AVAL BANCARIO Cláusulas de Ejemplo

AVAL BANCARIO. Sin perjuicio de la responsabilidad solidaria, en caso de ser varias las personas físicas o jurídicas que integren la posición de LA COMPRADORA, en relación con el cumplimiento de todas las obligaciones previstas a su cargo en el presente contrato, en garantía del cumplimiento de tales obligaciones de LA COMPRADORA, especialmente de la obligación del pago del precio, ésta ha formalizado aval bancario a primer requerimiento y con expresa renuncia al beneficio de excusión, división y orden con la entidad [entidad] en favor de LA VENDEDORA por importe de [importe] y con vigencia hasta el [fecha]. El aval podrá ser ejecutado por LA VENDEDORA en el supuesto de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de LA COMPRADORA consignadas en los epígrafes 1, 2 y 3 de la Estipulación Decimosegunda A) del presente contrato, a salvo la concurrencia del previo incumplimiento por parte de LA VENDEDORA de cualquiera de las obligaciones previstas en la Estipulación Decimotercera, 1 y 2, del presente contrato. Para la ejecución del aval bastará declaración jurada de LA VENDEDORA manifestando que LA COMPRADORA ha incurrido en alguna de las causas de incumplimiento previstas en los epígrafes 1, 2 y 3 de la ya referida Estipulación Decimosegunda A), declarando igualmente que el mismo no ha venido precedido del previo incumplimiento por parte de LA VENDEDORA de alguna de las obligaciones previstas en la Estipulación Decimotercera, 1 y 2, del presente contrato. El aval permanecerá en vigor hasta el día [fecha], o en su defecto, hasta la presentación a la Entidad Bancaria por parte de LA VENDEDORA de:
AVAL BANCARIO. A efectos de garantizar el fiel cumplimiento del contrato y para el caso de que la parte arrendataria no pudiese hacer pago de las rentas que se devenguen durante su vigencia, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 de la X.X.X que dispone que "las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico". La parte arrendataria entrega en este acto un Aval Bancario de la Entidad (Referencia del Aval n.º ), por un importe total de EUROS, a primer requerimiento, y como garantía de todas las responsabilidades económicas asumidas por el arrendatario como consecuencia del presente contrato de arrendamiento, incluida la responsabilidad por los daños que pudiera ocasionar el arrendatario en el inmueble arrendado y que se deban exclusivamente a su culpa o negligencia. El referido Aval Bancario se constituye por un plazo de . El AVAL BANCARIO que se reseña se incorpora al presente contrato como anexo número uno.
AVAL BANCARIO. En garantía del cumplimiento de las obligaciones asumidas por XXXXX, en méritos de los establecido en este documento, XXXXX ha contituido y entregado al Club, en concepto de fianza, aval bancario por importe de XXXXXX euros , que responderá de los perjuicios que puedan causarse por el incumplimiento de las obligaciones contractuales y de los daños originados en los locales y elementos cedidos, se adjunta dicho aval como Anexo numero 6. Dicho aval deberá permanecer vigente en tanto en cuanto el presente contrato esté en vigor y tendrá vigencia hasta el XX de XXXX de XXXX. Sólo podrá cancelarse cuando, rescindido el contrato por la causa que fuere, no existiera ninguna obligación pendiente. De no ser así, permanecerá vigente hasta que las partes diriman sus controversias de acuerdo con el sistema convenido en este documento, corriendo los gastos que genere dicho aval de cargo exclusivo de la parte a quien la resolución arbitral o, en su caso judicial, perjudique carácter Personal que le sean proporcionados por el Club o por cuaquier socio del En este sentido, XXXXX cumplirá adecuadamente y en todo momento las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal ( en adelante, “LOPD”), así como en el Real Decreto 994/1999, de 11 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal ( en adelante, “RMS”), y en cualesquiera otras normas vigentes o que en el futuro puedan promulgarse sobre la materia. En particular, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 12 de la LOPD, XXXXX será considerado a todos los efectos como Agente Tratante de los datos de carácter personal a que tenga acceso en virtud de este Contrato para la presentación de los servicios que son objeto del mismo. En consecuencia, la transmisión de datos de carácter personal que el Club o cualquier socio del Club realice a favor de XXXXX no tendrá en ningún caso la consideración de comunicación de datos de carácter personal en los términos previstos en el artículo 11 LOPD. XXXXX se compromete a tratar los datos conforme las instrucciones del Club a no aplicarlos ni utilizarlos con fin distinto al de la prestación e los servicios objeto del presente Contrato, y a no comunicarlos, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Una vez finalizada la prestación de los servicios objeto de este Contrato, los datos de carácter personal deberán ser d...
AVAL BANCARIO. A efectos de garantizar el fiel cumplimiento del contrato y para el caso de que la parte arrendataria no pudiese hacer pago de las rentas que se devenguen durante su vigencia, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 de la X.X.X que dispone que "las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico". La parte arrendataria entrega en este acto un Aval por el equivalente a TRES mensualidades por un importe total …………………………….EUROS (……….€), a primer requerimiento, y como garantía de todas las responsabilidades económicas asumidas por el arrendatario como consecuencia del presente contrato de arrendamiento, incluida la responsabilidad por los daños que pudiera ocasionar el arrendatario en el inmueble arrendado y que se deban exclusivamente a su culpa o negligencia. El referido Aval se constituye por un plazo de …AÑO, renovable por periodos iguales y sucesivos, so pena de resolución del presente contrato de arrendamiento. El AVAL que se reseña se incorpora al presente contrato como anexo número uno.
AVAL BANCARIO. Todas las obligaciones de pago anuales estipuladas en el Contrato deberán estar avaladas por un banco que se encuentre sujeto al control del Mecanismo Único de Supervisión bancaria en Europa implantado por el Banco Central Europeo, y a primer requerimiento, sin beneficios de excusión. El 1 de julio de cada temporada se presentará el aval de dicha temporada y se renovará para cada una de las temporadas de la adjudicación.
AVAL BANCARIO. Se acuerda que el arrendatario hará entrega de un AVAL BANCARIO a favor del arrendador por el importe de TRES meses xx xxxxx, siendo este entregado a las 48 horas siguientes a la firma del presente contrato. Si este no fuera entregado en el plazo anteriormente fijado, se resolverá automáticamente el contrato. La validez de dicho aval será de 2 años, debiendo renovarse por otro de 1 año de duración TRES meses antes del vencimiento del primero. Si no se renovara el arrendador puede resolver el contrato, teniendo el arrendatario tres meses para abandonar el inmueble.
AVAL BANCARIO. Todas las obligaciones de pago anuales estipuladas en el Contrato para las temporadas 2020/21 y 2021/22 deberán estar avaladas por un banco que se encuentre sujeto al control del Mecanismo Único de Supervisión bancaria en Europa implantado por el Banco Central Europeo, y a primer requerimiento, sin beneficios de excusión. El 1 de julio de 2020 se presentará el aval por el total del importe adjudicado y el 1 de julio de 2021 se presentará el aval por el importe adjudicado de la temporada 2021/22.Las cantidades establecidas en el aval que se presente el 1 de julio podrán ser reducidas una vez verificado el pago de la temporada 2020/21 y siendo precisa una autorización expresa y por escrito de la RFEF.
AVAL BANCARIO. 8.1 Talgo tendrá derecho a solicitar un aval bancario al proveedor para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones o los pagos por adelantado del contrato/la orden de compra correspondiente, de acuerdo con las condiciones establecidas en esta cláusula 8.

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