo sucesivo, Ley 15/94, no contiene en su normativa un régimen especial de transmisión de los Préstamos del Fiduciantederechos de autor por causa de muerte. Por el contrario, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes expresamente el artículo 42 de la Cobranza Ley nos remite al Código civil y a sus reglas sucesorales. La Ley 15/94 se limita a establecernos reglas generales que gobiernan los derechos transmitidos y el término de duración de la transmisión efectuada a favor de los Créditosherederos del autor. Esta delegación legislativa que ha adoptado el régimen especial del derecho de autor aparentemente cumple dos finalidades. La primera es la de evitar un difícil, pero necesario trabajo: el de establecer las reglas claras de la sucesión con relación a las personas, lo cual se cumple con el recurso al Derecho Civil. La segunda, la más importante, ha quedado, sin embargo, a medio camino entre el desarrollo de las normas especiales y el régimen general del Derecho Común. Así tenemos que la regulación de la sucesión en cuanto al derecho moral y al derecho patrimonial no ha quedado del todo clara, igual como sucede en la determinación de la protección de los derechos xxxxxxx de una obra caída en el dominio público. Cuando sobreviene el deceso del autor, los derechos del autor, en efecto, no desaparecen. Esto es una consecuencia necesaria del derecho de propiedad sobre la obra. Como el autor es propietario, dicho de otra forma, titular de los derechos que se derivan de la creación de la obra, él está facultado por el ordenamiento jurídico para transmitir la propiedad en su vida o en su muerte. Por ello, parece justo que el autor pueda transmitir a sus herederos una fuente de riqueza. Puesto que el sacrificio de elaborar una obra acompaña múltiples privaciones de los que somos conscientes. Los Créditos causahabientes del autor deben poder explotar la obra, al menos por un tiempo. La sobrevivencia de los derechos pecuniarios se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados encuentra, de esta forma, claramente justificada. Sin embargo, llevar a los Usuarios Tomadoresextremos el razonamiento anterior sería establecer la perpetuidad de los derechos pecuniarios, quienes son personas humanas pero esta solución es generalmente rechazada, reteniéndose la idea que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento autor, una vez publicada la obra, ha decidido por esta vía que la obra pase al conocimiento del Crédito respectivopúblico, por lo que debe esperar que esta caiga luego de transcurrido cierto tiempo, en el dominio público, es decir, que su reproducción y su representación puedan ser libremente realizadas. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro Como el camino al dominio público es la publicación de la Plataforma obra, la equidad nos indica que es justo que el monopolio de MercadoLibre o dentro explotación subsista durante un período determinado a fin de permitir a los sucesores del autor de beneficiarse de los frutos de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro explotación de la Plataforma obra creada por el causante. Este monopolio por concesión, si podemos llamarlo de MercadoLibreesta forma, o fuera de llegará a su fin permitiendo que la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el obra pase al fondo común de dinero Mercado Fondola cultura, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; al patrimonio común de la humanidad. En palabras más o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondosmenos exactas: “construir sobre las ideas es construir para la eternidad”. Como consecuencia de esta exposición, aplicando los fondos a: (a) el pago deberemos estudiar la transmisión de los bienes o serviciosderechos del autor desde un ángulo ya clásico. Por ello, iniciaremos nuestro estudio con La Transmisión de los Derechos del Autor Durante la vida del Autor (b) envíos I), para luego continuar con La Transmisión de dinero, los Derecho del Autor por Causa de Muerte del Autor (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados II). Los puntos relevantes que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo nacen del estudio del problema de la Cuenta Mercado Pagotransmisión de los derechos del autor los podemos considerar desde un ángulo cercano a la exposición del análisis contractual clásico. Desde este punto xx xxxxxxx deberemos abordar las reglas de fondo y luego las reglas de forma. Así pues, y/o analizaremos la transmisión de derechos desde el punto d vista contractual, considerando Las Reglas que Gobiernan la Formación del Contrato (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx PagoA), para luego llegar al análisis de Las Reglas que Xxxxxxxxx el Contenido del Contrato (B). El capital amortizable bajo autor de una obra xxx xxxxxxxx no está obligado a difundirla. Esta es una consecuencia del deseo de beneficiarse de su explotación. Son los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivasllamados contratos de explotación del derecho de autor que llaman la atención singular de nuestro estudio. El Crédito se ofrecePuesto que el autor es considerado como la parte más débil de la relación contractual, y la orientación general coincide en su caso se acepta por protección. Para hacer efectiva dicha protección, la Ley 15/94 ha establecido un dispositivo jurídico destinado a tal fin. No obstante, la existencia de tal dispositivo no impide que a las relaciones contractuales les sean aplicables las reglas de la contratación civil, atenuadas principalmente en cuanto al efecto relativo de los contratos y a la fuerza obligatoria de los mismos. Así las cosas, deberemos iniciar con el estudio de Las Condiciones de Validez del Contrato (1), para luego conocer las particularidades que rodean La Forma del Acto (2) como parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditocontractual.

Appears in 1 contract

Samples: www.corbettipartners.com

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 10 xx xxxxx de 2022, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato de Fideicomiso Financiero, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del crédito.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Suplementario De Fideicomiso Financiero

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 24 xx xxxxx xxxxxx de 2022, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato de Fideicomiso Financiero, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del crédito.

