CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL Cláusulas de Ejemplo

CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL. EL CLIENTE otorga mediante la suscripción del presente contrato su consentimiento de forma expresa e irrevocable, para que LA CAJA pueda ceder sus derechos o su posición contractual en los créditos que otorgue al amparo del presente contrato, dentro de la línea de crédito aprobada, así como las garantías que los respaldan, a favor de terceros. Razón por la cual la cesión de derechos o de posición contractual se reputará efectuada desde que es comunicada a EL CLIENTE mediante los medios de comunicación directos señalados en la cláusula décimo quinta del presente contrato.
CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL. El CLIENTE no podrá ceder su posición contractual, sin la autorización previa y escrita del PRESTADOR en su calidad de titular de la licencia de uso de agua en bloque, debiendo contar para ello con la opinión favorable del Supervisor Especializado.
CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL. Los abonados podrán ceder sus derechos y obligaciones a terceros de acuerdo al procedimiento que establezca cada empresa operadora. La empresa operadora deberá pronunciarse mediante comunicación escrita al cedente, dentro de un plazo no mayor de quince (15) días hábiles de presentada la solicitud de cesión, sobre su conformidad o no con la misma. Si transcurrido dicho plazo, la empresa operadora no se pronunciara, se entenderá que la cesión ha sido aprobada. La empresa operadora sólo podrá negarse a aceptar una cesión de conformidad con los artículos 4 y 5. La carga de la prueba sobre la cesión realizada corresponde a la empresa operadora. El abonado cesionario asumirá y será responsable del pago de las deudas pendientes del servicio que es objeto de cesión. En ningún caso, el abonado cedente asumirá frente a la empresa operadora las obligaciones que le correspondan al abonado cesionario.
CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL. Cualquiera de las Partes, previa conformidad por escrito de la otra Parte, podrá ceder su posición contractual, parcial o totalmente, conforme al Contrato. Sin la conformidad escrita, la cesión no será válida ni surtirá efecto alguno. La Parte que efectúe esta operación deberá informar de la misma al OSINERGMIN. Aceptada la cesión de posición contractual, a que se refiere el numeral precedente, la Parte cedente queda liberada totalmente de las obligaciones resultantes del Contrato, a partir de la fecha en que dicha cesión sea notificada por escrito a la otra Parte.
CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL. COMPARTAMOS podrá ceder sus derechos y/o su posición contractual en este Contrato a cualquier tercero, prestando los miembros de EL GRUPO de conformidad con lo indicado en el Código Civil, en este acto, su consentimiento anticipado a la referida cesión, lo cual será informado mediante los mecanismos previstos en la cláusula Décimo Quinta.
CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL. Salvo por lo previsto en el Capítulo VII. el CONCESIONARIO no podrá transferir su derecho a la Concesión ni ceder su posición contractual sin que hayan transcurrido, como mínimo, cinco (5) años desde la suscripción del Acta de Inicio de la Operación y siempre que cuente con la autorización del CONCEDENTE, previa opinión no vinculante de la SUNASS. Para efectos de la autorización, el CONCESIONARIO deberá comunicar al CONCEDENTE su intención de transferir sus derechos derivados del Contrato de Concesión o ceder su posición contractual, acompañando lo siguiente: Contrato preparatorio o carta de intención de transferencia o cesión, debidamente suscrita por el CONCESIONARIO y el adquiriente o cesionario. Documentación que acredite la capacidad legal necesaria del adquiriente o cesionario. Documentación que acredite que el adquiriente o cesionario cumple con los requisitos de precalificación que en su momento se exigieron en las Bases, para la calificación de los Postores. Acuerdo por el cual el adquiriente o cesionario conviene en asumir cualquier daño y pagar cualquier otra suma debida y pagadera por el CONCESIONARIO. El CONCESIONARIO deberá remitir su solicitud al CONCEDENTE, con copia a la SUNASS. Esta última deberá pronunciarse sobre la misma en un plazo máximo de quince (15) Días Calendario de recibida la solicitud y comunicar su opinión al CONCEDENTE, quien contará con un plazo de quince (15) Días Calendario, desde la recepción de la solicitud, para emitir su pronunciamiento. Transcurrido dicho plazo sin mediar respuesta del CONCEDENTE, se entenderá por denegada la solicitud. La conformidad del CONCEDENTE no libera de la responsabilidad al cedente que transfiere su derecho a la Concesión o cede su posición contractual hasta por un plazo máximo de un (1) año desde la fecha de aprobación de la cesión. Esto implica que, durante este período, el cedente será solidariamente responsable con el cesionario por los actos realizados hasta antes de la transferencia o cesión. El pronunciamiento negativo o la ausencia de pronunciamiento implican el rechazo de la solicitud. El CONCEDENTE no negará la solicitud de transferencia o cesión de posición contractual, en la medida que el CONCESIONARIO acredite el cumplimiento de los requisitos mínimos previstos en las Bases, según corresponda.
CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL. Solo procede la cesión de posición contractual del contratista en los casos de transferencia de propiedad de bienes que se encuentren arrendados a las Entidades, cuando se produzcan fusiones, escisiones o que exista norma legal que lo permita expresamente.
CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL. El ABONADO acuerda que DIRECTV podrá, en cualquier momento, ceder su posición contractual a favor de empresas matrices, participadas, filiales o subsidiarias. DIRECTV informará al ABONADO dicha cesión a través del envío de una carta al domicilio de instalación y/o de un correo electrónico a la dirección electrónica señalada en la Hoja de Datos. Por su lado, el ABONADO podrá ceder su posición contractual a un tercero. Para ello, deberá remitir una comunicación escrita a DIRECTV en la que anexe el acuerdo de cesión contractual (derechos y obligaciones). La aceptación de la cesión de posición contractual por parte de DIRECTV queda sujeta a lo dispuesto por las Condiciones de Uso. Los costos de traslado de los EQUIPOS o cualquier otro que permita que se le preste el SERVICIO serán de costo del cesionario, lo cuales deberán ser cancelados a DIRECTV dentro de los cinco (5) días calendario de aceptada la cesión. Se entiende que la cesión incluirá las deudas pendientes de pago por parte del ABONADO.
CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL. 17.1 En virtud del presente documento, EL CLIENTE autoriza de manera anticipada al BANCO para que pueda ceder su posición contractual en el presente Contrato y/o en una o más de las operaciones que se celebren al amparo del presente Contrato.
CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL. Las partes acuerdan que ninguna de ellas podrá ceder su posición en el presente contrato, salvo autorización expresa de la otra parte y siempre que la persona que entre en el contrato asuma de manera expresa las obligaciones correspondientes a su posición.