ÚLTIMO PAGO Cláusulas de Ejemplo

ÚLTIMO PAGO. Este se hará efectivo una vez que se realice la recepción provisional de la obra y que se sustituya la garantía de cumplimiento por la garantía de calidad de obra. Los pagos se realizarán dentro de los treinta (30) días calendario contados a partir del cumplimiento de los requisitos y la presentación correcta de los documentos de cobro correspondiente.
ÚLTIMO PAGO correspondiente al por ciento (5 %) del valor total del contrato a la entrega y recibido a satisfacción por parte de la supervisión de la ANH de lo siguiente:
ÚLTIMO PAGO. Cuando el avance de obra se encuentre en un cien por ciento (100%), se cancelará el veinticinco (25%) del valor del contrato. Para todos los pagos, el Contratista debe radicar en la Agencia Logística de las Fuerzas Militares la siguiente documentación:
ÚLTIMO PAGO. Este se hará efectivo una vez que se realice la recepción definitiva de la obra y que se sustituya la garantía de cumplimiento por la garantía de calidad de obra. Los pagos se realizarán dentro de los treinta (30) días calendario contados a partir del cumplimiento de los requisitos y la presentación correcta de los documentos de cobro correspondiente. El último pago deberá estar respaldado por la siguiente documentación soporte:  Estimación de Campo, usando el formato previamente aprobado por el Gerente de Obras.  Libro de Campo: El CONTRATISTA presentará para aprobación del Gerente de Obras, estimaciones que reflejen la obra realmente ejecutada en el período y que se basen en los conceptos y precios unitarios contenidos en los renglones correspondientes que se indican en la Lista de Cantidades, y conforme al cumplimiento del alcance establecido en el Contrato.  Copia de la Tarjeta de identidad del representante legal.  Copia de Registro Tributario Nacional del representante legal y de la Empresa.  Copia de Registro de Beneficiario SIAFI.  Factura Comercial de acuerdo al Régimen de Facturación (autorizado por el SAR).  Recibo de Pago (autorizado por el (SAR)  Constancia de Solvencia Fiscal del Servicio de Administración xx Xxxxxx (SAR).  Acta de Recepción Definitiva de la Obra  Garantía de Calidad de obra.
ÚLTIMO PAGO. Este se hará efectivo una vez que se realice la recepción final de la obra, de acuerdo a lo estipulado en la CLÁUSULA XIII:
ÚLTIMO PAGO. Equivalente al 20% del valor total del contrato, contra acta de entrega final de cumplimiento a satisfacción e informe final de todo el proceso en digital e Nota: A las facturas de venta que presente EL CONTRATISTA se les efectuarán las retenciones que en materia de impuestos establezca la ley. Las devoluciones o exenciones a que crea tener derecho EL CONTRATISTA deberán ser tramitadas por este ante la respectiva Administración de Impuestos, sin responsabilidad alguna por parte del Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz. El pago será́ previamente aprobado por el supervisor y/o interventor del contrato que se designe para la vigilancia de este contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: Para el pago final, el contratista deberá presentar Informe Técnico y administrativo final aprobado por el la Interventoría. PARÁGRAFO SEGUNDO: Los pagos serán realizados dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que el contratista radique la factura comercial con el lleno de requisitos, acompañada de la certificación, expedida por el representante legal o el revisor fisca, según el caso, que acredite el pago por parte del contratista de las obligaciones al Sistema General de Seguridad Social (Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales) y aportes parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF), anexando las correspondientes planillas de pago debidamente canceladas. PARÁGRAFO TERCERO: En todo caso el trámite del pago se realizará de conformidad con las condiciones establecidas en el Manual Operativo del Fondo Colombia en Paz. PARÁGRAFO QUINTO - CONDICIÓN SUSPENSIVA DEL ÚLTIMO PAGO: para el último
ÚLTIMO PAGO. Correspondiente al saldo del 25% del valor del contrato, al cumplimiento del 100% de la ejecución del objeto contractual reportado por la supervisión del contrato y en el acta de recibo a satisfacción total suscrita entre el supervisor del contrato y el CONTRATISTA.