Appears in 1 contract

Samples: www.allaria.com.ar

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx La operación proyectada consiste en una fusión por absorción (la “Fusión”) entre CaixaBank, S.A. (“CaixaBank” o la “Sociedad Absorbente”, denominada conjuntamente con las sociedades de 2022su grupo, el Fiduciante “Grupo CaixaBank”), como sociedad absorbente, y el Fiduciario celebraron el Contrato CaixaBank neX, S.A.U. (“CaixaBank neX” o la “Sociedad Absorbida”), como sociedad absorbida. La Fusión implicará la extinción de Fideicomiso Financierola Sociedad Absorbida mediante su disolución sin liquidación y la transmisión en bloque de su patrimonio social a CaixaBank, que adquirirá por sucesión universal la totalidad de dicho patrimonio, así como los derechos y obligaciones de la misma, todo ello en virtud del cual se creó el Fideicomiso los términos y el Fiduciante acordó ceder condiciones previstos en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato la Ley 3/2009, de Fideicomiso Financiero3 xx xxxxx, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad sobre modificaciones estructurales de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales las sociedades mercantiles (los la Valores de Deuda Fiduciaria InicialesLey sobre Modificaciones Estructurales”) y certificados en el presente proyecto común de participación fusión (los el Certificados Iniciales” y junto con los Valores Proyecto Común de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios InicialesFusión”). En este sentido, a los cuales representan efectos de lo previsto en los artículos 30, 31, 49 y concordantes de la total participación beneficiaria Ley sobre Modificaciones Estructurales, el Consejo de Administración de CaixaBank y el Consejo de Administración de CaixaBank neX proceden a redactar y suscribir el Proyecto Común de Fusión. Dado que la Sociedad Absorbida está íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Absorbente, y que ambas son sociedades españolas, la Fusión se llevará a cabo de conformidad con lo previsto en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través artículo 49.1 de la Plataforma Ley sobre Modificaciones Estructurales y, en consecuencia, el Proyecto Común de los Préstamos Fusión no incluye las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes artículo 31 de la Cobranza Ley sobre Modificaciones Estructurales, y no serán necesarios los informes de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadoresadministradores ni de expertos sobre el Proyecto de Fusión, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro aumento de capital en CaixaBank, ni la aprobación de la Plataforma fusión por la Junta General de MercadoLibre o dentro Accionistas de CaixaBank neX. Asimismo, al amparo de lo previsto en el artículo 51 de la Plataforma de los PréstamosLey sobre Modificaciones Estructurales, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el dado que la Sociedad Absorbente es titular directa del 100% del total capital social de los Créditos. En ese sentidola Sociedad Absorbida, se prevé llevar a cabo la Fusión sin necesidad de someterla a la aprobación de la Junta General de Accionistas de XxxxxXxxx, salvo que así lo exijan accionistas que representen, al menos, el destino 1% de su capital social, todo ello en los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de términos previstos en la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditoLey sobre Modificaciones Estructurales.

Appears in 1 contract

Samples: www.caixabank.com

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx Este documento contiene los términos y condiciones que rigen la apertura y mantenimiento de 2022las Cuentas de Retiro Individual o Individual Retirement Accounts (“IRA”, por sus siglas en inglés) en el Fiduciante Banco Popular de Puerto Rico (el “Banco”). Este documento describe las alternativas para la inversión de estas. También se incluyen las divulgaciones que requiere el reglamento sobre Cuentas IRA emitido por la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras de Puerto Rico (la “OCIF”). El Banco ha creado el fideicomiso nominado Banco Popular IRA Trust y el Fiduciario celebraron fideicomiso nominado Banco Popular Time Deposit IRA Trust bajo las leyes de Puerto Rico en los que se nombra a sí mismo fiduciario con el Contrato propósito de Fideicomiso Financieropermitir que individuos que cualifiquen bajo los términos de cada Fideicomiso, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria puedan establecer Cuentas de Retiro Individual Deducibles o Cuentas de Retiro Individual No Deducibles. El Cliente, al Fiduciario. De conformidad con firmar los documentos de apertura (incluyendo este Contrato IRA) y establecer su Cuenta IRA con el Banco, (1) reconoce haber recibido y tenido la oportunidad de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en revisar este Contrato IRA y su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales correspondiente Anejo (los Valores de Deuda Fiduciaria InicialesAnejo IRA”) y certificados reconoce y acuerda que su relación contractual con el Banco estará sujeta a los términos y condiciones de participación este documento y (2) adopta los términos de la Escritura de Fideicomiso correspondiente, según el tipo de IRA que establezca. En este documento la palabra Certificados InicialesBancose refiere al Banco Popular de Puerto Rico. La palabra “Cliente” se refiere a la persona que establece una Cuenta IRA Banco Popular y junto con a sus representantes legales. El término “Día Laborable de la Bolsa de Valores” significa cualquier día (excepto xxxxxx, xxxxxxx y días feriados federales) en que los Valores mercados de Deuda Fiduciaria Iniciales, los valores de Nueva York y Chicago estén abiertos al público para transacciones de intercambio de valores. El término Valores Fiduciarios Iniciales”Fecha de Transacción” significa la fecha en que se procesa la aportación que se recibe del Cliente. El término “Fecha de Efectividad” significa la fecha en que es efectiva la transacción de la aportación o depósito recibido del Cliente. El término “Cuenta IRA” significa una Cuenta de Retiro Individual Deducible (que en el Banco se conoce como IRA Banco Popular) o una Cuenta de Retiro Individual No Deducible (que en el Banco se conoce como Xxxx IRA), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos establecida por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen Cliente con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditoBanco.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Cuenta De

