ENTREGA DE LA OBRA Cláusulas de Ejemplo

ENTREGA DE LA OBRA. Plazo. Resulta imprescindible en este tipo de contratos fijar al AUTOR/A un plazo para que realice, finalice y entregue la obra que le ha sido encargada. Es conveniente, además, contemplar la posibilidad que determinadas circunstancias ajenas a la voluntad del AUTOR/A impidan el cumplimiento del contrato dentro del término previsto, tales como fuerza mayor o caso fortuito, enfermedad, incumplimientos de terceros que colaboran en la obra, y establecer los efectos que se derivan de esta situación. Lugar. Se propone que la entrega de la obra se realice en el taller del AUTOR/A, para liberarlo de los riesgos que implica su traslado y los gastos que ello puede significarle. El plazo fijado al COMPRADOR para que comunique su aceptación o rechazo de la obra busca otorgar certeza al AUTOR/A una vez finalizado el trabajo y restando sólo el pago de la última parte del precio. Si el COMPRADOR nada dice, la obra se entiende aceptada; si la rechaza, el AUTOR/A deberá iniciar las acciones que correspondan para demandar el pago del monto debido, si considera que el rechazo ha sido injustificado. Se ha establecido, además, un término para que el COMPRADOR retire la obra del taller del AUTOR/A en caso de no hacerlo inmediatamente después de haberla aceptado. Vencido este plazo el AUTOR/A no será responsable de los daños que pueda sufrir la obra. -------------
ENTREGA DE LA OBRA. Vencido el plazo acordado en el presente Contrato, una vez finalizadas las Labores encomendadas al PROFESIONAL, se procederá a realizar la entrega de la Obra.---------------------------------------------
ENTREGA DE LA OBRA. EL CONTRATISTA debe anexar para efectos de la liquidación final el acta de entrega de obras al municipio de conformidad con las indicaciones e instrucciones dadas por EL MUNICIPIO. Al acta de entrega EL CONTRATISTA debe anexar un manual de mantenimiento y conservación o recomendaciones especiales que sean necesarios para la conservación de las obras. CLAUSULA OCTAVA.-
ENTREGA DE LA OBRA. EL AUTOR se compromete a prestar y finalizar los servicios descritos en la Estipulación Octava, apartado 1º, párrafo 1º en el plazo máximo de UN (1) MES desde la firma del presente contrato.
ENTREGA DE LA OBRA.  Visita Final a la Obra A la terminación del contrato de obra, se efectuará una inspección final a las obras por parte del Interventor y el Contratista, que servirá para elaborar el Acta Preliminar de Observaciones, que incluirá los detalles que requieren ajustes o correcciones para la recepción definitiva de los trabajos.  Aprobación de Planos Finales y documentos para el recibo y liquidación del contrato de obra La Interventoría verificará toda la documentación requerida para el recibo y liquidación del contrato de obra, incluyendo los planos actualizados, amarre geodésico, paz y salvo de trabajadores, manuales de mantenimiento, y demás documentación exigida por la EMPRESA DE VIVIENDA DE ANTIOQUIA -VIVA-, como requisito para el pago de la última acta de obra y recibo del contrato de interventoría.  Acta de Recibo Final Se elaborará un documento donde se consigne la recepción definitiva de las obras, incluyendo manuales de operación y mantenimiento y planos de obra terminada, así como el inventario final de la obra ejecutada debidamente terminada, verificando el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el contratista en el Acta Preliminar de Observaciones.  Entrega de la Obra La Interventoría supervisará y controlará que al momento de la entrega, las obras se encuentren en perfecto estado y acordes con las condiciones contractuales. La interventoría apoyará y gestionará la entrega y recibo de las obras por parte de la Secretaria de Educación Departamental, como también tramitará ante las entidades de orden municipal que interfieran en la construcción cualquier trámite, de acuerdo con lo exigido en los pliegos y contrato de obra.
