Falta de pago Cláusulas de Ejemplo

Falta de pago. Si no hubiera sido pagada la prima o la fracción de ella, en los casos de pago en parcialidades, dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de su vencimiento, los efectos del contrato cesarán automáticamente a las doce horas del último día de este plazo.
Falta de pago. Todas las Cuotas Anuales, deben ser pagadas por el Miembro cuando estas sean exigibles. En caso que no sean pagadas cuando éstas sean exigibles, el Contrato de Suscripción y Membresía se dará por terminado.
Falta de pago. 17.2.1. La falta de pago en término por parte de PRESTADOR SOLICITANTE producirá la xxxx de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna y dará derecho x XXXXX a:
Falta de pago. Al siguiente día calendario en que vence la fecha límite para hacer un pago cuando este no se encuentra acreditado en el Sistema de Administración.
Falta de pago. La falta de pago y el retraso en más de 15 días desde la fecha señalada al pago en el apartado anterior, así como la falta de pago de otras cantidades debidas por el ARRENDATARIO, se consideran causas expresas de resolución contractual. El ARRENDATARIO se obliga en caso de impago a poner a disposición del ARRENDADOR el inmueble alquilado. Expresamente se acuerda que la renta adeudada y no satisfecha generará un interés de demora anual equivalente al del interés legal del dinero incrementado en 2 puntos.
Falta de pago. Si hay falta de pago o atraso de pago, NJRHS puede exigir el pago inmediato del monto total adeudado o el pago inmediato de los gastos (mano de obra y piezas) por todos los servicios prestados, menos cualquier pago realizado a NJRHS. No se prestará servicio y los contratos se pueden cancelar si las cuentas del cliente no están al día. Los siguientes artículos están excluidos de cobertura bajo el contrato pero podrían estar disponibles, sujetos a cobro adicional: • Piezas de apariencia y revestimiento, y componentes accesorios, tales como humidificadores y filtros de aire electrónicos • Válvulas de cierre del aparato, tuberías, conectores flexibles y accesorios externos de la unidad • Limpieza de hollín dentro y fuera de los aparatos y conductos de humo • Daños causados por el mal uso, abuso, vandalismo, negligencia, incendio, congelación, cortes de energía o del suministro de agua, inundaciones, diseño defectuoso, instalación inapropiada, fugas en la tubería, humidificadores, relámpagos, fuerza mayor y otras condiciones fuera del control de NJRHS • Daños por falta de mantenimiento al aparato • El local se utiliza con fines comerciales • Defectos de acabado, óxido, corrosión, porcelana astillada o defectos en la porcelana, armazón exterior o falla de componentes que resulten por óxido o corrosión en cualquier aparato o pieza de un aparato • Intercambiadores de calor, compresores, bobinas evaporadoras y condensadoras, y dispositivos de medición del refrigerante • Los materiales y la mano de obra correspondientes a cualquier servicio adicional al especificado en este contrato de servicio, tales como trabajo de chapistería, cableado eléctrico residencial, mover o trasladar el aparato • Limpieza o saneamiento de moho • Condiciones preexistentes que incluyen cualquier problema con su aparato al momento en que usted firmara el contrato de servicio • Mantenimiento preventivo e inspección general • Está prohibido grabar a los empleados de NJRHS con dispositivos de video o audio • Hacerlo arrancar en temporada (corresponden cobros adicionales) • No se prestará servicio y los contratos se pueden cancelar si las cuentas del cliente no están al día • Reemplazo de unidad • Filtros de agua o equipo para filtración de agua • Tanques de almacenamiento de agua • El reemplazo de baterías no está cubierto pero se puede prestar el servicio sujeto a un cobro adicional. • Las piezas no cubiertas bajo este contrato se pueden ordenar e instalar por NJRHS, cuando estén disponibles ...
Falta de pago. El Ayuntamiento no se hará responsable de la falta de pago del concesionario a sus proveedores, ni de los deterioros o robos que se puedan cometer en las instalaciones.
Falta de pago. El Ayuntamiento no se hará responsable de la falta de pago de los arrendatarios a sus proveedores, ni de los deterioros o robos que se puedan cometer en el local.
Falta de pago. La falta de pago en término por parte del Prestador Deudor (entendiéndose por tal, la Parte que deba efectuar el pago) producirá la xxxx de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna y dará derecho al Prestador Acreedor a: Reclamar el pago de las sumas adeudadas con más los intereses que correspondan conforme lo indicado en el punto 4.1.3 de la presente cláusula, y / o Rechazar solicitudes de nuevos servicios de interconexión presentadas por el Prestador Solicitante que se encuentre en xxxx en el pago de la facturación emitida por el Prestador Solicitado, y / o Si durante la vigencia del Convenio se verficara la falta de 3 pagos, no necesariamente consecutivos de los precios de la interconexión, previa intimación fehaciente al Prestador Deudor con treinta (30) días de anticipación, el Prestador acreedor podrá dejar sin efecto la interconexión por culpa del Prestador Deudor. En el supuesto previsto en los puntos4.1.2.1.1y 4.1.2.1.2, el Prestador Acreedor deberá comunicar a la AA tal decisión a fin que ésta le otorgue la autorización pertinente. En todo supuesto xx xxxxx, suspensión o cese por cualquier causa de los servicios objeto de este convenio, el Prestador Deudor deberá asumir el pago de los servicios recibidos hasta ese momento, con ajuste a las condiciones pactadas en el presente.
Falta de pago. Ante la falta de pago de alguno de los Resúmenes de Cuenta o de recibirse pago menor al monto corres- pondiente al pago mínimo, el Emisor adoptará las medidas necesarias para resguardar sus acreencias, entre otras, la inhabili- tación preventiva de las Tarjetas de Crédito del Usuario Titular y de el/los Usuario/s Adicional/es, comunicando tal circunstancia mediante los boletines protectivos o comunicaciones que cumplan similar efecto y/o solicitando a los Locales Adheridos la retención de las Tarjetas de Crédito. A tal fin, el Usuario autoriza que los Locales Adheridos retengan la Tarjeta de Crédito al momento de su presentación, en el evento de que el Emisor haya dispuesto su inhabilitación. En tal caso, el Local Adherido deberá otorgar al Usuario el recibo correspondiente. La inhabilitación de la Tarjeta de Crédito impedirá, durante el plazo por el que la misma sea dispuesta, el ejercicio por parte del Usuario de los derechos previstos en el presente Contrato. La Tarjeta de Crédito permanecerá inhabilitada hasta tanto sea saldado el monto impago. La inhabilitación de la Tarjeta de Crédito no eximirá al Usuario de la obligación de cumplir con las obligaciones consagradas en el presente Contrato. La xxxx se producirá de pleno derecho, y operará la caducidad automática de los plazos acordados, siendo exigible la totalidad de lo adeudado.