ÚLTIMO PAGO. DIEZ POR CIENTO (10%) A LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO SEGUIMIENTO A LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL (OBRA / INTERVENTORÍA) No Obligación Seguimiento Recomendación PARÁGRAFO PRIMERO. EL CONTRATISTA deberá acreditar el pago de los aportes establecidos en el Artículo 50 de la ley 789 de 2002, lo cual se hará mediante certificación expedida por el revisor fiscal o el representante legal si no tiene revisor fiscal, y demás normas que lo modifiquen, reglamentan o PARÁGRAFO SEGUNDO: Los pagos que efectúe la CAJA en virtud del contrato estarán sujetos a la programación de los recursos del Programa Anual de Caja — PAC y a los recursos disponibles en Tesorería. PARÁGRAFO TERCERO: La cancelación del valor del contrato, por parte de la CAJA al CONTRATISTA, se hará mediante el Sistema Bog Data, que maneja la Tesorería Distrital de Bogotá, realizando consignaciones en las cuentas que posea el contratista en una entidad financiera, de acuerdo con la información suministrada por el mismo, en los documentos de la propuesta.

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  • DEL PAGO El pago se realizará en pesos mexicanos, una vez que el área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato revise junto con el área técnica, los servicios xxxxxxxxx, xx xxxxxxx xx Xxxxx 0 “Propuesta Técnica” que corresponda de la presente convocatoria. El(los) proveedor(es) deberá(n) elaborar la(s) factura(s) de acuerdo a lo establecido en la presente convocatoria, sus juntas de aclaraciones y el contrato que se suscriba, y presentar la misma de manera impresa (en original) o electrónica (debiendo adjuntar el archivo en formato XML) y que especifique los servicios que ampara, para que se le realice el pago dentro de los 20 veinte días naturales siguientes a su presentación; en el caso del envío de facturas electrónicas la convocante informa al proveedor que las mismas deberán ser enviadas a todas las cuentas electrónicas que se mencionan a continuación o cualquier otra que le sea notificada por escrito por parte de dicha área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato. Para efecto del trámite de pago, el Licitante Ganador deberá presentar al área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato, la siguiente documentación: Factura impresa y en original o electrónica. Las facturas serán recibidas por el área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato conforme a lo señalado en el numeral II, punto 8 de la presente convocatoria, de lunes a viernes de 09:00 a 14:30 horas, misma(s) que se encuentra(n) ubicada(s) en el domicilio señalado en el Anexo 1 “Propuesta Técnica” de la presente convocatoria. Las facturas deberán contener entre otros, la información relativa al nombre y número de la licitación mediante la que se adjudicó el contrato, el número de contrato correspondiente, así como la descripción de los servicios facturados. Copia de la Orden de Compra o Pedido. En caso de ser acreedor a alguna pena convencional o deducción al pago en términos de la presente convocatoria y el contrato que se suscriba, de acuerdo a la opción seleccionada para cubrir la misma, deberá: Reflejar en su factura la aplicación de las penas convencionales o deducciones al pago. Anexar nota de crédito correspondiente. En caso de optar por la opción a través del formato que genera el Sistema e5cinco (hoja de ayuda), deberá entregar al área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato el original y copia simple del recibo bancario de pago de derechos que le entrega la institución bancaria o de la impresión del pago realizado en Internet. El original del pago será resguardado por dicha área responsable. En caso de que el Licitante Ganador no se encuentre dado de alta en el Padrón de Proveedores del Centro de Enseñanza Técnica Industrial, es necesario que para estar en posibilidades de realizar los pagos mediante transferencias electrónicas a las cuentas bancarias, realice el trámite de Alta como Beneficiario del sistema de contabilidad y presupuesto, por lo que es indispensable se proporcione original del Alta de Beneficiario que le será proporcionada en el Departamento de Recursos Materiales y copia simple de los siguientes documentos: Registro Federal de Contribuyentes (R.F.C.). Constancia del domicilio fiscal del beneficiario. Copia legible del estado de cuenta en el cual se aprecie el número de clabe (clave bancaria estandarizada), la cual consta de 18 posiciones, para lo cual deberá enviarse copia de la carátula del estado de cuenta bancario aperturado por el beneficiario, donde se demuestre el nombre, domicilio fiscal y número de cuenta o bien carta del banco en el que precise que el Licitante Ganador es el beneficiario de la cuenta, así como el número de ésta y la clabe de 18 dígitos. Para el caso de personas xxxxxxx, poder notarial del representante legal; en caso de personas físicas, identificación oficial con fotografía y firma. Entregada la factura, “EL CETI” contará con 3 (tres) días hábiles para su revisión. En