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx En el marco de 2022los convenios interadministrativos de Gerencia Integral de Proyectos No. 200925 suscrito entre FONADE, EL MINISTERIO DE TRANSPORTE – INSTITUTO NACIONAL DE VIAS, INVIAS - MINISTERIO DEFENSA NACIONAL, EJERCITO NACIONAL, cuyo objeto es: Promocionar, ejecutar y financiar el Fiduciante proyecto denominado Transversal de la Xxxxxxxx y Carretera de la Soberanía, FONADE, tiene previsto adelantar el proceso de selección para el suministro de Maquinaria, que serán puestos a disposición del Ejercito Nacional, para realizar las obras que adelantan en el marco del convenio suscritos con FONADE. En la Clausula Séptima de los mencionados convenios se estableció como obligación a cargo de FONADE: c) Estructurar, organizar y adelantar los procesos de contratación requeridos para desarrollar las actividades que demande la ejecución de los recursos del presente Convenio, teniendo en cuenta la información técnica previamente entregada por el MINISTERIO DE TRANSPORTE – INSTITUTO NACIONAL DE VIAS, INVIAS - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL – EJERCITO NACIONAL –de conformidad con los procedimientos establecidos en la Ley 1150 de 2007 y el Fiduciario celebraron Decreto 2474 de 2008 y las demás Normas que las modifiquen, adicionen o deroguen. En este sentido, y de acuerdo con lo establecido en el Contrato de Fideicomiso Financieroplan operativo, se tiene destinado un rubro para contratar Maquinaria, en virtud este componente se encuentra la adquisición de Maquinaria pesada destinada a los proyectos que inicia el EJERCITO NACIONAL dentro del cual Convenio 200925 en: XX XXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXXX X CARRETERA DE LA SOBERANIA. Con cargo a los recursos del convenio, se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria reconocerá al Fiduciario. De conformidad con este Contrato MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL – Ejército Nacional, un porcentaje correspondiente al SIETE POR CIENTO ( 7% ) del valor total del presente convenio, por concepto de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos compensación por gastos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través costos de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditosejecución. En ese sentidovirtud de lo anterior, el destino Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, acepta y autoriza para que con los fondos recursos de que trata la presente cláusula, Fonade adelante los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) procesos de selección que se requieran para adquirir productos el alquiler y/o servicios dentro adquisición de la Plataforma de MercadoLibremaquinaria que, o fuera por no disponibilidad de la Plataforma misma por parte del Ministerio de MercadoLibreDefensa – Ejército Nacional, se requiera para el oportuno y adecuado cumplimiento del objeto del convenio N° 267 de 2009. Los bienes adquiridos por FONADE con cargo al 7% contenido en otros sitios la presente cláusula, serán de terceros que procesan sus pagos mediante la integración propiedad del Ejército Nacional-Jefatura de Ingenieros Militares. Los recursos necesarios para el correcto funcionamiento y la utilización disposición de la herramienta maquinaria y vehículos adquiridos con cargo al siete por ciento (7%) contenido en la presente cláusula y de procesamiento aquellos que disponga el Ministerio de pagos Mercado Pago; o bien (ii) Defensa – Ejército Nacional para fines personalesla ejecución del objeto del convenio, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener serán contratados por Fonade con cargo a los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos recursos del convenio, previa certificación por parte de la gerencia del convenio de que la erogación requerida, no afecta la ejecución de las obras ni las necesidades de adquisición de bienes y servicios con cargo al convenio, previa exposición y recomendación del comité operativo. Sin perjuicio de lo establecido en el fondo común parágrafo anterior, los recursos del 7%, también podrán destinarse, según su disponibilidad para cubrir los gastos de dinero Mercado Fondo, administrado mantenimiento de la maquinaria dispuesta por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar el Ministerio de Defensa Nacional – Ejército Nacional y/o utilizar la adquirida por Fonade con ocasión del presente convenio. Estos recursos, comprenden, entre otros, los fondoscostos de mantenimiento, aplicando los fondos a: (a) el pago reparación, insumos y demás gastos inherentes a la maquinaria, equipos y vehículos, que se generen durante la ejecución de los bienes o serviciosproyectos, (b) envíos para el cabal cumplimiento de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan las obligaciones derivadas del presente convenio Conforme con la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismonecesidad manifestada, se destaca que realizaron los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define estudios correspondientes para determinar las cantidades y valores estimados en el Contrato presente proceso de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditoselección.

Appears in 1 contract

Samples: www.fonade.gov.co

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx de 2022, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato de Fideicomiso Financiero, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define indicados en el artículo 1.4. del Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del crédito.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Suplementario De Fideicomiso Financiero

