Definición de Horas extraordinarias

Horas extraordinarias. Es el complemento salarial que deberá percibir el trabajador por el exceso de tiempo de trabajo efectivo que realice sobre la duración de la jornada anual establecida o la proporcional que corresponda.
Horas extraordinarias. Se fija el precio de cada hora extraordinaria para el año 2009 en 14,38 € independientemente de la categoría de cada trabajador. Las cantidades establecidas en este Artículo se revisarán, cada uno de los siguientes años de vigencia del convenio, con el mismo porcentaje que lo haga la tabla salarial de cada año.
Horas extraordinarias son las horas de trabajo que se realizan fuera de la jornada ordinaria de trabajo. Como mínimo hay que pagarlas como una hora ordinaria. Si no hay pacto sobre cómo retribuir las horas extras se entenderá que se retribuirán en forma de descanso en los 4 meses siguientes a su realización. El tope anual legal de realización de horas extraordinarias son 80, salvo las hechas por fuerza mayor.

Examples of Horas extraordinarias in a sentence

  • En base a ello, éstas se regirán por los siguientes criterios: – Horas extraordinarias habituales: Se suprimirán totalmente.

  • Horas extraordinarias que vengan exigidas por la necesidad de reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes, así como en el caso de riesgo de pérdida de materias primas, será obligatoria su realización y no se tendrán en cuenta para el computo de las 80 horas anuales.

  • Se pagarán con un recargo del 150%: - Horas extraordinarias trabajadas en días domingo o festivos.

  • Horas extraordinarias que vengas exigidas por las necesidades, reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes, así como en caso de riesgo y perdidas de materias primas.

  • Horas extraordinarias que vengas exigidas por las necesidades, reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes, así como en caso de riesgo y pérdidas de materias primas.

  • Horas extraordinarias son todas aquellas horas trabajadas que excedan de la jornada diaria, semanal o anual ordinaria.

  • Horas extraordinarias estructurales, tales como aquellas que sean necesarias por períodos punta de producción, ausencias imprevistas, cambios de turno u otras circunstancias de carácter estructural derivadas de la naturaleza de la actividad de que se trate o mantenimiento: realización siempre que no sea posible la sustitución por contrataciones temporales o a tiempos parciales, prevista en la ley.

  • En base a ello, éstas se regirán por los siguientes criterios: − Horas extraordinarias comunes: Se suprimirán totalmente.

  • Horas extraordinarias Las horas de trabajo que se realicen por encima de la jornada des- crita en el artículo anterior, tienen el carácter de horas extraordinarias, por lo que serán retribuidas de acuerdo con lo dispuesto en el art.

  • Se pagarán con un recargo del 100%: - Horas extraordinarias trabajadas en reemplazo de un trabajador que no asistió a su trabajo, cuando ello implique quedarse "2 turnos consecutivos", sea total o parcialmente.


More Definitions of Horas extraordinarias

Horas extraordinarias. Se abonarán de acuerdo con el precio fijado en el Convenio Colectivo Provincial para la Industria del Montaje del Principado xx Xxxxxxxx.
Horas extraordinarias. Las horas extraordinarias se cobrarán de acuerdo con la siguiente relación:
Horas extraordinarias valor hora ordinaria (desde la firma del acuerdo). * Horquillas horarias/Variabilidad horaria Se define Horquillas horarias o Variabilidad horaria como las franjas horarias flexibles establecidas para cada turno de trabajo, durante las cuales se produce el inicio de la jornada de trabajo así como la finalización de la misma. La jornada se computa anualmente y se regularizará el exceso mediante D.C. A partir del 1 de enero de 2007 y mientras persista la existencia de las Horquillas horarias se devengará un plus jornada, que será abonado mensualmente a cada trabajador a prorrata de las jornadas efectivamente trabajadas dentro de dicho mes. Plus Jornada Año 2007: 20,00 euros mensuales prorrateados.
Horas extraordinarias se considerarán horas extraordinarias todas aquellas realizadas por encima de la jornada de trabajo recogida en este convenio, por requerimiento expreso de la empresa, y aceptadas como tales por el trabajador. excepto en aquellas actividades profesionales que tienen recogida en las tablas salariales el «concepto» guardias, que se le abonará el exceso como tales, siempre que su realización venga determinada por la actividad habitual. en servicios complementarios (pruebas) se seguirá lo indicado en el párrafo siguiente. la compensación de las horas extraordinarias, la decidirá el trabajador y se podrán compensar con una retribución económica equivalente al valor de la hora ordinaria incrementada en un 50% o con el otorgamiento de tiempo libre retribuido en la siguiente proporción: 1h y media de descanso por cada hora de trabajo. estas horas se podrán acumular hasta completar días de descanso a disfrutar como complemento de las vacaciones.