el supuesto de que la factura y/o documentación presente errores o deficiencias “EL CETI” dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará al licitante ganador las deficiencias que deba corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones, no se considerará como atraso en el pago imputable a “EL CETI”, por lo que, en este supuesto, se deberá precisar que el término de 20 días naturales para efectuar el pago comenzará a computarse a partir de la fecha de recepción de la nueva factura. El área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato, es el área encargada de administrar y verificar el cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato que se suscriba, por lo que es obligación de la misma el comunicar con toda oportunidad cualquier incumplimiento al contrato que suscriba al Departamento de Recursos Materiales para los efectos procedentes. El proveedor deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso más los intereses correspondientes, conforme al tercer párrafo del artículo 51 de la LAASSP. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha de pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de EL CETI”. Cabe hacer mención que el pago quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales. “EL CETI” no pagará los servicios que no hayan sido ENTREGADOS por el licitante y el importe de la factura se determinará de acuerdo a la prestación de los servicios. Por lo que los remanentes de facturación que hayan quedado pendientes debido a que los servicios no fueron debidamente ENTREGADOS, serán cancelados para su pago en dicha factura, independientemente de las penas convencionales que resulten y que deberán de contemplarse como nota de crédito para el siguiente pago. Se hace mención que, para efecto de pago, las facturas que sean recibidas los días 25 (veinticinco) al último de cada mes, se iniciará el trámite de pago el primer día hábil del siguiente mes. De conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del punto I numeral VI de DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACION AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCION DE BANCA DE DESARROLLO. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 xx xxxxx de 2010. Podrá encontrar la información relativa al programa xx xxxxxxx productivas que Nafin, así como la solicitud para que los Licitantes se afilien a dicho programa. El (Los) Licitante(s) que resulten ganadores del presente procedimiento y con quien(es) este Centro de Enseñanza Técnica Industrial formalice la contratación pública, deberá realizar su inscripción en el Registro Único de Proveedores y Contratistas (RUPC). Lo anterior, para que esta Entidad, se encuentre en posibilidades de realizar las evaluaciones a los contratos formalizados con ustedes y tengan las posibilidades de seguir participando en los diferentes procedimientos a realizar en los ejercicios fiscales subsecuentes. Así mismo, si desea, apoyo y asesoría en el registro e inscripción, solicitamos acuda a estas oficinas del Departamento de Recursos Materiales, ubicadas en la planta baja del edificio “O” del Centro de Enseñanza Técnica Industrial, calle Nueva Escocia número 1885, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx 0xx xxxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, X.X. 00000, o en los teléfonos 36-41-32-50 ext. 213. Para estar inscrito en el Registro Único de Proveedores y Contratistas (RUPC), es necesario cumplir con los cuatro puntos que a continuación se describen: Registro en CompraNet: Una vez que la empresa esté registrada en CompraNet deberá requisitar los distintos formularios disponibles en el propio sistema con la información aplicable. Formalización de contrato: Formalizar un contrato con alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal o con una entidad federativa o municipio que realice la contratación con cargo total o parcial a recursos federales. Solicitar a la Unidad Compradora (UC) la inscripción al RUPC: La UC validará la información capturada por el proveedor o contratista en los distintos formularios de CompraNet y, a partir de que la información requisitada sea correcta, lo inscribirá en el RUPC en un plazo de dos días hábiles, de lo contrario, le indicará lo conducente. Generación de folio y constancia de inscripción al RUPC: Una vez que la UC inscribió al proveedor o contratista en el RUPC, la Secretaría de la Función Pública generará el folio y la constancia de inscripción a dicho registro, mismos que podrán ser consultados en xxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxXXXX.xxx Su inscripción al Registro Único de Proveedores y de Contratistas (RUPC) tiene entre otros los siguientes beneficios: Gran difusión de su empresa a través del Registro Único de Proveedores y Contratista que se publica en el portal de CompraNet, el cual recibe más de 35,000 visitas diarias. El RUPC permite a las dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno identificar a las empresas que cuentan con la experiencia en vender o prestar servicios al gobierno.

