TASA ANUAL EQUIVALENTE (TAE/TAE VARIABLE) Cláusulas de Ejemplo

TASA ANUAL EQUIVALENTE (TAE/TAE VARIABLE). A efectos informativos, la TAE/VARIABLE se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 32 y con el Anexo I de la LCCC, o en el Anejo 7 de la Circular 5/2012, de 27 xx xxxxx del Banco de España (B.O.E. de 6 de julio de 2012) y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios (B.O.E, de 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxxxx xx xxxxxxx B.O.E. de 3, de diciembre de 2011), o por las disposiciones vigentes en cada momento.
TASA ANUAL EQUIVALENTE (TAE/TAE VARIABLE). A efectos informativos y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 32 y en el Anexo I a la LCCC, la TAE/TAE VARIABLE correspondiente a esta operación es la que se establece en el Anexo a las Estipulaciones particulares de tarjetas de crédito, calculada de conformidad con lo establecido en el artículo 32 y con el Anexo I de la LCCC, o en el Anejo 7 de la Circular 5/2012, de 27 xx xxxxx del Banco de España (B.O.E. de 6 de julio de 2012) y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios (B.O.E, de 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxxxx xx xxxxxxx B.O.E. de 3, de diciembre de 2011).
TASA ANUAL EQUIVALENTE (TAE/TAE VARIABLE). A efectos informativos, la TAE/TAE VARIABLE se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 32 y con el Anexo I de la LCCC, o en el Anejo 7 de la Circular 5/2012, de 27 xx xxxxx del Banco de España (B.O.E. de 6 de julio de 2012) y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios ANDBANK ESPAÑA BANCA PRIVADA, S.A.U. • Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00, 0x xxxxxx • 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España 0200 • R.M. de Madrid T 43.696, F 196, H M-770.821, Insc. 1ª bancarios (B.O.E, de 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxxxx xx xxxxxxx B.O.E. de 3, de diciembre de 2011), o por las disposiciones vigentes en cada momento, calculada sin considerar los intereses, comisiones o gastos que se devengarían en los supuestos de la cancelación anticipada de los Depósitos en Divisa.
TASA ANUAL EQUIVALENTE (TAE/TAE VARIABLE). A efectos informativos, la TAE/TAE VARIABLE se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 32 y con el Anexo I de la LCCC, o en el Anejo 7 de la Circular 5/2012, de 27 xx xxxxx del Banco de España (B.O.E. de 6 de julio de 2012) y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios (B.O.E, de 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxxxx xx xxxxxxx B.O.E. de 3, de diciembre de 2011). Banco Inversis, S.A. • Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 0232 R. M. de Madrid T. 17.018, F. 69, S. 8 H. M-291233, Insc. 1 El CLIENTE autoriza expresamente al BANCO a compensar los saldos deudores con los saldos acreedores que registren las cuentas del CLIENTE, ya se trate de Cuentas Corrientes en euros o en Divisa, a la vista o de cuentas a plazo, así como a retener sus saldos acreedores hasta que las cantidades debidas hayan sido reembolsadas al BANCO. Asimismo, el CLIENTE autoriza irrevocablemente a INVERSIS BANCO para que, en caso de impago de obligaciones vencidas y exigibles, éste pueda (i) disponer de los activos financieros del CLIENTE administrados por el BANCO, dando las órdenes pertinentes para su realización (con observancia del orden de prelación previsto y demás criterios que puedan establecerse en la normativa vigente) y (ii) compensar los créditos del BANCO con los del CLIENTE deudor, incluso si no se encontraran vencidos. El importe líquido sobrante, una vez satisfechas las cantidades adeudadas a INVERSIS BANCO, quedará a disposición del CLIENTE. El mandato de la presente estipulación será irrevocable hasta la completa y efectiva cancelación de las obligaciones derivadas de las operaciones y servicios realizados con el BANCO. En relación con lo anterior, las posiciones acreedoras que el CLIENTE mantenga con INVERSIS BANCO, cualquiera que sea su naturaleza, garantizan a aquellas deudoras, abarcando esta garantía a todos los Titulares del CONTRATO MARCO y a todas las posiciones de los mismos, incluso las que puedan tener mancomunada o solidariamente con terceros. INVERSIS BANCO queda autorizado para retroceder el importe de todo tipo de abonos o adeudos que hubiera practicado errónea o condicionalmente por estar sujetos a buen fin o a la inmediata cobertura del saldo deudor.

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