ORDEN DE PRELACIÓN Cláusulas de Ejemplo

ORDEN DE PRELACIÓN. Todos los documentos que rijan el llamado, así como los que integren el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
ORDEN DE PRELACIÓN. Artículo 17°; Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias entre los referidos documentos, regirá el siguiente orden de prelación:
ORDEN DE PRELACIÓN. Conforme lo dispuesto en el artículo 99 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12), todos los documentos que rijan el llamado, así como los que integren el contrato, serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
ORDEN DE PRELACIÓN. Todos los documentos que integran el Concurso serán considerados parte del Pedido de Compra o Contrato y recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias entre los referidos documentos, regirá el siguiente orden de prelación:
ORDEN DE PRELACIÓN. Para la interpretación y aplicación del contrato, el orden de prelación entre los diferentes instrumentos que forman parte del mismo será:
ORDEN DE PRELACIÓN. En caso de divergencia en la interpretación del Contrato, las Partes seguirán el siguiente orden de prelación para resolver dicha situación:
ORDEN DE PRELACIÓN. Todos los documentos que rijan el llamado, así como los documentos que lo integren, serán considerados recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
ORDEN DE PRELACIÓN. En caso de divergencia en la interpretación del Contrato, las Partes seguirán el siguiente orden de prelación para resolver dicha situación: El Contrato, excluyendo las Bases. Las Bases.
ORDEN DE PRELACIÓN. Las Propuestas se clasificarán de acuerdo con sus puntajes técnicos (Pt) y de Precio (Pp) combinados, utilizando las ponderaciones (T = ponderación asignada a la Propuesta Técnica; P = ponderación asignada a la Propuesta de Precio; T + P = 1): Pcomb = Pt x T + Pp x P. Las ponderaciones asignadas a las Propuestas Técnicas y de Precio son: T = 0,8 P = 0,2 La firma que obtenga el valor del Puntaje combinado más alto será invitada a negociar.
ORDEN DE PRELACIÓN. Artículo 17º: Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias entre los referidos documentos, regirá el siguiente orden de prelación: Ley de Administración Financiera Nº 6970. Las disposiciones del Reglamento de Compras y Contrataciones del Estado Provincial. El presente Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. El Pliego de Bases y Condiciones Particulares La oferta y las muestras que se hubieren acompañado. El acto administrativo de adjudicación. La orden de compra.