  • Medida y pago Se pagará por Unidad (un) instalada y recibida a satisfacción. La medida será el resultado de cálculos realizados planos arquitectónicos. El valor será el precio unitario estipulado dentro del contrato y su costo incluye mano de obra y transporte. En caso de que la entidad pretenda aprovechar las aguas lluvias provenientes de la cubierta, las cuales son recogidas de las bajantes y conducidas por la cañuela hacia las cajas de inspección, a partir de estas, la entidad territorial podrá aprovecharlas mediante la construcción de tanques de reserva o cualquier alternativa que se considere pertinente. Este ítem se refiere al suministro y la Instalación de tubería en PVC de 160 mm La instalación de la tubería deberá realizarse de acuerdo con la norma NTC 1500. Se pagara por metro (m) el valor de los accesorios está incluido en el costo. Se medirá y pagará la instalación después de ser revisada, realizar las pruebas y ser aprobadas por la interventoría. La medida se calculará sobre los planos de instalaciones hidráulicas y Sanitarias. Se refiere al suministro e instalación de materiales, la mano de obra, y los trabajos de excavación, rellenos, el retiro de sobrantes y todos los elementos, herramientas o insumos necesarios para la construcción de las cajas de inspección, con 1.00 m de profundidad conformadas por paredes en Ladrillo tolete rústico recocido 25 cm x 12 cm x 6 cm (l x a x h), pañetadas con mortero impermeabilizado. Se deben colocar tapas con espesor de 6 cm. Estas tapas serán en concreto de 175 kg/cm² (2.500 psi), así como la placa de piso de la caja; serán reforzadas con varilla de 3/8" cada 15 cm en ambas direcciones y llevarán un marco en platinas xx xxxxxx de 1/4", con argollas en hierro de 1/2". Se medirá y pagará por unidades (un) debidamente construidas, revisadas probadas y aprobadas por la Interventoría. La contabilización se efectuará con base en los planos de instalaciones sanitarias, el precio unitario al que se pagará será el consignado en el contrato. La iluminación de los espacios debe garantizarse, en horas de baja o nula iluminación natural. Por lo anterior, se requiere contar con elementos con sensores que automáticamente detecten los niveles de iluminación y se activen y desactiven, según corresponda, además del suministro e instalación de los elementos correspondientes a la red eléctrica, como conexión a la red de distribución, elementos de seguridad, interruptores, cables, luminarias con equipo de arranque, ducterías, medidores, acometida principal cable antifraude, tablero con circuitos, breaker, contactor, xxxxxx, acometida parcial, salidas monofásicas y tomacorrientes a 110 V y cableado de salida, salidas bifásica y trifásica, lámparas, polo a tierra, caja de inspección, gabinete y demás que sean necesarios para el adecuado funcionamiento de la red. Aparte de las consideraciones descritas en el numeral anterior, se podrá usar luminarias tipo metal Halide de 400 W para el escenario central y luminarias tipo metal Halide de 250 W para zonas auxiliares o graderías o tipo led. Según el caso deberá hacerse el correspondiente ajuste a las cantidades, los insumos y los precios correspondientes para la definición del presupuesto. La cancha debe cumplir con la iluminancia (E) horizontal de acuerdo con lo expuesto en el RETIE para la práctica deportiva y formativa (Emed=entre 60 y 100 lux). Se deben colocar estas luminarias ligeramente por debajo de las cerchas de cubierta, soportadas con tubería rígida para evitar su pandeo producido por el viento. Actualmente se prefieren utilizar las lámparas de neón ya que la luz es más uniforme, prenden instantáneamente y se reemplazan con facilidad los tubos fundidos. Se debe poder contar con un tiempo límite de iluminación según la demanda de los espacios.

