Definición de Opinión Legal

Opinión Legal tiene el significado asignado en el artículo 4.7 del presente.
Opinión Legal significa una opinión escrita de un abogado, que puede ser empleado de la Emisora o asesor legal de la Emisora (salvo según lo establecido en contrario en el Contrato de Fideicomiso), obtenida por cuenta y cargo de la Emisora o la Persona continuadora o cesionaria o una Subsidiaria que sea razonablemente aceptable para el Fiduciario.
Opinión Legal significa una opinión legal según se estipula en la Sección 10.02., párrafo (1).

Examples of Opinión Legal in a sentence

  • El Contrato xx Xxxxxxxx entrará en vigencia en la fecha en la que el BANCO se declare satisfecho con la evidencia de autoridad y las muestras de firmas referidas en la Sección 10.01, párrafo (1), la Opinión Legal mencionada en la Sección 10.02.

  • El Contrato xx Xxxxxxxx entrará en vigencia en la fecha en la cual el Fondo se declare satisfecho con la prueba de autoridad y los modelos de firmas mencionados en la Sección 10.01., párrafo (1), la Opinión Legal mencionada en la Sección 10.02., párrafo (1), y la Garantía, si la hubiere.

  • Descripción Precio UNITARIO CON impuestos Precio TOTAL CON impuestos 1 Opinión Legal sobre la posibilidad de cobro, duración estimada del proceso.

  • Dicho registro, si lo hubiese, será realizado por la Administradora y a su propio costo, actuando de conformidad con las instrucciones recibidas del Representante Común acompañada por una Opinión Legal indicando que dicho registro beneficia materialmente los intereses de los Tenedores de Certificados.

  • ParticipantesPlurales Formulario No. 9 - Opinión Legal Garantía de Deudor Solidario.

  • El Contrato xx Xxxxxxxx entrará en vigencia en la fecha en la que JICA se declare satisfecha con las pruebas de autoridad y las muestras de firma mencionadas en la Sección 10.01., párrafo (1), la Opinión Legal mencionada en la Sección 10.02., párrafo (1), y la Garantía, si la hubiere.

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  • Día Hábil Significa cualquier día, excepto: (i) sábados; (ii) domingos; y (iii) cualquier día en que las oficinas de las instituciones de crédito en México estén autorizadas u obligadas por ley, reglamento, decreto o disposiciones de carácter general para permanecer cerradas al público y suspender sus operaciones, conforme lo determine la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

  • Precio conveniente Es aquel que se determina a partir de obtener el promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la Invitación, y a éste se le resta el 40%.