INTRODUCCIÓN. Con El presente documento contiene los Términos de Referencia para definir el alcance de los trabajos solicitados en el proceso de selección para la contratación de una empresa consultora que llevará a cabo los estudios de 1) “Análisis de Viabilidad del Proyecto mediante un esquema de APP” y 2) “Asesoría Estratégica”. En fecha 27 xx xxxxx posterior se realizará la contratación para el desarrollo de 2022un 3) “Anteproyecto arquitectónico” del mismo proyecto. El ESTUDIO tiene como propósito, entre otros, que el PROMOTOR cuente con los documentos y análisis que requiere el FONDO para que el PROMOTOR esté en condiciones de solicitar el apoyo no recuperable para las inversiones que resulten. Por lo anterior, los entregables del ESTUDIO serán verificados por los funcionarios correspondientes de BANOBRAS, con el objeto de que confirmen que cumplen con lo establecido en la XXXX y con las REGLAS. Las REGLAS señalan en su Regla 30 que los apoyos económicos que otorgue el FONDO privilegiaran los apoyos referentes a proyectos de infraestructura conforme a la XXXX. El artículo 14 de la XXXX señala que los proyectos de APP serán viables cuando así lo determine la dependencia o entidad interesada, mediante el DICTAMEN DE VIABILIDAD. El proyecto “Centro Cultural Xxxxxx Xxxxxxxx” tiene por objeto ser un espacio formal para presentar, formar y divulgar todo lo referente en materia cultural, un centro que sea un referente con sus hallazgos y documentación en Latinoamérica, así como fomentar la formación cultural y artística de nuevas generaciones, impulsar el desarrollo de emprendimientos culturales y divulgar la riqueza cultural del estado. Y como consecuencia incentivar el incremento de la afluencia turística, la derrama económica, la ocupación hotelera y estadía promedio, lo cual generará un efecto positivo en el impulso del desarrollo económico y social del estado de Oaxaca. Considerando la riqueza cultural del estado de Oaxaca, su potencial turístico y la insuficiente oferta de espacios culturales y artísticos en la ciudad de Oaxaca de Juárez, el Fiduciante PROMOTOR solicitó un Apoyo No Recuperable al FONDO a fin de realizar los estudios y contar con: los estudios de rentabilidad social con análisis de conveniencia de una Asociación público privada para la ejecución del proyecto, el Fiduciario celebraron desarrollo del Anteproyecto Arquitectónico y la Asesoría Estratégica que le permita al PROMOTOR contar con el Contrato diseño de Fideicomiso Financieroun Proyecto que propicie el conocimiento, en virtud del cual se creó el Fideicomiso valoración y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través salvaguarda de la Plataforma de los Préstamos herencia y patrimonio histórico cultural del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditosestado. En ese sentidotérminos generales, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos los componentes que se define solicitan para el desarrollo del “Proyecto Centro Cultural Xxxxxx Xxxxxxxx” abonará progresivamente a la estructuración de la viabilidad del Proyecto “Centro Cultural Xxxxxx Xxxxxxxx”. Los estudios generarán la información necesaria para evaluar la pertinencia del Proyecto planteado y a su vez la conveniencia que sea administrado bajo un esquema de Asociación Público Privada. Mientras que el proyecto general integrará el modelo de negocios, el modelo financiero y el proyecto arquitectónico en una propuesta viable. Los dos componentes anteriores, serán a su vez insumos que permitirán instrumentar el acompañamiento técnico y jurídico para la contratación y ejecución del Proyecto de manera integral. De manera particular el objetivo de los estudios de viabilidad es realizar un diagnóstico sobre las necesidades y potencialidades turísticas y culturales del estado, analizar la actual demanda y tendencias en la creación artística, así como las necesidades de artistas nacionales, así como de la población oaxaqueña, de infraestructura enfocada a la exposición de obras artísticas y culturales ante una audiencia global. Todo ello serán insumos que se traducirán en una propuesta de infraestructura turístico-cultural integral. Los estudios de viabilidad deberán cumplir con lo requerido en el Contrato artículo 14 de Fideicomiso): 1) todas la Ley Federal de Asociaciones Público Privadas. La suma de todos ellos permitirá organizar y entender las Cuentas corresponden necesidades del rubro, así como las opciones más pertinentes para atender el problema. Se espera que el resultado de los estudios demuestre la pertinencia de desarrollar una asociación pública-privada para la operación del proyecto de infraestructura. Es decir, en seguimiento al análisis de demanda y de las mejores opciones para su atención, se requiere traducir toda la información de las evaluaciones de viabilidad en propuestas social, técnica y financieramente viables y adecuadas. Finalmente, se requerirá que la consultora acompañe al PROMOTOR en el proceso de registro del Proyecto ante la unidad de inversiones de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y cubra las observaciones y requerimientos que la Unidad tenga durante el proceso de inscripción. El Consultor que realice el Anteproyecto arquitectónico interpretará los resultados de los estudios de viabilidad, y los conjugará con las tendencias que existen en el sector para presentar un modelo arquitectónico adecuado a las necesidades del Estado de Oaxaca. Al mismo tiempo, apoyará a los Consultores que realizan los Estudios de viabilidad para identificar los costos en los que incurrirá el Proyecto, y que estos últimos puedan pronosticar el esquema financiero más adecuado para la operación de una Asociación Público-Privada. Es por ello, que el PROMOTOR requiere que exista una comunicación permanente entre el ganador del presente concurso y el que resulte ganador del concurso para el Anteproyecto Arquitectónico. Finalmente, la Asesoría estratégica se podrá iniciar si, en opinión del FONDO, se cuenta con información suficiente generada por los ESTUDIOS relativos a la Cartera Normal; 2) implementación del PROYECTO, a fin de que el PROMOTOR obtenga la Fecha aprobación del Apoyo No Recuperable del FONDO para el PROYECTO y se inicie el proceso de Determinaciónlicitación respectivo. En suma, dichas Cuentas no posean más los requerimientos descritos en el presente documento persiguen que el desarrollo del Proyecto “Centro Cultural y de 10 (diez) días Exposiciones Xxxxxx Xxxxxxxx”, se convierta en un referente nacional a través del impulso al desarrollo cultural, turístico, social y económico del estado. Todo ello enmarcado en principios de atraso; 3) a la Fecha ejecución de Determinaciónrecursos públicos, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones tales como la transparencia, eficiencia, economía, eficacia y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditohonradez.