  • Monedas de la Oferta y pago 15.1 Los precios unitarios deberán ser cotizadas por el Oferente enteramente en la moneda del país del Contratante según se especifica en los DDL. Los requisitos de pagos en moneda extranjera se deberán indicar como porcentajes del precio de la Oferta (excluyendo las sumas provisionales) y serán pagaderos hasta en tres monedas extranjeras a elección del Oferente. 15.2 Los tipos de cambio que utilizará el Oferente para determinar los montos equivalentes en la moneda nacional y establecer los porcentajes mencionados en la Subcláusula 15.1 anterior, será el tipo de cambio vendedor para transacciones similares establecido por la fuente estipulada en los DDL, vigente a la fecha correspondiente a 28 días antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas. El tipo de cambio aplicará para todos los pagos con el fin que el Oferente no corra ningún riesgo cambiario. Si el Oferente aplica otros tipos de cambio, las disposiciones de la Cláusula 29.1 de las IAO aplicarán, y en todo caso, los pagos se calcularán utilizando los tipos de cambio cotizadas en la Oferta. 15.3 Los Oferentes indicarán en su Oferta los detalles de las necesidades previstas en monedas extranjeras. 15.4 Es posible que el Contratante requiera que los Oferentes aclaren sus necesidades en monedas extranjeras y que sustenten que las cantidades incluidas en los precios, si así se requiere en los DDL, sean razonables y se ajusten a los requisitos de la Subcláusula 15.1 de las IAO.

  • MONEDA DE PAGO Los pagos se efectuarán en la moneda que corresponda de acuerdo a lo previsto en las disposiciones que a tales fines determine la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.

  • Moneda de cotización y pago Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.

  • VALOR Y FORMA DE PAGO El valor del contrato es de XXXX ($ XXXX) MC/TE., valor que EL CONTRATANTE pagará AL CONTRATISTA en pagos parciales, previas actas del supervisor expedidas sobre las obligaciones derivadas del objeto del contrato y previa aceptación a satisfacción expresa y escrita por parte del mismo. PARAGRAFO: Las partes acuerdan que la remuneración del presente contrato se pacta por valor unitario XXX. TERCERA-PLAZO: Las partes han convenido como plazo de ejecución del presente contrato, XXX meses , a partir del momento en que se suscriba la respectiva acta de inicio plazo que no podrá superar en ningún caso el 31 de diciembre de 2022. CUARTA-IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los gastos que demande el cumplimiento de este contrato se imputarán con cargo a los rubros número, XXX, del presupuesto aprobado por la Junta Directiva de la Empresa para la actual vigencia fiscal, para lo cual se expidió el CDP 0XX del XX de XXX de 2022 y RP XX del XX de XXX de 2022 QUINTA–SUPERVISIÓN: Será ejercida por quien designe la gerencia de la Empresa, quien es la ordenadora del gasto. PARÁGRAFO: OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR: A- Ejercer control sobre los métodos utilizados a fin de que se ajusten a los pactados en el contrato y se cumplan las condiciones a cabalidad. B- Cuantificar periódicamente el trabajo ejecutado, indicando si este se ajusta al plan de trabajo o en caso contrario analizar las causas y problemas surgidos para que se tomen las medidas pertinentes, señalando las recomendaciones especiales y comentarios que crea convenientes. C- Verificar el pago de la seguridad social integral (salud, pensiones y riesgos laborales) de manera mensual para la autorización del pago de cada acta parcial- Elaborar y suscribir: 1- El acta de inicio del contrato, teniendo en cuenta que el contratista debe iniciar la ejecución del mismo a partir del día hábil siguiente a la suscripción del acta

