Servicios Complementarios Cláusulas de Ejemplo

Servicios Complementarios. Se deberá ofrecer como mínimo un (1) establecimiento para un servicio adicional o complementario para beneficio de los servidores, que efectivamente sea distinto o complementario a los servicios anteriormente mencionados, como por ejemplo el de restaurantes. El PROPONENTE deberá diligenciar y allegar con su propuesta el siguiente cuadro: Valor a cargar anualmente en las tarjetas canjeables $ Porcentaje de comisión (*): %_ Valor de la comisión $ IVA sobre la comisión $ (*) Deberá expresarse solamente con dos (2) decimales. La propuesta económica deberá presentarse en pesos colombianos y el valor total no podrá superar el valor total señalado en el anterior cuadro y que corresponde al valor estimado anual de la contratación sin el gravamen a los movimientos financieros, establecidos para esta propuesta en el numeral 1.7 xxx xxxxxx de condiciones. [Lugar y fecha] Señores [Nombre del representante legal o de la persona natural Proponente], identificado como aparece al pie de mi firma, [obrando en mi propio nombre o en mi calidad de representante legal de] [nombre del Proponente], manifiesto que: En constancia de lo anterior firmo este documento a los [XX] días del mes de [XX] de 2017. CONTRATO No. de 2017, DE NEGOCIACIÓN GLOBAL Entre los suscritos, mayores de edad y residentes en Bogotá D.C., a saber: XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX identificado con Cédula de Ciudadanía No. 14.228.341 expedida en Ibagué (Tolima), en su calidad de Gerente Nacional Financiero y Administrativo, quien por delegación conferida en el numeral 4° del artículo 13 del Manual de Convenios y Contratos, adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014, está facultado para la celebración de contratos en nombre de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, identificada con NIT 899.999.063-3, ente universitario autónomo del orden nacional, vinculado al Ministerio de Educación Nacional, con régimen especial, con personería jurídica reconocida mediante Decreto 1210 del 28 xx xxxxx de 1993 expedido por el Gobierno Nacional, quien para efectos de este contrato se llamará LA UNIVERSIDAD, de una parte; y por la otra, , identificado con cédula de ciudadanía de , quien en su condición de , actúa en nombre y representación legal de________________ con NIT _, sociedad constituida mediante escritura pública/resolución No. expedida por y quien en adelante para efectos de este contrato se denominará EL CONTRATISTA, se ha convenido celebrar el presente contrato, previas las siguientes
Servicios Complementarios. 7.1. ANEXO DE ASISTENCIA JURÍDICA AUTOMÓVILES LIVIANOS
Servicios Complementarios. FOLIOS DIGITALES se obliga a prestar al Cliente los Servicios Complementarios en los términos indicados en la Cláusula 3.3. 5.5. Cumplimiento con el estándar del SAT. FOLIOS DIGITALES se compromete a cumplir con el estándar puesto por el SAT para la generación de la cadena original, sello digital y CFDi en formato XML. 5.4. Resguardo de la Información La información será protegida por el lapso que establece la normativa del SAT, que en su mayoría consiste de 5 años. Tras la cancelación de los Servicios dicha información será resguardada y puesta para consulta al SAT únicamente, por el tiempo que estipula la normativa fiscal. 5.7. Respaldo de CFDi y XML.
Servicios Complementarios. Cuando los usuarios soliciten servicios suplementarios (por ejemplo, habitación vista al mar, etc.) que no les puedan ser confirmados definitivamente por la Agencia Organizadora, antes del inicio del viaje, el usuario podrá optar por desistir definitivamente del servicio suplementario solicitado o mantener su solicitud a la espera de que tales servicios puedan finalmente serle prestados. En el supuesto de que las partes hubieran convenido el pago previo del precio de los servicios suplementarios que finalmente no le puedan ser prestados al consumidor y usuario, el importe abonado le será reembolsado por la Agencia Detallista inmediatamente al regreso del viaje.