Appears in 1 contract

Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx El leasing habitacional es una modalidad de 2022leasing financiero, mediante el Fiduciante cual, una institución financiera adquiere un bien inmueble por petición del tomador o locatario, para posteriormente entregarle el uso y goce del bien durante un periodo de tiempo, a cambio de que el Fiduciario celebraron el Contrato de Fideicomiso Financiero, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma locatario pague una contraprestación periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”)denominada cánones o instalamentos, los cuales representan la total participación beneficiaria contienen un sistema de amortización del valor del inmueble. Una vez finalice el término del contrato, el locatario se puede convertir en el Fideicomiso Financiero a propietario del bien si decide ejercer la Fecha xx Xxxxxopción de compra y paga el valor residual del bien. Los Bienes Fideicomitidos Así las cosas, el leasing habitacional es una técnica de financiamiento en el mercado, en donde la entidad de leasing no tiene participación en la selección del bien y su proveedor. Por lo tanto, el locatario debe desplegar un alto grado de diligencia y cuidado en la escogencia del bien, dado que las empresas de leasing trasladan el riesgo de la cosa al locatario. Uno de los problemas jurídicos de mayor transcendencia en el contrato de leasing habitacional son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos vicios ocultos que puede tener el bien. Es decir, que el inmueble no cumpla con las características anunciadas por el Fiduciante proveedor o que tenga fallas diseño o de construcción que conlleven a su destrucción. Con relación a este problema jurídico y teniendo en cuenta que la práctica comercial muestra que las instituciones financieras pactan expresamente que se exoneran de responsabilidad por cualquier vicio oculto o redhibitorio que pueda tener el bien, surge un interrogante relacionado con determinar cuáles son las consecuencias jurídicas en el contrato cuando dicho bien se destruye y las partes han estipulado contractualmente que la compañía de leasing no se responsabiliza por los vicios del inmueble. Este trabajo de investigación busca dar respuesta a dicho interrogante mediante el estudio del contrato de leasing habitacional, con el apoyo de la jurisprudencia y la doctrina que existe al Fideicomiso Financierorespecto. De igual forma, esta investigación tendrá como fundamento los contratos de leasing que celebran las entidades autorizadas en Colombia. Lo anterior, con la finalidad de establecer el alcance de la cláusula de exoneración de la responsabilidad de las compañías de leasing. La metodología de investigación es la hermenéutica jurídica. Esta metodología permite interpretar, argumentar y validad la hipótesis que se plantea en este proyecto de investigación, mediante argumentos y razones que encuentran su justificación en la teoría general del contrato y las obligaciones. Este escrito de investigación contiene tres capítulos, los cuales desarrollan una serie de temas que son pertinentes y útiles para la contextualización del tema de investigación. A su vez se otorgan en un formato 100% digital plantean argumentos que conllevan a través que se resuelva el problema jurídico, para lo cual se explican los respectivos fundamentos jurídicos que respaldan la hipótesis propuesta. El capítulo primero de esta tesis explica los antecedentes históricos del contrato de leasing financiero, su definición, los elementos esenciales para que el leasing nazca a la vida jurídica, al igual que se exponen las partes del contrato, sus características, las modalidades del contrato, la naturaleza jurídica, la descripción de la Plataforma operación, y finalmente las obligaciones de las partes. Es decir, en este capítulo se estudian los aspectos fundamentales del contrato con la finalidad de establecer las bases que permiten comprender la operación desde el punto de vista contractual y financiero. Su importancia frente al problema de investigación radica en que a lo largo de este capítulo se exponen temas que contextualizan el problema jurídico de este escrito, y, además, se ilustran los aspectos contractuales que conllevan a entender cuál es la intención de las partes con la celebración del contrato de leasing financiero. Por su parte, el capítulo segundo de la investigación desarrolla la definición del contrato de leasing habitacional, se explican las dos modalidades de leasing habitacional, al igual, que se sustenta las razones para calificar como atípico el contrato y cuáles son las teorías que sirven para encontrar la regulación de los Préstamos contratos atípicos. Igualmente, el capítulo segundo determina la graduación o escala normativa que regula al contrato de leasing habitacional y se explican los elementos esenciales del Fiduciantecontrato, junto con todos haciendo la salvedad que los pagos mismos deben existir durante la vigencia del contrato, so pena de que el leasing se termine por capital e intereses compensatorios la desaparición de un elemento de su esencia. También se expone el objeto y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; causa del contrato y (ii) las sumas de dinero provenientes si la destrucción del inmueble produce la desaparición sobrevenida de la Cobranza causa del contrato. Finalmente, se explica el concepto de los Créditosvivienda digna y su relación con el leasing habitacional. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro El capítulo tercero de la Plataforma tesis expone la etapa de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% selección del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración inmueble y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta proveedor por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digitallocatario, constituyendo una modalidad la existencia de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil normas urbanísticas y Comercial de la Naciónnueva xxxxxx xx xxxxxx patrimonial para proteger al locatario de las asimetrías de la información que se presentan cuando él escoge el inmueble. AsimismoIgualmente, se destaca expone la responsabilidad y diligencia de la institución financiera en la etapa de selección del inmueble. Adicionalmente, se explica la validez de las cláusulas de exoneración de la responsabilidad de las entidades de leasing por los vicios del inmueble y se determina que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define la consecuencia jurídica en el Contrato contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden leasing habitacional cuando el inmueble se destruye es la terminación anticipada del contrato con la obligación de que el locatario pague la totalidad del valor de financiamiento, incluido el precio de la opción de compra. Este capítulo cierra con la responsabilidad directa del proveedor del inmueble frente al locatario por la destrucción del bien, al existir una relación de consumo, a la Cartera Normal; 2) a la Fecha pesar de Determinación, dichas Cuentas que el locatario y el proveedor no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditotienen un vínculo contractual directo.

Appears in 1 contract

Samples: bdigital.uexternado.edu.co

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx La Universidad Xxxxx Xxxxx- Seccional Tunja, dentro del reglamento interno de 2022la Facultad de Ingeniería Civil, presenta como modalidad de grado la opción de pasantía; la cual desarrollan estudiantes que cumplan con los requisitos estipulados en el reglamento con intensidad de 600 horas de labores con la entidad destinada. En la pasantía, el Fiduciante estudiante aplica las competencias adquiridas durante el proceso de formación académica a lo largo de la carrera de Ingeniería Civil, con la participación en actividades en la ejecución de proyectos con el fin de lograr la integración en el campo laboral y el Fiduciario celebraron aporte técnico a las diferentes situaciones que se presenten. La realización de proyectos por otra parte, constituye el Contrato punto xx xxxxxxx para la organización de Fideicomiso Financieropropósitos pendientes a mejorar la calidad de vida de las comunidades; lo anterior permite el surgimiento de los municipios que son entes organizados, que buscan el progreso en general. Es el caso del proyecto denominado “MEJORAMIENTO DE LA VÍA HOTEL COLONIAL, CASONA EL SALITRE A GRANJA TUNGUAVITA MUNICIPIO XX XXXXX, DEPARTAMENTO DE BOYACÁ, contrato de obra No. 284, proyecto que aporta a la comunidad del municipio xx Xxxxx, mejorando la movilidad, comodidad, accesibilidad y seguridad de los usuarios de la vía, dinamizando la economía y el progreso de este sector del Departamento de Boyacá. En el mejoramiento de la vía mencionada anteriormente, se realizaron procesos de localización, replanteo, descapote, excavaciones y construcción de la estructura del pavimento según los diseños estipulados en el contrato; además, se realizó la construcción de obras de arte con el fin de drenar las aguas provenientes por escorrentía y mantener un pavimento funcional para los usuarios de la vía, que en su mayoría pertenecen al sector carbonero. Debido a la importancia del proyecto y los significativos aportes a la comunidad expuestos anteriormente, fue necesario realizar un control y verificación del cumplimiento de las condiciones y especificaciones del objeto del contrato por medio de un ente correspondiente, estas acciones fueron ejecutadas por la interventoría; es por esto, que mediante el contrato No. 285, el cual es interventoría técnica, financiera, administrativa, al contrato cuyo objeto es “construcción de mejoramiento de la vía Hotel Colonial, Casona el Salitre a Granja Tunguavita Municipio xx Xxxxx, Departamento de Boyacá”, se pudieron desarrollar labores de auxiliar de ingeniería aplicando los conocimientos adquiridos a lo largo de la carrera de Ingeniería Civil. El presente trabajo de grado, expone la verificación de metas físicas, financieras, administrativas y ambientales alcanzadas durante el desarrollo del contrato de obra No. 284 de 2019 celebrado entre el Municipio xx Xxxxx y Xxxxxxx Ingeniería S.A.S., comprobación apoyada por la pasante en referencia, en virtud compañía del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria equipo de interventoría perteneciente al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditoConsorcio Intervial Colonial.