ENTREGA DE LA OBRA. Plazo. Resulta imprescindible en este tipo de contratos fijar al AUTOR/A un plazo para que realice, finalice y entregue la obra que le ha sido encargada. Es conveniente, además, contemplar la posibilidad que determinadas circunstancias ajenas a la voluntad del AUTOR/A impidan el cumplimiento del contrato dentro del término previsto, tales como fuerza mayor o caso fortuito, enfermedad, incumplimientos de terceros que colaboran en la obra, y establecer los efectos que se derivan de esta situación.
ENTREGA DE LA OBRA. 2.1.24.1 Visita Final a la Obra
ENTREGA DE LA OBRA. La obra contratada deberá entregarse al finalizar el plazo originalmente convenido entre “EL CONTRATANTE” y “EL CONTRATISTA”, o la prórroga del plazo, si la hubiere. Para los efectos de la entrega, se entenderá por “obra” la que cumpla a cabalidad con los planos y especificaciones técnicas que son de pleno conocimiento y han sido aceptados por el “CONTRATISTA”, pudiendo el “CONTRATANTE” negarse a recibir la obra hasta que la misma esté íntegramente concluida. No se trasladará el riesgo de la obra al “CONTRATANTE” hasta que la misma haya sido recibida a entera satisfacción. La recepción final de la obra se hará el día y hora que ambas partes convengan, si es que la misma se lleva a cabo antes del vencimiento del plazo, o bien el día mismo en que concluya dicho plazo. Cualquier operación, reparo o reserva que se haga en el momento de la recepción de la obra es por cuenta exclusiva, en tiempo y costo, del “CONTRATISTA”. Luego de levantarse el acta de recepción final de los trabajos entregados y elaborados el finiquito correspondiente, se procederá a efectuar el último pago al “CONTRATISTA”, por el monto estipulado en la cláusula QUINTA del presente CONTRATO, o por la estimación de trabajos finales realizados que se determine.----- OCTAVA - CLAUSULA PENAL: El incumplimiento del “CONTRATISTA” en la entrega de la obra al final del plazo que se ha convenido, lo hará incurrir en una indemnización equivalente al cero punto cinco por millar (0.5/1000) calculado sobre el valor del presente contrato, por cada día de atraso, hasta un máximo de quince (15) días, sin perjuicio del derecho del “CONTRATANTE” de exigir el cumplimiento de la obligación. Esta xxxx en la entrega de la obra contratada empieza a contarse luego de haber transcurrido el plazo originalmente convenido para la terminación de la misma, o el de la prórroga que se acordare o se hubiere concedido. No obstante lo anterior, OPDUR siempre tendrá el derecho de hacer efectiva cualquier Fianza que el “EL CONTRATISTA” haya constituido o que esté obligado de conformidad con lo dispuesto en el presente CONTRATO. -------------------- NOVENA -
ENTREGA DE LA OBRA. Entrega física de los trabajos, a la Interventoría y posteriormente o simultáneamente a FONADE, con actas según formatos entregados por FONADE.
ENTREGA DE LA OBRA. El CONSTRUCTOR estará obligado a entregar al PROMOTOR la obra completamente finalizada el mismo día en que se produzca la recepción y liquidación de las obras. Si alguno de estos dos actos, recepción y liquidación, no se producen por causas imputables al PROMOTOR, el CONSTRUCTOR no estará obligado a la entrega de la obra, en cuyo caso serán por cuenta y riesgo del PROMOTOR todos los gastos necesarios para la conservación y mantenimiento de las obras. Antes de la entrega de la obra, el CONSTRUCTOR procederá de inmediato a su desalojo, con todo el personal, maquinaria, equipo y materiales, recogiendo todo desperdicio, escombro o suciedad que se hubiera producido durante la ejecución de las mismas, realizando la oportuna limpieza de obra. En el momento de la entrega de la obra, el CONSTRUCTOR facilitará al Director de la Obra todos los datos necesarios para que este elabore y suscriba la documentación de la obra ejecutada para entregarla al PROMOTOR y dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley de Ordenación de la Edificación.