RETRIBUCIÓN ECONÓMICA Cláusulas de Ejemplo

RETRIBUCIÓN ECONÓMICA. Significará el pago que realizará el CLIENTE a favor del Estado por el uso del agua como recurso natural, que será recaudado por el PRESTADOR y abonado por éste a la Autoridad Nacional del Agua a través del Fideicomiso, conforme a los términos establecidos en el Anexo 2 del Contrato de Concesión y en el Contrato de Fideicomiso. El monto de la Retribución Económica será el que establezca el Ministerio de Agricultura mediante Decreto Supremo y se indicará en el Comprobante de Pago respectivo que emitirá el PRESTADOR. El monto a considerar para el pago de la Retribución Económica, será determinado en función al volumen de agua consignado en el Certificado Nominativo entregado al CLIENTE.
RETRIBUCIÓN ECONÓMICA. LA MUNICIPALIDAD, cancelará AL CONTRATADO, por concepto de servicios prestados a la aprobación correspondiente por la Unidad Formuladota de la Municipalidad Distrital de Jangas el importe de TRECE MIL NOVECIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES.- S/.13,900.00 que incluyen los impuestos xx Xxx, por la Elaboración del Perfil del Proyecto Fortalecimiento y Desarrollo del Turismo Vivencial Rural en la Localidad de Cuncashca LA MUNICIPALIDAD, se compromete a cancelar oportunamente AL CONTRATADO el importe señalado en la cláusula quinta, previo trámite de pago. EL CONTRATADO, se compromete a cumplir estrictamente con el objeto del contrato; asimismo, EL CONTRATADO, de creerlo necesario podrá contar con la participación de otros profesionales con experiencia en gestión pública, y los gastos que irroguen serán asumidos por EL CONTRATADO.
RETRIBUCIÓN ECONÓMICA. Mediante la presente cláusula y en mérito de los motivos expuestos en la Cláusula Primera las partes acuerdan ampliar la Cláusula Tercera del Contrato DILOG Nº 047-2009-CGBVP, en los siguientes términos: “Las partes acuerdan la contratación adicional de cuatro (04) computadoras, abonando “EL C.G.B.V.P.” a “EL CONTRATISTA” la suma adicional de S/. 12,508.20 (Doce Mil Quinientos Ocho con 20/100 Nuevos Soles) incluidos los impuestos xx Xxx. La referida contratación adicional se efectúa, bajo los mismos términos y condiciones del Contrato DILOG N° 047-2009-CGBVP.
RETRIBUCIÓN ECONÓMICA. De acuerdo a la Propuesta Económica presentada por EL CONSULTOR, la retribución económica será de S/.............................. (……………………Nuevos Soles), más el Impuesto General a las Ventas (IGV).
RETRIBUCIÓN ECONÓMICA. De acuerdo a la Propuesta Económica presentada por EL CONSULTOR, la retribución económica será de S/............................... (……………………Dólares Americanos) más el Impuesto General a las Ventas (IGV). La forma de pago es la establecida en el Anexo N° 1, Términos de Referencia de las bases del concurso.
RETRIBUCIÓN ECONÓMICA. De acuerdo a la Propuesta Económica presentada por EL CONSULTOR, el honorario fijo es de….………………… (Dólares Americanos), que no incluye IGV. PROINVERSIÓN realizará los pagos de acuerdo con los Entregables identificados en el Anexo B, “Cronograma de Entregables”.
RETRIBUCIÓN ECONÓMICA. Según propuesta económica se pacta como retribución económica en la suma de S/ -------------- (--------------------------/100 nuevos soles), incluido IGV., además incluye -------------------------------
RETRIBUCIÓN ECONÓMICA. 8.1 Monto del contrato y desagregado por actividad
RETRIBUCIÓN ECONÓMICA. De acuerdo a la Propuesta Económica presentada por EL CONSULTOR, la retribución económica será de S/._______________(………………….Nuevos Soles), más el Impuesto General a las Ventas (IGV). El honorario fijo se pagará contra la aprobación por el Comité de PROINVERSIÓN de los informes indicados en el numeral IV de los presentes Términos de Referencia. El pago correspondiente se realizará de la siguiente manera: 10% a la presentación del Entregable 1 y a la conformidad por el Comité. 15% a la presentación del Entregable 2 y a la conformidad por el Comité. 20% a la presentación del Entregable 3 y a la conformidad por el Comité. 20% a la presentación del Entregable 4 y a la conformidad por el Comité. 20% a la presentación del Entregable 5 y a la conformidad por el Comité. 15% a la presentación del Entregable 6 y a la conformidad por el Comité. El honorario de éxito se pagará en función de lo siguiente y será cancelado después de la Fecha de Cierre de la operación: El equivalente al 50% del honorario fijo, sin incluir el IGV, si en el Concurso quedaran seleccionadas tres (3) ofertas económicas válidas o más. El equivalente al 25% del honorario fijo, sin incluir el IGV, si en el Concurso quedaran seleccionadas dos (2) ofertas económicas válidas. EL CONSULTOR declara que el monto de la contraprestación referida en el Numeral 3.1, compensa íntegramente el costo de la totalidad de los servicios que prestará con arreglo a los Términos de Referencia, así como su utilidad. En virtud de lo antes indicado, no le será reconocido ningún pago ni gasto alguno en el que incurra con relación a los servicios a prestar; salvo los casos previstos en el Numeral 2.2.2 de la cláusula segunda del presente Contrato. En el caso de terminación anticipada del presente Contrato, sólo será exigible por EL CONSULTOR los porcentajes de los honorarios referidos en el Numeral 3.1 de la presente cláusula, correspondientes al o a los informes que a la fecha de terminación de este Contrato hubieren sido aceptados por EL COMITÉ o por quien éste designe.
RETRIBUCIÓN ECONÓMICA. 6.1 De acuerdo a la Propuesta Económica presentada por EL CONSULTOR, el honorario fijo será de US$ …………………………………. (……………………… Dólares Americanos), que no incluye IGV. PROINVERSIÓN realizará los pagos de acuerdo con los Entregables identificados en el Anexo N° B-Cronograma de entregables