  • FACTURACIÓN Y PAGO 3.1- Facturación: ENELUZ 2025, S.L. facturará al Cliente de acuerdo con las lecturas del consumo correspondiente, realizada por la Empresa Distribuidora. No obstante, se reserva la posibilidad de facturar con datos de consumo estimado, proporcionados por la Empresa Distribuidora, en el caso de no existir lecturas, siempre de acuerdo con criterios de proporcionalidad respecto del consumo en el mismo periodo del año anterior y, de no haberlo, en las mensualidades anteriores que tuvieran consumos leídos. De no disponer de consumos en las mensualidades anteriores, los consumos se estimarán con criterios de proporcionalidad con respecto a clientes con las mismas características. A estos efectos ENELUZ 2025, S.L. podrá realizar facturaciones complementarias una vez conocidos los consumos reales, de acuerdo con la normativa vigente. La periodicidad de la facturación será la indicada en las Condiciones Particulares, y dependerá, en todo caso, de la periodicidad con que la Empresa Distribuidora aporte las lecturas de los consumos a ENELUZ 2025, S.L. Las facturas detallarán los consumos y los precios pactados, así como el resto de conceptos de facturación. En la factura se detallarán los impuestos y recargos incluidos en el precio, al que se incorporarán, en su caso, todos aquellos otros que pudieran ser aprobados por la Administración durante la vigencia del Contrato. La facturación de energía reactiva, cuando proceda, se realizará aplicando el término de facturación de energía reactiva aprobado por la Administración, según lo establecido en la normativa. A este complemento le será aplicable el Impuesto Eléctrico. Mensual o bimestralmente, se remitirá a los Clientes la factura correspondiente, sin perjuicio de que puedan acceder al detalle de sus consumos en la página de Internet de xxx.xxxxxx.xx. Facturación electrónica: en el caso de que el Cliente haya manifestado su voluntad de recibir la factura electrónica, ésta será remitida a la dirección de correo electrónico indicada por el cliente, además podrá descargar sus facturas a través de la Oficina Virtual del Cliente en xxx.xxxxxx.xx. El Cliente podrá acceder a la Oficina Virtual del Cliente, autenticándose con las claves de usuario y contraseña que le serán facilitadas por ENELUZ 2025, S.L. y de acuerdo con las condiciones de uso indicadas en la misma. 3.2.- Pago: el pago se realizará mediante domiciliación en la cuenta bancaria que el Cliente haya designado salvo pacto en contra en las condiciones particulares. Se estipula un plazo de pago de 10 días desde la fecha de emisión de la factura para cualquier modalidad de pago. También podrá realizarse el pago, en caso de no tener la modalidad de domiciliación bancaria, mediante los cajeros automáticos habilitados por Eneluz 2025, S.L., o mediante tarjeta bancaria en la Oficina Virtual del Cliente en xxx.xxxxxx.xx autenticándose con las claves de usuario y contraseña. El pago corresponderá a consumos reales o estimados del periodo de facturación o a una cuota fija mensual en el caso de haber sido pactada. La cuota fija mensual se fijará atendiendo a los consumos históricos con revisión semestral y será regularizada con los consumos reales anualmente...

