Condición general Cláusulas de Ejemplo

Condición general. Una vez aceptada la solicitud de tarjeta de compra por JERARQUICOS, la relación contractual se regirá por las siguientes cláusulas, condiciones y Anexo, que se considera parte integrante del presente contrato, constituyendo todo ello plena prueba de las obligaciones asumidas por las partes, y que- dará formalizado una vez suscripto por el titular y codeudores, en su caso, y con la recepción de las tarjetas. A su vez, de no registrarse operaciones durante los 6 (seis) meses previos a la fecha de vencimiento de la Tarjeta, JERAR- QUICOS podrá proceder a su baja, no renovándose las Tarjetas vinculadas.
Condición general. Todas las actividades susceptibles de producir molestias por ruido deberán ejercer su actividad con las puertas y ventanas cerradas.
Condición general. 1.1 b) “Legislación aplicable” hace referencia a las leyes y otros instrumentos con fuerza xx xxx en [país], conforme se emiten y entran en vigor periódicamente. d) “Documento de licitación” hace referencia a los documentos de licitación para la adquisición de bienes y la contratación de servicios anexos; ref. de la oferta: [ingrese el número de referencia]; emitida el [ingrese la fecha de emisión]. m) El “destino final” es: [ingrese destino final para la entrega de los bienes]. z) “Comprador” hace referencia al “país”, así como a la entidad prestataria/receptora designada por el Gobierno.
Condición general. 6.1 El miembro al mando es [ingrese el nombre del miembro] [Nota: Si el proveedor es una empresa conjunta u otra forma de asociación de más de una entidad, se debería ingresar aquí el nombre de la entidad cuya dirección se especifique en la condición especial 6.1. Si el proveedor consta de una sola entidad, se deberá borrar esta condición especial 6.1 de las condiciones especiales.]
Condición general. 25.1 La cobertura de seguro será la que se especifique en los Incoterms. O bien La cobertura de seguro será la siguiente: [ingrese las disposiciones específicas de seguro que se hayan acordado en materia de, por ejemplo, cobertura, moneda y cantidad. A continuación se muestra un ejemplo] El seguro se contraerá por una cantidad igual al [ingrese número] % del valor CIP de los bienes de “almacén” a “almacén” “a todo riesgo”, incluidas las huelgas y el riesgo xx xxxxxx. [Nota: suprima el contenido improcedente]
Condición general. 29.5 El proveedor reparará o sustituirá los bienes o componentes defectuosos en un plazo de [ingrese el número] días
Condición general. 3.2. Cuentas a la vista.
Condición general. Las cajas de crédito cooperativas, según la Ley 26.173, podrán captar recursos exclusivamen- te en pesos de personas físicas y jurídicas, asociadas o no a la entidad. La operatoria con el conjunto de personas físicas y jurídicas asociadas del sector privado no financiero (excepto las correspondientes a operaciones de servicios) no podrá ser menor al 51% del total de los depósitos y otras obligaciones por intermediación financiera (capitales). Asimismo podrán prestar libremente a asociados y no asociados servicios de cobranza por cuenta de terceros, concertados directamente con la caja de crédito cooperativa o a través de dichos terceros (débitos automáticos o directos) para el pago de impuestos, tasas, contribu- ciones y aportes, facturas de servicios públicos o privados, resúmenes de tarjetas de crédito, cajas de seguridad, etc.

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  • Régimen general 1. En el ámbito de la Administración General del Estado, sus Organismos autónomos, Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social y demás Entidades públicas estatales, el Ministro de Economía y Hacienda podrá declarar de contratación centralizada los suministros, obras y servicios que se contraten de forma general y con características esencialmente homogéneas por los diferentes órganos y organismos.

  • DESCRIPCIÓN GENERAL 15.- DESCALIFICACIÓN DE LOS LICITANTES.

