Documentos de Carácter Público Cláusulas de Ejemplo

Documentos de Carácter Público. La información y documentos del Emisor de carácter público que se incluyen y/o refieren en el presente Prospecto podrán ser consultados por el público inversionista y los Tenedores a través de la BMV en sus oficinas ubicadas en Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, o en Internet en la página de la BMV (xxx.xxx.xxx.xx), en la página de la CNBV (xxx.xxxx.xxx.xx) o en la página de Monex (xxx.xxxxx.xxx.xx), en el entendido que esta última (ni la información disponible en dicha página) no forma parte del presente Prospecto. El presente Prospecto también se encuentra disponible con el o los intermediarios colocadores. Asimismo, a solicitud del inversionista se otorgarán copias del presente Prospecto a través del Ing. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, quien es la persona encargada de la relación con los inversionistas de Monex y puede ser localizada en las oficinas de Banco Monex, S.A., Institución de Banca Múltiple, Monex Grupo Financiero, ubicadas en Avenida Paseo de la Xxxxxxx xxxxxx 000, xxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, o al teléfono (00) 0000 0000 o en la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx El Programa de Certificados Bursátiles Bancarios con carácter revolvente a que se refiere este Prospecto ha sido estructurado bajo un esquema en el que podrán realizarse una o varias Emisiones, simultáneas o sucesivas, con características de colocación distintas. Cada Emisión de Certificados Bursátiles Bancarios que se realice al amparo del presente Programa contará con sus propias características según se determine para cada Emisión en el Suplemento, avisos y Título correspondientes. Los Certificados Bursátiles Bancarios emitidos conforme al Programa podrán denominarse en Pesos, UDIs o divisas. El monto de la Emisión, la denominación, el valor nominal, la fecha de emisión y liquidación, el plazo, la fecha de vencimiento, la tasa de interés aplicable, la forma de calcularla o, en su caso, la tasa de descuento correspondiente, y la periodicidad de pago de interés, entre otras características de los Certificados Bursátiles Bancarios de cada Emisión, serán determinados por el Emisor y el o los intermediarios colocadores para cada Emisión en el Suplemento, avisos y Título correspondientes. Monex podrá emitir, ofrecer y colocar una o más series de Certificados Bursátiles Bancarios al amparo del presente Programa, de manera simultánea o sucesiva, hasta por el monto total ...
Documentos de Carácter Público. La información y documentos de la Emisor de carácter público que se incluyen y/o refieren en el presente Prospecto podrán ser consultados por el público inversionista y los Tenedores a través de la BMV en sus oficinas ubicadas en Xxxxx xx xx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, C.P. 06500, México, Distrito Federal, o en Internet en la página de la BMV (xxx.xxx.xxx.xx), en la página de la CNBV (xxx.xxxx.xxx.xx) o en la página de DHC (xxx.xxxxxxx.xxx), en el entendido que esta última (ni la información disponible en dicha página) no forma parte del presente Prospecto. El presente Prospecto también se encuentra disponible con el Intermediario Colocador. Asimismo, a solicitud del inversionista se otorgarán copias del presente Prospecto a través de Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx en las oficinas de la Emisora, ubicadas en Xx. Xxxxx, Xxxx 0X-00, Xxxx 0 x 0, Xxxxxxx Xxxxxxx 1 y Xxxxxxxxxxxx 0X, Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Roo, CP 77500, al teléfono +00 00 0000-0000 o a la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.
Documentos de Carácter Público. Como parte de la solicitud entregada a la CNBV y a la BMV para la inscripción de las Acciones en el RNV, en su momento Monex presentó la información y documentación requerida por la Circular Única, incluyendo documentación corporativa, Estados Financieros y opinión legal independiente, la cual puede ser consultada en: xxx.xxxx.xxx.xx y xxx.xxx.xxx.xx, respectivamente. Asimismo, los inversionistas pueden obtener copia de dicha documentación y del presente Folleto Informativo, solicitándolo por escrito a la atención de: Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Director de Planeación, con dirección en Xxxxxxxx Xx. 000, xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000. Xxxxxx, X.X., teléfono: 0000 0000, correo electrónico: xxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx, o igualmente en nuestra página electrónica de Internet que es xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.