Appears in 1 contract

Samples: repository.usta.edu.co

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx de 2022, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato de Fideicomiso Financiero, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas y personas jurídicas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son ofrecidos y aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir capital de trabajo. Los Usuarios Tomadores utilizan los servicios xx Xxxxxxx Pago para la gestión y procesamiento de sus cobranzas digitales derivadas de la venta de sus productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Los Deudores de los Créditos se encuentran bancarizados. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el artículo 1.4. del Contrato de Fideicomiso): 1) Usuarios Tomadores cuya antigüedad mínima sea de seis (6) meses desde su fecha de registro en la Plataforma de MercadoLibre; 2) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 23) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 34) corresponden a Usuarios Tomadores que están activos y que el Fiduciante no haya recibido denuncias por fraude de los Usuarios Tomadores; 5) a la Fecha de Determinación, que no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4refinanciaciones; 6) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del crédito; y 7) que los Usuarios Tomadores se encuentren bancarizados.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Suplementario De Fideicomiso Financiero

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 Que, ante el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ, se radican solicitudes de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y de las Zonas Estratégicas de Intervención Integral - ZEII, de apoyo en la coordinación y organización de eventos, reuniones de sus necesidades y las del Consejo Nacional xx xxxxx Xxx, como órgano asesor y consultivo del Gobierno Nacional creado mediante la Ley 434 de 2022, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato 1998 cuyos gastos están a cargo del FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ. Que la Oficina del Alto Comisionado para la Paz de Fideicomiso Financiero, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato las funciones atribuidas por el Decreto 672 de Fideicomiso Financiero2017, Banco Patagonia S.A.modificado por el Decreto 1270 de 2017, exclusivamente tiene a su cargo, entre otras funciones: “(…) 7. Establecer los mecanismos e instrumentos administrativos que permitan el desarrollo de sus funciones (…). Que la ley 434 de 1998 en su calidad artículo 14 establece que: “El FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ administrará los recursos que garanticen el desarrollo de Fiduciario las funciones y programas del Fideicomiso Consejo Nacional xx Xxx de conformidad con sus planes, programas y no prioridades”. Conforme a título personallo anterior, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria EL FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ apoya en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante desarrollo de todas estas actividades encaminadas al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través logro y mantenimiento de la Plataforma paz es determinante y exige una respuesta ágil y oportuna a las solicitudes de los Préstamos apoyo del FiducianteGobierno Nacional, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios la Sociedad Civil y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes actores relevantes en Colombia para la consolidación de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los CréditosPaz. En ese tal sentido, EL FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ requiere los servicios de reservación y contratación de espacios físicos para realizar eventos, alimentación, transporte, ayudas audiovisuales, alojamiento y soporte logístico entre otros, que emita una respuesta inmediata a las solicitudes necesarias para el destino desarrollo de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Naciónactividades anteriormente descritas. Asimismo, se destaca es importante mencionar que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato momento en que el Gobierno Nacional reglamente la subcuenta creada en la ley 1941 de Fideicomiso): 12018 y se le asignen recursos, el contrato a suscribir mediante esta convocatoria podrá ser adicionado para garantizar el servicio objeto del mismo, sin que sea necesario realizar un nuevo proceso en cumplimiento del principio de la eficiencia administrativa. La presente invitación abierta a cotizar no compromete al FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ, razón por la cual tendrá siempre la facultad de seleccionar o no, alguna(s) todas las Cuentas corresponden a cotización (es) e incluso podrá suspender o cancelar en cualquier momento el proceso de invitación, por lo que la Cartera Normal; 2) a la Fecha participación de Determinación, dichas Cuentas un oferente no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones le otorgará derecho alguno al agotamiento y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento finalización del créditoproceso iniciado.

Appears in 1 contract

Samples: dapre.presidencia.gov.co

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx Las plazas de 2022toros fueron durante épocas pasadas, el Fiduciante lugar de celebración de los es- pectáculos taurinos. Estos espectáculos tenían una consideración diferente a la actual. La denominada “fiesta nacional”, suponía para las localidades donde se celebraban, todo un acontecimiento, ya que si los toreros eran de reconocido prestigio, la afluencia al coso es- taba asegurada y el Fiduciario celebraron el Contrato nombre de Fideicomiso Financierola ciudad estaba en boca de todos. La existencia de la plaza de toros de Navaluenga ha servido tradicionalmente cómo es- cenario para múltiples y diferentes espectáculos, incluidos los taurinos, y consideramos que así ha de seguir siendo. Pero además de rentabilizar esa infraestructura, concebida en origen para este tipo de espectáculos, se debe tener en cuenta la existencia de una gran afición taurina, en virtud del cual se creó el Fideicomiso gran parte de la población de esta localidad. Lo cierto es que lo taurino forma parte integrantes de la cultura, de la historia y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciariotradi- ción de gran parte de nuestro país y de nuestro pueblo. De conformidad Aun discrepando con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Inicialesestas aficiones, los “Valores Fiduciarios Iniciales”)Ayuntamientos deben procurar en la medida de sus posibilidades atender las demandas de los vecinos para la celebración de festejos taurinos cómo parte de las fiestas patronales. Así pues, para la contratación de los cuales representan festejos taurinos que se celebrarán durante las fiestas patronales de Navaluenga, en septiembre de 2016, se propone licitar la total participación beneficiaria adjudica- ción mediante un procedimiento abierto, libre concurrencia, y con consideración de diver- sos criterios que avalen la calidad del servicios y que deberán ser enjuiciados en la forma que luego se señala. En este sentido, uno del los criterios es el Fideicomiso Financiero enjuiciamiento de los festejos ofertados, in- cluyendo el número de los mismos, con especial consideración en la calidad. En cuanto al criterio económico, la minoración del mismo, no sera determinante a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través efectos de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditoadjudi- cación.