  • INFORMACIÓN GENERAL En la presente licitación pública estatal podrán participar las personas físicas y xxxxxxx legalmente constituidas conforme a las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, que cumplan con los requisitos solicitados por la ENTIDAD y los preceptos señalados en la LEY, así como lo estipulado en las presentes bases de licitación. - Los gastos que el LICITANTE erogue en la realización de la propuesta técnica- económica y todos los derivados que tengan relación con el presente concurso serán a su cargo y no serán reintegrables para el caso de que la Licitación Pública Estatal sea declarada desierta o por ser descalificada su propuesta, por consiguiente no procederá queja o reclamo alguno respecto a todos los gastos que haya generado. - La presente Licitación Pública es de carácter Estatal y no se realiza bajo la cobertura de ningún tratado. - Para la emisión de la propuesta económica el LICITANTE no debe considerar el desglose para pago del Impuesto al Valor Agregado. Con fundamento en el artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y artículo 29 de su reglamento, toda vez que las construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación quedan exentos del I.V.A. - Ninguna de las condiciones establecidas en estas bases, ni en las propuestas presentadas por el LICITANTE podrá estar sujeta a negociación alguna. - No podrán participar las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como también se informa que la CONVOCANTE, se abstendrá de recibir propuestas o celebrar contratos, con las personas que se encuentren dentro de los supuestos contenidos en el artículo 52 de la LEY. - De conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 27 de la LEY, las personas físicas y xxxxxxx participantes deberán estar inscritos en el Padrón de Contratistas de Obra Pública de la SEFIPLAN. - Así mismo se indica que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 fracciones IV y V del REGLAMENTO los interesados podrán agruparse para presentar una proposición, en donde cualquiera de los integrantes de la agrupación podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación. - No se podrán subcontratar parte alguna de los trabajos, los LICITANTES serán los únicos responsables de las obligaciones que adquieran con las personas que subcontraten para la realización de las obras o servicios. Los subcontratistas no tendrán ninguna acción o derecho que hacer valer en contra de la ENTIDAD. - Con fundamento en el artículo 19 de la LEY, se tomará en cuenta, en la contratación de obras públicas, preferentemente, la mano de obra veracruzana, alentando la contratación de personas con discapacidad y de adultos mayores; así como el empleo de maquinaria, materiales, productos y equipos del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. - Los LICITANTES que decidan cancelar su participación en la Licitación Pública Estatal y deseen presentar sus excusas deberán hacerlo por escrito en hoja membretada de su empresa, un día antes del acto de presentación y apertura de proposiciones técnica y económica. - Las proposiciones presentadas por los LICITANTES serán conservadas por la ENTIDAD. - Una vez realizada la evaluación y previo a la notificación del fallo, la ENTIDAD deberá obtener la autorización mediante un Dictamen Técnico por parte de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz (SEFIPLAN) por conducto de la Subsecretaria de Egresos, para la formalización del contrato de Obra Pública. Lo anterior de conformidad con el Artículo 53 de la LEY y 25 de los Lineamientos Generales de Austeridad y Contención del Gasto para el Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. - Modelo del contrato.- En los contratos de obra pública se xxxxx xxxxxxx, como mínimo de acuerdo al artículo 55 de la LEY y 70 del REGLAMENTO, lo siguiente:

  • Disposición general Las obligaciones, responsabilidades y riesgos del Contratista conforme al presente Contrato son independientes de los seguros, garantías o cualquier otro instrumento financiero a los que hace referencia en esta Cláusula 20 y, en consecuencia, el alcance de las obligaciones y responsabilidades derivadas de la xxxxxxxx de tales riesgos no podrán reducirse en perjuicio de la Nación o de terceros por la contratación de seguros, garantías o cualquier otro instrumento financiero o por la falta de contratación o cobertura suficiente de ellos.

  • CONDICIONES GENERALES a) La tarjeta es propiedad de LA FINANCIERA, siendo el TITULAR de la misma el único y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, según

  • CONDICIONES PARTICULARES Conjunto de condiciones aplicables de manera específica a cada póliza, sea que provengan de la voluntad del Asegurado y/o Tomador expresada en la solicitud de seguro o la documentación suplementaria, o porque hubieren sido establecidas por el Instituto como condición para otorgar la cobertura del seguro. Las condiciones particulares tienen prelación sobre las condiciones generales y especiales establecidas en el contrato.

  • Criterios generales 1. Las empresas podrán sancionar, como falta laboral, las acciones u omisiones que supongan infracciones o incumplimientos laborales de los trabajadores, de acuerdo con la graduación de las faltas que se establece en los artículos siguientes.

  • Principio general El contrato de trabajo tendrá por objeto la prestación de una actividad personal e infungible, indeterminada o determinada. En este último caso, será conforme a la categoría profesional del trabajador si se la hubiese tenido en consideración al tiempo de celebrar el contrato o en el curso de la relación, de acuerdo a lo que prevean los estatutos profesionales y convenciones colectivas de trabajo.