Documentos de Carácter Público. Los inversionistas que así lo deseen podrán consultar los documentos de carácter público que han sido presentados a la CNBV y a la BMV como parte de la solicitud de inscripción de los Certificados en el RNV y de listado ante la propia BMV. Entre estos documentos se encuentra la solicitud y el instrumento constitutivo del Fideicomiso Emisor. Esta información se encuentra disponible al público en la CNBV y en el Centro de Información de la BMV que se encuentra en el Centro Bursátil ubicado en Xxxxx xx xx Xxxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, 06500 México D.F. Asimismo, copia de dicha información podrá obtenerse por parte de cualquier inversionista que participe en las Emisiones mediante escrito dirigido al Director de de Deuda Pública, Lic. Xxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx Xx. 144 Acceso 3 Planta Baja, Col. Doctores, México D.F. 06720, teléfono 0000-0000, correo electrónico xxxxxxx@xxxxxxxx.xx.xxx.xx. Asimismo, se puede encontrar información adicional que no forma parte de este Suplemento en el sitio de Internet del Distrito Federal: xxx.xx.xxx.xx. El presente Suplemento y el Prospecto del Programa podrán consultarse en Internet en la siguiente dirección: xxx.xxx.xxx.xx, así como en el portal de Internet del Fiduciario del Fideicomiso Emisor en la siguiente dirección: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
Documentos de Carácter Público. Toda la información contenida en el presente prospecto y/o cualquiera de sus Anexos y que se presenta como parte de la solicitud de inscripción de los Certificados Bursátiles en el RNV, podrá ser consultada por los inversionistas a través de la BMV, en sus oficinas, o en su página de Internet xxx.xxx.xxx.xx o por medio de la página de Internet de la CNBV en xxx.xxx.xx/xxxx. El Fiduciario tendrá a disposición de los Tenedores de los Certificados Bursátiles la información del Fideicomiso, incluyendo lo relativo a su constitución, su administración y su situación al momento de la consulta. A solicitud de los Tenedores, se le entregarán copias del presente prospecto en las oficinas del Fiduciario al Tenedor que así lo solicite por escrito. La persona encargada de relaciones con inversionistas del Administrador es Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx con dirección en Blvd. Xxxxxxx X. Xxxxxxxxx, 1884 Poniente, Xxxxx X, Xxxx 0, Xxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Monterrey, Nuevo León, CP 64650, teléfono +00-00-0000-0000 o a la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx
Documentos de Carácter Público. La información pública de los Fondos puede consultarse en la siguiente página electrónica en la red mundial (Internet): xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Dicha información consiste en precio, cartera semanal, cartera mensual y documento con información clave para la inversión. xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxx-xx-xxx-xxxxxx El informe que contiene la composición de la cartera de inversión se mantendrá a disposición del público a través de la citada página electrónica de Internet y se actualizará el último día hábil de cada semana. El documento con información clave para la inversión, se actualizará a más tardar dentro de los cinco días hábiles posteriores al cierre de cada mes. La información que los Fondos están obligados a entregar a la CNBV es la indicada en la legislación aplicable, incluyendo la siguiente, y podrá ser consultada en medios públicos aquella que por disposición legal debe publicarse en dichos medios: “Determinación del precio actualizado de valuación de las acciones representativas del capital social de los fondos de inversión”. ” Régimen de inversión”. “Información derivada de los estados financieros”. “Información derivada de los estados financieros (cartera de inversión)”. “Operaciones de compra-venta de activos objeto de inversión”.
Documentos de Carácter Público. La documentación presentada por Banco Multiva a la CNBV y a la BMV a efecto de obtener la autorización de la inscripción de los Obligaciones Subordinadas en el RNV y su listado en la BMV, puede ser consultada en la BMV y en la CNBV, en sus oficinas o en sus páginas de Internet, xxx.xxx.xxx.xx y xxx.xxxx.xxx.xx, respectivamente. Dicha documentación incluye las solicitudes respectivas, el presente Prospecto y sus anexos. Copias de dicha documentación podrán obtenerse a petición de cualquier inversionista mediante una solicitud por escrito presentada al centro de información de la BMV, el cual se encuentra ubicado en Xxxxx xx xx Xxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, C.P. 06500, México, D.F. o presentada al Emisor en sus oficinas ubicadas en Cerrada de Xxxxxxxxxxxx Xx. 00, Xxx. Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 11650, Distrito Federal o al teléfono

Related to Documentos de Carácter Público

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.