Appears in 1 contract

Samples: www.diputacionavila.es

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 Colombia Compra Eficiente como ente rector del sistema de compras y contratación pública desarrolla diferentes mecanismos de apoyo para sus partícipes. Su propósito también es difundir las normas, reglas, procedimientos, medios tecnológicos y mejores prácticas para el sistema. En desarrollo de tales funciones emite la presente guía del contrato xx xxxxx xxxxxxx para el manejo de 2022, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato de Fideicomiso Financiero, en virtud del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con anticipos que tiene como objetivo establecer lineamientos sobre este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” tipo contractual y junto con el documento estándar, definir los Valores documentos que las Entidades Estatales utilizan para este tipo de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria contrato. Las expresiones utilizadas en el Fideicomiso Financiero presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1082 de 2015 y se emplean en singular o plural según lo exija el contexto. Los términos no definidos deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio. Un patrimonio autónomo es un conjunto de bienes o recursos cuyo vocero es una sociedad fiduciaria; los bienes o recursos y sus rendimientos son autónomos. En el caso de la fiducia para el manejo de anticipos, el patrimonio autónomo está integrado por los recursos del anticipo previsto por la Entidad Estatal para la ejecución del contrato estatal. Cuando la Entidad Estatal gira los recursos del anticipo a la Fecha xx Xxxxxsociedad fiduciaria para integrar el patrimonio autónomo, tales recursos y sus rendimientos ya no son de propiedad de la Entidad Estatal, ni de la fiduciaria, ni del contratista o fideicomitente, puesto que son autónomos. Los Bienes Fideicomitidos son La sociedad fiduciaria administra los recursos de manera separada de sus recursos propios, así como de los demás recursos de sus clientes. El patrimonio autónomo para manejo de anticipos tiene como finalidad: (i) los Créditos cedidos la correcta y adecuada inversión y administración del anticipo y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza el reintegro de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento recursos del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden anticipo a la Cartera Normal; 2) Entidad Estatal cuando declara la caducidad, incumplimiento o terminación del contrato estatal o cuando se presenta la nulidad del contrato estatal. Para constituir un patrimonio autónomo el contratista suscribe con una sociedad fiduciaria un contrato xx xxxxxxx mercantil irrevocable1. La Entidad Estatal gira los recursos del anticipo a la Fecha de Determinaciónsociedad fiduciaria, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) quien como vocero del fideicomiso se compromete a administrar esos recursos para cumplir la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditofinalidad prevista.

Appears in 1 contract

Samples: www.colombiacompra.gov.co

INTRODUCCIÓN. Con fecha 27 xx xxxxx de 2022, el Fiduciante y el Fiduciario celebraron el Contrato de Fideicomiso Financiero—El presente artículo pretende regular los complementos que, en virtud las di- versas situaciones de bajas médicas por Incapacidad Temporal derivadas de Enfermedad, puedan o no, ser abonadas a los trabajadores para complementar, tanto sus retribuciones fi- jas o garantizadas, como su participación en el tronco de propinas. Dado que este tipo de complementos no solo suponen un coste adicional para la Em- presa, sino también una disminución de los propios ingresos de todos los trabajadores que participan en el tronco de propinas, a cargo del cual deben satisfacerse, expresamente se creó el Fideicomiso es- B.O.C.M. Núm. 103 MARTES 2 XX XXXX DE 2017 tablece que la xxxxx x xxxxx general de aplicación a estas situaciones, sea la de: “NO SE TENDRÁ DERECHO ALGUNO A COMPLEMENTOS DE BAJA MÉDICA POR I.T. ENFERMEDAD”, salvo cuando ello sea acordado y el Fiduciante acordó ceder autorizado por la “Comisión Paritaria de Seguimiento de Situaciones de I.T. Enfermedad”. Por ello, si la facultad de su concesión reside en forma periódica Créditos tal órgano paritario, igualmente la mis- ma podrá acordar, en propiedad fiduciaria cualquier momento, la retirada o suspensión del complemento conce- dido al Fiduciariotrabajador en la misma baja o procesos sucesivos de bajas, bastando para ello la no- tificación del acuerdo adoptado y su fecha de efectos, sin necesidad de notificar causas. De conformidad con este Contrato El acuerdo de Fideicomiso Financieroretirada o supresión del complemento, Banco Patagonia S.A.que adopte la Comisión Parita- ria, exclusivamente podrá tener su causa o justificación en su calidad la propia valoración que sus miembros efectúen de Fiduciario numerosas circunstancias que puedan concurrir en cada caso y momento y que, además de las causas que igualmente justifican incluso la pérdida del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero derecho a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través Prestación de la Plataforma de los Préstamos Seguridad Social, puedan estimarse concurren en función del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes absentismo general de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios TomadoresEm- presa, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento absentismo particular del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro trabajador, mayor o menor gravedad de la Plataforma causa de MercadoLibre o dentro baja, comportamiento del trabajador, duración de la Plataforma de los Préstamos, según correspondabaja u otras circunstancias similares. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro Las decisiones de la Plataforma Comisión Paritaria de MercadoLibreSeguimiento, tanto para la concesión como para la retirada o fuera supresión, no podrán ser consideradas como discriminatorias o desigua- les por la existencia de que algunos trabajadores la perciban, pues la misma no constituye un derecho, sino una mejora cuya concesión es de exclusiva competencia de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se destaca que los Créditos cumplen con los siguientes Criterios de Elegibilidad (según cada uno de estos términos se define en el Contrato de Fideicomiso): 1) todas las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha de Determinación, dichas Cuentas no posean más de 10 (diez) días de atraso; 3) a la Fecha de Determinación, no sean objeto de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditoComisión.