  • EXCLUSIONES GENERALES Además de las exclusiones específicas de cada cobertura, este seguro en ningún caso ampara:

  • Objetivo General Fortalecer capacidades organizativas y gerenciales, de las Organizaciones Beneficiarias (OB), que permitan su crecimiento y consolidación, a efecto de administrar las inversiones que se ejecutan en las diferentes cadenas de valor con la implementación de los Planes de Desarrollo Productivo (PDP) y Planes de Negocios (PN), en el área de influencia del PRO-LENCA. Elaborar e implementar 90 Planes de Fortalecimiento Organizacional (PFO) para 90 Organizaciones Beneficiarias del Proyecto: PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales, empresas de servicios múltiples y empresas asociativas campesinas de producción, en las comunidades de Altos de Guanteque, Mejocote, El Xxxxx Xxxxxxxx, Xx Xxxxxxx, Xx Xxxxxx Xx Xxxx x Xx Xxxxxx; en el municipio de Gracias, en el departamento de Lempira. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras de empresas asociativas campesinas de producción y cajas rurales en las comunidades de El Pinal San Xxxx, El Limón, Campuca, Pinal San Xxxxxxx, El Zapote y Quelacasque; en el municipio de Gracias en el departamento de Lempira. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales, asociaciones de productores, Asociación de agricultores, red de mujeres y empresas asociativas campesinas de producción en las comunidades de El Zapote, Xxxxxxxx, El Xxxxx, Xxxxxx Centro, Azacualpa, Las Lajas, La Arada, Azacualpa y San Xxxxxxxxx; en el municipio xx Xxxxxx en el departamento de Lempira. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales y empresas de servicios múltiples en las comunidades xx Xxxxxxxxxx Centro, Jocotillo Azacualpa, Isleta y la Arada en el municipio xx Xxxxxxxxxx en el departamento de Lempira. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras de cooperativas de servicios agropecuarios y asociación de productores agropecuarios en las comunidades de Las Delicias y Gualcinse Centro en el municipio de Gualcinse, cajas rurales en las comunidades Congolón y Guaxinlaca en el municipio de San Xxxxxx, caja rural y asociación de apicultores en las comunidades xx Xxxxxxx Centro y San Xxxx San Xxxxxx en el municipio xx Xxxxxxx en el departamento de Lempira. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales, asociación de ganaderos y empresas asociativas campesinas de producción en las comunidades de San Xxxxxx Centro, Posa Verde, Guacutao y San Xxxxxx Centro, en el municipio de San Xxxxxx Xxxxxxxx y El Cutal en el municipio de San Xxxxxxxxx en el departamento de Lempira. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales en las comunidades de Calucica, Barrio El Zapote, El Rodeo, Jinquinlaca, Colomarigua y Guachipilincito en el municipio xx Xxxxxxxxxx en el departamento de Intibucá. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales, empresas de servicios múltiples y asociaciones de agricultores en las comunidades de San Xxxx, San Xxxx, Xxxxxx xx Xxxxx, San Xxxxxx Centro y La Majada en el municipio de San Xxxxxx de la Sierra en el departamento de Intibucá. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales y asociaciones de productores en las comunidades xx Xxxxxxxx, Barracón, San xxxxx Xxxxxxxx y Santa Xxxx en el municipio de Santa Xxxxx; El Leoncito y San Xxxx Xxxxx Vista en el municipio xx Xxxxxxxxx en el departamento de Intibucá. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras xx xxxxx rurales y grupos de mujeres en las comunidades de Piedra Parada, Santa Xxx, Pueblo Viejo y San Xxxxxx en el municipio de Colomoncagua, cajas rurales y empresas asociativas de producción en las comunidades de El Xxxxxx, San Xxxxxx y El Xxxxxxxx San Xxxx xx Xxxx en el municipio xx Xxxxxxx en el departamento de Intibucá. PFO orientados a la puesta en marcha de iniciativas empresariales con productores y productoras de la asociación de familias agropecuarias artesanales intibucanas lencas en el barrio El Xxxxxxx en el municipio de Intibucá, cooperativa cafetalera en la comunidad de Agua Blanca en el municipio de San xxxxxxxxx, en el departamento de Intibucá y cajas rurales, Iniciativas de mujeres y empresas asociativas campesinas de producción en las comunidades de El Zancudo y La Xxxxxx en el municipio de Yarula; El Jícaro en el municipio de San Xxxx en el departamento de la paz. Esta Formulación, debe realizarse con la participación de los beneficiarios y las beneficiarias.