Related to Horas extraordinarias

  • Convocante Es la institución de derecho público que requiere la provisión de servicios generales mediante convocatoria pública.

  • Proyecto significa el Programa o Proyecto para el cual se otorga el Financiamiento.

  • Evento Manifestación concreta del riesgo(s) asegurado(s) que confluye en un mismo momento de tiempo y circunstancia.

  • Caso Fortuito Acontecimiento que no ha podido preverse, o que previsto no ha podido evitarse, por ser extraño a la voluntad de las personas. Circular: Aclaración que el Comité de Compras y Contrataciones emite de oficio o para dar respuesta a las consultas planteadas por los Oferentes/Proponentes con relación al contenido xxx Xxxxxx de Condiciones, formularios, otra Circular o anexos, y que se hace de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes.

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Accidente Se entiende por accidente la lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado, que produzca invalidez permanente, y total o parcial, o muerte.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Concepto Es la interpretación que hace el Proponente de la problemática que se pretende solucionar con el servicio (estudio, supervisión, asesoramiento, etc.), demostrando el conocimiento que tiene del proyecto en particular. Contiene una interpretación y análisis de los Términos de Referencia, estableciendo y justificando claramente las coincidencias y desacuerdos con los mismos.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Concesionario Es la persona jurídica preexistente o una nueva constituida por el Adjudicatario bajo las Leyes y Disposiciones Aplicables que suscribe el Contrato con el CONCEDENTE. En cualquiera de los casos, el objeto social del CONCESIONARIO será desarrollar actividades de transmisión eléctrica y en la que el Operador Calificado es titular de la Participación Mínima.

  • Publicidad Con respeto a las normas de Protección de Datos, todo el procedimiento de arrendamiento será publicado por los medios más adecuados y que cuenten con la seguridad suficiente para obtener su máxima difusión dentro del ámbito profesional que se trate en cada caso.

  • FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC28F66F64BC9CD7643BE

  • Contraparte Hospital Distrital Xxxxx Xxxxxxxx - Famatina Título: Convenio Xxxxx xx Xxxxxxxxxxx entre la UNdeC y Agropecuaria Riojana S.R.L Características: Marco - Investigación - Extensión - Cooperación - Docencia - Local - Organismo Privado Fecha: 31/08/2018 Contraparte: Agropecuaria Riojana S.R.L Título: Portocolo Especifico de Practicas de Aprendizajes Continuos entre la UNdeC y Agropecuaria Riojana S.R.L Características: Específico - Docencia - Local - Organismo Privado Fecha: 31/08/2018 Contraparte: Agropecuaria Riojana S.R.L Título: Protocolo Específico de Practicas Pre Profesionales entre la UNdeC y Agropecuaria Riojana S.R.L Características: Específico - Docencia - Local - Organismo Privado Fecha: 31/08/2018 Contraparte: Agropecuaria Riojana S.R.L Título: Convenio Xxxxx de Cooperación entre la UNdeC y el Hospital Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Características: Xxxxx - Investigación - Extensión - Cooperación - Nacional - Organismo Público Fecha: 18/10/2018 Contraparte: Hospital Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Título: Protocolo Específico de Practicas Pre Profesionales entre la UNdeC y el Hospital Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Características: Específico - Docencia - Nacional - Organismo Público Fecha: 18/10/2018 Contraparte: Hospital Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Título: Convenio Xxxxx xx Xxxxxxxxxxx entre el Instituto Nacional de la Música y la UNdeC Características: Marco - Cooperación - Nacional - Organismo Público Fecha: 19/10/2018 Contraparte: Instituto Nacional de la Música Título: Convenio Xxxxx de Cooperación entre la UNdeC y el Centro de Cooperación Regional para la Educación de Adultos en América Latina y el Caribe - CREFAL Características: Xxxxx - Investigación - Extensión - Cooperación - Internacional - Organismo Público Fecha: 22/10/2018

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la Primera Parte de este Contrato y que contienen los elementos peculiares de la operación.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Autoridad Gubernamental significa cualquier gobierno, funcionario, departamento, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal o estatal, con jurisdicción sobre el presente Contrato o cualquier Documento del Financiamiento.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Acuerdo Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011).