Appears in 1 contract

Samples: www.bocm.es

INTRODUCCIÓN. Debido a la globalización y la necesidad de las empresas con respecto a obtener diferentes opciones de financiamiento para sus operaciones, es importante que se conozcan y apliquen las diversas modalidades del Contrato de Leasing en Guatemala. En la actualidad, este contrato ha sido una herramienta eficaz para financiar la adquisición de bienes productivos, ya que permite a los empresarios el uso y goce de maquinaria y equipo sin erogar grandes cantidades de dinero. Derivado de la flexibilidad en la contratación mercantil y las diferentes necesidades de los arrendatarios, surgen las modalidades del contrato de leasing. A pesar que ha sido utilizado en Guatemala desde hace tres décadas aún no se conocen todas las modalidades que se utilizan en otros países, así como las ventajas que cada una de ellas ofrece. Con fecha 27 xx xxxxx la presente monografía se pretende establecer si se aplican las modalidades del contrato de 2022leasing en Guatemala, conocer qué modalidades se utilizan, las ventajas y desventajas que ofrecen cada una de ellas; y en especial las consecuencias positivas para el Fiduciante sector empresarial. Como alcance se describen doce modalidades del Contrato de Leasing que actualmente se conocen, tales como: Sindicado, Internacional, Indirecto o Vendor Program, Inmobiliario, Habitacional, de infraestructura, Leaseback, Subleasing, Apalancado o Leveraged, Wet, Dry, y el Fiduciario celebraron el Contrato Hato Leasing. Se realizaron entrevistas para establecer qué modalidades de Fideicomiso Financiero, leasing se utilizan en virtud Guatemala y cuáles de ellas podrían utilizarse para contribuir al desarrollo económico del cual se creó el Fideicomiso y el Fiduciante acordó ceder en forma periódica Créditos en propiedad fiduciaria al Fiduciario. De conformidad con este Contrato de Fideicomiso Financiero, Banco Patagonia S.A., exclusivamente en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso y no a título personal, previa instrucción del Fiduciante, emitió Valores de Deuda Fiduciaria iniciales (los “Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales”) y certificados de participación (los “Certificados Iniciales” y junto con los Valores de Deuda Fiduciaria Iniciales, los “Valores Fiduciarios Iniciales”), los cuales representan la total participación beneficiaria en el Fideicomiso Financiero a la Fecha xx Xxxxx. Los Bienes Fideicomitidos son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero provenientes de la Cobranza de los Créditos. Los Créditos se caracterizan por ser préstamos ofrecidos y otorgados a los Usuarios Tomadores, quienes son personas humanas que califican crediticiamente para recibir el ofrecimiento del Crédito respectivo. Los Usuarios Tomadores son usuarios compradores registrados dentro de la Plataforma de MercadoLibre o dentro de la Plataforma de los Préstamos, según corresponda. Los créditos destinados al consumo representan el 100% del total de los Créditos. En ese sentido, el destino de los fondos de los Créditos son aplicados por los Usuarios Tomadores (i) para adquirir productos y/o servicios dentro de la Plataforma de MercadoLibre, o fuera de la Plataforma de MercadoLibre, en otros sitios de terceros que procesan sus pagos mediante la integración y la utilización de la herramienta de procesamiento de pagos Mercado Pago; o bien (ii) para fines personales, en cuyo caso el Usuario Tomador podrá: (ii.1) mantener los fondos en su Cuenta Mercado Pago para utilizarlos en otra oportunidad; o (ii.2) invertir los fondos en el fondo común de dinero Mercado Fondo, administrado por Industrial Asset Management S.G.F.C.I.S.A.; o (ii.3) retirar y/o utilizar los fondos, aplicando los fondos a: (a) el pago de los bienes o servicios, (b) envíos de dinero, (c) transferencias a otras cuentas de pago de titularidad de terceros, (d) transferencias a cuentas bancarias propias o de terceros, (e) retiros en efectivo a través de redes de cobranzas extrabancarias habilitadas o comercios habilitados que ofrezcan la funcionalidad de retiro de efectivo de la Cuenta Mercado Pago, y/o (f) retiros en efectivo por cajeros automáticos utilizando la tarjeta prepaga xx Xxxxxxx Pago. El capital amortizable bajo los Créditos se abona en cuotas fijas y consecutivas. El Crédito se ofrece, y en su caso se acepta por parte del Usuario Tomador en un formato cien por ciento (100%) digital, constituyendo una modalidad de concertación de instrumento particular suscripto mediante firma electrónica, cumpliendo íntegramente con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Naciónpaís. Asimismo, se destaca hicieron dos cuadros de cotejo sobre el tipo de documento que las arrendadoras usan para formalizar el contrato de leasing y para conocer qué países de Centroamérica regulan el contrato de Leasing. Dentro de las unidades de análisis se hace una descripción de cada una de las modalidades antes indicadas, los Créditos cumplen con los siguientes Criterios elementos esenciales y se realiza un esquema para su mejor comprensión. Se realizó un análisis de Elegibilidad (según cada uno la iniciativa xx xxx 4229 “Ley de estos términos se define en Arrendamiento y Factoraje Financiero” propuesta por la Comisión de Economía y Comercio Exterior del Congreso de la República de Guatemala que pretende regular el Contrato de Fideicomiso): 1) todas Leasing. Mucho se ha escrito del contrato de leasing en general, sobre el leasing financiero y el leasing operativo, que son las Cuentas corresponden a la Cartera Normal; 2) a la Fecha dos clases de Determinaciónleasing que existen. Sin embargo, dichas Cuentas no posean más poco se habla y se conoce de 10 (diez) días las diversas modalidades derivadas de atraso; 3) a la Fecha las clases de Determinación, no sean objeto leasing. Las modalidades son figuras que han nacido de refinanciaciones ni reestructuraciones y 4) cumplen con el plazo de no revocación dentro las necesidades financieras de los 10 días desde la fecha de otorgamiento del créditoempresarios y actualmente se utilizan en países más desarrollados como instrumentos financieros que pueden ser utilizados por los empresarios guatemaltecos para adquirir los bienes productivos necesarios para su crecimiento económico.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Arrendamiento