INFORMACIÓN AL USUARIO Cláusulas de Ejemplo

INFORMACIÓN AL USUARIO. Artículo 109.- Información que deben contener las tarjetas de pago
INFORMACIÓN AL USUARIO. El resto de prestaciones objeto del contrato no comprendidas en ninguno de los supuestos anteriores podrán ser subcontratadas por la Sociedad Concesionaria, salvo indicación expresa en contrario en otra parte del presente Pliego o en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, y con las limitaciones establecidas en el TRLCSP y resto de normativa aplicable.
INFORMACIÓN AL USUARIO. El sistema de transporte público deberá contar con procedimientos y canales de información que permitan a los usuarios y no usuarios del sistema acceder de una forma fácil y sencilla a las condiciones de prestación de la oferta con el fin de facilitar su uso. Independientemente de la labor de difusión e información que, en relación con los servicios, realice el Ayuntamiento xx Xxxxxx, forma parte de las condiciones de prestación del servicio el deber de difusión de la oferta de servicios. Entre otras cuestiones está previsto que el contratista adjudicatario del servicio dote al servicio de los siguientes canales de información al usuario: • Información en paradas y a bordo de los autobuses. • Información a través de los sistemas de atención física y telefónica. • Información a través de medios telemáticos (web, aplicación para móviles). Los contenidos y formatos de la información, así como también los requisitos de imagen corporativa que deberán observarse, se desarrollarán en base a las directrices que en cada momento establezca el Ayuntamiento xx Xxxxxx. Además de la información precisa sobre la oferta de servicio será preceptiva el desarrollo de contenidos destinados a facilitar la utilización del servicio por personas con movilidad reducida o al empleo del transporte público de una manera segura. El contratista prestará la máxima colaboración y cooperación con los servicios de atención e información dispuestos por el Ayuntamiento xx Xxxxxx. Así, el contratista adjudicatario estará obligado a remitir información completa y actualizada del servicio y colaborar en el desarrollo de actuaciones o iniciativas tendentes a reforzar la imagen y los canales de información del sistema de transporte público xx Xxxxxx. El contratista adjudicatario estará obligado a comunicar al Ayuntamiento xx Xxxxxx cualquier tipo de incidencia o alternación del servicio programado. Tras su comunicación y, en su caso con las medidas correctoras que resulten precisas, se comunicará de forma inmediata a los usuarios a través de los distintos canales de información la modificación del servicio. El sistema de información que formará parte de la prestación del servicio podrá a su vez, en su caso, integrarse dentro del sistema de información general del transporte público que habilite la Administración y en el que se integren todos los servicios disponibles e incluso los modos disponibles para el ciudadano fomentándose de este modo la intermodalidad en los desplazamientos de los usuario...
INFORMACIÓN AL USUARIO. CAPÍTULO II: Facturación del Servicio
INFORMACIÓN AL USUARIO el AFT deberá, a partir de la Fecha de Inicio de Operaciones y durante toda la vigencia del Contrato, habilitar medios de divulgación e información que permitan a cada uno de los Usuarios acceder a la información detallada de viajes efectuados y valores registrados y debitados de sus Medios de Acceso. En particular, el AFT se obliga a dejar disponible a público diariamente, a través de Internet, una cartola que refleje los movimientos de al menos los 90 días anteriores de cada Medio de Acceso Recargable, excluyendo para estos efectos, como máximo, los dos días inmediatamente anteriores a la consulta. Otras Instancias de Post-Venta: el AFT deberá, a partir de la Fecha de Inicio de Operaciones y durante toda la vigencia del Contrato, habilitar centros de servicio, que cumplan en calidad, número y estándar con lo definido en las Bases de Licitación AFT 2004 y sus anexos, con lo definido en el presente contrato y sus anexos, y con lo establecido en la oferta técnica presentada por el adjudicatario de la Licitación AFT 2004, que permitan a los Usuarios solicitar, gratuitamente, apoyo técnico y servicios relacionados con los Medios de Acceso. En estos centros deberá, además, habilitar sistemas de autoservicio que permitan acceder sin costo a la información descrita en el punto 20.3 anterior.
INFORMACIÓN AL USUARIO. Sin perjuicio de otras medidas de información y difusión que considere apropiadas (tales como en el uso racional de la energía, seguridad de las instalaciones y en el uso de las mismas, etc.), la Concesionaria deberá fijar en un cartel o vitrina adecuada, en cada una de sus instalaciones donde se atienda al público, el Cuadro Tarifario y un anuncio comunicando que se encuentra a disposición de los clientes copias del presente Reglamento de Suministro de Energía Eléctrica para los Servicios prestados por la Concesionaria, debiendo además publicitar en el mismo anuncio un texto resumido con los principales artículos correspondientes a las obligaciones de la Concesionaria y del cliente, y las normas de calidad de servicio resultantes del Anexo VI: Normas de Calidad del Servicio Publico y Sanciones del Contrato de Concesión. También deberá indicar los números de teléfonos gratuitos, horarios de atención y dirección de la Delegación más próxima del ERSeP, donde el Usuario pueda efectuar los reclamos en segunda instancia.