  • PLAZO DE PAGO El pago de las remuneraciones e indemnizaciones que correspondieren por la extinción del contrato de trabajo, cualquiera sea su causa, se efectuará dentro de los plazos previstos en el artículo 128 computados desde la fecha de extinción de la relación laboral. (Artículo incorporado por art. 1° de la Ley N° 26.593 B.O. 26/5/2010)

  • Medida y forma de pago La medida de pago será por metro cúbico (m3) medido en el sitio antes de su demolición y el precio incluirá el refuerzo si así lo tuviera El concreto para cañuelas se medirá y pagara en ML, y el costo deberá incluir la mano de obra, equipos materiales, traslados dentro de la obra y otros necesarios para adelantar adecuadamente la actividad de acuerdo a las especificaciones y ala s órdenes del interventor. Se conformará la subrasante excavando o llenando hasta la cota indicada para Cumplir con la pendiente, dimensiones. Todo el material inadecuado de la subrasante a criterio del Interventor, será retirado para sustituirse por otro apropiado. La subrasante se compactará y completará con un acabado fino y firme en la superficie, para recibir un lecho de material filtrante de 10 cm. de espesor, si así se indica en los diseños o lo solicita el Interventor. La subrasante será convenientemente humedecida y apisonada por métodos manuales o mecánicos hasta que quede firme antes de vaciar el concreto. Las formaletas garantizarán caras uniformes, compactas, rectas y lisas en la superficie de concreto y se colocarán siguiendo los alineamientos y pendientes de acuerdo con las dimensiones Requeridas, para garantizar un drenaje efectivo. A criterio del interventor, se podrán dejar juntas de dilatación, las cuales deben construirse formando ángulo recto con el eje longitudinal. El interventor exigirá al Contratista la demolición y nueva ejecución de las cunetas cuyo alineamiento no sea regular, o se hayan construido con bloques defectuosos. Las cunetas deben presentar alineamientos y pendientes uniformes, sin que se presenten quiebres que den mal aspecto o causen empozamientos.

  • MEDICIÓN Y PAGO Las mediciones se harán en unidades de volumen (m3) al precio establecido en el contrato, incluyendo el tipo de terminación indicando para cada elemento en los planos y su encofrado. Especial cuidado se tomará en no cuantificar en dos rubros diferentes las intersecciones de elementos estructurales. Los bloques a usarse como cajonetas en la losa, serán prensados y huecos, de arena y cemento de (20x20x40 y 15x20x40 ) cm de espesor (alivianados y tendrán una resistencia de 30 Kg/cm2, el cual soportará su peso propio. Especificaciones INEN 643. Las viguetas de hormigón armado sobre paredes de mampostería del ingreso, deberán ser de la siguiente sección: 20 cm. por el espesor de la mampostería de bloque 15 cm, en los antepechos de mampostería del cerramiento se construirá una vigueta acostada de 10x25 cm., deben ser de hormigón vaciado en el lugar. La armadura longitudinal a utilizarse es 2 varillas de 10 mm y la armadura transversal consiste en vinchas de 8 mm dispuestas cada 20 cm., el hierro está incluido en el rubro. Todo acero estructural será de las dimensiones establecidas en sección y longitud, no se aceptará bajo ninguna circunstancia soldar barras, para lograr la longitud establecida en los planos. Deberá ser figurado en frío colocado en obra como se especifica en los planos estructurales. Los estribos u otros hierros que estén en contacto con otra armadura serán debidamente asegurados con alambre recocido No. 18, en doble lazo a fin de prevenir cualquier desplazamiento. El límite de fluencia que se usará es de fy= 4.200 Kg/cm2 a menos que expresamente se dé otra indicación en los planos estructurales. El acero en varillas será de dureza natural, laminado en caliente. Todo el hierro estructural será colocado en obra en forma segura y con los elementos necesarios que garanticen su recubrimiento, esparcimiento y ligadura. No se permitirá que contraviniendo las disposiciones establecidas en los planos o en estas especificaciones, la armadura de cualquier elemento superior descienda alterando la altura afectiva de la pieza. Toda armadura será aprobada en los encofrados por el Residente encargado de la construcción y el Fiscalizador, antes de la colocación del hormigón en obra. En todas aquellas superficies de cimentación y otros miembros estructurales principales en los cuales se coloque el hormigón directamente sobre el suelo, la armadura tendrá un recubrimiento mínimo de 7 cm. Cuando sea necesario unir la armadura en otros puntos que los establecidos en los planos, se empalmará las varillas con traslapo, en una longitud mínima de 30 veces de diámetro de la misma. En tales uniones las varillas estarán en contacto y sujetas con alambre galvanizado. Se debe evitar cualquier unión o empate de la armadura en los puntos de máximo esfuerzo. Las uniones deben tener un empate suficiente a fin de transmitir los esfuerzos xx xxxxx y adherencia entre varillas.