Servicios Complementarios. Las BALI del contrato señalan que Concesionario podrá proponer Servicios Complementarios en cualquier instante dentro del Plazo de la Concesión, salvo el de Producción de Energía Hidroeléctrica, que debió ser informado en el proceso de Licitación del contrato concesión, aspecto que fue informado por el concesionario, quedando dicho servicio autorizado con la adjudicación del contrato. Para efectos del presente contrato concesión, se considerarán como Servicios Complementarios posibles de proponer por el Concesionario, los siguientes, teniendo presente las disposiciones legales que sean pertinentes:
Servicios Complementarios. Los servicios complementarios son las actividades de soporte técnico que corresponden principalmente a requerimientos de cambios y requerimientos de servicios que a petición expresa de la convocante se necesitan realizar, como son: Referentes a equipos: • Actualización y/o instalación en pc´s y lap tops de programas de cómputo; accesos, clientes o ejecutables de sistemas institucionales; drivers y service packs; existentes o de nueva implementación, previa evaluación de impacto. • Modificación de configuraciones y parámetros en pc´s y lap tops para la continuidad de servicios de red, sistemas institucionales y equipos periféricos conectados, previa evaluación de impacto. • Respaldo y restauración de información contenida en pc´s y lap tops que por necesidades preventivas se requiera realizar, lo cual es independiente al que resulta de un mantenimiento correctivo. • Conexión, desconexión e integración a la red de datos de equipos, que resulte de movimientos por reubicación de personal o domicilio, renovación de equipos o por remodelación de localidades, y a solicitud expresa de la convocante. • Recopilación de la configuración de cada uno de los equipos considerados en esta convocatoria.
Servicios Complementarios. Al respecto se mantienen las actuales categorías para los trabajadores con contrato en vigor y cualquier contratación que las empresas realicen lo será conforme al nuevo sistema de clasificación profesional y categorías del III Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería. ESTABLECIMIENTOS INCLUIDOS EN EL PRIMER GRUPO. – Hoteles y hoteles-residencias de 5 y 4 estrellas. – Apartamentos que presten algún servicio hostelero de cinco y cuatro llaves. – Balnearios de cinco y cuatro estrellas. – Restaurantes de 4 y 3 tenedores. – Servicios de comidas y bebidas en casinos. – Cafeterías y cafés-bares de categoría especial, cafés-teatro. – Salas de fiesta, discotecas y pubs. ESTABLECIMIENTOS INCLUIDOS EN EL SEGUNDO GRUPO. – Hoteles, hoteles-residencias y hostales de 3 estrellas. – Apartamentos que presten algún servicio hostelero de 3 y 2 llaves. xxxxxx – Balnearios de 3 y 2 estrellas. – Moteles de 3 y 2 estrellas. – Hoteles de 2 estrellas.
Servicios Complementarios. Vendedor en despacho. Es quien efectúa la venta del pan bollería y productos complementarios tradicionales, en los despachos de la empresa, bien anexo al lugar de fabricación o en lugares separados. Estará obligado a mantener el despacho con el tono de aseo y limpieza necesarios para su perfecto estado de higiene y presentación que requiere la venta de los referidos productos. Se ocupará de que todos los géneros, y en especial los distintos formatos de pan, se hallen colocados en sus lugares respectivos con las indicaciones de denominación, peso y precio, y cualesquiera otras que exigieran las disposiciones legales en la materia. En los casos en que la organización de la empresa así lo requiera, se hará cargo de la recepción de los géneros mediante la firma de los albaranes correspondientes y presentará la liquidación de los géneros vendidos y los ingresos recaudados. Auxiliar de ventas. Es el empleado que colabora con el vendedora bajo la responsabilidad de éste, en la venta y atención a la clientela. Xxxx es el trabajador que realiza labores para cuya realización se necesitan, primordialmente, la aportación de esfuerzos físicos, tales como acarreo de harina, leña y labores semejantes; tendrá o adquirirá conocimientos de la profesión xx xxxxxxxx. Personal de limpieza es quien se ocupa del aseo y limpieza del centro de trabajo y sus dependencias.
Servicios Complementarios. La EMPRESA dará a conocer conforme a la regulación los servicios adicionales que presta y sus costos, e informará anualmente los cargos por conexión del servicio de energía eléctrica que regirán para el año respectivo.
Servicios Complementarios. EL EMISOR DINERS pone en