SOMETIMIENTO A FUERO Cláusulas de Ejemplo

SOMETIMIENTO A FUERO. Con renuncia al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderles, los licitadores se someten expresamente al Derecho español y a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudiesen derivar de la presente licitación o del correspondiente contrato que, caso de resultar adjudicatarios, sea formalizado.
SOMETIMIENTO A FUERO. Ambas partes contratantes se someten, y con renuncia al fuero propio que pudiera corresponderles, a la jurisdicción de los Tribunales de Madrid capital, para dirimir cuantas cuestiones pudieran suscitarse respecto de la interpretación, ejecución o resolución del presente contrato. Y para que así conste, y en señal inequívoca de consentimiento a todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, ambas partes firman este contrato por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
SOMETIMIENTO A FUERO. Con renuncia al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderles, los licitadores se someten expresamente al Derecho español y a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudiesen derivar de la presente licitación o del correspondiente contrato que, caso de resultar adjudicatarios, sea formalizado. Cada día más y más aplicaciones se están desarrollando para su explotación a través de Internet mediante un servidor Web. Los desarrolladores de estas aplicaciones web no siempre utilizan las mejores técnicas de seguridad en el desarrollo de aplicaciones Web, debido fundamentalmente a presiones de tiempo, dispersión en diferentes grupos de trabajo en diferentes partes de la aplicación web, etc.. Como resultado de estos procedimientos, muchas aplicaciones Web son vulnerables a múltiples y diversos ataques simulando peticiones legítimas con parámetros válidos para la aplicación Web. Con el fin de proteger una aplicación Web de ataques, un firewall de aplicaciones Web puede colocarse por entre el usuario/cliente y el servidor en el que la aplicación Web se ejecuta y estará encargado de vigilar el contenido del tráfico HTTP intercambiado entre el cliente (típicamente un navegador) y la aplicación web, y detectar y poner fin a varios tipos de ataques entre los cuales se destacan:  Alertar y bloquear las solicitudes de acceso cuyas características se desvíen del uso normal de las aplicaciones y de la información, o que violen las directivas corporativas  Actualizar las defensas con información procedente de investigaciones acerca de las amenazas y las vulnerabilidades actuales  Intenten aprovechar vulnerabilidades conocidas y desconocidas  Provengan xx xxxxxxx malintencionadas  Xxxx parte de un ataque multi-etapas de alto nivel tecnológico Crear parches virtuales a las vulnerabilidades de las aplicaciones y de las bases de datos, a fin de reducir la ventana de exposición y el impacto de las correcciones ad-hoc de las aplicaciones El objeto de esta licitación es ampliar y renovar el equipamiento para la protección de servicios accesibles desde internet y aplicaciones web.
SOMETIMIENTO A FUERO. Con renuncia al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderles, los licitadores se someten expresamente al Derecho español y a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudiesen derivar de la presente licitación o del correspondiente contrato que, caso de resultar adjudicatarios, sea formalizado. Se trata de contratar el mantenimiento hasta el 31 de Diciembre de 2018 del buscador de contenidos GSA utilizado en la página web de RENFE-Operadora Denominación del appliance: T4-AMPVY3TRVQE7Z Para un total de 500.000 documentos Sin límite en cuanto al número de grupos e interfaces.
SOMETIMIENTO A FUERO. Cualquier demanda, acción o procedimiento legal que surja de o esté relacionado con estas Condiciones se iniciará en los tribunales federales de Estados Unidos de América ubicados en el condado de Milwaukee, Wisconsin (el Tribunal de Distrito Federal para el Distrito Este de Wisconsin) o en los tribunales del estado de Wisconsin ubicado en el xxxxxxx xx Xxxxxx o el condado de Milwaukee, y cada parte se somete y consiente irrevocablemente a la jurisdicción personal exclusiva de dichos tribunales en cualquier demanda, acción o procedimiento.
SOMETIMIENTO A FUERO. Con renuncia al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderles, los licitadores se someten expresamente al Derecho español y a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudiesen derivar de la presente licitación o del correspondiente contrato que, caso de resultar adjudicatarios, sea formalizado. El proyecto persigue la adquisición e implantación de un sistema de información integral, unificado y centralizado para la gestión de los asuntos y expedientes de la Asesoría Jurídica de Renfe, incluyendo todas sus ubicaciones físicas, de forma que se garantice la ejecución adecuada en sus funciones jurídicas y una gestión global de la actividad. En concreto se desea alcanzar los siguientes objetivos: Facilitar el correcto desempeño de las funciones propias de la Asesoría Jurídica de Renfe. Cumplir con los deberes y plazos impuestos por la normativa vigente y la jurisdicción competente en el ámbito de actuación de la Asesoría Jurídica de Renfe. Permitir gestionar eficientemente los procedimientos a realizar por parte de la Asesoría Jurídica de Renfe. Garantizar la seguridad y calidad de los datos, así como la conservación de la documentación. Toda la información será propiedad de Renfe, con independencia del lugar donde se almacene. En todo caso, los datos deberán protegerse y estar regidos bajo la legislación de la Unión Europea, por lo que en todo caso estarán alojados en un servidor de un país perteneciente a la Unión Europea. Incorporar los datos del actual sistema de gestión de expedientes de la Asesoría Jurídica de Renfe con el fin de mantener la información histórica de expedientes.
SOMETIMIENTO A FUERO. Las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de la ciudad xx Xxxxxxxxx (España), al haberse firmado este contrato en la citada localidad, respecto al ejercicio de las acciones judiciales que se deriven del presente contrato, renunciando a su propio fuero si fuere otro.
SOMETIMIENTO A FUERO. ANEXO I: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ANEXO II: MODELOS DE GARANTÍAS PROVISIONALES ANEXO III: IMPRESO PARA LA OFERTA ECONÓMICA ANEXO IV: MODELOS DE GARANTÍAS DEFINITIVAS El presente Pliego determina las Condiciones Particulares, para la contratación del MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE TELEFONIA IP (CENTRAL TELEFÓNICA DEL C.A.U.), con el alcance indicado en el presente Pliego de Condiciones Particulares (ANEXO I, Especificaciones Técnicas). El mantenimiento incluye todos los sistemas Hw y Sw que forman parte del sistema de Telefonía IP, junto con los servicios asociados al mismo, siendo los componentes principales: • Dos servidores Avaya S8720 con Avaya Communication Manager 4.0.5 SP 2.1 c • Dos switches C363T de Avaya. • Cuatro tarjetas DS1 en los Gateways. • Application Enablement Services (AES, Version: r4-0-1-bld-51-0), servidor Avaya S8500C. • Avaya IQ (4,2,6,0,603_SCM_SP_6). • Witness Contact Store (wcr-7_7sp1_1patch77085). • RightFax enterprise Fax Manager 9,3,2665. • Modular Messaging. Message Application Server (MAS), en un servidor Avaya S3500.

