Common use of SUSPENSIÓN DEL SERVICIO Clause in Contracts

SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. Cuando en la elaboración de los servicios solicitados, se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la SEDESOL, bajo su responsabilidad podrá suspender el mismo, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente entregados y en su caso, se reintegraran los anticipos no amortizados. Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a la SEDESOL, previa petición y justificación del proveedor, ésta rembolsará al proveedor los gastos no recuperables que se originen durante el tiempo que dure esta suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. La SEDESOL, pagará los gastos no recuperables, en pesos mexicanos moneda nacional dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación de la factura respectiva y documentación soporte. En caso de que el proveedor no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso. El plazo de suspensión, será fijado por la SEDESOL, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato.

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Samples: Contrato De Prestación Del Servicio De Levantamiento De La Encuesta Nacional Sobre Percepcion De Inseguridad, Conductas De Riesgo Y Participación Social en Espacios Públicos, Contrato De Prestación Del Servicio De Consultoria De Asistencia Técnica en 6 Ciudades, www.inapam.gob.mx

SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. Cuando en la elaboración de los servicios solicitados, prestación del servicio se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la SEDESOL“EL AYUNTAMIENTO”, bajo su responsabilidad podrá suspender el mismola prestación del servicio, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente entregados y en su caso, se reintegraran los anticipos no amortizadosprestados. Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a la SEDESOL, previa petición y justificación del proveedor, ésta rembolsará al proveedor “EL AYUNTAMIENTO” a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR” cubrirá los gastos no recuperables que se originen recuperables, durante el tiempo que dure esta suspensión, para lo cual “EL PROVEEDOR” deberá presentar dentro de los diez días hábiles siguientes de la notificación del término de la suspensión, la factura y documentación de los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. La SEDESOL, pagará los gastos no recuperables, en pesos mexicanos moneda nacional dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación de la factura respectiva y documentación soporte. En caso de que el proveedor “EL PROVEEDOR” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso. El plazo de suspensión, será fijado por la SEDESOL“EL AYUNTAMIENTO”, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios, Contrato De Prestación De Servicios, Contrato De Prestación De Servicios

SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. Cuando en la elaboración de los servicios solicitadosdel servicio solicitado, se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la SEDESOL, bajo su responsabilidad podrá suspender el mismosuministro de los mismos, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente entregados y en su caso, se reintegraran los anticipos no amortizados. Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a la SEDESOL, previa petición y justificación del proveedor, ésta rembolsará al proveedor los gastos no recuperables que se originen durante el tiempo que dure esta suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. La SEDESOL, pagará los gastos no recuperables, en pesos mexicanos moneda nacional dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación de la factura respectiva y documentación soporte. En caso de que el proveedor no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso. El plazo de suspensión, será fijado por la SEDESOL, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato.

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicios De ,

SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. Cuando en la elaboración de los servicios solicitados, prestación del servicio se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la SEDESOL, “EL AYUNTAMIENTO” bajo su responsabilidad podrá suspender el mismola prestación del servicio, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente entregados y en su caso, se reintegraran los anticipos no amortizadosprestados. Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a la SEDESOL, previa petición y justificación del proveedor, ésta rembolsará al proveedor “EL AYUNTAMIENTO” a solicitud escrita de “EL PRESTADOR DE SERVICIO” cubrirá los gastos no recuperables que se originen recuperables, durante el tiempo que dure esta suspensión, para lo cual “EL PRESTADOR DE SERVICIO” deberá presentar dentro de los diez días hábiles siguientes de la notificación del término de la suspensión, la factura y documentación de los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. La SEDESOL, pagará los gastos no recuperables, en pesos mexicanos moneda nacional dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación de la factura respectiva y documentación soporte. En caso de que el proveedor “EL PRESTADOR DE SERVICIO” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso. El plazo de suspensión, será fijado por la SEDESOL“EL AYUNTAMIENTO”, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. Cuando en la elaboración de los servicios solicitados, prestación del servicio se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la SEDESOL“LA SECRETARÍA”, bajo su responsabilidad podrá suspender el mismola prestación del servicio, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente entregados y en su caso, se reintegraran los anticipos no amortizadosprestados. Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a la SEDESOL, previa petición y justificación del proveedor, ésta rembolsará al proveedor “LA SECRETARIA” a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR” cubrirá los gastos no recuperables que se originen recuperables, durante el tiempo que dure esta suspensión, para lo cual “EL PROVEEDOR” deberá presentar dentro de los diez días hábiles siguientes de la notificación del término de la suspensión, la factura y documentación de los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. La SEDESOL, pagará los gastos no recuperables, en pesos mexicanos moneda nacional dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación de la factura respectiva y documentación soporte. En caso de que el proveedor “EL PROVEEDOR” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso. | El plazo de suspensión, será fijado por la SEDESOL“LA SECRETARIA”, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato.

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Samples: www.inapam.gob.mx

SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. Cuando en la elaboración de los servicios solicitados, se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la SEDESOLEL IQM, bajo su responsabilidad podrá suspender el mismo, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente entregados y en su caso, se reintegraran los anticipos no amortizados. Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a la SEDESOLEL IQM, previa petición y justificación del proveedor, ésta rembolsará al proveedor los gastos no recuperables que se originen durante el tiempo que dure esta suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. La SEDESOLEL IQM, pagará los gastos no recuperables, en pesos mexicanos moneda nacional dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación de la factura respectiva y documentación soporte. En caso de que el proveedor no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso. El plazo de suspensión, será fijado por la SEDESOLEL IQM, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicio a Precio Fijo De Consultoría

SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. Cuando en la elaboración de los servicios solicitados, prestación del servicio se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la SEDESOL“LA SECRETARÍA”, bajo su responsabilidad podrá suspender el mismola prestación del servicio, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente entregados y en su caso, se reintegraran los anticipos no amortizadosprestados. Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a la SEDESOL, previa petición y justificación del proveedor, ésta rembolsará al proveedor “LA SECRETARIA” a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR” cubrirá los gastos no recuperables que se originen recuperables, durante el tiempo que dure esta suspensión, para lo cual “EL PROVEEDOR” deberá presentar dentro de los diez días hábiles siguientes de la notificación del término de la suspensión, la factura y documentación de los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. La SEDESOL, pagará los gastos no recuperables, en pesos mexicanos moneda nacional dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación de la factura respectiva y documentación soporte. En caso de que el proveedor “EL PROVEEDOR” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso. El plazo de suspensión, será fijado por la SEDESOL“LA SECRETARIA”, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato.

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicios De ,

SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. Cuando en la elaboración de los servicios solicitados, prestación del servicio se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la SEDESOL“LA SECRETARÍA”, bajo su responsabilidad podrá suspender el mismola prestación del servicio, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente entregados y en su caso, se reintegraran los anticipos no amortizadosprestados. Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a la SEDESOL, previa petición y justificación del proveedor, ésta rembolsará al proveedor “LA SECRETARIA” a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR” cubrirá los gastos no recuperables que se originen recuperables, durante el tiempo que dure esta suspensión, para lo cual “EL PROVEEDOR” deberá presentar dentro de los diez días hábiles siguientes de la notificación del término de la suspensión, la factura y documentación de los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. La SEDESOL, pagará los gastos no recuperables, en pesos mexicanos moneda nacional dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación de la factura respectiva y documentación soporte. | En caso de que el proveedor “EL PROVEEDOR” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso. El plazo de suspensión, será fijado por la SEDESOL“LA SECRETARIA”, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato.

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