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  • Información Técnica INFORMACIÓN CLASIFICACIÓN (MARQUE CON UNA X) MOTIVO RESERVADA CONFIDENCIAL COMERCIAL RESERVADA

  • Información “EL PROVEEDOR” se obliga a poner en conocimiento de “EL AYUNTAMIENTO” cualquier hecho o circunstancia que en razón del servicio prestado sea de su conocimiento y que pueda beneficiar o evitar un perjuicio a la misma. Asimismo, “EL PROVEEDOR” no podrá, con motivo de la prestación del servicio que realice a “EL AYUNTAMIENTO”, utilizar la información a que tenga acceso, para asesorar, patrocinar o constituirse en consultor de cualquier persona que tenga relaciones directas o indirectas con el objeto de las actividades que lleve a cabo.

  • CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN La información que sea suministrada en virtud de la suscripción de la presente póliza queda tutelada por el derecho a la intimidad y confidencialidad, salvo manifestación por escrito del Asegurado en que se indique lo contrario o por requerimiento de la autoridad judicial competente.

  • PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN El Contratista deberá proporcionar a la CNH, sin costo alguno, la Información Técnica que es propiedad de la Nación. La Nación también será propietaria de cualquier muestra geológica, mineral o de cualquier otra naturaleza, obtenida por el Contratista en las Actividades Petroleras, las cuales deberán ser entregadas por el Contratista a la CNH con la Información Técnica, inmediatamente después de que el Contratista haya concluido los estudios y evaluaciones que haga al respecto. El original de dicha información deberá ser entregado a la CNH de conformidad con la Normatividad Aplicable. El Contratista podrá mantener copia únicamente para efectos del cumplimiento de sus obligaciones conforme al presente Contrato. No serán propiedad de la Nación los procesos por medio de los cuales el Contratista hubiese generado la Información Técnica. El Contratista podrá usar la Información Técnica, sin costo alguno y sin restricción, para el procesamiento, evaluación, análisis y cualquier otro propósito relacionado con las Actividades Petroleras (pero no para otro uso ni para su venta), en el entendido que el Contratista deberá también entregar cualquier reporte de los resultados de dicho procesamiento, evaluación o análisis. Nada de lo previsto en el presente Contrato limitará el derecho de la CNH de usar, vender o de cualquier otra forma disponer de la Información Técnica, en el entendido que la CNH no podrá vender ni hacer del conocimiento de terceras Personas ninguna información que implique secreto industrial; una marca registrada, o cualquier otro derecho de propiedad intelectual del Contratista regulado por la Ley Federal de Derechos de Autor, la Ley de la Propiedad Industrial y los Tratados Internacionales de los cuales México sea parte.

  • INFORMACIÓN GENERAL En la presente licitación pública estatal podrán participar las personas físicas y xxxxxxx legalmente constituidas conforme a las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, que cumplan con los requisitos solicitados por la ENTIDAD y los preceptos señalados en la LEY, así como lo estipulado en las presentes bases de licitación. - Los gastos que el LICITANTE erogue en la realización de la propuesta técnica- económica y todos los derivados que tengan relación con el presente concurso serán a su cargo y no serán reintegrables para el caso de que la Licitación Pública Estatal sea declarada desierta o por ser descalificada su propuesta, por consiguiente no procederá queja o reclamo alguno respecto a todos los gastos que haya generado. - La presente Licitación Pública es de carácter Estatal y no se realiza bajo la cobertura de ningún tratado. - Para la emisión de la propuesta económica el LICITANTE no debe considerar el desglose para pago del Impuesto al Valor Agregado. Con fundamento en el artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y artículo 29 de su reglamento, toda vez que las construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación quedan exentos del I.V.A. - Ninguna de las condiciones establecidas en estas bases, ni en las propuestas presentadas por el LICITANTE podrá estar sujeta a negociación alguna. - No podrán participar las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como también se informa que la CONVOCANTE, se abstendrá de recibir propuestas o celebrar contratos, con las personas que se encuentren dentro de los supuestos contenidos en el artículo 52 de la LEY. - De conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 27 de la LEY, las personas físicas y xxxxxxx participantes deberán estar inscritos en el Padrón de Contratistas de Obra Pública de la SEFIPLAN. - Así mismo se indica que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 fracciones IV y V del REGLAMENTO los interesados podrán agruparse para presentar una proposición, en donde cualquiera de los integrantes de la agrupación podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación. - No se podrán subcontratar parte alguna de los trabajos, los LICITANTES serán los únicos responsables de las obligaciones que adquieran con las personas que subcontraten para la realización de las obras o servicios. Los subcontratistas no tendrán ninguna acción o derecho que hacer valer en contra de la ENTIDAD. - Con fundamento en el artículo 19 de la LEY, se tomará en cuenta, en la contratación de obras públicas, preferentemente, la mano de obra veracruzana, alentando la contratación de personas con discapacidad y de adultos mayores; así como el empleo de maquinaria, materiales, productos y equipos del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. - Los LICITANTES que decidan cancelar su participación en la Licitación Pública Estatal y deseen presentar sus excusas deberán hacerlo por escrito en hoja membretada de su empresa, un día antes del acto de presentación y apertura de proposiciones técnica y económica. - Las proposiciones presentadas por los LICITANTES serán conservadas por la ENTIDAD. - Una vez realizada la evaluación y previo a la notificación del fallo, la ENTIDAD deberá obtener la autorización mediante un Dictamen Técnico por parte de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz (SEFIPLAN) por conducto de la Subsecretaria de Egresos, para la formalización del contrato de Obra Pública. Lo anterior de conformidad con el Artículo 53 de la LEY y 25 de los Lineamientos Generales de Austeridad y Contención del Gasto para el Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. - Modelo del contrato.- En los contratos de obra pública se xxxxx xxxxxxx, como mínimo de acuerdo al artículo 55 de la LEY y 70 del REGLAMENTO, lo siguiente:

  • Información a los licitadores Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de doce días respecto de aquella fecha. Dicha solicitud se efectuará al número de fax o a la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación.

  • Información adicional Las causas generales de suspensión o interrupción contempladas en el artículo L. 114-2 del Código de Seguros francés se retoman en los artículos 2240 a 2246 del Código Civil francés, reproducidos a continuación. Para más información acerca de cualquier posible actualización de las condiciones anteriormente mencionadas, le invitamos a consultar la página web oficial: «xxx.xxxxxxxxxx.xxxx.xx». El hecho de que el deudor reconozca el derecho de la persona contra la que invocaba el plazo de prescripción, interrumpe dicho plazo de prescripción. El recurso judicial, incluido de urgencia, interrumpe el plazo de prescripción así como el plazo de caducidad. Lo mismo ocurre cuando se interpone un recurso ante una jurisdicción incompetente o cuando el acta de recurso ante la jurisdicción se cancela con motivo de un vicio de procedimiento. La interrupción derivada de un recurso judicial produce sus efectos hasta que acabe el procedimiento. La interrupción queda sin valor ni efecto alguno si el demandante cancela su demanda, si deja vencer el plazo del recurso, o si se desestima definitivamente su demanda. El plazo de prescripción o de caducidad se interrumpe igualmente cuando se adopta una medida cautelar de acuerdo con el Código francés de Enjuiciamiento Civil dedicado a los casos de Ejecución o de un acta de ejecución forzosa. La interpelación de un deudor solidario en el ámbito de un recurso judicial o de un acta de ejecución forzosa, o el reconocimiento por este deudor del derecho de la persona contra la que invocaba el plazo de prescripción, interrumpe dicho plazo de prescripción en cuanto a los demás deudores, incluidos los herederos de los mismos. En cambio, la interpelación de uno de los herederos de un deudor solidario, o el reconocimiento por parte de este deudor, no interrumpe el plazo de prescripción en cuanto a los demás herederos, incluso en el caso de una garantía hipotecaria, siempre y cuando la obligación sea divisible. Dicha interpelación o reconocimiento interrumpe el plazo de prescripción en cuanto a los demás deudores únicamente en lo relativo a la parte correspondiente a dicho heredero. Para interrumpir el plazo de prescripción de manera global en cuanto a los demás deudores, deberán interpelarse todos los herederos del deudor fallecido u obtenerse el reconocimiento por parte de todos estos herederos. La interpelación del deudor principal o el reconocimiento por su parte interrumpe el plazo de prescripción contra el fiador.

  • INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN

  • SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Con la presentación de la oferta se entiende la aceptación del proponente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a las Políticas de Seguridad de la Información que tiene adoptadas ETB para la protección de su información y la de sus terceros, las cuales se obligan a conocer y cumplir, así como a instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento. Dichas políticas deben ser consultadas en la página web de ETB xxx.xxx.xxx. Así mismo y cuando aplique a partir de la debida ejecución del contrato, el contratista se obliga a cumplir con las políticas de seguridad de la información y de protección o tratamiento de datos personales de los clientes de ETB. ETB podrá requerir a discreción al contratista la firma de acuerdos de confidencialidad específicos a su personal y demás personas que éste autorice. Los usuarios entregados al Contratista para acceder a los sistemas de información de ETB deben corresponder a personas que efectivamente estén ejecutando actividades relacionadas con el objeto contractual, en tal sentido, el Contratista se obliga a mantener informado a ETB sobre los usuarios a su cargo que deben estar vigentes, informando inmediatamente sobre cualquier retiro o cambio que éste realice sobre el personal que accede a los sistemas de información de ETB. El Contratista se obliga a reportar cualquier debilidad sospechosa que incida en la seguridad de la información y reportar de manera inmediata la ocurrencia de incidentes de seguridad de la información que puedan vulnerar la confidencialidad, integridad y/o disponibilidad de la información de ETB o de sus terceros, tratada en desarrollo del contrato, contribuyendo, además, con todos los medios a su alcance para su remediación. Sin perjuicio de los reportes que realice ante ETB, el contratista deberá responder por los eventuales perjuicios que se generen con ocasión de los incidentes que puedan afectar la seguridad de la información. El Contratista debe impartir a su personal, con relación a las acciones de toma de conciencia, educación, entrenamiento, actualizaciones regulares en políticas y procedimientos de seguridad de la información, según sea relevante para ejecutar el contrato. ETB se reserva el derecho de verificar y monitorear, en cualquier momento o lugar, el cumplimiento de las políticas de seguridad de la información de ETB. Antes de la finalización del contrato, el Contratista deberá devolver los activos físicos y electrónicos encomendados, garantizando que la información pertinente se devuelva a ETB de manera que no podrá usarse para ningún otro fin por parte del Contratista ni de sus trabajadores o sus propios contratistas. Adicionalmente y en caso de que el Contratista o sus trabajadores o sus propios contratistas hayan adquirido un conocimiento importante a partir del desarrollo del contrato, el Contratista se obliga a documentar y transferir a ETB ese conocimiento.

  • Información Específica De La Licitación 3.1. En caso de que el licitante elija presentar a través de medios remotos de comunicación electrónica, sus dudas a la convocatoria, la propuesta técnica y económica y la documentación legal, deberá observar lo siguiente: Los licitantes interesados en participar en esta licitación deberán enviar por Compranet sus dudas para la junta de aclaraciones, propuesta técnica y económica, así como recibir por este medio el fallo y comunicado de fallo. El licitante deberá presentar sus propuestas técnica y económica, así como la documentación complementaria, a través de medios remotos de comunicación electrónica, deberán ajustarse a las disposiciones emitidas por la Secretaría de la Función Pública (SFP) plasmadas en el “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la administración pública federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 xx xxxxxx del año 2000”. En este caso los licitantes deberán previamente haber certificado sus medios de identificación electrónica en la Secretaria de la Función Pública. Los licitantes para certificarse deberán acudir a las oficinas de la Secretaría de la Función Pública, sita en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx # 0000, 0° xxxx xxx xxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, C.P. 01020, Xxxxxx Xxxxxxx, México D.F., teléfono 0000-0000, con el propósito de que obtengan, la certificación del medio de identificación electrónica para lo cual exhibirán, entre otra documentación, la que se indica en el “Acuerdo”, disposición cuarta. Asimismo, los licitantes deberán elaborar sus propuestas en cualquiera de los siguientes formatos: WORD 2000 (versión 8 o superior), en su caso, compactadas en formato Zip. EXCEL 2000 (versión 8). PDF (versión 4). HTML. En su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF, según se requiera. Preferentemente deberán identificarse cada una de las páginas que integran las propuestas, con el Registro Federal de Contribuyentes, número de licitación y número de página, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de presentación y apertura de las propuestas técnicas y económicas. En el caso de licitantes que participen a través de medios remotos, se tendrán por no presentadas sus proposiciones y la demás documentación requerida por la convocante, cuando los sobres en los que se contenga dicha información, tengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo. La convocatoria estará a disposición de los interesados para su consulta y obtención gratuita, con fundamento en lo dispuesto, en el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en el Sistema CompraNet, en la dirección electrónica xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, asimismo se pone a disposición para consulta, copia del texto de la convocatoria en en la Subgerencia de Servicios Generales ubicada en Av. de los Insurgentes Sur No. 2416, segundo piso, ala sur, Xxx. Xxxxxxx xx Xxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, X.X. 00000 Xxxxxx, X.X., en días hábiles y en horario de 9:00 a 13:00 horas; siendo responsabilidad exclusiva de los interesados obtenerlas durante el periodo del XX de XXXX al XX de del 2011, seis días previos al evento de presentación y apertura de proposiciones siendo responsabilidad exclusiva de los interesados la obtención oportunamente durante este periodo. Asimismo, los licitantes que participen por medios remotos de comunicación electrónica deberán obtener las actas de los eventos de Junta de Aclaraciones, de Apertura de Propuestas mediante la funcionalidad del programa informático módulo licitante de COMPRANET que permite obtener el Acta Técnica.