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  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

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  • Operación EL CLIENTE podrá dar instrucciones x XXXXX para la compra o para la venta de valores, las cuales tendrán el carácter de irrevocables y deberán contener todas las características necesarias para la plena identificación de los valores materia de las mismas, telefónica o escrita, o a través de los medios electrónicos, de cómputo o telecomunicación con que cuente BANSI. La celebración de la compraventa de valores se hará a precios xx xxxxxxx y BANSI deberá confirmar a EL CLIENTE la celebración de éstas, en el estado de cuenta que se le envíe. BANSI se reserva el derecho de exigir la confirmación por escrito de todas aquellas instrucciones que EL CLIENTE le haya otorgado por otros medios diversos al escrito. BANSI se reserva el derecho de corroborar la existencia de la orden o instrucción y el solicitar su confirmación por los medios que juzgue convenientes, pudiendo el BANSI dejar en suspenso la ejecución de la instrucción hasta en tanto el CLIENTE no confirme de manera fehaciente la misma. En este supuesto, al no recibir la confirmación del CLIENTE, el BANSI quedará liberado de la obligación de darle cumplimiento y por lo mismo no tendrá responsabilidad alguna derivada de su inejecución por cambios en los precios xxx xxxxxxx, conclusión de los horarios de operación u otros de naturaleza semejante, sino hasta en tanto reciba la confirmación correspondiente. BANSI invariablemente cargará o abonará a la “Cuenta Eje” de EL CLIENTE, los recursos resultantes de dichas operaciones. BANSI se sujetará a las instrucciones de EL CLIENTE. En lo no previsto expresamente: a) BANSI consultará a EL CLIENTE siempre que lo permita la naturaleza del negocio; b) BANSI se encuentra facultado para actuar discrecionalmente, hará lo que la prudencia le dicte, cuidando del negocio como propio. Si BANSI juzga perjudicial para EL CLIENTE la ejecución de las instrucciones, podrá suspender dicha ejecución, comunicándolo a EL CLIENTE lo más rápidamente posible, en espera de nuevas instrucciones o ratificación de las mismas.

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  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX 000. Xxxxxxxx

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), siendo un importe total de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

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